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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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Alex · Barcelona · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 09:12:37 AM · nº 3980
Hola a todos!

Ojalá el supremos se pronuncie a favor de nosotros.

Los bancos nos han hecho pasar muchos apuros todos estos años.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 10:06:10 AM · resp. nº 308
Hola a todos,

Cuando salga la sentencia sobre IRPH os informaremos tal y como hemos venido haciendo a lo largo de estos meses sobre las implicaciones que se derivan de la sentencia. Incluiremos una explicación de cómo calcular las cantidades mediante una calculadora a abonar de más si se declara nulo y cómo contactar con un abogado experto en la materia.

Seguimos esperando...




Os mantenemos informados: [b]www.reclamapormi.com
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Lolo · Malaga · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 09:08:57 AM · nº 3979
Buenos soy otro afectado mas,cuando alguien tenga alguna informacion....por favor q la publique en el foro. Muchas gracias
Responder
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JuanC · Málaga · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 08:37:21 AM · nº 3978
Hola a tod@s!!!!
Soy nuevo en este foro y afectado por el IRPH. Hoy el Supremo decide sobre nuestro futuro hipotecario. Suerte a tod@s
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Mlpz · Madrid · Martes, 21 Nov. 2017 | 05:43:40 PM · nº 3977
Hola! Comparto por aquí este artículo:


Cuenta atrás para un millón de hipotecas: el Supremo se pronuncia sobre el IRPH: https://www.lainformacion.com/empresas/inmobiliario/cuenta-atras-para-un-millon-de-hipotecas-el-supremo-se-pronuncia-sobre-el-irph/6337304
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Cristian Gómez · Onda-castellon · Martes, 21 Nov. 2017 | 10:32:34 AM · nº 3976
Hola soy d castellon yo tengo la hipoteca con irph desde 2004 y como sustitutivo tengo CECA si se declarase nulo irph que interés se m aplicaría, gracias y suerte para todos los afectados
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 21 Nov. 2017 | 11:53:23 AM · resp. nº 306
Hola Cristian,

Supongo que ya sabe que tanto IRPH Cajas, como IRPH Bancos, como CECA desapareció por ley en Noviembre del 2013.

Quedó el IRPH Entidades que es el que ahora se aplica desde entonces a las personas afectadas por IRPH salvo que llegaran a una acuerdo con el banco y firmaran si no, no es vinculante.

Siguiendo este razonamiento y si todo se declara nulo, los índices de su hipoteca no serían legales y no habría sustitutivo por lo que, en principio, solo debería pagar por el fijo de su hipoteca si es que lo tiene.

Sin embargo, como hemos explicado en algún comentario anterior, quizá el Supremo modere la decisión basándose en criterios de estabilidad financiera y ponga como sustituto el Euribor.

Esto es clave para saber las cantidades a abonar.

Que decida que sea nulo o lo sustituya por Euribor es una decisión que implica que una persona afectada por IRPH le puedan devolver 4 o 5 veces más en una reclamación.

Quien tenga dudas y quiera calcular los importes a devolver y qué pasos dar, le asesoramos, una vez más sin compromiso en www.reclamapormi.com

Teniendo en cuenta que los españoles han rescatado a la banca, que los bancos no han hecho más que aplicar cláusulas abusivas a clientes de todo tipo y que artificialmente hay bancos que han manipulado el Euribor, lo que les permitía cobrar mensualidades de las hipotecas de tipo variable a un precio más alto del que realmente deberían, desde www.reclamapormi.com vamos a trabajar para que todo el mundo sea consciente y reclame por la vulneración de sus derechos.

Seguimos informando.
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Belén · Cádiz · Martes, 21 Nov. 2017 | 10:09:25 AM · nº 3975
Buenos días, yo también soy una afecta por él irph, mi abogado ya ha mandado la reclamación al Santander y le he respondido en negativo para nosotros, mi pregunta es . Si el supremo anula el irph, tendremos que hacer otra reclamación, o directamente el banco anula el irph de nuestra hipoteca? Y lo que nos tienen que devolver lo tenemos que reclamar vía judicial? Gracias
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 21 Nov. 2017 | 10:48:31 AM · resp. nº 304
Hola Belén,

Respondiendo a su pregunta, entendemos que el abogado ha hecho una reclamación extrajudicial al banco y le ha respondido negativamente, pero aún no ha presentado una demanda.

