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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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Carmen · Lunes, 23 Febrero 2009 | 04:48:58 PM · nº 530
hola, en las proximas semanas voy a firmar mi hipoteca y el banco me ofrece firmarla a irph pero yo no se que hacer, por favor alguien podria aportarme algo de luz, no se que hacer la diferencia entre el uribor y el irph es abismal. Gracias, un saludo desde Leon.
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Rosi de nadrid · Fuenlabrada madrid · Miércoles, 23 Mayo 2018 | 09:58:27 AM · resp. nº 530
Hola, eso donde lo pone, no se ha oído nada.
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Churri · Lunes, 23 Febrero 2009 | 04:09:38 PM · nº 529
Hola a todos, tengo hipoteca con UCI y me revisan en junio alguien sabe que mes cogen si el de abril o mayo?
cúanto estará el IRPH cajas en esos meses?
Gracias!!!!!
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Matilde · Jaen · Miércoles, 23 Mayo 2018 | 08:52:27 AM · resp. nº 529
desgrasiadamente ha salido en contra ahora mucha gente lo van a llegar a otro tipo en tribunal europea
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OTIRGEN · Lunes, 23 Febrero 2009 | 02:17:43 PM · nº 528
ME GUSTARIA SABER QUE DEBO HACER RESPECTO AL CAMBIO DE IRPH A EURIBOR, TENGO UN 89% DEL VALOR DEL IRPH AHORA, SI ME CAMBIO A EURIBOR(EURIBOR+0.5)ME SALEN UNOS 225 EUROS MAS BARATO, ES DECIR MENOS DE INTERESES CLARO. LO QUE NO SE ES SI A LA LARGA, ES MAS ECONOMICO O NO, HE OIDO QUE EL IRPH ES COMO LA GASOLINA, SUBE MUY RAPIDO PERO PARA BAJAR ES MUY LENTO. NO SE SI ES LEYENDA URBANA…GRACIAS
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Eli · Castellón · Martes, 15 Mayo 2018 | 02:48:52 PM · resp. nº 528
hola donde se puede leer la setnecia sobre el tribunal europeo de justicia? graicas
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rafa · Lunes, 23 Febrero 2009 | 11:17:26 AM · nº 527
hola arturo te pido disculpas las cosas se pueden decir de muchas maneras . lo importante de todo es que nos bajen las hipotecas. pero me da que esto tiene trampa ahora el interes baja porque lo dice el banco europeo. crisis mundial. europa saldra poco a poco de la crisis y el interes que fija el banco de europa tambien subira. cual es el problema que no todos los paises euro saldran tan facilmente de esta crisis alguno que otro le costara mas tiempo.nosotros entramos mas tarde y me da que tambien saldremos mucho mas tarde y nuestro interes subira por que lo fija el banco europeo que no tienen escrupulos con los mas debiles como ya lo demostraron muchas veces. el dinero que nos ahorremos con nuestras bajadas. el que pueda que lo ahorre por si.........bueno y deciros si mi amigo arturo me lo permite(ja ja es broma) que yo creo que los que revisen sus hipotecas apartir de julio el irph ya estara al nivel del euribor 2,8 - 3,2
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Mendoza · Barcelona · Domingo, 13 Mayo 2018 | 05:01:59 PM · resp. nº 527
Hola, vamos a tener que esperar, pero yo sigo con intentar que se vea con imágenes lo que hemos dicho de palabra, una y otra vez.
Hay por aquí algún guionista, no sé: algún vasco, gallego, catalán, etc. Se podría hacer una película tipo "Cerca de tu casa" (film que se centra en el drama de los desahucios) protagonizada por Sílvia Pérez Cruz.
Un film sobre una historia o varias, dónde se pudiera ver y sentir lo que muchos de nosotros estamos pasando con el tema del IRPH.
Dónde se pudiera ver el gran engaño que hay tras el IRPH y los fallos que tienen los jueces al juzgar lo que no es y cómo hay abogados muy poco profesionales que lo único que quieren es cobrar los honorarios que pactaron contigo.
Una vez entras en el proceso judicial, en algunos casos, te decepcionas de cómo va la justicia y la abogacía (eso también se podría reflejar).
Vemos sentencias a favor y en contra sobre lo mismo, ¿eso es lógico?
Después dicen que en España no denunciamos y que apenas utilizamos a los abogados (respecto a otros países)¡ A mí no me extraña!, el tema del IRPH me ha enseñado mucho.
Podría salir una historia interesante y real.
Quizás no sea éste el lugar donde debo dirigirme con esta idea. Ruego que si a alguno de vosotros os parece bien, hagamos difusión de la propuesta. La unión hace la fuerza.
Independientemente, de que tengamos que esperar 2 años a la resolución del TSJE.
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AIDA · Lunes, 23 Febrero 2009 | 09:38:21 AM · nº 526
