Hola. Tengo intención de reclamar al banco por irph y el abogado me da un presupuesto de 700€ y me añade los siguientes párrafos y me gustaría saber si es
la práctica normal o por el contrario puede haber otra posibilidades. El cliente reconoce haber recibido información en relación a que los procedimientos judiciales cuyo resultado sea infructuoso pueden llevar
aparejada la condena en costas, que obligaría a satisfacer las causadas a la parte contraria. Un saludo
En caso de condena en costas a la parte contraria, el cliente cede estas a favor del despacho de Xxxxxxx
Quedan excluidos de este presupuesto, los honorarios de otros profesionales, notarios o peritos que, en caso de ser necesaria su intervención,
devengaran sus honorarios independientemente a los aquí calculados, así como los gastos y suplidos por desplazamiento y dietas. Quedan
también excluidos de éste presupuesto, el importe de Tasas y depósitos judiciales que se tengan que pagar al inicio o a lo largo del proceso, así
como las costas procesales de la parte contraria, para el hipotético caso de que se pierda el asunto con imposición de costas al cliente.
Ten en cuenta que si hay condena en costas, Hacienda las computa como una ganancia patrimonial tuya, y pagarás IRPF por eso. Independientemente de que las cobre el abogado, ya que se las has cedido. Tenlo en cuenta
Comenta María Rodríguez de Granada
Jueves, 09 Abril 2020 | 11:53:06 AMResponde Hmg de Zaragoza
Sábado, 11 Abril 2020 | 05:44:56 PM