IRPH

Cambiar de hipoteca variable a hipoteca fija

Cambiar de hipoteca variable a hipoteca fija

Las subidas del Euríbor están poniendo en alarma a muchos ciudadanos con hipoteca variable y son muchos los que se preguntan si es conveniente cambiar ahora de hipoteca variable a hipoteca fija y cómo hacerlo

¿Cambiar ahora de hipoteca variable a fija?

Muchas personas y familias con hipoteca se están haciendo la misma pregunta actualmente. ¿Es mejor que cambie mi hipoteca variable a hipoteca fija? o ¿Cómo cambio de hipoteca variable a hipoteca fija?

Cambiar de hipoteca variable a hipoteca fija

Este tema está muy abierto actualmente debido a que las hipotecas variables dependen del Euribor y este índice está empezando a subir como consecuencia de que posiblemente el Banco Central Europeo (BCE), en unos pocos meses suba los tipos de interés, es decir encarezca el precio del dinero. Aunque nuestra hipoteca se encuentre vinculada al IRPH y no al Euribor, también le afectará la subida del Euribor, porque en la fórmula de cálculo del IRPH se encuentra el valor del Euríbor.

El BCE subirá los tipos de interés

El BCE subirá los tipos de interés para hacer frente a la alta inflación. Al menos todo parece indicarlo.

Alta inflación significa que los precios se están encareciendo excesivamente. Se trata de una subida generalizada de los precios, y esta ocasionada principalmente por los desequilibrios económicos provocados por la pandemia por el Covid-19 y la actual tensión internacional por la guerra en Ucrania.

La guerra en Ucrania y las sanciones europeas a Rusia están ocasionando una gran presión sobre los precios de la energía.

Por estas razones nos encontramos con una inflación que no se conocía ni en Europa ni en España desde hace décadas. El BCE para afrontar la inflación subirá los tipos de interés y si se sube el precio del dinero también sube el Euribor, ya que ambos indicadores, tipos de interés y Euríbor siguen tendencias paralelas.

El Euríbor lleva todo 2022 subiendo

De hecho, el Euríbor ya está subiendo desde principio de año y esta subida se ha acelerado fuertemente en los meses de marzo y abril. Estas subidas han ocasionado que el Euribor a 12 meses ya haya mostrado valores positivos en algunos días del mes de abril.

Recordemos que el Euribor lleva en negativo desde febrero de 2016, es decir, hace más de 6 años. Y en diciembre de 2021 el Euribor todavía se encontraba muy cercano a su mínimo histórico y por debajo de la barrera psicológica del -0,50%.

Esta rápida ascensión del Euríbor está encendiendo muchas alarmas, y muchos ciudadanos con hipoteca a interés variable se están preocupando y por ello se preguntan si es posible y si es mejor cambiar su hipoteca variable a hipoteca fija.

La respuesta no es fácil de dar, y debe ser el consumidor, él que tome finalmente la decisión. Pasar de hipoteca variable a fija significa cambiar las condiciones de contratación iniciales y eso supone un coste, no muy elevado, pero tiene un coste.

Con la nueva ley hipotecaria de 2019, las comisiones que conllevaría cambiar las condiciones de la hipoteca están limitadas. Si es por novación, es decir, pasar de hipoteca variable a fija con el propio banco donde ya tenemos la hipoteca, la comisión se encuentra entre el 0% y el 1% de la hipoteca y si es por subrogación, es decir pasar de hipoteca variable a fija con otro banco con el que no tenemos actualmente la hipoteca, la comisión por el cambio irá desde el 0% al 0,50%.

¿Cómo cambiar de hipoteca variable a hipoteca fija?

Pero, además, aunque sea por novación o por subrogación la entidad financiera debe ser la que nos permita el cambio, y ella establecerá sus condiciones, entre ellas la que será fundamental serla la de a qué tipo fijo nos querrá conceder la hipoteca. Y ya sabemos la máxima, la banca nunca pierde.  Y a partir de ahí deberemos valorar.

El Euríbor ha subido de forma importante en marzo y en abril, ¿pero seguirá haciéndolo? Y si el Euríbor sube, ¿lo hará de forma gradual o vertiginosa?

Debemos de valorar también que al frente del BCE se encuentra Christine Lagarde, que ha seguido los pasos de Mario Draghi en política monetaria y estos han sido de mantener los tipos de interés muy bajos y de afrontar las dificultades con grandes estímulos económicos.

Recordemos que tanto Mario Dragui y Christine Lagarde se han caracterizado por ser autoridades económicas con mucha inteligencia y responsabilidad y que han tenido que afrontar muchas dificultades como la crisis financiera internacional iniciada a finales de 2007, la irrupción de la pandemia por el Covid-19 y ahora la guerra en Ucrania con sus devastadoras consecuencias.

En la rueda de prensa tras la última reunión del Consejo de Gobierno del BCE, se indicó las futuras decisiones de política monetaria se realizarán con "opcionalidad, gradualismo y flexibilidad". Es importante tener esto en cuenta.

¿Cual es la previsión del Euribor para 2022 y 2023?

