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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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eric · BARCELONA · Viernes, 18 Enero 2019 | 06:44:24 PM · nº 4717
Que pasa javier de Villajoyosa eres del bbva ? y que el TJUE no declarará nulo el IRPH ? ESO LO DICES TÚ . Y que el banco recurrirá y recurrirá ? tranquilo que nosotros también recurriremos y recurriremos hasta que se congele el infierno .por que no te vas a un foro del euribor a soltar tu veneno . VAMOS A GANAR ESTE JUICIO , NI CASO A ESTOS AGOREROS .
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maria · oviedo · Viernes, 18 Enero 2019 | 07:23:08 PM · resp. nº 857
Si no exponemos los hechos, por más que no nos gusten, tampoco podemos tratar de ponerle remedio. los bancos recurren por sistema la gente pionera, lo vemos con el suelo, los de 2010, todavía sigue el juicio. hay que exponerlo para buscar la manera de atajarlo. no es que les demos ideas nosotros, es que por ellos mismos no se van a amedrentar.
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Anna · Sabadell- Barcelona · Viernes, 18 Enero 2019 | 05:48:45 PM · nº 4716
Hola a todos, estoy leyendo vuestros comentarios y no he podido más que escribir estas palabras. Veo todos vuestros miedos, si aceptar la oferta del cambio de interés o no, si la sentencia será en nuestra contra. Todo esto yo lo viví con la cláusula suelo, tal cual. En el 2010 nos incluimos en la macrodrmsnda de ADICAE y los pasos que seguimos son los que estáis c caminando vosotros ahora. Primero la espera de años, las dudas (se decía que ganaríamos, después que no) así a lo largo de los años. Después vinieron las reuniones con el banco porque lo único avlo que estaba no dispuestos era a rebajar el interés y además tengo que decir que nos mentían y jugaban con la política del miedo, yo a esto siempre contesté que me lo tendrían que quitar y así fue tiempo después. Y por último fue la sentencia de retroactividad, también intentaron engañarnos. Nos querían devolver una parte del dinero en metálico y otra sin decirlo nos la devolvían anticipando al préstamo, lo cual ahora mismo no interesa porque el euro por esta a menos. Los pillamos y tuvieron que devolverlo todo en metálico, esto fue en 2018.. Así que esto parece como esas veces que vives algo y crees que ya te ha pasado . Ánimos a tod@s y sobre todo no firméis nada sin consultarlo con un abogado porque os la intentarán colar como sea.
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maria · oviedo · Viernes, 18 Enero 2019 | 06:46:19 PM · resp. nº 854
Hola, cuál es tu banco?
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Olga · Barcelona · Viernes, 18 Enero 2019 | 08:46:38 AM · nº 4715

En el caso de que se declare nulo el IRPH, que pasará con los que tienemos una VPO? las condiciones de estos préstamos convenidos, se deciden en Consejo de Ministros. Y ya sabemos que el gobierno no está por la labor de cambiar nada.
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Jesus · Madrid · Viernes, 18 Enero 2019 | 01:34:16 PM · resp. nº 852
Somos muchos los que tenemos esos prestamos convenidos con la referencia irph.Lo primero que tenía que hacer el gobierno es coger como referencia el euribor.Ahora toca la revisión por parte del Consejo de ministros.Esperamos aunque no creo que lo cambien. Y lo que hemos pagado de mas tendremos posibilidad de reclamar???
Javier · Villajoyosa · Viernes, 18 Enero 2019 | 06:18:22 PM · resp. nº 853
El TJUE no va a declarar nulo el IRPH porque no se ha solicitado en la cuestión perjudicial, Al TJUE se le ha solicitado que se pronuncie acerca de cuáles son los criterios de transparencia que se tienen que dar para que esa cláusula sea legal, osea, que el IRPH es y será siendo un índice de Referencia hipotecario totalmente válido y reconocido por el Banco de España. Si el TJUE fija unos criterios distintos a los que nos dieron en la contratación de nuestra hipoteca y nosotros lo denunciamos, será la entidad Bancaria la que tiene que demostrar que la operación se hizo conforme marca la nueva directriz del TJUE, si no es así, el juez podrá expulsar esa cláusula de nuestro contacto por falta de transparencia y fijar la devolución de lo pagado de más desde el principio del préstamo hipotecario.
Ahora bien, no dudéis de que el banco recurrirá y recurrirá, primera instancia, AP. Supremo y ejecución de sentencia lo que podría demorar el cobro en más de ocho años
maria · oviedo · Viernes, 18 Enero 2019 | 06:54:45 PM · resp. nº 855
Mira, es que el gobierno, ten en cuenta que son los técnicos, no los del gobierno que conocemos que no tienen requisito de conocimiento alguno al respecto, te ha referido el préstamo protegido al llamado IRPH como precio total del préstamo, que es lo que es por definición el llamado IRPH. Pero eso no tiene nada que ver con que el banco lo haya usado directamente como interés simple del préstamo, en lugar de como precio total. Esto lo ha hecho el banco solito en tu contrato particular. Y esto no está condicionado por el Gobierno. Lo que está pendiente de declararse nula, es la claúsula de tu contrato que usa el IRPH, no el índice del Banco de España. Así que no te preocupes que no se van a librar en vuestro caso por ese motivo.
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Delfin · Madrid · Martes, 15 Enero 2019 | 11:57:38 PM · nº 4714
El gobierno de Rajoy impidió el cambio de IRPH a Euribor

