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Respuestas al comentario nº 3767

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Comentario original

Javier · Thursday 13 of April 2017 12:06:39 PM · nº 3767
Hola a todos.
Mi caso es el siguiente. En el 2005 firme en su día con Caixa Penedés, tenía IRPH cajas + 0,0% y como sustitutivo el CECA, hasta el 2014 . A partir del 2014 fue cuando solicité una ampliación de capital y no me digas como pero Banco Sabadell aprovechó para quitarse el muerto del IRPH de encima y dejarme una coletilla de diferencial del 3,5% que antes no tenía, o sea un suelo encubierto.
¿Puedo reclamar solo por el tiempo que estuve referencia-do con IRPH cajas (2005 hasta 2014) aunque ya no exista la entidad con la que suscribí la hipoteca?

Respuestas (3)

Alberto Rey · Friday 21 of April 2017 10:53:09 AM · resp. nº 124
Buenos días,
Claro que puede reclamar, aún está a tiempo. El plazo de prescripción para la acción de anulabilidad del IRPH es de 4 años desde que terminó de pagar la última cuota del préstamo de Caixa Penedés.
Puede reclamar además del IRPH los gastos de hipoteca (plazo prescripción art. 1964 CC), yo aprovecharía en la misma reclamación y posterior demanda.
Si está interesado en que lo estudie por favor contacte conmigo en el correo electrónico:
info@rpbabogados.com
Un saludo.
pedro · Friday 21 of April 2017 02:14:15 PM · resp. nº 125
Buenas Tardes,

La acción a ejercitar es de NULIDAD DE PLENO DERECCHO y en principio NO PRESCRIBE.

No hay que confundir NULIDAD con ANULABILIDAD. Un lapsus supongo
Erika · Monday 19 of June 2017 07:11:50 PM · resp. nº 162
Hola tengo un caso parecido as averiguado algo

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