IRPH

Cómo ahorrar combustible desde ya

Cómo ahorrar combustible desde ya

Aprende a utilizar tu vehículo eficientemente y comprobarás que puedes ahorrar mucho en gasolina o diésel

Utiliza la inercia que ya lleva tu vehículo

Si quieres conducir eficientemente y que tu deposito se vacíe más tarde que pronto, aprovecha la inercia del vehículo. Esto se puede hacer cuando ves un semáforo en rojo cercano. Ya no tiene ningún sentido acelerar. Levanta el pie del acelerador, y deja que el vehículo vaya reduciendo su velocidad sin gastar prácticamente combustible para llegar al semáforo en rojo prácticamente parado. Levanta el pie del acelerador antes de las curvas, las rotondas, cuando te acerques a un vehículo que circula lentamente y no puedas adelantarlo... y no te acostumbres a usar el freno constantemente porque has seguido acelerando hasta el último segundo.

Cómo ahorrar combustible desde ya

Si se usa el freno continuamente, en lugar de levantar el pie del acelerador cuando ya sabemos que el coche pronto tendrá que reducir velocidad, gastaremos más rápidamente tanto el líquido de frenos, como las pastillas y los discos.

Es mucho mejor utilizar el freno motor que dejar el coche circulando en punto muerto. Si dejas el coche en punto muerto se activa el ralentí y sigues gastando combustible, menos pero gastas. El punto muerto también es peligroso dejarlo en las pendientes descendientes, ya que pierdes el control del automóvil y este puede embalarse y tener un accidente.

Revisa la presión de tus neumáticos periódicamente

Sigue al pie de la letra la recomendación del fabricante en cuanto a la presión de los neumáticos. Si lo haces ahorrarás combustible. Cada poco tiempo revisa la presión y rellena el aire perdido con el paso del tiempo hasta la indicación correcta por parte del fabricante. Muchos vehículos tienen una etiqueta en la tapa del combustible indicativa de la presión correcta de los neumáticos.

Aprende a utilizar el aire acondicionado para gastar menos combustible

El aire acondicionado es una necesidad en los meses de calor. Pero debes de saber que supone un gasto de combustible extra cuando lo utilizas. En la ciudad puedes optar por bajar las ventanillas, siempre que no haya mucha polución y sea seguro circular con ellas bajadas. Pero nunca vayas con las ventanillas bajadas en la conducción por carretera, ya que se obliga al motor a trabajar más y queda alterada la aerodinámica del coche, por lo que consumirás mucho más combustible, además que resulta muy molesto conducir por carretera con el ruido que provocan las ventanillas bajadas.

Utiliza bien las marchas

Las marchas cortas son las que más consumen, y las largas las que menos, pero hay que utilizarlas en el momento adecuado. En cuanto el vehículo este en marcha, ya puedes poner segunda.

Cuando este un poquito más acelerado, tercera y así sucesivamente. Debes ir aprendiendo cuando es el momento ideal para cambiar el coche, porque así ahorrarás mucho combustible evitando que el vehículo se revolucione.

No des acelerones innecesarios

Las brusquedades y los acelerones en la conducción son maneras de gastar combustible innecesariamente.

Mantén una conducción relajada y tranquila. Es una buena actitud a la que te tienes que acostumbrar.

Conducir como un competidor de fórmula 1, solo te acarreará gastos en el combustible, disgustos y averías tempranas en automóvil.

Asegúrate previamente de saber cómo llegar a tu lugar de destino

Seguramente ya te ha pasado. Has ido a un lugar sin saber bien el itinerario. Te has perdido, has dado más vueltas de las necesarias o has utilizado un recorrido mucho más largo que otro existente y del cual te podías haber aprovechado.

Conocer el itinerario correcto, de un lugar nuevo al que vayamos a ir, es fundamental. Conducir de más porque te has perdido es totalmente evitable planificando previamente y de forma correcta el itinerario adecuado.

Si desconoces como llegar a algún lugar novedoso y no te estudias previamente el itinerario, te va a llevar a gastar más combustible casi con toda seguridad, a no ser que tengas mucha suerte.

Infórmate de posibles atascos antes de emprender un viaje

Puedes mirar el estado de las carreteras en la web de la DGT. Es una web muy informativa, que podrás utilizar para planificar sin atascos tu viaje. Te informará de diferentes niveles de circulación, como interrumpida, difícil, irregular o condicionada. También puede indicarte, las restricciones, las retenciones, obras, eventos, condiciones meteorológicas adversas, etc.

