Índices de
referencia para las hipotecas
11 de Diciembre de 2011
Los índices de referencia que se utilizan para el cálculo de los
intereses en las hipotecas van a experimentar próximamente algunos cambios.
Existen índices que van a desaparecer, otros van a mantenerse y además se van
añadir otros nuevos índices que los bancos podrán utilizar.

Los ciudadanos y familias que tienen hipoteca
o que tienen previsto tenerla pronto, deben de estar atentos a los próximos
meses, pues van a producirse cambios en los índices oficiales que se toman para
referenciar o calcular los intereses. El proceso de cambio parte de una orden
que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 28 de octubre de 2011,
llamada Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y
protección del cliente de servicios bancarios, que como su título indica
tiene la misión de proteger a los ciudadanos de los servicios que ofrecen los
bancos. Se trata de actualizar, modificar e incluir medidas de transparencia que
sirvan de apoyo y de seguridad frente a los productos financieros de la banca.
En la orden, se habla de las comunicaciones que se deben dar al cliente, de las
explicaciones adecuadas, de la publicidad, de las comisiones, del asesoramiento
de los tipos de interes... Esta orden, todavía no está en funcionamiento, de
momento solo podemos considerarla como informativa, pero ya en el 2012 va a
entrar en vigor. Concretamente a partir de abril de 2012, y entre otras cosas
supondrá que algunos índices de referencia para el calculo de los intereses de
las hipotecas a interés variable, que son la gran mayoría que están en vigor y
la inmensa mayoría de las que se ofrecen, van a desaparecer, otros índices se
mantendrán y en cambio entraran en juego otros índices importantes. Entre ellos
el IRS. Vayamos por partes.
¿Que índices de referencia van a desaparecer?
Las cajas de ahorros también ha sido víctimas
de la crisis económica y estas se han visto obligadas a poner en marcha grandes
cambios, se han integrado y fusionado entre ellas convirtiéndose en bancos. Un
índice muy ligado a ellas era el IRPH Cajas, pues bien, este índice desaparece y
también lo hará el IRPH Bancos. Sin embargo, parece ser que se mantendrá el IRPH
Entidades. También desaparece, el tipo activo de referencia de las cajas de
ahorros (CECA).
¿Qué índices de referencia seguirán?
Bien, pues va a seguir, el índice más famoso
y que más inquietudes despierta, ya que es el que se utiliza como referencia en
la inmensa mayoría de las hipotecas en la actualidad. No es otro que el Euribor.
El IRPH Entidades, como hemos comentado en el anterior párrafo, parece que va a
continuar, también el antiguo Mibor, y el tipo de rendimiento interno en el
mercado secundario de deuda pública de plazo entre 2 y 6 años.
¿Qué nuevos índices de referencia entran en juego?
Bueno, ha llegado la hora de las novedades.
Los nuevos índices a partir de los cuales también se podrán calcular los tipos
de interés son: el tipo medio para hipotecas de entre 1 y 5 años en adquisición
de vivienda libre, concedidos por entidades de crédito de la zona euro, y por
último aquel al que se le está dando mayor importancia y publicidad, el IRS, en
concreto se le conoce como la permuta de intereses (Interest Rate Swap-IRS)
al plazo de 5 años.
Como vemos, vamos a ver próximamente algunos
cambios con respecto a los bancos y los índices que ofrecen los mismos para el
cálculo de las hipotecas a interés variable. Deberemos estar atentos, a como
sobretodo aplican los nuevos índices, que diferenciales aplican sobre ellos, y
como gestionan los cambios con respecto aquellas hipotecas que actualmente se referencian a aquellos índices que tienen previsto desaparecer.
IRPH. 11 de Diciembre de 2011
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