Hola... he visto que ha bajado el IRPH CAJAS... por lo menos un punto.. menos mal.. en marzo reviso y entonces me bajara la hipoteca.. uf.. que alivio..
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lucia del valle · valencia · Domingo, 13 Mayo 2018 | 02:37:41 PM · resp. nº 526
Pues sí, la cuestión es clara. A todo TAE, le corresponde un determinado TIN. Si se toma como referencia el IRPH, que es el TAE oficial,le corresponde un determinado TIN. Eso es por concepto financiero, es una fórmula determinada por el Banco de España. Es decir, tomando el TAE oficial en el contrato, da lugar a un TIN que se corresponde con ese TAE. Ese TIN es el interés de la clausula de interés de la hipoteca. Y luego, si se quiere hacer variable, que es lo que regula adicionalmente la circular del Banco de España al efecto, es cuando se expresa ese TIN resultante, en función del IRPH, y se tiene que hacer mediante un sumando o un %. Por ejemplo, yo te hago el contrato hipotecario hoy, tomando como referencia el IRPH que es 1,8. A ese 1,8, utilizando la fórmula de relación entre TIN y TAE del Banco de España, sale que le corresponde por ejemplo (depende de otros datos fijos del contrato como señala la fórmula) un TIN de 1. Pues hacer variable el contrato en función del IRPH, (que es lo que se regula específicamente en la circular, ya que lo otro es un concepto financiero básico previo definido por el BAnco de España en otro lado), significa expresar el TIN, es decir, ese 1, en relación al IRPH, mediante un sumando o mediante un %. En este caso sería IRPH-0,8 ó 55% IRPH, y eso y sólo eso es lo que debería aparecer en la clausula de interes de tu contrato si previamente ha dicho que utilizaba como referencia el IRPH. El Supremo, debe de pensar, cogiendo aisladamente la circular en cuestión, y sin tener la más mínima idea de la fórmula directa entre TIN y TAE, y/o de que el IRPH es el TAE, y el interés de la clausula de la hipoteca es el TIN, que el banco puede coger el IRPH, y sumarle o restarle o ponerle un % que le de la gana,como interés de la hipoteca. Pero esto en absoluto es así. Y por eso, cuando el gobierno quiere proteger a cierto colectivo, como los titulares de vivienda pública, establece que la hipoteca esté referenciada al IRPH, ya que implica un TIN o interés de la hipoteca máximo determinado. Si no, ningún sentido tendría que el gobierno estableciese referenciar al IRPH si el banco le puede añadir luego el diferencial que le de la gana. Entre el EURIBOR y el TIN también hay una fórmula básica, pero en este caso es mucho más simple, y es que el TIN es el EURIBOR + diferencial del banco. Por eso, si el gobierno te pusiera como obligatorio la referencia al Euribor, no estaría limitando el diferencial, y el TIN podría ser mayor que con el IRPH. La relación entre el IRPH y el TIN, es que el TIN va a ser menor, porque al IRPH le quita los plazos y los gastos. Y la del EURIBOR y el TIN, es que el TIN va a ser mayor, porque al EURIBOR le incluye el diferencial del banco. El EURIBOR es el precio oficial de coste del dinero, el TIN o interés de la hipoteca es el precio de venta del dinero en la hipoteca, y el IRPH es el precio oficial de venta de la hipoteca. La circular del Banco de España que contempla la expresión del interés variable como suma o resta, o un % mayor o menor que 100, es porque es una norma que tiene en cuenta ambos índices, en el caso del EURIBOR, el MIBOR en su lugar, que es igual pero para España. Los contratos de IRPH de los bancos, no es que no le resten al IRPH para hallar el TIN, es que encima le suman.En el ejemplo anterior, el banco interés tenía que ser IRPH -0.8, y el banco va y pone por ejempo IRPH + 0,5. Lo que te está estafando es en total 1,3. Y además reporta como TAE al banco de españa al efecto del IRPH, la suma de IRPH+0,5+ Gastos+ efecto de los Plazos. Por ejemplo 2,8. Lo que automáticamente sube el IRPH próximo a fijar por el banco de españa que te va a repercutir a su vez en el contrato. Ante lo mismo, decir que el problema es la normativa del banco de españa, o la formula que usa el banco de españa para hallar el IRPH, es tal tomadura de pelo, que es reirse de la gente a la cara. Y si se echa la culpa al estado, el estado va a estar en contra de los timados, y a una mala el timo lo pagamos todos. En serio, si las demandas de los afectados estuvieran hechas por los bancos, no serían más a su medida.
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jahipotecado · Lunes, 23 Febrero 2009 | 08:45:55 AM · nº 525
Me he preocupado de hacer un calculo comparando en una hipoteca el IRPH con el Euribor. Mirar la tabla:

Logicamente he considerado que en el Euribor ponen 1% más de margen que en IRPH, esto es la práctica habitual.
Para un préstamo de 150.000€ en el peor momento del IRPH, hemos pagado en intereses en 13 meses 359€ más.
ESTO ES LO UNICO IMPORTANTE, lo que pagamos de intereses, el capital es capital y se paga si o si.
Por ahí he visto que cambiarte a Euribor te cuesta unos 600€ en registro y notario, ¡¡¡¡ MENUDO NEGOCIO!!!
De todas formas aunque mi opinión se trasluce de los que os digo, solo aconsejo que mireis los datos y decidais sabiendo lo que haceis. Creo que no me he equivocado pero si alguien que trabaje en Banca o similar quiere comprobarla mejor.


Importe 150.000,0
Mes Euribor IRPH Dif. Tipo Dif. Intereses
ene-2008 4,498 5,625 -0,127 -15,9
feb-2008 4,349 5,639 -0,29 -36,3
mar-2008 4,59 5,487 0,103 12,9
abr-2008 4,82 5,451 0,369 46,1
may-2008 4,994 5,634 0,36 45,0
jun-2008 5,361 5,808 0,553 69,1
jul-2008 5,393 6,044 0,349 43,6
ago-2008 5,323 6,275 0,048 6,0
sep-2008 5,384 6,338 0,046 5,8
oct-2008 5,248 6,331 -0,083 -10,4
nov-2008 4,35 6,341 -0,991 -123,9
dic-2008 3,452 6,084 -1,632 -204,0
ene-2009 2,622 5,203 -1,581 -197,6


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Mendoza · Barcelona · Jueves, 10 Mayo 2018 | 04:02:48 PM · resp. nº 525
Hola Juan Antonio,

