Novación Hipotecaria
La hipoteca generalmente
es muy prolongada en el tiempo, y seguramente a lo largo de los años las
circunstancias del mercado hipotecario varíen sustancialmente, así como las
necesidades y requerimientos del cliente. La novación hipotecaria consiste en
una renegociación de una o varias de las condiciones del contrato entre el
cliente y la institución financiera.

Las hipotecas normalmente tienen la característica de ser
muy prolongadas y abarcar gran cantidad de años. Durante ese largo tiempo es muy
fácil que cambien muchas circunstancias de la vida de las personas hipotecadas o
que cambien las características del mercado hipotecario. En este sentido puede
que los clientes necesiten o consideren conveniente que se les aplique ciertos
reajustes a las condiciones de su préstamo. Aparece entonces el concepto de
novación hipotecaria. Se trata de una renegociación de las condiciones y
características del préstamo hipotecario que ya existe.
La novación significa cambio de las condiciones
hipotecarias. Así podríamos hablar de novación si se sustituye un índice de
referencia por otro, por ejemplo IRPH por Euribor. Conviene recordar que las
hipotecas se referencian a un tipo de índice, pero además la institución
financiera suma a este índice un diferencial. En este sentido, también se
trataría de novación si el cliente acuerda con el banco rebajar el diferencial
que se suma al índice de referencia.
En el contrato hipotecario existen números cláusulas que
conforman el préstamo y que determinan de forma concreta el tiempo, el capital,
el diferencial, el índice de referencia, etc. Dichos elementos son los que
pueden cambiarse al llegar a un nuevo acuerdo con el banco. Se puede negociar un
aumento o acortamiento del plazo de amortización de la deuda. Puede que una
hipoteca a interés variable se convierta a interés fijo. A veces los hipotecados
necesitan aumentar el capital que se prestó en un primer momento. Todos estos
cambios, y que pueden combinarse, podemos englobarlos bajo el concepto de
novación hipotecaria.
En la novación, las modificaciones pueden ser sencillas y
puede que los gastos que implique sean muy pequeños, como por ejemplo, que se
reduzca el diferencial o el interés fijo. En este tipo de novación no aparecen
los gastos de apertura y cancelación. Si hablamos del paso de interés variable a
fijo o de fijo a variable, ya estaremos hablando de escritura pública con los
gastos que supone la notaría, la gestoría y el registro. Si vamos a ampliar el
importe de la deuda estamos hablando de unos gastos mas importantes.
En la novación estamos hablando de modificaciones de las
condiciones del préstamo hipotecario negociadas con la caja o banco con el que
el cliente tiene su hipoteca. Si no se llega a un acuerdo, el cliente puede
optar por la subrogación hipotecaria, es decir, por el traslado del
préstamo a otra entidad financiera con la que si que consiga acordar una mejora
de las condiciones de la hipoteca. En este caso los gastos son mucho mayores que
la novación y deberán ser revisadas bien las nuevas condiciones, para que las
ventajas superen a los gastos que implica el cambio.
IRPH. 20 de diciembre de 2009
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