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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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andrès · TINCER · Martes, 15 Abril 2025 | 09:50:59 PM · nº 7211
Me pregunto si todas estas sentencias que son favorables al consumidor , luego de que los tribunales publiquen los fallos , estos son recurridos por los bancos teniendo que esperar un tiempo excesivo para tener una sentencia firme, gracias.
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Ares · Madrid · Martes, 15 Abril 2025 | 09:00:53 PM · nº 7210
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Ares · Madrid · Martes, 15 Abril 2025 | 08:47:53 PM · nº 7209
Buenas noches a todos, buenas noticias para todos los que estamos atrapados con el irph.
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Ares · Madrid · Martes, 15 Abril 2025 | 08:46:00 PM · nº 7208
[url=https://www.tercerainformacion.es/articulo/vivienda/14/04/2025/sentencia-historica-contra-el-irph-la-jueza-que-pregunto-al-tribunal-de-justicia-de-la-union-europea-anula-completamente-el-prestamo/]
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David · Barcelona · Viernes, 11 Abril 2025 | 09:31:37 AM · nº 7207
Erauskin en Teledonosti https://www.youtube.com/watch?v=VwgBxSTIbfI
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David · Barcelona · Jueves, 10 Abril 2025 | 02:57:23 PM · nº 7206
Desde la última sentencia del 12/12/24, tenemos cerca de una decena de sentencias de juzgados de 1ra instancia, los cuales han seguido la jurisprudencia del TJUE, lo mismo que la audiencia provincial de Soria, los resultados han sido variopintos, desde la anulación total del IRPH, sustitución por Euribor, hasta acuerdos cliente-banco días antes de la sentencia del TS.
Casi 15 años y la 6ta vez que el TJUE responde a las preguntas prejudiciales y de las cuales las 2 últimas cuestiones han sido las mas potentes, dando argumento solidos para reclamar, como lo son el diferencial negativo y las respuestas a las 20 preguntas formuladas por abogados Res.
Dicho esto, creo que ha llegado el momento de que todo el mundo con hipotecas IRPH presente la demanda extrajudicial y la judicial, hemos llegado a un punto en que tenemos todos los argumentos para reclamar y exigir justicia, el tribunal supremo no tiene base solida, ni legal, ni matemática, ni jurisprudencia para defender a la banca, eso sí, si mañana el TS dicta sentencia favorable a la banca y es seguida por todas las audiencias provinciales, podemos afirmar que el país esta sumergido en una cloaca de corrupción institucionalizada, que no existe la democracia ni menos la justicia y que en este país no hay oportunidades y menos esperanza.
No creo que pase esto último, se dictara sentencia justa y favorable al consumidor, ya que la banca ha ganado muchísimo dinero con el dinero que no han robado, también del casi 1,5 millones de familias afectadas, quizás mas de 1 millón no se han enterado de nada, cientos de miles son personas mayores y no quieren meterse en juicios, otros muchos que tienen solvencia económica, han cancelado ya su hipoteca y no le dan importancia al tema, así que con suerte para la banca tenga que afrontar 150 mil demandas por decir un numero.
Hoy en día la forma de estar comunicado son las redes sociales, así que quien no consulte temas de IRPH en internet esta apartado totalmente de la realidad en hipotecas, si vas a canales de Abogados Res, video sobre la ultima sentencia del IRPH, video que deberíamos seguir 1,5 millones de personas, apenas tiene 4800 vistas, por ello digo que es el momento de la banca y TS cedan y empiecen a indemnizar a los consumidores.
En nuestro caso, presentamos la demanda el año pasado, entonces el abogado ante la incertidumbre de lo que pueda pasar, recomendó que en la misma demanda del IRPH se añadiera la anulación de la clausula por posiciones deudoras (o cualquier otra clausula abusiva presente y que no genere pago para la banca), la clave esta en que con la nulidad de una clausula se puede cobrar al banco las costas procesales, de ese modo el cliente no pierde nada y el abogado cobra por su trabajo, esto en el caso de los que no tenemos dinero para pagar un abogado, es una buena opción.
Por ello hay que reclamar ya, llenar los juzgados de demandas, no se puede seguir esperando mas, si las cosas no cambian ahora, en el futuro es imposible que cambie para bien.
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anonimo · anonimo · Viernes, 11 Abril 2025 | 08:46:03 AM · resp. nº 3171
Hola David, muchas gracias por la información. Yo soy de los que llevo ya años pendiente de este foro y me falta el tiempo para ver los videos de los enlaces que ponéis y con estoy estoy bastante informado de lo que pasa con el IRPH.

Es cierto que me llama la atención que solo haya esas pocas visitas, la mayoría tiene el miedo de perder y pagar costas y abogados, pero lo que no saben es que existen bufetes que no cobran hasta que ganan y eso es muy importante, porque de esta manera no corres riesgos y en caso de ganar, lógicamente ganan los dos (cliente y bufete). Puede sentar un poco mal tener que soltar algo de lo que hemos recuperado a los abogados, pero es que es eso o no recuperar nada.

La gente aunque este jodida, esta a otras cosas, por eso los videos de abogados RES tienen tan pocas visitas. A poco que uno este preocupado al sentirse estafado y ponga en google "IRPH" es muy fácil que aparezca este foro y que tiene tanto comentarios, como vivencias reales, enlaces y videos muy interesantes, pero claro, la "gente afectada" esta a otras cosas. En fin, es lo que hay.

