Hemos intentado resumir algunas de las cuestiones que planteáis aquí sobre el IRPH: Enlace
Entre otras sobre la posibilidad de sustitución por IRPH entidades y lo que deben o no hacer los jueces.
Cuando conozcamos sentencias tras la resolución del TJUE podremos saber los escenarios y trabajar con la casuística de cada uno para lograr no solo la mayor probabilidad de éxito, sino la recuperación de cantidades mayores para los afectados.
Hola, mi pregunta es sencilla, o eso creo yo, la sentencia habla de irph cajas, entonces solo es para este índice o bien también es para el irph entidades? Espero que algún abogado o grupo de abogados me responda. Gracias anticipadas para quien lo haga.
Respuesta nº 1
Responde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Lunes, 09 Marzo 2020 | 02:02:15 PM
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Hola José Miguel,
Ha esa pregunta se responde en el enlace a nuestro entender. Atiende a IRPH Entidades también. El artículo expresa nuestra opinión a estas preguntas: Si tengo IRPH entidades ¿Puede ser que se cambie otra vez a entidades porque es el índice de cambio?, ¿qué sucede si ni siquiera aparece en nuestras escrituras? ¿tiene potestad el juez para elegir el cambio?
Muchas de estas cuestiones se sabrán pronto y son claves no sólo para ganar, sino para saber cómo conseguir un índice nulo si puede ser. Para eso nuestros abogados analizan (y analizarán diariamente) todas las sentencias tanto en primera instancia, como provincial como lo que diga el Supremo y aconsejarán una estrategia determinada basada en hechos/datos. El análisis exhaustivo nos permitirá tomar la mejor decisión para cada caso.
Reclama Por Mí
Respuesta nº 2
Responde Pedro de Guipuzcoa
Martes, 10 Marzo 2020 | 09:44:17 AM
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Hola, estoy intentando contactar con vosotros via telefónica y me dice que el contestador está lleno y que ahora no me podéis atender. ¿Habría alguna manera poder establecer contacto con vosotros que no sea a través del formulario para explicaros mi caso?
Gracias
Respuesta nº 3
Responde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Martes, 10 Marzo 2020 | 09:48:10 AM
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Hola,
En cuanto dejes el formulario en la web en menos de 24h se pondrán en contacto. Lo explicas brevemente en el formulario y un abogado te escribe en ese plazo.
Un saludo, Javier
Respuesta nº 4
Responde Pedro de Guipuzcoa
Martes, 10 Marzo 2020 | 10:18:02 AM
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La cuestión es que como te he comentado en mi anterior comentario quería contaros mi caso por teléfono y no a través de un formulario
Respuesta nº 5
Responde Pedro de Guipuzcoa
Martes, 10 Marzo 2020 | 10:24:09 AM
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La cuestión es que como te he comentado en mi anterior comentario quería contaros mi caso por teléfono y no a través de un formulario
Respuesta nº 6
Responde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Martes, 10 Marzo 2020 | 11:05:02 AM
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Hola Pedro,
Tras dejar el formulario te llamarán. Solo si no contestas te escribirán y entonces te volverán a llamar otro día. Si no dejas el contacto tu referencia de caso se perdería y no hay un registro y es esencial para llevar los casos que llevamos.
Javier
Respuesta nº 7
Responde eric de Barcelona
Martes, 10 Marzo 2020 | 05:00:10 PM
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hola Javier , sé que os tenéis que ganar la vida como hacemos todos y que hay cosas que siempre serán caras .Pero no tenéis una mejor oferta que el 15% +IVA y la condena en costas al banco ? Recuerda que la economía de alguien que tiene IRPH no da para mucho y vosotros aparte de ganar muy bien tenéis muchísimos clientes en muchos frentes abiertos durante estos últimos años. Sería contradictório pagar una factura abusiva para recuperarlo de una cláusula abusiva . Que tal un 5% +IVA , se ajusta más al trabajo realizado y la condena en costas para una ONG .
Comenta Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Lunes, 09 Marzo 2020 | 01:14:35 PMHemos intentado resumir algunas de las cuestiones que planteáis aquí sobre el IRPH: Enlace
Entre otras sobre la posibilidad de sustitución por IRPH entidades y lo que deben o no hacer los jueces.
Cuando conozcamos sentencias tras la resolución del TJUE podremos saber los escenarios y trabajar con la casuística de cada uno para lograr no solo la mayor probabilidad de éxito, sino la recuperación de cantidades mayores para los afectados.
Atentamente, Reclama Por Mí
Responde José miguel de Palma de Mallorca
Lunes, 09 Marzo 2020 | 01:35:21 PMResponde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Lunes, 09 Marzo 2020 | 02:02:15 PMHa esa pregunta se responde en el enlace a nuestro entender. Atiende a IRPH Entidades también. El artículo expresa nuestra opinión a estas preguntas: Si tengo IRPH entidades ¿Puede ser que se cambie otra vez a entidades porque es el índice de cambio?, ¿qué sucede si ni siquiera aparece en nuestras escrituras? ¿tiene potestad el juez para elegir el cambio?
Muchas de estas cuestiones se sabrán pronto y son claves no sólo para ganar, sino para saber cómo conseguir un índice nulo si puede ser. Para eso nuestros abogados analizan (y analizarán diariamente) todas las sentencias tanto en primera instancia, como provincial como lo que diga el Supremo y aconsejarán una estrategia determinada basada en hechos/datos. El análisis exhaustivo nos permitirá tomar la mejor decisión para cada caso.
Reclama Por Mí
Responde Pedro de Guipuzcoa
Martes, 10 Marzo 2020 | 09:44:17 AMResponde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Martes, 10 Marzo 2020 | 09:48:10 AMEn cuanto dejes el formulario en la web en menos de 24h se pondrán en contacto. Lo explicas brevemente en el formulario y un abogado te escribe en ese plazo.
Un saludo, Javier
Responde Pedro de Guipuzcoa
Martes, 10 Marzo 2020 | 10:18:02 AMResponde Pedro de Guipuzcoa
Martes, 10 Marzo 2020 | 10:24:09 AMResponde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Martes, 10 Marzo 2020 | 11:05:02 AMTras dejar el formulario te llamarán. Solo si no contestas te escribirán y entonces te volverán a llamar otro día. Si no dejas el contacto tu referencia de caso se perdería y no hay un registro y es esencial para llevar los casos que llevamos.
Javier
Responde eric de Barcelona
Martes, 10 Marzo 2020 | 05:00:10 PM