Es una web que se actualiza continuamente y de forma totalmente automática introducida 24 horas al día por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y los responsables de los Centros de Gestión de Tráfico de la Dirección General de Tráfico. También se puede ampliar información en el teléfono 011.

También existen navegadores que te informan de posibles atascos en tu itinerario marcado, y entonces podrás optar por vías alternativas

No lleves en tu maletero u otros sitios del habitáculo cosas innecesarias

Cuanto más peso exista en el interior del vehículo más fuerza tiene que hacer el motor para moverse y por tanto más gasolina o diésel estaremos gastando. No dejemos en el coche objetos innecesarios o que solo vamos a utilizar ocasionalmente. Esto vale tanto para el maletero, como para los espacios guardaobjetos.

Conviene hacer limpieza periódicamente ya que con el paso del tiempo vamos dejando y acumulando cosas completamente innecesarias que podrían estar en casa, o si no las queremos deberíamos tirarlas, en lugar de dejarlas permanentemente en el coche.

En cuanto sea posible utiliza marchas largas

Se trata de utilizar las marchas largas y a pocas revoluciones en cuanto sea posible. Si estas en carretera, es fácil llegar rápidamente a las marchas largas. Si vas por ciudad podrás llegar a utilizar la cuarta y la quinta marcha, siempre y cuando no sobrepases los límites de velocidad. En los descensos, utiliza la inercia del motor para ir adelantando los cambios de marchas.

Si te encuentras en una pendiente ascendente, procura reducir la marcha todo lo que puedas, pisando un poco más el acelerador.

Si tu coche lo dispone utiliza el control de crucero

Utilizar el control de crucero no solo permite al conductor una conducción más descansada y cómoda, sino que también permite ahorrar combustible de forma notable. El control de crucero consiste en un sistema que mantiene la velocidad constante sin tener que mantener el pie en el acelerador. Se desactiva en cuanto pisamos el freno.

Si no utilizamos el control de crucero, lo que hacemos es interactuar mucho más con el acelerador para mantener la velocidad constante y ello nos lleva muchas veces a acelerar el coche más de lo necesario. La velocidad va fluctuando sin el control de crucero, debido a nuestra mayor interacción y hay excesos que se traducen en gastos de combustible inevitablemente. Así que si tu coche dispone de velocidad de crucero, úsala, porque son todo ventajas: menos cansancio, más comodidad y más ahorro de combustible.

Apaga el motor en los atascos

El Start-Stop es un sistema que ya incorporan muchos vehículos. Consiste en que el motor se apaga cuando está en ralentí, por ejemplo, cuando los semáforos están en rojo. Si no disponemos de Start-Stop podemos nosotros mismos apagar el motor. Ahorraremos en consumo de carburante y también lograremos una reducción de las emisiones contaminantes.

No sobrepases la velocidad permitida

Según la Dirección General de Tráfico (DGT) el conducir a 120 kilómetros por hora puede aumentar el gasto de combustible en casi un 30% y la velocidad estimada con la que se realiza un consumo óptimo de gastos de combustible se encuentra en los 90 kilómetros por hora circulando por carretera. Y si bajamos más esta velocidad de 90 km/h, también será menor el gasto de combustible.

Podemos incluso utilizar la sexta marcha, es decir, la que conlleva menos gastos de combustible incluso yendo a 64 kilómetros por hora que según la revista What Car. Esta es le velocidad en la que la mayoría de modelos de coche alcanza su punto de eficiencia y a una velocidad siempre constante.

A 64 kilómetros por hora con la sexta marcha, se consume un 20% menos de combustible que circulando a esa misma velocidad, pero con la cuarta marcha.

Si te encuentras en reserva, no apures demasiado en acudir a la gasolinera

Resulta muy tentador retrasar lo máximo posible el acudir a la gasolinera, incluso si nos encontramos en reserva. Puede incluso llegar a pensarse que, si tenemos poco combustible, el coche llevará menos peso y así consumirá menos. Pero apurar al máximo la reserva es un gran error, gastaremos más combustible, será peligroso, perjudicial y podremos causar averías al motor.