Ya llevamos muchos años con el tema del IRPH y ahora estamos a la espera de unos 2 años más, para que nos resuelva el caso la Unión Europea, como bien sabemos.
Estamos ante un caos general y los jueces no tienen un criterio homogéneo por la complejidad de este índice que alguien ideó y inculcó para que se comercializara en las Cajas y Bancos durante unos años.
Muchos al acceder en esos años a pedir al Banco o Caja, el préstamo hipotecario nos encontramos que había de ser SI o SI ese índice y no nos quisieron dar el Euribor, de una manera camuflada o negándose directamente.
A mí, literalmente, me dijeron que me daban este índice o que si no, no me daban a hipoteca y además aducieron que LA VENTAJA DEL IRPH ERA LA ESTABILIDAD y que para una economía baja como la mía, mejor me concedían ese índice, haciéndome un falso favor.
Recordaros que además la hipoteca me la hicieron VARIABLE.
Ese día, la Caixa Sabadell de entonces (ahora BBVA) ya me estaba estafando.
Por otro lado, en setiembre del año 2013, desaparece el IRPH Cajas y queda cómo FIJO el último tipo que tenía (el IRPH Cajas) de setiembre de 2013, quedando un 3,940%.
Así pues, segunda estafa.
Nos encontramos con un doble fraude. Sé que muchos habéis expuesto casos parecidos o iguales y os recuerdo que ya os comenté que en el juicio que tuve con BBVA este año, perdí y la jueza me trata el caso como si fuera:
- el de una hipoteca variable
- un IRPH Entidades
Ahora paso a las posibles soluciones, pero necesitaré saber si pueden realizarse o no y si podríamos unirnos para el coste que pueda haber.
- ¿Podríamos realizar un video o varios? dónde se pudiera ver en imágenes (muñecos o personajes de alguna manera) la situación de la típica pareja o persona que va al banco y se encuentra con un caso como el que os he contado (que sales del banco contento porque te han dado la hipoteca para comprarte un piso y además con un índice cuyo nombre no recuerdas y que es acorde a tu economía, más estable...)
Luego pasan los años y ves que los compañeros de trabajo tienen el Euribor en sus hipotecas y pagan menos y quizás te enteras pasados años de que tú no tienes el Euribor.
Y en el 2013 en noviembre tu hipoteca por gracia divina pasa a tener un índice fijo o un IRPH que ahora se llama Entidades, pero EL EURIBOR no, porque no te lo han querido dar.
Vas al Banco una y otra vez (como dijo la jueza de mi juicio) pero vas a quejarte no al revés (porqué el Banco miente incluso a la jueza y según me dijeron es muy normal, claro) y te dan por escrito unos papeles (que creo que deberían poder presentarse en el juicio, si el juez no se ha perdido ya)en los cuales te ofrecen como solución a una nueva estafa que tu estás intuyendo, una NOVACION (con sus costes) + un plan de pensiones para cada uno (si son pareja) +2 seguros de vida +1 seguro de hogar y ves toda la retahila que e ofrece el ahora BBVA y que vuelven a decirte que todo o no nada y piensas: "que es esto señores (me estan intentando robar de nuevo)".
En el video se podría ver cómo afectan todos estos problemas, en años a las familias,cómo algunas has perdido sus casas, incluso a nivel de salud como repercute, cómo los abogados tampoco lo acaban de entender y cuando ya has pagado honorarios te dicen que luchar contra un Banco es muy difícil.
Disculpar porqué me he extendido mucho y diría mucho más ¡anécdotas las debe haber y mucho!pero sólo espero que me digáis si es posible presentar un video en un juicio o si no al mundo entero y a jueces y abogados que vean en unas imágenes lo que ya muchos habéis dicho con palabras.
Ya me diréis.

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artblor · Domingo, 22 Febrero 2009 | 12:23:20 PM · nº 524
el comentario anterior lo publicó rafael, es evidente que no sabe mucho de economía, salvo que ser familiar cuente.

para rafael:

soy miembro del consejo de administración de una caja, que es un poquito mas que trabajar en una caja,no es que me las de de listillo, es que soy experto en el tema, este foro me sirve para conocer lo que piensa el cliente, pues defiendo sus intereses ...no suelo intervenir pero tus comentarios eran nocivos, la discusión ha sido entretenida pero no puedo dedicarte mas tiempo, suerte.
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Maribel · Girona · Jueves, 10 Mayo 2018 | 09:07:08 AM · resp. nº 524
Hola. Yo tuve la misma sentencia el 11 de enero en la Audiencia de Girona. Un corta y pega de otras sentencias. Y no conformes con la sentencia te imponen los gastos que ascienden a 2.500 euros según el representante de La Caixa.
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arturo · Domingo, 22 Febrero 2009 | 12:14:33 PM · nº 523
Miércoles, 21 de Enero del 2009 a las 01:52:10 PM

Nota aclaratoria para los que cualquier bulo le sabe a Gloria. El IRPH, va ha ir bajando paulatinamente hasta pornerse un punto aproximadamente por encima del Euribor, cosa que es lo normal, pero Señores, el Irph, es desesperadamente lento para bajar no tanto para subir, pero reconozcamos que siempre a sido lenta su fluctuación, así que previsiblemente en Enero se pondra aproximadamente en el 5,5% en Febrero en el 5 % y asi sucesivamente hasta ponerse a un punto de diferencia con respecto al Euribor, con todos estos datos os dareis cuenta que hasta que no pasen unos 6 meses aproximadamente habra que aguantar un diferencian de más de 1 punto. Asi que ser realistas y hacer las previsiones contando con medio punto como máximo de bajada mensual del IRPH. Un saludo a todos.Os digo estos porque tengo a varios familiares trabajando en bancos.

