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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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Kike · Madrid · Lunes, 19 Agosto 2019 | 12:55:27 PM · nº 5128
Hola buenas, acabo de leer una noticia en el que han estimado la opción de todas las hipotecas cogidas antes del 2015,es decir 4 años antes no entrarían en el caso de la nulidad del irph en caso de haberlo.
Es decir, 4 años desde la compra del producto y no desde la finalizacion de la misma. En el caso de aprobarlo el tribunal supremo el día 10...todos los que estamos antes de esaw fechas lo tenemos negro no? O como irá? Sabéis algo?
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Kike · Madrid · Lunes, 19 Agosto 2019 | 12:10:47 PM · nº 5127
Hola buenas, acabo de leer una noticia en el que han estimado la opción de todas las hipotecas cogidas antes del 2015,es decir 4 años antes no entrarían en el caso de la nulidad del irph en caso de haberlo.
Es decir, 4 años desde la compra del producto y no desde la finalizacion de la misma. En el caso de aprobarlo el tribunal supremo el día 10...todos los que estamos antes de esaw fechas lo tenemos negro no? O como irá? Sabéis algo?
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Kike · Madrid · Lunes, 19 Agosto 2019 | 11:34:29 AM · nº 5126
Hola buenas, acabo de leer una noticia en el que han estimado la opción de todas las hipotecas cogidas antes del 2015,es decir 4 años antes no entrarían en el caso de la nulidad del irph en caso de haberlo.
Es decir, 4 años desde la compra del producto y no desde la finalizacion de la misma. En el caso de aprobarlo el tribunal supremo el día 10...todos los que estamos antes de esaw fechas lo tenemos negro no? O como irá? Sabéis algo?
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Olmo · Soria · Lunes, 19 Agosto 2019 | 05:41:56 PM · resp. nº 1286
Hola. Pon el enlace de la noticia, por favor.
Esther · Alcala de Henares-Madrid · Jueves, 22 Agosto 2019 | 10:05:22 AM · resp. nº 1298
El enlace de esta noticia por favor
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Cristina Ávila Barba · Mataró-Barcelona · Viernes, 16 Agosto 2019 | 08:02:21 AM · nº 5125
Buenos días a tod@s!
Bueno, mi caso es parecido a muchos de los que estáis aquí.
Firmamos hipoteca con Caixa Tarragona en 2005 con tipo de interés IRPH cajas y además con cláusula suelo al 3'75. Por el tema de Cláusula suelo ya reclamamos, nos la quitaron y nos devolvieron algo de dinero (1000 y poco).
Ahora mismo estamos con IRPH entidades en BBVA pues Caída Catalunya absorbió a Tarragona y BBVA a Catalunya.
Queríamos mirar de cambiar la hipoteca a otro banco que nos dieran euribor e i teres fijo, de hecho, el único que hemos consultado es bankia y nos daba bastantes facilidades para abrigar la hipoteca pero a la vez nos han aconsejado esperar a ver que dicta el Supremo sobre todo este tema porque dicen Que, si falla a favor de los consumidores a parte de cambiar el tipo de interés, si es de carácter retroactivo tendrían que devolvernos bastante dinero...
Mi pregunta es si sabéis si antes de 2020 ya se conocerá está sentencia. Esto de esperar desespera y para una vez que parece que algún banco quiere mejorarlos las condiciones después de casi 15 años con la porquería de hipoteca que tenemos.... pues desespera la espera.
Sabéis entonces si está al caer?
Muchas gracias!
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HERNANDEZ E, P.Rafa · LLEIDA - LLEIDA · Viernes, 16 Agosto 2019 | 09:24:34 AM · resp. nº 1281
Pues la cosa está, más o menos, como sigue.
A principios de Septiembre, el día 10, el abogado de la UE hara su propuesta para la sentencia sobre la cuestion prejudicial que dirimirá la situación.
Su propuesta se cree que será favorable a los intereses de los consumidores.
Pasados unos meses, 4-5-6, saldrá la sentencia.
Javier - Reclama Por Mí · Madrid · Lunes, 19 Agosto 2019 | 10:35:28 AM · resp. nº 1285
Hola a todos,

