IRPH

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

avatar
Marcos ML · Barcelona · Lunes, 11 Marzo 2019 | 09:50:05 PM · nº 4899
Buenas noches de nuevo... yo tengo ni hipoteca con la Caixa.Pues yo éste mes ya he tenido que dejar de pagar porque me es imposible seguir así. Tengo un préstamo hipotecario el cuál mis padres están de avaladores y sí que voy a pagar pero en el qué recaee sobre mi piso no lo puedo pagar. Éste viernes tengo reunión con la directora y la asesora financiera para ver que me quieren contar de nuevo. Lo que está claro es que no sé qué llegará antes, si su demanda por dejar de pagar o mi denuncia por el Irph. Ya os contaré...
Responder
Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Martes, 12 Marzo 2019 | 08:24:27 PM · resp. nº 1009
Marcos, busca si la vivienda la titulizaron en su día, y si es así, no tienen legitimidad para reclamar nada, ya que la deuda la vendieron y no les pertenece.
Si te llevan a juicio, tu abogado que alegue falta de legitimidad.
Sería un juicio muy largo y encima sería un vacío legal sin derecho a reclamación por la entidad
Un saludo
avatar
Alberto · ibiza · Lunes, 11 Marzo 2019 | 04:45:13 PM · nº 4898
Buenas tardes, hoy el juez se nego a aplazar la audiencia previa que teniamos alegando que eso del TJUE se podia alargar varios años..... mi abogada le indico lo contrario que seria para este año pero el "juececillo" se nego y ordeno que se procediera.
Esta claro en las condiciones actuales cual sera el resultado y al igual que haran los bancos en un futuro pues me tocara recurrir y alargar hasta que europa dicte sentencia.

Lo que mas me ha molestado, aparte de la prepotencia con la que el juez ha tratado a mi abogada que hasta los otros abogados han puesto cara de que pasaba, es que preguntando porque se habia negado a aplazar la audiencia a sabiendas de lo que ocurre en europa, nos han informado que era su ultimo dia en este juzgado y le trasladaban de provincia... que simpatico como se muda tiene prisas por cerrar asuntos y que le jodan al afectado... con jueces asi par que queremos delincuentes.
Responder
Pedro · Barcelona · Martes, 12 Marzo 2019 | 08:44:01 AM · resp. nº 1005
Vaya tela.... y estos tíos deben mirar por qué se cumpla la ley, aunque no me sorprende nada....