Si el Supremo anula el IRPH es muy poco probable que el banco se ponga en contacto con usted para llegar a un acuerdo y si lo hace OJO! Si en su día ya le incluyó esa cláusula debería desconfiar de las nuevas condiciones que le pudieran ofrecer porque muy probablemente sean peores que lo que conseguiría con una demanda. En cualquier caso su banco no puede modificarle las condiciones sin firmar un nuevo contrato, no puede hacerlo por las buenas, y si lo hace no es legal.

Volvemos a resaltar la importancia de asesorarse con un abogado.

Así que, en este sentido lo mejor es acudir a un abogado que le asesore y le indique cómo proceder. Si aceptar el acuerdo del banco o reclamar vía judicial. Casi seguro el acuerdo no le beneficiará si nos basamos en los acuerdos anteriores que los bancos han firmado con clientes dondde devuelen solo la mitad del importe y que generalmente incluyen una cláusula donde se indica que no se podrá reclamar en el futuro .

Muchas personas que no se han asesorado han perdido el derecho a reclamar y hay mucho en juego.

Quien lo desee, puede ponerse en contacto con www.reclamapormi.com de forma gratuita y sin compromiso para que estudiemos su caso.
Loles · Loles-Lugo · Martes, 21 Nov. 2017 | 11:35:02 AM · resp. nº 305
no hija no, hay que reclamar, así funciona este país de mierda. nadie te regala nada, aunque sea tuyo
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Kanario · Madrid · Lunes, 20 Nov. 2017 | 11:53:37 PM · nº 3974
Hola, puedo reclamar? Firmé inicial con préstamo personal conjunto a irph 71.000 más personal de 8.600.
Have cinco años firmamos carencia. Hace dos años firmamos acuerdo sin renunciar a posibles reclamaciones... Donde se rebaja a la cuota por tiempo de 30 meses, trascurrido ese tiempo me podian hacer novacion a euribor +1,5 previa solicitud por escrito dos meses antes de finalizar. Les envío burofax solicitándolo y se lo pasaron por el forro. A fecha de hoy de 72.500 de hipotecario y 8600 personal. Más de lo inicial. Puedo reclamar? En la escritura no tengo sustitutivo por euribor. Puedo reclamar gastos también? Necesito una respuesta más concreta y no una genérica por favor. Gracias
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 21 Nov. 2017 | 08:47:15 AM · resp. nº 303

Hola Kanario,

Su caso es algo especial debido a la carencia y rebajas de las cuotas y hace falta estudiarlo ya que suele haber comisiones y hay que ver a letra pequeña. Si es tan amable y deja su caso aquí lo estudiaremos detenidamente: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

Le puedo adelantar algunos puntos:

Atendiendo a sus palabras, dice que le podían hacer la novación pero no se la aseguraban ni firmó un acuerdo en que se resolvería así por lo que se puede deducir que no tiene porqué haber acuerdo.

No obstante, puede reclamar porque tiene IRPH y de hecho si se declara nulo y el tribunal no modera la decisión indicando por ejemplo que se le aplicará el euribor, su hipoteca se debería quedar en interés variable 0 y aplicaría solo el fijo que tuviera por lo que le devolverían la diferencia de todos lo importes pagados de más.

Es decir, si tu hipoteca no tiene sustitutivo o bien el sustitutivo es otro índice que se declara nulo (por ejemplo, que tenga irph cajas y el sustitutivo sea irph entidades y ambos IRPH se declaran nulos) en principio, basándonos en criterios puramente legales tendría que haber pagado solo el interés del fijo de su hipoteca. Sin embargo, esta cuestión la tiene que resolver el Supremo que quizá dicte que en caso de no haber sustituto aplique el euribor (esperemos que no sea así por el bien de todos los afectados porque devolverían menos cantidades, aunque seguirían siendo altas).

En cuanto a los gastos, puede reclamarlos sin problema. Esto, en principio está claro.

En cuanto a su préstamos personal, hay que estudiar el índice o las condiciones. Por favor, si es tan amable y se pone en contacto lo estudiamos.