Desde Reclama Por Mí (www.reclamapormi.com) hemos estado informando de diferentes avances y avisando sobre los movimientos que afectan a nivel legal en otros:



1- Sobre los acuerdos de los bancos a cambio de no reclamar en el futuro y también de qué sucede si me cambio antes a otro banco. Es muy importante que leáis sobre este artículo: https://www.reclamapormi.com/noticia/327-la-banca-propone-acuerdos-a-los-afectados-por-irph-a-cambio-de-no-reclamar-en-el-futuro-deberian-aceptarlo.html



2- Sobre la posible prescripción de la reclamación por IRPH en algunos supuestos https://confilegal.com/20190802-puede-prescribir-la-accion-de-reclamacion-por-irph/





3- Sobre la situación actual: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/154-que-es-y-como-reclamar-irph.html



Son varios medios los que han ido publicando toda esta información ya que se analizan a fondo cuestiones importantes a nivel jurídico que tienen implicaciones legales.



Por todos estos motivos, reiteramos que es esencial informarse bien y consultar a un especialista. Quien lo desee puede escribir dejar su caso aquí para que un abogado de forma gratuita le asesore: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/
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Isabel · Cadiz · Miércoles, 14 Agosto 2019 | 05:52:44 PM · nº 5124
Fíjate Hernández, cómo es la cosa, que hasta los que trabajan en banca, se la han colado, por ellos están reclamando, o por lo menos eso me dijo la subdirectora, que eso de las cláusulas suelo era mentira y que si fuera Verdad ella sería la primera en reclamar por su hipoteca, la muy sinvergüenza, y muy mal lo de tu cuñado, que si sabía algo, no decirte por detrás, mira esto es asín y explicarte un poco, un saludo Isa
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HERNANDEZ E, P.Rafa · LLEIDA - LLEIDA · Miércoles, 14 Agosto 2019 | 05:39:27 PM · nº 5123
Comentario a Roberto de Madrid.
Hablas igual que mi cuñado, Roberto. Si. El también trabaja en un banco y defiende a capa y espada que "si has firmado, haber consultado".
Yo le digo que el Banco de España debe velar por los intereses de los consumidores bancarios y sobre todo que los contrados sean legales y correcto. Eso dice la Ley. No vale lo de "si te l'han colao, te l'han colao". No vale, cuñao. No vale, Roberto.
El TJUE dirá (al menos espero que así sea y es lo que se ve venir) que el IRPH es un índice manipulable y, por tanto, la claúsula es nula de pleno derecho y, si sentencia eso, que se remangue tu jefe y haga provisiones millonarias. Aquí no hay retroactividades ni paños calientes ninguno. CLAUSULA NULA y la Hipoteca seguirá adelante sin tipo de interés.
Nos han estafado y lo han de pagar. Echo yo de menos algún toque de atención al Banco de España o a algún responsable gubernativo, pero ya ajustarán cuentas entre ellos. Me refiero a banqueros y políticos. Ya sabes que en España los ajustes de cuentas van por otro lado.
Que les den Roberto.
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JAVIER GARCIA CAMINO · TOMARES-SEVILLA · Miércoles, 14 Agosto 2019 | 09:51:48 AM · nº 5122
Hola a todos en primer lugar agradecer a todos vuestros comentarios también daros esperanza para la resolución el Tribunal de Justicia de la Unión Europea yo también estoy muy ansioso por saber qué es lo que pasa ya que me afecta directamente por tener una hipoteca con IRPH entidades del año 2006.
También deciros que ojo con estos bufetes de abogados qué quieren aprovechar esta situación para sacarnos dinero cuidado que hay auténticos profesionales por ahí en engañar ya me llegó pedirme un abogado de Madrid 7000 € para reclamar una cantidad como máximo de 6000 vamos increíble yo no sé cómo se no se le cae la cara de vergüenza.
Yo voy a reclamar con la empresa reclamador.es que no me cobra nada y según estoy viendo son bastante legales.
Pues espero que tengamos mucha suerte todos recuperemos nuestra parte porque los bancos nos han dejado tirados y el Gobierno de España también te echo la abogada de el Reino de España no solo no nos ha defendido sino que ha pedido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que no nos devuelvan nuestro dinero porque eso podría ser un desastre para la economía española.
Mire usted señora abogada del Estado, por mi parte se pueden ir todos los bancos de España al garete y usted la primera como representante del gobierno usted debería de estar protegiendo al ciudadano y no protegiendo los bancos que debería de darle vergüenza el único partido político que nos ha defendido ha sido podemos le pese a quien le pese que seguro que muchos votantes de la derecha tienen hipotecas con IRPH que sepan que el único partido político que les ha defendido ha sido podemos.
Pues nada me despido y volver a daros ánimos a todos el 10 de septiembre está aquí a la vuelta de la esquina y vamos a ver qué es lo que dice este señor.
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Q me devuelvan lo robado · Debajo un puente , como no page a Uci · Martes, 13 Agosto 2019 | 06:43:22 PM · nº 5121
Entre todos los afectados(yo el 1. hipoteca 2004 con Uci. Casi na)pedir q entre todos, q tengamos buenas sensaciones , que pensemos en positivo, q nos van a dar la razón , porque la tenemos, que Europa no es España, mucho ánimo, ya queda poko.
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Jose · Bilbao-Vizcaya · Miércoles, 14 Agosto 2019 | 04:14:03 AM · resp. nº 1277
Eso de pensar en positivo parece difícil,te vas foros de gente con euribor,y los que lo tienen variable se ríen de los que lo tienen fijo,mala baba por todos los lados.
Manuel · madrid · Miércoles, 14 Agosto 2019 | 08:42:03 AM · resp. nº 1278
A todos los participantes del foro, conservais la vivienda? Es decir, os la ha robado el banco? Nosotros la conservamos, podemos ir pagando la hipoteca justillo, pero por suerte en unos años, si todo va bien, será nuestra

