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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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Xander · Cordoba · Domingo, 16 Febrero 2020 | 11:58:35 AM · nº 5679
Buenas tardes,deciros a todos,que a los ignorantes que insultan,solo se les alimenta si se les contesta,la IGNORANCIA a esta clase de gente es la mejor contestacion,tanto a los que insultan,como a los que hablan sin saber y por hablar.Animo a todos los afectados que pronto sabremos algo mas de nuestra lucha.Un saludo a todos.
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Alejandro · Las palmas · Sábado, 15 Febrero 2020 | 10:22:28 PM · nº 5678
Hacia tiempo que no entraba en este foro. Pero que pasó ahora, ya está permitido palabras insultantes? Sr Administrador, bloquee o expulse directamente a quien falta al respeto a los demás. Es una cobardía usar redes o foros para ello.
Pedro de Madrid, tu siempre en tu línea verdad?
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eric · Barcelona · Sábado, 15 Febrero 2020 | 12:07:13 PM · nº 5676
Un par de semanas y llega el gran dia .Sólo necesitamos escuchar 2 palabras IRPH NULO . Y todo será posible . Ese mismo día me pasaré a saludar por mi banco , luego al abogado y me da tiempo a tomarme un café . 19 AÑOS pagando IRPH , 228 letras , y 3 directores de banco que me cerraron la puerta en las narices .En fín , se que habrá que seguir peleando pero si anulan el IRPH está vez el daño se lo vamos a hacer nosotros .
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angel pepiol · camarles-tarragona · Sábado, 15 Febrero 2020 | 01:17:15 PM · resp. nº 1824
Hola
Quiero informaros de la ultima novedad de CAIXABANK
hot recibp un correo electrónico en que se me informa que mire el comunicado en banca digitalnoticia importante enviada el11/02/2020 Descripción cambio de condiciones yono tengo banca digital y les he dicho que no me cambien las condiciones ni una coma además se me hizo un vencimiento anticipado y pacte y pague 2500 euros y abogados 400 euros teniendo IRPH+2,95% y sus atributosde clausulas abusivas gestoría 1000 euros y gastos hipotecarios informo sus condiciones a que no aceptéis se ve que viene el lobo TJUE
Informo a los clientes de CAIXABANK esta cerca lasentencia del TJUE que hemos sufrido y en tiempos de crisis y han perdido muchas viviendas que veremos ahora vendidas a fondos buitre comovan a llorar al GOBIERNO
Iosu · Navarra · Domingo, 16 Febrero 2020 | 10:05:09 AM · resp. nº 1825
El 3 de Marzo nadie dirá IRPH NULO porque no es eso lo que se está juzgando. La sentenciá díra si el IRPH puede ser objeto de control de transparencía. En caso positivo, una vez admitido el control de transparencia, el Abogado General establece que el juez, en cada caso concreto, deberá valorar si la cláusula es abusiva o no en función de la información que las entidades bancarias hayan proporcionado al consumidor en el momento de firmar la hipoteca, de modo que el consumidor haya podido tomar una decisión prudente y con pleno conocimiento de causa respecto al método de cálculo del tipo de interés aplicable, siendo consciente de las consecuencias económicas, por lo que es preciso no sólo especificar la definición completa del índice de referencia, sino también las disposiciones de la normativa nacional pertinentes que determinen el índice.

Por último, se deberá pronunciar sobre la tercera cuestión, las consecuencias de la declaración de nulidad. En su voto particular a la STS de 14 de noviembre de 2017 los magistrados discrepantes se decantaron por la sustitución del IRPH por el Euribor, que parece lo más razonable, pues económicamente no se comprendería un préstamo sin interés o quizás sí. Cable la posibilidad tambien de declarar nulo el contrato de hipoteca entero. Con lo cual sería como si no existiera nunca. Las hipotecas que llevan más años saldrán beneficiadas en este caso ya que habaran pagado probablemente más de lo que le prestaron. Pero esto es otra historía.
Luis · Madrid · Lunes, 17 Febrero 2020 | 06:22:47 AM · resp. nº 1827
Losu: No Cabe la posibilidad de declarar nulo el contrato de hipoteca entero El 99,9% existe una clausula que establece que en caso de desaparición de la referencia pactada y/o sustitutivos, se fija el último tipo nominal cobrado, en principio este es el tipo fijo que te aplicará el banco.

