Si el TJUE falla a nuestro favor , cuál sería la sentencia más probable ? que dejen la hipoteca sin interés?, que lo cambien por euribor ? Viendo que aquí no devuelven ni a 4 años el impuesto de actos jurídicos me resulta difícil pensar que me van a devolver los intereses pagados de más de 18 años y medio . CONFÍO EN EL TJUE , pero creo que como esta estafa ha durado tanto , adios a la retroactividad.NO PUEDO CON LA INCERTIDUMBRE , siempre esperando . Que salga ya la sentencia .Casi dos décadas con el irph...si ganamos colgaré en mi balcón la bandera europea para siempre.
Jordi lo que se pide es que el Irph se someta al control de transparencia,así que esa sería su sentencia.Entonces el banco tendría que acreditar que te lo explico y te dio a elegir.Ya sería el juez español el que sentenciados nuestro caso,y a diferencia de lo del impuesto es que esto sería una estafa y por tanto deberían devolverte todo el dinero pagado.Luego para referenciarte el tipo de interés sería a criterio tb del juez,aunque han habido sentencias en las que ha instado a que se pongan de acuerdo banco y cliente.Lo más normal es que pusieran euribor más el diferencial que tengamos.
Yo estoy desilusionado,ya no espero nada,pero veremos a ver.Suerte y paciencia
Respuesta nº 1
Responde lourdes de ciudad de los caballeros
Sábado, 10 Nov. 2018 | 06:09:47 PM
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la pregunta solicitada por el hipotecado era la de la someter a la transparencia, pero el juez cuando la admitió añadió de su cosecha que entonces tenía que anularse el contrato, y el hipotecado salía perjudicado, lo cual es falso, ni el hipotecado demandante entiende que tiene que anularse el contrato, ni si se anulara perjudicaría al hipotecado, ya que el art. 1303 del CC que establece la reciprocidad, es para cuando no hay ningún culpable de la causa de nulidad, como no ocurre si el banco tenía la obligación de explicarte y no lo hizo, en cuyo caso, el art a aplicar es el 1306CC que implica que el banco devuelve todo pero tu no tienes que devolverle al banco, ni siquiera el principal. pero este artículo ha sido totalmente ignorado por el juez que elevó la pregunta, así que pidió poder especial para cambiar el contrato, lo que está prohibido por la UE,con la excusa de ser para evitar el perjuicio al consumidor. Todo esto atribuyéndolo a la pregunta solicitada por el hipotecado, como si el mismo estuviera de acuerdo. Y ya habéis oído la frase de moda del gobierno de a ver si voy a estar dando café a quien no lo ha pedido. La comisión se ha plegado en todo al juez que elevó la pregunta.Y no es que te quiera cambiar al Euribor por el interés que queda sino por el interés que era nulo, es decir, desde el principio. Algo que no se sostiene en modo alguno con la ley y jurisprudencia europea. Así que a ver que hace el Tribunal. Pero si quereis enviar algún mensaje al TJUE, debería de ser con esta información, que lo que excede de la transparencia no fue solicitado por el hipotecado, y que en nuestra legislación existe el art. 1306CC, para el caso en el que una parte es responsable de la causa de nulidad del contrato.
Comenta jordi de castelldefels-Barcelona
Sábado, 10 Nov. 2018 | 07:59:32 AMResponde Miguel de Elche
Sábado, 10 Nov. 2018 | 10:43:12 AMResponde lourdes de ciudad de los caballeros
Sábado, 10 Nov. 2018 | 06:09:47 PM