Gracias y ánimos que en menos de 4 semanas sabremos el desenlace de toda esta pesadilla
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David · Madrid · Martes, 13 Agosto 2019 | 02:43:26 PM · nº 5120
Buenas tardes.
Quería preguntaros sobre la situación que nos espera a los que contratamos la hipoteca sin otra opción al tratarse de un piso VPT.
Plan 2001-2004.
Nos obligaron a firmarlo y el propio gobierno es el que revisa el tipo de interés anualmente o cada dos años según el plan.
Podremos recuperar algo de lo pagado de más.
Muchas gracias y un saludo.
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Jesus · Baleares · Lunes, 12 Agosto 2019 | 10:51:02 AM · nº 5119
Buenas ,os explico mi caso, veo que muchos comentáis que tenéis el interés IRPH fijo y os pregunto ¿Lo teníais variable? ¿desde cuando lo teníais fijo? ¿sera que teníais alguno de los indices que desaparecieron en 2013?.
Os lo comento porque es lo que me paso a mi ,que en 2017 me entero de que mi indice IRPH Bancos desapareció en 2013 y revisando recibos veo que me dejaron el interés fijo. Todo esto sin haber recibido ninguna notificación por parte del banco.Revisando las condiciones de la hipoteca vía online resulta que lo cambiaron a IRPH Entidades con el diferencial pero no se estaba aplicando en la cuota mensual y revisando la escritura por desgracia no hacia referencia a ningún indice sustitutivo en concreto pero si decía que se aplicaría cualquiera que se publicara en el Banco de España, Hacienda ,etc. y así sucesivamente hasta la ultima opción que es dejarlo fijo con el interés de la ultima revisión y en mi caso si lo sustituyeron por el de Entidades pero no se hacia la revisión anual.
Después de varias reclamaciones al banco via WEB ,en en la oficina y consultas al Banco de España via WEB, conseguí que lo regularizaran y me devolvieron el re calculo de intereses de esos 3 años.
Se hacían los remolones, me denegaron alguna reclamación ,intentaron que me quedara con el interés fijo o hacer una novacion cambiando a euribor mas un diferencial del 3 y pico % .
Os recomiendo revisar bien la escritura , pedir las condiciones de la hipoteca actualizada a vuestro banco ,si teníais interés variable revisar recibos y detectar a partir de cuando os lo han hecho fijo sobre todo se notara en las revisiones de hipoteca que es donde se ve el cambio de cuota , en fin hay que investigar un poco.
Un Saludo
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