Ánimo compañero que en unos meses, Europa pondrá las cosas en su sitio
avatar
Delfin · Madrid · Lunes, 11 Marzo 2019 | 01:43:32 PM · nº 4897
LOS BANCOS ESPAÑOLES SE ENFRETAN A NUEVAS RECLAMACIONES MULTIMILLONARIAS.
https://elpais.com/economia/2019/03/09/actualidad/1552160697_630569.html
Responder
avatar
Dabitxu · BARCELONA · Domingo, 10 Marzo 2019 | 10:59:43 AM · nº 4896
Hola. Por favor, hay algún abogado en el foro que me pueda traducir (hacer un resumen que pueda entender alguien sin estudios como yo) las cinco intervenciones del link? Muchas gracias. Saludos https://irphhipotecas.wordpress.com/
Responder
avatar
eric · Barcelona · Sábado, 09 Marzo 2019 | 09:05:13 AM · nº 4895
Bueno 3 meses pasan volando , el 24 junio sabremos la fecha de la sentencia del tjue . Todos apuntan a final de año , así que paciencia y seguir remando unos meses que esto se acaba .Nos vemos en san juan . ÁNIMO A TODOS .
Responder
avatar
francisco serrano · cartagena · Sábado, 09 Marzo 2019 | 01:03:34 AM · nº 4894
Buenas noches a todos.
Mi 1ª Expresión es "MADRE MIA COMO HA CAMBIADO ESTE FORO".
He estado unos días sin entra y esta noche cuando he leído los comentarios me he quedado "to loco".
Que si partidos políticos, que si votar en blanco, que si uno lo hace mejor otro peor.
A mi entender lo que debemos hacer aquí es mantener la unión de todos y hacernos fuertes.
Tenemos que echarle un par y aguantar a que dicte jurisprudencia el TJUE y que tengamos claro que la les vamos a dar "por donde amargan los pepinos" a la banca.
Echadle un vistazo a este enlace https://www.elabogadoencasa.com/comision-europea-acuerdos-nulos-clausula-suelo/ parece ser que el TJUE esta declarando nulos los acuerdos que los clientes de los bancos firmaron denegando la posibilidad de reclamaciones.
Esta noticia habla de la "clausulas suelo" pero a mi al menos me da impresión que el TJUE esta por los ciudadanos.
Ánimos, eso es lo que tenemos que darnos entre nosotros.
Responder
avatar
Zahori · Sabadell-Barcelona · Viernes, 08 Marzo 2019 | 09:39:48 PM · nº 4893
Buenas a tod@s. Una duda que me surge. En un vídeo donde sale Erauskin, dice que en el supuesto que el TJUE dé la razón a los clientes, pueden pasar de 7/8 años hasta que podamos cobrar lo que hemos pagado de más durante estos años porque recurrirán y recurrirán. Una de las preguntas que debe resolver el TJUE es: “¿Debe el juzgador analizar si la cláusula IRPH es transparente y comprensible para el consumidor?” , y aquí es donde me entra la duda. Supongo que en el tribunal de primera instancia, la banca deberá demostrar que realmente nos explicó y entendimos el funcionamiento y desarrollo del IRPH, y que firmamos un documento que así lo acredite. Y como eso es imposible ahí debería de quedar “sentenciado” sin opción de recurso por parte de la banca, no ?
Responder
Oscar · Irún - Guipúzcoa · Lunes, 11 Marzo 2019 | 12:27:26 PM · resp. nº 1004
Lamentablemente es así. Aunque la sentencia te diese la razón, la ley permite recurrirla. Y los bancos lo saben. Yo intentaría aguantar y que tarde lo que tenga que tardar. Pero en muchos casos no será así y habrá que optar por llegar a un acuerdo y pactar. Que no tiene que porque ser un mal acuerdo, el abogado que tengas te dirá los pros y los contras y en vista de eso podrás tomar la decisión que mejor te convenga.
avatar
secun · granada · Viernes, 08 Marzo 2019 | 07:32:36 PM · nº 4892
Que la abogada del estado ha mentido ante el TJUE, es muy fácil de probar, ya que el propio estado ha estado poniendo como obligatorio el IRPH a la vivienda PROTEGIDA por rentas limitadas, conocida como VPO, y eso sólo tiene sentido tomando el IRPH tal y como lo indica el Banco de España en la normativa correspondiente, que los bancos no han cumplido y que esta señora ha afirmado ante el TJUE que eso era para cálculos internos. Siendo sólo así, con el uso indicado en la normativa, como el IRPH actúa de límite, y asegura el precio medio para las rentas bajas protegidas. Lo contrario sería imponer a las rentas bajas protegidas un sobreprecio por encima de la media, lo que es un total sinsentido. El uso contrario a la normativa por los bancos del IRPH, dio lugar a una espectacular subida ilegal de este índice, cuando la mayor cuota de vivienda vendida era VPO, que como afirmó el abogado del banco, llevó a que un 30% de las hipotecas estuviese referenciado a este índice. Este uso ilegal del IRPH por los bancos, es distinto y añadido al sobreprecio derivado de la fórmula de este índice, y representa directamente en el contrato un diferencial añadido de 0,7 que se vió ampliamente multiplicado al ser reportado masivamente para la confección del índice, cuando se daba en la mayoría de vivienda vendida, como en los años en que la misma se trató de VPO con IRPH. La estafa de este uso ilegal del índice oficial por los bancos es mucho mayor que la del índice oficial en sí. Si bien la primera recae exclusivamente en los bancos y es de carácter incluso penal, y la segunda, que es la única que se está llevando a los juzgados, como actualmente al TJUE, se excusa en el concepto oficial del índice, es decir, en el Banco de España. Así que, bueno, no es que no sea de interés y utilidad esta vía, pero está enmascarando una estafa distinta mucho mayor. y lo que no se puede de ninguna manera es sostener BUENA FE por los bancos al acogerse a la oficialidad del índice para no explicarlo, puesto que lo mismo les permitía a la vez llevar a cabo la segunda y mucho mayor estafa.
Responder
avatar
Juan · Las PanasG C · Jueves, 07 Marzo 2019 | 08:10:41 AM · nº 4891
A Rosa de Jarama.!!valla mitin...este foro es solo para afectados.y queremos ablar de nuestro gran problema.El maldito IRPH!!
Responder
Rosa · Jarama · Jueves, 07 Marzo 2019 | 02:16:08 PM · resp. nº 1000
Querido Juan mojo picon tu problema no es el IRPH, son las faltas de ortografia
rosa · jarama · Jueves, 07 Marzo 2019 | 04:34:02 PM · resp. nº 1001
Juan, lo siento por el mitín, pero lo primero es ponerse cada uno en su lugar correcto, eso de estar todo el día rogando a los politicos que te defiendan, es decir que defiendan la ley, que tienen incluso que jurar en su caso, para acceder al cargo público, es porque no se les aplica el código penal por no hacerlo. y eso nos obliga a rogar. es incorrecto. pero están tratando además de que sea correcto, cómo, con el famoso FEDERALISMO. una vez te claven eso, ya no tienes nada que hacer, ni aquí ni en Europa. eso hay que tenerlo claro. el mensaje anterior de las faltas no es mío. no sé quien lo ha publicado. un saludo compañero.
Juan · Las PanasG C · Jueves, 07 Marzo 2019 | 05:46:36 PM · resp. nº 1002
Aá!!disculpa Ana.no se porque la en el cabezal leí tu nombre.tambien disculpa por las faltas de ortografía.no todos tenemos lla suerte de tener buen aprendizaje.solo te aseguro que mi primer problema y el de mucho otros que estamos en este foro es el maldito IRPH.
avatar
Ana · Tarragona · Miércoles, 06 Marzo 2019 | 06:05:30 PM · nº 4890
Hola...de nuevo no lo sé, mi caso es,lo llevo un abogado particular..que lleva munchos casos..llevo dos año y medio con el es uno de los abogado mas bueno que hay en reus..polomenos para mi.
Responder

Mostrando 2451–2460 de 5754 comentarios · Página 246 de 576

Dejar comentario

Visitas: 2.364