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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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Manuel · Gandía--Valencia · Viernes, 14 Junio 2019 | 06:39:51 PM · nº 5032
Gracias Ana como siempre por tu ayuda.El enlace que me pasastes no es correcto.Saludos
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Manuel · Gandía--Valencia · Viernes, 14 Junio 2019 | 06:37:26 PM · nº 5031
Buenos dias a tod@s

Lei el otro dia a un afectado que el banco Sabadell le ingreso una pequeña cantidad de dinero.

Yo estoy en el banco Sabadell con el irph y diferencial 0 desde hace casi 15 años y no me dieron ni las gracias,bueno si intentaron que firmase para pasar mi hipoteca a interes fijo y por supuesto no lo hice.

Ojala salga a nuestro favor lo que nos robaron.

Me gustaria contactar con un abogado que no cobre nada por tramitar todo y que en caso de que salga a favor de los clientes el mismo abogado gane su parte por su trabajo pero que sea una parte no desproporcionada.

Cual es el abogado con menos porcetaje de ganancia?Saludos
Responder
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Manuel · Gandía--Valencia · Viernes, 14 Junio 2019 | 09:12:33 AM · nº 5030
Buenos dias a tod@s

Lei el otro dia a un afectado que el banco Sabadell le ingreso una pequeña cantidad de dinero.

Yo estoy en el banco Sabadell con el irph y diferencial 0 desde hace casi 15 años y no me dieron ni las gracias,bueno si intentaron que firmase para pasar mi hipoteca a interes fijo y por supuesto no lo hice.

Ojala salga a nuestro favor lo que nos robaron.

Me gustaria contactar con un abogado que no cobre nada por tramitar todo y que en caso de que salga a favor de los clientes el mismo abogado gane su parte por su trabajo pero que sea una parte no desproporcionada.

Cual es el abogado con menos porcetaje de ganancia?Saludos
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Ana · Madrid · Viernes, 14 Junio 2019 | 02:48:53 PM · resp. nº 1162
Buenas manuel

Aqui tienes un enlace con un buen abogado que no cobra hasta que ganemos la sentencia

https://salud.bayer.es/bayer-te-cuida/index.php/sudor-y-mal-olor-de-pies

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Soraya · Madrid · Miércoles, 12 Junio 2019 | 07:19:55 PM · nº 5029
Mis felicitaciones a la abogada del caso...UCI a nosotros nos engaño más q ...no tengo palabras..q si carencia..q si avala .q si era irph muchísimo mejor que euribor....desesperante vamos.ojala salga a favor la sentencia de todos los q nos han estafado y destrozado vida e ilusiones
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 13 Junio 2019 | 07:40:16 AM · resp. nº 1158
Hola Soraya y Enrique,

Aquí creo que estamos mezclando varios aspectos.

A modo de resumen, quien tiene la última palabra va a ser el TJUE. Cuando se sepa la sentencia la jurisprudencia estará clara.
En este caso, es cierto que si el TJUE da la razón a los afectados puede ser que algunos jueces, teniendo como guía el TJUE, tomen como referencia esa sentencia donde lo más importante es que el contrato es nulo y los intereses no se moderan sino que solo hay que devolver el principal. Pero hay más sentencias y habrá muchas más sentencias similares por lo que no "apremia" financiar el recurso. Lo más importante es saber la sentencua del TJUE y a partir de ahí trabajar.