En primer lugar, hemos de saber que cuanto más vacío se encuentre el depósito de manera más fácil se evaporará. Por otra parte, es muy peligroso quedarse sin gasolina en mitad de la carretera. Tendremos la terrible molestia de ponernos en el arcén e incluso podremos ser multados, ya que solo se puede parar en el arcén por accidente o por avería y no por haberte quedado sin combustible.

Por otra parte, se crean fácilmente impurezas cuando se tiene poco combustible que pueden llegar a estropear la bomba o el sistema de inyección, que es un elemento clave para el buen funcionamiento del vehículo. Si se trata de un vehículo diésel el perjuicio puede ser enorme ya que al quedarnos sin gasoil penetrará aire en el circuito del motor y no se podrá arrancar. Así que más vale, ir a la gasolinera mucho antes de que esto ocurra.

Aprovecha las ofertas y los descuentos que ofrecen ciertas gasolineras

Existen ciertas tarjetas que te ofrecen descuentos en gasolineras. Por ejemplo, la tarjeta Pass de Carrefour, te devuelve un 8% del gasto en combustible en gasolineras de la misma compañía, es decir, en gasolineras Carrefour, y un 4% en las gasolineras Cepsa. Este descuento se entrega bimensualmente al consumidor en forma de Cheque Ahorro que puede ser gastado de forma exclusiva en productos comprados en Carrefour. Si pagas lo gastado en tarjeta a fin de mes, el descuento es gratuito.

La tarjeta Mi BP de Bankinter Consumer Finance entrega hasta un 12% del gasto en gasolina en estacones de servicio BP, para volver a usarlo en un nuevo repostaje. Si pagas a fin de mes no genera costes, es decir, es un descuento gratuito.

La tarjeta de crédito o débito de ING, devuelve el 3% del gasto en gasolineras Galp y Shell. No hay límite de gasto y la forma de pago de la tarjeta, puede ser cualquiera.

Comentarios

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Ordago · Manzanares el Real · Jueves, 19 Sept. 2019 | 10:53:53 AM · nº 5441
En nuestro país si hay una institución tan desprestigiada y sospechosa como la clase política, es la Justicia. Y si bien se lo ha ganado por mérito propio desde hace decenios, es ahora, cuando los españolitos de a pie han comprobado que la Justicia Europea tiene poco que ver con la española. Y han tomado el caminito a Luxemburgo siempre que han podido. El resultado está siendo una serie de sucesivos revolcones que desde el TJUE se propina a nuestro Tribunal Supremo. Y es que no aprende.
https://www.aquimicasa.net/blog/articulo-de-opinion/el-tribunal-supremo-infringe-la-ley-y-la-separacion-de-poderes
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DAVID · BARCELONA · Jueves, 19 Sept. 2019 | 05:48:20 PM · resp. nº 1549
Oh que sorpresa!!!
Vivo en Catalunya
David · Dos Hermanas -Sevilla · Jueves, 19 Sept. 2019 | 06:09:56 PM · resp. nº 1550
Por desgracia pero estoy de acuerdo en todo,ojalá más pronto que tarde echen a todos estos jueces que siempre están favor del poderoso y en contra de la ciudadanía,que casi seguro cojan dinero bajo cuerda o beneficios de los banqueros y por políticos corruptos
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Julia - Castellón · Vall de Uxó-Castellón · Jueves, 19 Sept. 2019 | 07:45:07 AM · nº 5440
Buenos días !! El Banco de España sigue publicando el IRPH... y ha subido !!!!!! No entiendo nada. 1,913 !!!!
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francisco tora anton · almoradi-alicante · Jueves, 19 Sept. 2019 | 07:28:03 AM · nº 5439
hola buenos dias me gustaria saber en que situacion esta lo del irph si a salido a fabor nuestro y se puede reclamar ya o que alguien me diga como va por que con la riada que hemos tenido no me e podido enterar mucho sobre el tema mi hipoteca se que tiene la clausula irph y esta hecha del 2005 saludos.
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Ana · Madrid · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 11:22:34 PM · nº 5438
Hola ISABEL DE MADRID, la verdad, me extraña mucho que tu hipoteca contenga la definición completa. Primero.- La definición que puse fue de IRPH CAJAS por tanto , si como tu dices tienes el IRPH CONJUNTO ENTIDADES, no puede coincidir con la que puse. La definición IRPH CONJUNTO ENTIDADES es "Se define como la media simple de los tipos de interés medios ponderados por los principales de las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria de plazo igual o superior a tres años para adquisición de vivienda libre, que hayan sido iniciadas o renovadas en el mes a que se refiere el índice por los bancos, las cajas de ahorros y las sociedades de crédito hipotecario" AHORA ATENTAAAAAAAAAA, QUE SIGUEEEEEEE Y, ESTE ES EL PÁRRAFO IMPORTANTE "Dichos tipos de interés medios ponderados serán los tipos anuales equivalentes declarados al Banco de España para esos plazos por el colectivo de bancos, cajas de ahorro y sociedades de crédito hipotecario, de acuerdo con la norma segunda" Y sigue con la Fórmula..... FIJATE EN ESTE SEGUNDO PÁRRAFO
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MOURAD · CADIZ · Jueves, 19 Sept. 2019 | 06:54:01 PM · resp. nº 1551
hola ana.