Seguramente todos pasen a un "Tipo Fijo Pactado" caso por caso, medio punto por debajo de lo actual para satisfacer posibles demandas futuras que también estará incluido el no demandan.
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Isabel Montiel Perez · Cadiz · Viernes, 14 Febrero 2020 | 09:20:13 AM · nº 5675
Buenos dias, en todos los chat, hay administradores, o responsables de esto, lo que está ocurriendo aquí, es de vergüenza, aparte de lo mal que lo están pasando muchas familias, tenemos que aguantar a mala gente que le da igual las personas, no deberían de consentirlo, por que en algún lado, tenemos que enterarnos de algo, ya que las televisiones, no dicen nada, solo decir, que no consientan que esto sea un cachondeo, un saludo y buena suerte a todos, Isa
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pobre · barna · Jueves, 13 Febrero 2020 | 05:16:17 PM · nº 5673
El impacto del fallo de la sentencia del IRPH a la banca podría ascender a 3.600 millones


¿ y miles de familia que han perdido sus casas o estan sufriendo para mantener sus casas durante decadas gracias Dios confiamos la justicias en Europa
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hernan · Santa Pola · Jueves, 13 Febrero 2020 | 06:40:55 PM · resp. nº 1821
También pueden negociar con la Banca. Pero NO es mejor tenerlos cuadrados y sumarse al carro por si cae algo. y Si no cae nada ¿?.

Alguno se ha cuestionado que si la Banca gana ya no negociara nada.

18 Días para que salga cara o cruz la elección de muchos.
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hernan · Santa Pola · Jueves, 13 Febrero 2020 | 04:17:39 PM · nº 5672
BBVA resta 300 millones a su cartera en IRPH desde septiembre de 2019.

https://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/bbva-reduce-hipotecas-irph_0_1327367982.html
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Laia · Malgrat de Mar · Jueves, 13 Febrero 2020 | 11:06:12 AM · nº 5671
- 18 dias!!!
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Jueves, 13 Febrero 2020 | 10:42:39 AM · nº 5670
La sentencia creo que irá en la misma línea que las cláusulas suelo, solo que además de ver si no se dio información, tendrá que decir si se puede cambiar a euribor o se puede dejar la hipoteca sin intereses, y también si va haber retroactividad total o solo unos años.
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Jueves, 13 Febrero 2020 | 10:13:24 AM · nº 5669
La retroactividad la dio el tjue con las cláusulas suelo, porque no la puede dar con el irph?? Se tendrá que luchar uno a uno en españa pero si se demuestra que nos timaron tendrán que devolver el dinero, si no para que estamos denunciando para cambiar al euribor sólo?? Los bancos están limpiando sus balances de morosos y cerrando sucursales y hechando empleados a la calle, y subiendo comisiones, todo esto supongo que será por lo que les bienes el día 3 de marzo.
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eric · barcelona · Jueves, 13 Febrero 2020 | 11:28:34 AM · resp. nº 1819
Por partes. Las clausulas suelo la nulidad habrá que declararse caso por caso al igual que esta.

Los recortes de la Banca poco tiene que ver con IRPH, y mas por tipos negativo y la búsqueda acelerada de eficiencia y rentabilidad ante las exigencias de los supervisores nacionales y europeos.

Como Dijo Pedro de Madrid. algo se tiene que estar filtrando cuando los Grandes Fondos esta comprando Bancos Españoles.



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eric · barcelona · Jueves, 13 Febrero 2020 | 05:36:29 AM · nº 5668
La gente tiene demasiadas expectativas en que la sentencia les devuelva Dinero. La sentencia solo abrirá la puerta a reclamar de manera individual casos muy puntuales bajo ciertas condiciones.
Dejar de hablar de dinero que el TJUE no tiene el poder de sentencia la retroactividad y menos imponer su aplicación sobre los países de la EU, la sentencia delegaran en la Justicia Española para que se aplique.


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