La decisión de cambiar de hipoteca variable a hipoteca fija, debe ser de cada consumidor, en la actualidad es muy difícil hacer predicciones económicas para saber si finalmente resultará más conveniente una hipoteca fija o variable.

Es complicado actualmente hacer previsiones del Euribor, pero por si a alguien le resulta de utilidad, diremos que el departamento de análisis de Bankinter señala que el Euribor rondará el 0,40% en el 2022 y el 0,80% en el 2023.

Comentarios

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Ana · Madrid · Viernes, 23 Octubre 2020 | 10:16:40 AM · nº 6279
Recordemos lo dispuesto por el TS en SS de 24 y 25 de marzo y de 29 de abril de 2015, al afirmar que,
“la falta de transparencia trae consigo un desequilibrio sustancial en perjuicio del consumidor, consistente en la privación de la posibilidad de comparar entre las diferentes ofertas existentes en el mercado”,

De esta forma y, a raíz de las citadas sentencias del TS,
• El control de transparencia pasó a constituir propiamente un control de abusividad y, no un requisito sine quo non para entrar a valorar la abusividad de una cláusula relativa al precio.

• Se mutó, asimismo, el contenido del desequilibrio que provocaba la abusividad de la cláusula, en el sentido de que la propia falta de transparencia pasó a constituir un desequilibrio en sí mismo consistente en la imposibilidad del cliente de comparar distintas ofertas.

• En definitiva, el propio TS y TJUE concluyen que la FALTA DE TRANSPARENCIA lleva ímplicita la ABUSIVIDAD.

Y LO QUE ES MÁS IMPORTANTE y, aquí está el "QUID", consecuencia de esas interpretaciones realizadas por el propio TS se reformó el artículo 83 TRLGCU en el sentido de introducir el último párrafo que expresa que la FALTA DE TRANSPARENCIA CONLLEVA A NULIDAD DE PLENO DERECHO.
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Ana · Madrid · Viernes, 23 Octubre 2020 | 09:48:21 AM · nº 6278
YO NO ME RINDO y, CREO QUE HABRÁ SORPRESAS A NUESTRO FAVOR. ANTE LA FALTA DE TRANSPARENCIA SÓLO CABE APLICAR EL ARTÍCULO 83 TRLGCU QUE PARA ESO SE REFORMÓ RECIENTEMENTE - NO CABEN INTERPRETACIONES SOBRE EL MISMO-. ART . 83 FALTA DE TRANSPARENCIA = NULIDAD PLENO DERECHO. CUALQUIER INTERPRETACIÓN QUEDÓ DESPEJADA CON LA RECIENTE REFORMA DEL ARTÍCULO 83 TRLGCU QUE ATRIBUYE EXPRESAMENTE A LA FALTA DE TRANSPARENCIA LA NULIDAD DE PLENO DERECHO.
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HERNANDEZ E, P.Rafa · LLEIDA - LLEIDA · Viernes, 23 Octubre 2020 | 09:25:02 AM · nº 6277
Bueno. Pues la cosa está clara. A esperar 2 o 3 años más a que el TJUE vuelva a darle un revolcón a nuestro fantástico Tribunal Supremo.
A ver si con un poco de suerte, la cosa acaba ahí, porque volverán a intentar alguna treta para seguir favorecienco a sus señores los bancos. Esperemos que el TJUE haga una sentencia sin fisuras, para acabar con esta tortura.
Hemos de seguir, hemos de aguantar.
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Jose · Vícar Almeria · Viernes, 23 Octubre 2020 | 09:12:54 AM · nº 6276
Hola a todos/as. Yo diría que seria conveniente enviar cartas de queja al TJUE, para informarles de la interpretación que ha hecho el T.S. sobre el IRPH. Debemos utilizar los medios que las leyes nos otorgan, para defender nuestros derechos. Yo confío en que los tribunales Europeos pidan explicaciones. Animo y un abrazo a todos.
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TOMAS · BADALONA · Jueves, 22 Octubre 2020 | 09:06:04 PM · nº 6275
Hay algo que me inquieta desde hace mucho tiempo. A los clientes bancarios que solicitan invertir en Bolsa, en Fondos o en Activos Financieros, las entidades financieras (bancos y cajas) tienen la obligación de efectuarles el "test de idoneidad" (normativa MIFID -Markets in Financial Instruments Directive- en vigor desde 1 de noviembre de 2007). O sea Europa se preocupa de que los clientes sean catalogados con el test, en función de sus conocimientos financieros y en España la CNMV se preocupa (o eso dicen) de que ese test de efectúe para impedir se le "coloquen" inversiones que no alcanza a comprender y que puedan perjudicar sus intereses y sus ahorros. PERO SÓLO SI DESEAN INVERTIR. Mientras que si solicitan un crédito, préstamo al consumo o hipotecario para la compra de una vivienda AHÍ NO ES NECESARIO EL TEST. Me gustaría que alguien entendido en la materia me aclarase el motivo de esa aplicación parcial del test que determina el conocimiento financiero de los clientes sólo cuando . ¿O es que para comprender las cláusulas suelo, la diferencia entre EURIBOR y IRPH, las hipotecas multidivisa, etc... no es necesario tener ningún tipo de conocimiento financiero?.
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TOMAS · BADALONA · Jueves, 22 Octubre 2020 | 09:31:01 PM · resp. nº 2314
Quería decir: "Me gustaría que alguien entendido en la materia me aclarase el motivo de esa aplicación parcial del test que determina el conocimiento financiero de los clientes sólo cuando éstos quieren invertir sus ahorros.
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TOMAS · BADALONA · Jueves, 22 Octubre 2020 | 08:37:52 PM · nº 6274
Recomiendo escribir en el buscador de Google lo siguiente: IRPH: "Si no es transparente es abusivo".
Os aparecerá un artículo de hoy mismo escrito por José Mª Ruiz de Arriaga (socio director de Arriaga Asociados). Tengamos paciencia, esto debe acabar con nuevas directrices marcadas desde el TJUE.
¡Ya está bien de cacicadas desde el TS!
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Ana · Madrid · Jueves, 22 Octubre 2020 | 01:15:40 PM · nº 6272
La falta de transparencia conlleva a la NULIDAD DE,o subjetivo PLENO DERECHO y, no lo digo yo, lo dice expresamente el artículo 83 del TRLGCU. Último párrafo de dicho artículo introducido recientemente precisamente con ocasión del surgimiento del CONTROL DE TRANSPARENCIA. Me da lo mismo que sea abusivo o no, dado que la falta de transparencia por virtud del artículo 83 del TRLGCU conlleva a la NULIDAD DE PLENO DERECHO. Insisto, no lo digo yo, lo dice la le reformada precisamente con ocasión de regular el control de transparencia. Declarada y admitida la FALTA DE TRANSPARENCA por el TS - lo cual era lo más dificultoso o interpetrable o subjetivo- sólo le queda aplicar la ley - artículo 83 TRLGCU- - Se trata de aplicar la LEY. VAMOS A ESPERAR QUE CONEJO SE SACA DE LA CHISTERA
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Pere · Mataró · Jueves, 22 Octubre 2020 | 05:57:16 PM · resp. nº 2313
Y ahora Ana, que puede pasar? Hay que esperar otra vez al TJUE? Esto es cuestión de tiempo? Acabaremos teniendo razón?
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Miguel · Barcelona · Jueves, 22 Octubre 2020 | 11:43:37 AM · nº 6271
Buenas , me gustaría que alguna persona me comentaran como queda aquellas demandas en casación pendientes del TSupremo?? Q significa esta sentencia , que tenemos q abonar todas las costas de las dos instancias anteriores?? 10000 a 15000 euros?? Que vergüenza de jueces y políticos
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Eduardo · Manzanares el Real · Jueves, 22 Octubre 2020 | 07:25:27 AM · nº 6270
No existe en la estructura del TJUE un sistema de seguimiento de las resoluciones que dicta, pecando de ingenuidad si piensa que el Tribunal Supremo de España va a someterse, ni a la primera vez ni a la tercera, al principio de jerarquía de de las leyes comunitarias y su jurisprudencia, que están por encima de la española. Nuestro Tribunal Supremo va a intentar hacer su voluntad y lo que a la banca le conviene, aunque tenga que, como siempre, machacar a la ciudadanía. Pero también peca de ingenuo si piensa que...