Si alguien desea calcular lo que le devolverían si el índice se declara nulo puede acudir a esta calculadora que nos puede decir de forma muy fiable lo que nos deberían volver. Si le resulta difícil rellenarla puede consultar a un abogado de la propia plataforma y lo hará por usted de forma gratuita y sin compromiso: https://www.reclamapormi.com/calculadora-simulador-gastos-hipoteca-irph-clausula-suelo-multidivisa.html
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Raúl Catalan · Valencia · Lunes, 20 Nov. 2017 | 06:00:08 PM · nº 3973
Hola a todos los miembros del foro , quiero agradeceros la información que volcáis y que tan bien nos viene a los afectados por la estafa del irph. Yo tengo una hipoteca referenciada a irph+0´50, la constituí en 2005 con Caixa Popular en Valencia. No me explicaron en ningún momento que era el irph , de echo no nos dimos cuenta que lo teníamos hasta mas o menos el 2010 , cuando vimos que nuestra hipoteca no bajaba pero la de los amigos y familiares sí. Es una pura estafa y evidentemente se ha manipulado , os recomiendo que veáis los videos en youtube de jose maria erauskin que es el abogado que ha llevado el caso que tiene que dirimir el Supremo pasado mañana , lo explica todo muy claro. El dice que si el tribunal supremo resuelve exclusivamente con criterios jurídicos debe declarar el indice como nulo , por falta de transparencia y falta de información , como ha ocurrido con las multidivisas y las cláusulas suelo , pero hace una reflexión y es que si se declara nulo y se obliga a los bancos a devolver las cantidades indebidamente e ilegítimamente percibidas , ésto supondría un desembolso tan grande para la banca que es posible que el tribinal decida con criterios de estabilidad del sistema financiero. Pero seguiremos luchando aunque se pronuncien en nuestra contra , solo cabe cruzar los dedos y esperar que atiendan la necesidad de tantas familias que nos vemos super apuradas y agobiadas... Suerte a todos.
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 20 Nov. 2017 | 06:34:37 PM · resp. nº 302
Hola Raúl,


Gracias por tu aportación. Tú al igual que un millón de afectados estás afectado por algo tan grave como lo es el suelo o incluso más como bien explicas.

Y es que la sentencia del Supremo es clave para saber cuales son las cantidades a devolver ya que si nos basamos en la ley y se declara nulo, los importes a devolver superan con creces el suelo. Fácilmente podrían devolver el doble, triple o cuádruple.

En cifras para que la gente se haga un idea aproximada por una hipoteca de 200.000€ con un fijo del 0,5 desde el año 2000 a 30 años supondría,si se declara nulo, la devolución aproximada de 55.000€

Por este motivo se considera desde diferentes instancias que se podría moderar la decisión con criterios financieros y aplique por ejemplo euribor como sustituto aunque no exista en el contrario hipotecario.

Esta decisión es clave.

quien desee calcular las cantidades a devolver de forma orientativa y asesorarse con un abogado puede hacerlo aquí: https://www.reclamapormi.com/calculadora-simulador-gastos-hipoteca-irph-clausula-suelo-multidivisa.html

Seguimos informando.
Ivan · Fuerteventura · Martes, 21 Nov. 2017 | 03:20:10 PM · resp. nº 307
Lo interesante seria saber si se cambia irph por euribor si la gente iria al TJUE para que se anule en lugar de cambiar a eurib
or. Un saludo
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Carmen · Madrid · Lunes, 20 Nov. 2017 | 04:34:41 PM · nº 3972
El juicio fue el 20 de junio y la sentencia salió el 22 de junio pero no supimos nada hasta el 19 de octubre
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 20 Nov. 2017 | 05:54:17 PM · resp. nº 301
Hola Carmen,

Lamentablemente quizá ya no se puede hacer nada en su caso. En principio ha perdido la opción de recurrir. Salvo que se pueda llegar a alguna solución se considera cosa juzgada.

Sin duda es grave lo que le ha sucedido sea la culpa de quien sea y es normal que esté enfadada porque no le notificaran la posibilidad de recurrir.

Si deja su caso aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/, nos ponemos a su servicio sin compromiso para estudiar su caso y ver si hay alguna posibilidad.

Pondremos al abogado más experimentado de Reclama Por Mí con su problema que no ha perdido aún ningún juicio por cláusulas abusivas y haremos lo que esté en nuestra mano.
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Carmen · Madrid · Lunes, 20 Nov. 2017 | 04:32:09 PM · nº 3971
Hola a todos,después de dos años esperando, el juicio por irph y suelo lo tuvimos el 20/de junio 2017,ganando el suelo y perdimos el irph en Madrid.Cual es nuestra sorpresa que nos habían de la sentencia el 19 de octubre, perdiendo así toda oportunidad de reclamar ,nuestro abogado dice que el procurador y éste que el abogado y nosotros completamente desilusionados....ahora que debemos hacer???
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