me podieras pasar su Nº DE TFNO ,queria hacerle una consulta.

gracias de antemano.
Ana · Madrid · Jueves, 19 Sept. 2019 | 10:41:04 PM · resp. nº 1554
SÍ, claro, MOURAD. 659 47 39 02 .

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Jose Matías · Barberá del Vallés-Barcelona · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 07:54:21 PM · nº 5437
¿Alguien ha recurrido al Tribunal Supremo? ¿cuanto tiempo puede tardar desde que recurres una sentencia de segunda instancia hasta llegar al TS de España?
el 10 de octubre tengo mi segundo juicio en la audiencia provincial de Barcelona, supongo que darán la razón al banco y tendré que recurrir al supremo, solo espero que salga antes la sentencia del tribunal europeo que no la mía del supremo de España.
Saludos y gracias!!
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Jose Antonio · Mollet del valles-Barcelona · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 08:20:08 PM · resp. nº 1543
Hola Jose Matías, cuánto ha tardado en darte fecha para el juicio en el provincial de Barcelona desde que entregasteis la apelación.
Lo digo porque yo en octubre hará 1 año que entramos la apelación en el juzgado provincial de Barcelona y todavía no se la fecha del juicio. Es por tener una idea aproximada.
A nosotros en el juzgado de 1ª instancia de Mollet le dieron la razón al Banco.
A ver si tenemos suerte y sale la sentencia de Europa antes.
Gracias
Elisabet · Barcelona · Jueves, 19 Sept. 2019 | 07:58:53 PM · resp. nº 1552
Hola, nosotros hicimos recurso de apelacion en febrero y después de 9 meses hemos tenido juicio el 12 de septiembre hemos tenido juicio en audiencia Provincial de Barcelona, una semana después, sentencia a favor del Banco, no me lo puedo creer, nos condenan a costas 3500€. Pues nada ahora recurso casacion al tribunal Supremo , o perdemos mucho o ganamos mucho pero a luchar hasta el final!!
Jose Antonio · Mollet del Valles-Barcelona · Jueves, 19 Sept. 2019 | 09:23:07 PM · resp. nº 1553
Elisabet lo siento mucho, lo que pasas en Catalunya no tiene nombre, en la mayoría de provincias lo tienen todo parado a espera de lo que suceda en Europa.
Pues nosotros presentamos la apelación a la Audiencia provincial de Barcelona en Octubre del 2018 y todavía no tenemos fecha de juicio.
Que abogado te están llevando el caso???
Mucho ánimo y a luchar hasta el final.

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Kike · Madrid · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 04:45:43 PM · nº 5435
Hay un punto en las escrituras del préstamo donde hace referencia a la comunicación a la parte prestataria sobre el índice impuesto.
En algunos casos pone que no hace falta comunicación a la prestataria sobre es índice ya que es un índice oficial indicado por el banco de España.
Eso significa transparencia? Por qué me parece a mi que no...
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Joaquin · Terrassa · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 03:39:11 PM · nº 5434
Hola buenas tardes,estoy un poco perdido en el tema,el caso es que mi.hipoteca es de caixabank y en el 2013 me congelaron el irph a un 3.93,nunca han querido negociar mi hipoteca y al día de hoy siguen sin querer,¿alguien que este en la misma situación ha recibido alguna noticia de caixabank?
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Isabel · Cadiz · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 04:27:08 PM · resp. nº 1540
A mí a partir del día 10, no paran de llamarme, para ofrecer tonterías, pero claro, haber cómo reaccionó, solo les digo que no me interesan, y luego me vuelven a llamar, con otro número y siempre desde móvil,y antes ni existía para ellos, a por cierto es la Caixa
Israellobo · Toledo · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 06:49:41 PM · resp. nº 1542
A mi igual me han llamado un par de veces y como ya les he dicho toda la información de que dispongo pues no intentan absurdeces. Está claro que acabarán negociando algo para ahorrarse costas e intereses
DAVID · BARCELONA · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 08:26:23 PM · resp. nº 1544
Hola Joaquín, yo estoy igual con Caixabank. Con 3 directores de sucursal he intentado que me cambiaran a Euribor, pero sólo me saben decir que "no se puede". También tengo la hipoteca congelada desde 2013 porque no hay índice sustitutivo. Pero a mi no me llaman y si me han llamado alguna vez ha sido para venderme seguros, los desgraciados. Saludos