https://www.aquimicasa.net/blog/justicia/tribunal-supremo/en-su-afan-de-salvar-los-40-000-millones-del-irph-el-ts-cae-en-la-chapuza/
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Maria Pilar · Barcelona · Miércoles, 21 Octubre 2020 | 06:43:20 PM · nº 6269
Que verguenza de justicia. La mayoria del tribunal esta comprado por la Banca. El TJUE os va a dejar a la altura del betún.

Gracias Sr. Arroyo por su voto particular, nos servirá de gran ayuda a todos los que hemos sido engañados y estafados durante tantos años.
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angel pepiol · camarles-tarragona · Jueves, 22 Octubre 2020 | 06:25:23 AM · resp. nº 2311
Me parece que el CODIGO DE BUENAS PRACTICAS FINANCIERAS debido a la Sentencia del TRIBUNAL DE JUSTICIA se debera de modificar porque la transparencia sera dolo cuando con palabras omaquinaciones insidiosas de parte deuno delos contratantes,es inducir al otro acelebrar un contrato que ,sin ellas no se hubiera celebrado art 1269 CC
Creo la UE debe de reciclar porque les damos mucho trabajo
Maria Pilar · Barcelona · Jueves, 22 Octubre 2020 | 10:04:48 AM · resp. nº 2312
Angel pepiol, no entiendo de terminologia legal y si eso puede ser dolo o no, pero lo que Vd. describe es exactamente mi caso : A través de maquinaciones insidiosas del delegado de la oficina de LA CAIXA, se me indujo a firmar con IPRH en lugar de MIBOR (que es lo que habia en el año que yo firmé, después quedo sustituido por EURIBOR).

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