https://diario16.com/gobierno-rajoy-impidio-cambio-irph-euribor/

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maria · oviedo · Viernes, 18 Enero 2019 | 07:13:07 PM · resp. nº 856
A ver, el gobierno no puede cambiar el IRPH a Euribor, y el juez tampoco puede hacerlo, lo que sí puede este último es anular la claúsula o el contrato, pero no cambiarte el contrato. Igual que no puede cambiarte el suelo por otro, o por otra cosa, sino anularlo. El juzgado de Barcelona ha pedido al TJUE poder para hacerlo en contra de la ley porque supuestamente es beneficioso para el consumidor, pero el consumidor en cuestión, nunca ha pedido ni argumentado eso, sino que es el típico falso argumento del banco que el juez ha implementado por su cuenta...
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Mendoza · Barcelona · Martes, 15 Enero 2019 | 07:19:58 PM · nº 4713
Hola, tenía el IRPH cajas con la Caíxa y me lo cambiaron por un índice fijo. Ahora me han devuelto 700 € que me he encontrado en la cuenta, sin previo aviso.
Alguien puede adjuntar un escrito con el cual pueda indicar al banco que no acepto las nuevas condiciones. Aquí se habla de que NO FIRMEMOS NADA, pero pasa el tiempo y me ha bajado la hipoteca 3 euros y creo que debería escribir a la Caixa porqué aún parecerá que lo aceptó.
No creéis que los bancos pueden engañar y hacer firmar a alguno de nosotros.
Ahora cuando tengo que firmar un simple trámite con la Caixa, tengo un temor que me echa hacia atrás.
Espero el documento, gracias.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 14 Enero 2019 | 10:41:59 AM · nº 4712
Hola a todos,


La mayoría de vosotros habrá leído que la vista de la cuestión prejudicial sobre el IRPH en el TJUE será el 25 de febrero. Este día se dará un paso más a favor o en contra de los afectados por IRPH, pero no es el día definitivo.

Tras la vista, y antes de la sentencia, el abogado general hará públicas sus conclusiones. Hay que esperar tras ese día un poco más.





Aquí podéis leer más sobre el IRPH y las diferentes situaciones que pueden darse. La actualidad para todos los afectados. https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/154-que-es-y-como-reclamar-irph.html

Quien desee saber más sobre ello y consultar con un abogado de forma gratuita, que deje su caso aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



Atentamente, Reclama Por Mí.
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eric · Barcelona · Lunes, 14 Enero 2019 | 06:41:23 PM · resp. nº 849
Reclama por mí , que es una organización sin ánimo de lucro ? o ya reclamo yo por mí y si por un milagro recuperamos lo pagado de más no tendré que pagaros a vosotros un % ? No creo que sea el momento para decir que el 25 de febrero no será la fecha definitiva . para las pocas buenas noticias que tenemos no nos la estropees
Miguel · ELCHE · Lunes, 14 Enero 2019 | 09:26:21 PM · resp. nº 850
Eric si o si tendrás que contratar un abogado y pagarle sus servicios,no creas que trabajan gratis.
A lo que se refiere que no será la fecha definitiva es que el 25 no saldrá la sentencia,sino que tardarán unos días mas
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 15 Enero 2019 | 09:54:51 AM · resp. nº 851
A Miguel y Eric,



Como bien dice Miguel, nos referimos a que el 25 de febrero tendremos más noticias, pero no serán definitivas.



Por aclarar como trabajamos en www.reclamapormi.com: Somos un bufete de abogados especializados en reclamar por cláusulas abusivas en especial contra bancos ya sea por cláusula suelo, IRPH, gastos de hipoteca y otras como tarjetas revolving y microcréditos abusivos.



Si algo nos caracteriza es que asesoramos sin compromiso y sin coste. Pero si empezamos a trabajar funcionamos a un porcentaje de la cantidad recuperada a éxito.

Durante todo este tiempo hemos venido asesorando sobre como proceder a los afectados con el IRPH. Hemos sido muy claros y nos hemos puesto siempre de parte de los afectados ya que lo consideramos abusivo por muchos motivos.



Teniendo en cuenta que el criterio no es claro aún hemos aconsejado desde el principio cautela a todos nuestros clientes y a los afectados de este foro. Quien se ha metido a demandar está haciendo una apuesta arriesgada sin saber las reglas de juego.

Contamos con miles de clientes que han confiado en nosotros y esperan nuestro visto bueno para reclamar, pero seguimos a la espera por su propio beneficio.

Quien quiera ponerse en contacto que lo haga aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

Un saludo, Javier
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sonia · tarragona · Lunes, 14 Enero 2019 | 10:04:41 AM · nº 4711
Hola, y se puede saber cuanto tarda en salir la sentencia desde que ejecuente el juicio en europa?
Yo tengo mi juicio el 3/06/2019 ......... que justa iré y que nervios!!!!
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David · Sevilla · Domingo, 13 Enero 2019 | 08:20:42 PM · nº 4710
Si es verdad que ahora me doy cuenta que me precipite en demandar pero también es verdad que si los que empezamos en los juzgados no lo hubieramos hecho esto no habría llegado a Europa, así que no hay mal que por bien no venga, ÁNIMOS.
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vicente · madrid · Domingo, 13 Enero 2019 | 08:05:15 PM · nº 4709
hola a todos,soy nuevo en esto estoy afectado por el irph , quiero consultán que significa el 25 de febrero, si es concluyente ya que creo que habrá que esperar mucho meses,o ya podemos saber algo concluyente el 25
gracias a todos
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Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Domingo, 13 Enero 2019 | 03:42:10 PM · nº 4708
Aquí tenéis a los enemigos de todos
https://www.laverdad.es/murcia/alerta-previstos-cuatro-20190113130119-nt.html
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