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Ana · Cádiz · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 01:29:48 PM · nº 5433
No paro de leer aquí que cuando salga la sentencia es el momento para acudir al juzgado. Estoy de acuerdo en esperar la sentencia, pero no hay posibilidad de que cuando esto ocurra el gobierno saque un decreto para la devolución de lo cobrado de más como ocurrió con las clausulas suelo?
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 01:46:09 PM · resp. nº 1538
Hola,

Sobre el Real Decreto-ley 1/2017 de 20 de enero que mencionas puedes leer las conclusiones en http://www.legaltoday.com/practica-juridica/civil/civil/el-gran-peligro-del-real-decreto-ley-12017-sobre-clausulas-suelo-las-medidas-compensatorias-de-su-disposicion-adicional-segunda

Cito un extracto del resumen final del artículo: "No podemos olvidar que, para una entidad financiera, el lograr la firma del consumidor en estos pactos supone un gran éxito. En efecto, la entidad logra: evitar un proceso judicial, con los costes que ello supone; diferir el pago de la cantidad que ha de devolver al cliente; la aceptación por parte del consumidor de compensaciones que, en la mayoría de los casos, no van a cubrir el total de la cantidad a devolver; asimismo, si bien en la mayoría de las reclamaciones es segura para la entidad la pérdida del cliente, en estos casos se logra retener al mismo durante meses o años. Igualmente, es sabido que se incluyen dentro de los objetivos individuales de los gestores bancarios la consecución de un número determinado de pactos extrajudiciales en los que, de forma expresa, se renuncia a cualquier tipo de reclamación futura tanto en vía judicial como extrajudicial. En efecto, es un gran éxito para la entidad bancaria.



Resulta evidente, por lo expuesto, que esta vía que destaca el mencionado Real Decreto-ley supone un gran peligro para la protección de los consumidores, que se suelen ver apartados de la protección y asistencia letrada, tan necesaria en estos casos, frente a la consecución de los objetivos comerciales de una entidad bancaria."

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ISABEL · MADRID · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 12:01:27 PM · nº 5432
hola Ana,eso lo pone en mi hipoteca,pero a mi no me lo explicaron y nunca me dijero en el tipo de referencia que tenia, me empece a dar cuenta cuando bajaron las hipotecas y la mia no, ¿se supone con esto no puedo reclamar? gracias ana
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 01:21:15 PM · resp. nº 1537
Hola Isabel,

Ya se puede ver que no fuiste bien informada, pero aún no puedes reclamar judicialmente hasta la sentencia definitiva. Es un elemento clave del contrato el índice de referencia.

De todos modos, Y ESTO ES VÁLIDO PARA TODOS LOS AFECTADOS, el abogado general de la UE concluye: "Corresponde al juez nacional, al efectuar el control de la transparencia de la cláusula controvertida verificar, teniendo en cuenta el conjunto de circunstancias que rodearon la celebración del contrato, por una parte, si el contrato expone de manera transparente el método de cálculo del tipo de interés, de manera que el consumidor estuviera en condiciones de valorar, basándose en criterios precisos e inteligibles, las consecuencias económicas que del mismo se derivaban para él y, por otra parte, si este contrato cumple con todas las obligaciones de información previstas en la normativa nacional."