EL consejo general si alguien está en una situación en la que tiene que recurrir sería que lo hiciera porque la sentencia está a la vuelta de la esquina. Se puede pedir la suspensión a la espera del TJUE (esto es un consejo general).
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Soraya · Madrid · Miércoles, 12 Junio 2019 | 07:19:26 PM · nº 5028
Mis felicitaciones a la abogada del caso...UCI a nosotros nos engaño más q ...no tengo palabras..q si carencia..q si avala .q si era irph muchísimo mejor que euribor....desesperante vamos.ojala salga a favor la sentencia de todos los q nos han estafado y destrozado vida e ilusiones
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Soraya · Madrid · Miércoles, 12 Junio 2019 | 06:58:43 PM · nº 5027
Dioss x fin...UCI no recurre...lo q nunca pensé que ocurriria
Responder
Enrique Pariente · Santander · Miércoles, 12 Junio 2019 | 07:29:55 PM · resp. nº 1157
En la noticia se lee que es una estrategia. Si lo apelan y vuelven a perder esa sentencia servirá de modelo a todos los juzgados de primera instancia que acatarán sin mas. Así UCI puede pelear caso por caso. Para que ganemos tiempo los demás afectados, debieramos financiar el recurso de esta pareja que por algún cálculo mal hecho mostrara disconformidad y forzar a que se pronuncie la provincial y reafirme la sentencia. Aunque esto sería disparatado, con algo así, a los demás afectados nos garantizaría ganar en primera instancia y con estas condiciones. ¿hacemos una cuestación de afectados para recurrir?¿qué opinan los de reclama por mí?
julia · merida · Jueves, 13 Junio 2019 | 12:04:22 PM · resp. nº 1159
por favor, soraya o enrique, podeis subir la noticia de la que hablais al foro, yo al menos no veo el enlace...gracias
julia · merida · Jueves, 13 Junio 2019 | 12:23:18 PM · resp. nº 1160
perdon, ya he visto el enlace de la sentencia. mis felicitaciones van sobre todo para el juez, que el abogado pedía cambio a euribor, y el juez se ha negado y ha anulado, tal como es firme en Europa, y por culpa de eso, es decir, del propio abogado de la demandante, es una estimación parcial y no le caen costas al banco.
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Soraya · Madrid · Miércoles, 12 Junio 2019 | 06:57:58 PM · nº 5026
Dioss x fin...UCI no recurre...lo q nunca pensé que ocurriria
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Miguel · Orihuela · Miércoles, 12 Junio 2019 | 12:44:19 PM · nº 5025
Buenas tengo irph entidades antes caja desde 2007 diferencial 0 .para calcular la dinferencia pagada demás se calcula con euribor con que diferencial?gracias

Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 12 Junio 2019 | 01:28:38 PM · resp. nº 1155
Hola,

Calcular esto es complicado Miguel.



Para empezar se sustituyó en el 2013 por IRPH entidades y normalmente congelan el índice y te aplican un fijo.



Pero es que además la amortización año tras año se tiene en cuenta en función del tipo de interés aplicado...



Además, no se puede saber cómo hacer el cálculo. No puedes asumir el euribor porque el índice puede ser nulo.



Para hacer este cálculo se deben plantear escenarios y lo tiene que hacer una persona experta en finanzas.

Si quieres escribe a Reclama Por Mí y te asesoramos: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/
Enrique Pariente · Santander · Miércoles, 12 Junio 2019 | 07:04:24 PM · resp. nº 1156
Hola Miguel, no soy experto en leyes, soy un afectado más que ha leído mucho sobre ésto y creo que has dado en una clave que creo que va a ser la tabla de salvación de la banca ante este problema. Efectivamente creo que lo declararán nulo. Pero la banca no asumirá dicha nulidad porque la validaba el banco de España. La ilegalidad de la banca,(y por lo que será multada) es por hacer un cálculo erróneo favorable a la banca (media ponderada en lugar de aritmética) y perjudicial para el consumidor. Pero devolver todos los intereses va contra natura de la banca porque es su esencia de negocio. Es como si un juez condenara a un médico a devolverle la vida a un paciente al haberlo matado por una mala praxis. Esto derivará en un segundo juicio de la banca contra el BE para reclamar indemnizaciones a clientes que cobraremos algo en concepto de daño pero no nos devolverán los intereses cobrados de más porque no se saben. Eso si, no pagaremos intereses a partir de que sea declarado nulo. Es mi opinión.
salva · Cartagena-Murcia · Viernes, 14 Junio 2019 | 07:21:36 AM · resp. nº 1161
hacer el cálculo de capital amortizado y de los intereses pagados de mas es factible, de hecho yo tengo el cálculo de mi caso, es verdad que no es sencillo, porque durante la vida del préstamo se han ido dando cambios como cuando se pasó de irph cajas a irph entidades, pero es tan sencillo como modificar los datos a partir de cada fecha.