Aunque en estos 15 años es evidente que la cosa ha mejorado para acabar con el IRPH. La gente con la que yo llevo este tema, me aconsejo desde el primer día, que teníamos que esperar a que se aclararan las cosas y que ellos me avisarían cuando llegue el mejor momento. Confío en ellos, porque ya me reclamaron los gastos y todo perfecto. No solo hay que conformarse con que baje el IRPH, que es bueno, pero nunca hay que olvidarse de reclamar lo que es nuestro.

Lo dicho, mucho animo y si tenéis la posibilidad y sale en algún momento la conversación de que como esta el euribor, no dudéis es decir: "Pues yo tengo el IRPH" y tratar de hacer publica la estafa en la que hemos caído. La mayoría de la gente cree que solo existe el euribor y eso no es así.

Como siempre, muchas gracias David por tener al foro informado y al dia.
David · Barcelona · Viernes, 11 Abril 2025 | 02:59:45 PM · resp. nº 3172
Anónimo, agradecer tu respuesta y solo hace una apreciación respecto a las costas procesales y al dinero a devolver.
Al poner en marcha la demanda judicial por IRPH, se reclama el dinero pagado de mas en intereses, los intereses legales de ese dinero pagado de mas de cada cuota, a partir de la fecha de pago de esa cuota y las costas procesales y gastos de procurador.
Hay que leer bien el contrato que se firme con el abogado, hay muchos que a parte de las costas quieren cobrar un % de lo pagado de mas y de los intereses legales.
Por ejemplo si hay una sustitución por Euribor y se ha pagado 25000€ de mas en intereses, pues a ese dinero hay que quitarle lo amortizado de menos, recordar que con IRPH se amortizaba menos que con Euribor, por poner un numero, se hubiese amortizado 3000€ menos, entonces quedarían a recuperar 22000€, supongamos que ese dinero generaría 5000€ de intereses legales, entonces eso es lo que tendría que recuperar el consumidor, las costas procesales son íntegramente para el abogado y procurador, así que tener cuidado con esto.
Algunos abogados negocian directamente que si gana pero no se cobran las costas, cobrarían un % de los recuperado, por lo menos estos te dicen la verdad y claro esta depende de cada uno llegar a un acuerdo con ellos.
Mucha suerte a todo el mundo que haya presentado o que vaya a presentar la demanda.
anonimo · anonimo · Viernes, 11 Abril 2025 | 06:12:15 PM · resp. nº 3173
Gracias de nuevo David, por tu aclaración.

Ver las 4 respuestas →

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Rosa · Fuengirola- Málaga · Domingo, 06 Abril 2025 | 10:30:20 AM · nº 7205
Buenas tardes.Yo tengo IRPH
con UCI y mi caso ya ha sido juzgado y me salió desfavorable paro no firme, fué con ADICAE, justo unos meses antes de la sentencia de Europa. Tendré oportunidad aún de recurrir? Se podrá? Gracias de antemano
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Angel · tarragona · Lunes, 07 Abril 2025 | 10:45:43 AM · resp. nº 3170
Buenos días.
Si lees un poquito más abajo ya hay un bufete que recurre si no han pasado mas de 4 años desde la sentencia.
Saludos
[azul]
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Mikel · Donostia · Martes, 01 Abril 2025 | 06:01:44 PM · nº 7204
Parece que la cosa se va moviendo y para bien...
https://www.noticiasdegipuzkoa.eus/sociedad/2025/04/01/sentencia-historica-donostia-juzgado-anula-hipoteca-irph-9470034.html
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Pacoli · Utrera · Martes, 01 Abril 2025 | 08:04:45 PM · resp. nº 3168
Un caso cada tres meses va bien, hasta un millón de casos, cuando salga el mío ya estoy muerto.?
nifu · nifa · Miércoles, 02 Abril 2025 | 07:05:33 AM · resp. nº 3169
Pacoli, no solamente hay un juez en toda España que se dedique al IRPH. Me preocuparia mas, poder pagar la hipoteca en vida, ya que como dices para entonces igual estas en el otro barrio. Segun creo, tambien lo puedes dejar a modo de herencia a tus familiares y ellos cobraran la devolucion de lo cobrado de mas por IRPH. Suerte, animo y cuidate esa salud para que llegues a disfrutar de esa sentencia a tu favor. Por cierto, el que hayan salido a la luz SOLO 3 casos no quiere decir que no haya mas, a ver si nos empezamos a dar cuenta de que a los Bancos no les interesa que salgan muchos casos a favor , porque esa publicidad les perjudica. Ya te digo que no todos los casos saldran a la luz y menos el millon que dices tu que somos. Saludos y cuidate.
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Isabel cortes · LEPE-Huelva · Martes, 01 Abril 2025 | 07:14:43 AM · nº 7203
¡BUENOS DÍAS! NITICIAS DE ABOGADOS RES EMPIEZA A VER SENTENCIA DEL JUZFADO QUE LLEVO A LUXEMBURGO OS DEJO ENLACE
SUERTE https://youtu.be/IsgaFeaOxxM?si=J0NKTZZQ_Jc1D8z2
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anonimo · anonimo · Martes, 01 Abril 2025 | 08:44:49 AM · resp. nº 3167
Gracias Isabel!!! Muy buena noticia.
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Juan López · Barcelona · Jueves, 27 Marzo 2025 | 12:06:34 PM · nº 7202
Primera Sentencia de una Audiencia Provincial.
https://www.bbsabogados.com/novedades-sobre-el-irph/
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