El abogado resume en la misma línea que se hizo sobre las cláusulas suelo al indicar que debe cumplir con "las exigencias de buena fe y equilibrio por la Directiva 93/13" y añade en el informe que dicha información "debe ser suficiente para que el consumidor pueda tomar una decisión prudente y con pleno conocimiento de causa en lo que se refiere al método de cálculo del tipo de interés aplicable al contrato de préstamo hipotecario y a los elementos que lo componen, especificando no solo la definición completa del índice de referencia empleado por este método de cálculo, sino también las disposiciones de la normativa nacional pertinentes que determinan dicho índice, y, – por otra parte, referirse a la evolución en el pasado del índice de referencia escogido."

Es decir, que hay muchos motivos por los que puede considerarse que se ha faltado a la transparencia. No uno solo.

Esto será, entre muchas otras cosas, un elemento clave en la vía judicial.

Pueden consultar gratuitamente a cualquier abogado de Reclama Por Mí por su caso particular.
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Ana · Madrid · Martes, 17 Sept. 2019 | 10:30:30 PM · nº 5431
Hola JOSE DE GIJÓN,
Pues si te digo la verdad, despues de leer y releer las conclusiones, lo único que veo es , que el Abogado General se lava las manos en cuanto a los efectos de la nulidad. Por lo demás, no veo ninguna “grieta”, es más y, como ya expuse, además de abrir una nueva vía para declarar la nulidad – CONTROL DE CONTENIDO-, respecto de los requisitos de transparencias , si bien rechaza los que se proponían, EXIGE UNOS MÁS SENCILLOS , como que la cláusula que contiene el IRPH contenga la DEFINICIÓN COMPLETA – lo que en la inmensa mayoría de los préstamos no sucede- . EN RESUMEN, LOS REQUISITOS QUE EXIGE PARA CUMPLIR EL CONTROL DE TRANSPARENCIA SON MÁS SENCILLOS QUE LOS QUE SE PROPONÍAN . OJO.- VAMOS POR EL BUEN CAMINO PERO HAY QUE ESPERAR SENTENCIA
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Belén · Leganes · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 06:01:27 PM · resp. nº 1541
Buenas tardes,

Yo he presentado la reclamación por el IRPH en mi entidad y muy amablemente me han respondido el siguiente escrito que adjunto (copia/pega del correo que he recibido)
Viene a decir que el IRPH es un índice oficial y que no hay una sentencia que acredite que sea abusivo y no transparente. Por lo que si no hay una sentencia que diga lo contrario creo que poco más se puede hacer contra los bancos.

Estimada Sra. Casas:
Nos referimos a su escrito recibido en este Servicio de Atención al Cliente con fecha 16/09/2019 , en el que nos comunica su opinión sobre el índice de referencia IRPH Entidades aplicado a su préstamo hipotecario, que considera que es abusivo, por lo que solicita que se aplique el índice sustitutivo previsto en el contrato.
Los índices IRPH son índices oficiales, elaborados y publicados por el Banco de España y por el Banco Central Europeo.
Los índices oficiales son los recomendados por el Banco de España para ser utilizados en los préstamos hipotecarios para compra de vivienda, por ser objetivos, fiables, muy accesibles y ampliamente difundidos, y por tanto, absolutamente transparentes y, obviamente, plenamente legales.
No existe ninguna norma, legal o reglamentaria, ni Jurisprudencia, que haya declarado el carácter abusivo de los índices IRPH. Al contrario, el Tribunal Supremo, en su sentencia número 669/2017, confirma la validez de dicho índice y su adecuada incorporación por parte de Kutxabank al caso en cuestión.
Le recordamos, por otro lado, que dicha sentencia del Tribunal Supremo no se ha visto afectada por ninguna resolución posterior.
Por otro lado, la Disposición Adicional 15ª de la Ley 14/2013, del 28/9/2013, estableció el Régimen de Transición para la desaparición de varios índices oficiales, entre los que estaban el IRPH Cajas y el IRPH Bancos.
El índice IRPH ENTIDADES por tanto no ha desaparecido, sigue siendo oficial y publicándose en el B.O.E., por lo que las condiciones pactadas en su contrato de préstamo hipotecario continúan plenamente vigentes.
En consecuencia no podemos compartir su opinión de que el índice IRPH Entidades aplicado a su préstamo sea abusivo o poco transparente, así como que esta Entidad haya aplicado incorrectamente los tipos variables previstos en el contrato de préstamo.
Por lo anterior, este Servicio no aprecia práctica financiera incorrecta en la actuación de esta Entidad.
Quedamos a su disposición y le saludamos atentamente.
Servicio de Atención al Cliente

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