Sin extenderme mucho hay que realizar la tabla de amortización desde el inicio del préstamo, y modificarla a partir de las fechas en las que el préstamo se haya ido modificando, por ejemplo los cambios de índice de referencia que se suelen pactar anuales.

No estamos hablando de ciencia abstracta, una tabla de amortización tiene unas fórmulas establecidas y el cálculo es sencillo, se puede hacer en un excel, como he dicho he realizado la mia y después de arrastrar 14 años de vida de prestamos los datos que me da varían en solo unos céntimos el cálculo de las cuotas, con lo cual está calculado correctamente, de manera que yo se el capital que he amortizado y el que hubiera amortizado si hubiera tenido euribor, así como también se los intereses que he pagado en total y los que hubiera pagado en total con euribor, por lo que puedo calcular perfectamente las diferencias al céntimo, a partir de ahí y con todos los datos sobre la mesa, se cual es la cantidad que el banco debe de devolverme en los diferentes escenarios, tanto si el juez obliga a pasar a euribor, como si declara nulo.

No solo eso, sino que también he calculado con los intereses legales, lo que debe pagarme el banco con el cálculo de dichos intereses.
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dario perez · REUS --TARRAGONA · Lunes, 10 Junio 2019 | 06:36:46 PM · nº 5024
HOLA.... TENGO IRPH CON CAJAMAR(ANTIGUA CAJA RURAL)ME HAN LLAMADO Y ME OFRECIERON PASARME AL INTERES FIJO HASTA FINALIZAR LA HIPOTECA AL 2,5 % ....ME SORPRENDIO TANTA BONDAD .... ME PODRIAN ACONSEJAR UN POCO ...

GRACIAS
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 11 Junio 2019 | 07:25:44 AM · resp. nº 1153
Hola,

Efectivamente, los bancos se han ganado a pulso la desconfianza y esta vez no es la excepción.

Como hemos venido diciendo desde Reclama Por Mí, mientras no firmes nada, podrás reclamar en el futuro si la sentencia es favorable.

Cuidado con firmar ningún documento sin asesorarse. Aquí dos ejemplos del pasado:

Preferentes:

En 2010 con las preferentes intentaron llegar a acuerdos con una quita de las aportaciones financieras y también renunciaban a reclamar las cantidades, posteriormente la justicia daba la razón y devolvían el dinero a los que no firmaron el acuerdo de quita.


Cláusulas Suelo:
Posteriormente el banco con la clausulas suelo volvió a ofrecer acuerdos para rebajar la clausula y no devolver cantidades, además de renunciar a reclamar en el futuro. Pues bien actualmente esas personas no pueden reclamar (o mejor dicho tienen dificultades para hacerlo cuanto menos). El tribunal supremo cambio de criterio varias veces y finalmente aceptó como buenos estos pactos de renuncia de reclamación de cantidades. Actualmente también esta este asunto en Europa.

Como podéis ver, esta es una situación similar.




En Reclama Por Mí, estamos aquí para cualquier consulta: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/
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Kike · Madrid · Lunes, 10 Junio 2019 | 10:50:23 AM · nº 5023
Hola buenas, mira tengo una hipoteca con uci referenciada al irph.
De momento nunca no he hecho nada pero no se si será mejor ir reclamando al banco para que sepan que estoy al tanto de lo que puede suceder.
Responder
Oliver · Las palmas · Martes, 11 Junio 2019 | 08:45:30 PM · resp. nº 1154
Mirad está noticia https://www.asufin.com/2019/06/irph-uci-no-recurre-la-sentencia-que-dejaba-el-prestamo-sin-intereses-para-evitar-jurisprudencia/

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