Comentario número: 70


Comentó Rafael
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Víctor · Villareal-Castellón · Martes, 08 Mayo 2018 | 08:15:29 AM · resp. nº 523
Entonces como bien dices tu Lucia, habria que ir a juicio por eso que muy bien has explicado, y no por si te vendieron que era mas estable o lo que sea, porque lo de que era más estable fueron pálabras y seguro que no aparece en el contrato, por lo tanto los abogados de los bancos lo tienen hecho, y cuando me referia a la subida del euribor, era por el efecto que tendria el IRPH, entonces si demostraria que fluctua. Creo en mi humilde opiniòn como un afectado más, que se nos está tomando un poco el pelo y cada vez esto se atrasa mas, y aunque no sea mi caso hay gente que lo está pasando muy mal.[centrar][/centrar]
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arturo · Domingo, 22 Febrero 2009 | 12:04:10 PM · nº 522
para rafa:

entiendo tu reacción porque mi discusión fue anterior y los comentarios a los que me refiero no los puedes ver actualmente, mi discusión fue con un tal alberto que decía que yo mentía porque el irph jamas iba a bajar mas de 0.5 porque se lo había dicho una prima suya que trabaja en un banco....
lo de los 20 días es totalmente discriminatorio porque lo que se ha hecho es que como hay crisis se ha adelantado la publicación del euribor para que beneficie al ciudadano, pero se ha olvidado al irph y es ahora en la crisis cuando necesitamos que se publique antes, cuando la situación sea normal es cierto que mas o menos da igual.
por ultimo decirte que en este foro no solemos descalificarnos tan alegremente.
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lucia del valle · valencia · Domingo, 06 Mayo 2018 | 06:44:12 PM · resp. nº 522
El gobierno, al ponerte como referencia el IRPH te está protegiendo, ya que limita el precio total de la hipoteca, al precio oficial. Con el Euribor, al poderle añadir el banco cualquier diferencial, no te garantizaría ningún precio máximo. Otra cosa es que el Banco haya usado el IRPH para sumarle cualquier diferencial como si fuera el EURIBOR, cuando lo que debería haber hecho es restarle al IRPH todos los importes distintos del dinero que hay en el contrato. Es como si el gobierno publica el precio oficial del pan, y garantiza a cierto colectivo ese precio, pero luego el que te vende el pan te lo está vendiendo ilegalmente a un precio mucho mayor. El Gobierno debería personarse directamente como demandante en los contratos donde se establecía como referencia el IRPH por ley.
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rafa · Domingo, 22 Febrero 2009 | 12:29:07 AM · nº 521
decirte arturo que no solo tu habias previsto lo de la bajada yo y algunos mas tambien lo hicimos y no esperamos el momento para darnos de listillos. otra cosa arturo despues de leer tu mensaje me parece que tambien te quejas sin ningun motivo ya que lo de esperar 20 dias puede ser tanto bueno como malo. bueno si el irph esta subiendo ya que cojemos el mes anterior que estaria mas bajo y malo si esta bajando ya que el anterior estaria mas alto. parece mentira que trabajes en una caja.
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lucia del valle · valencia · Domingo, 06 Mayo 2018 | 06:28:36 PM · resp. nº 521
La clausula de interés de la hipoteca, es el interés NOMINAL, es el precio de venta del dinero, no el precio de la hipoteca. El dinero, es el elemento principal de la hipoteca, y el mayor coste, pero no es la hipoteca. Igual que el trigo es el elemento principal de pan, pero no es pan. El precio de venta del dinero, interés NOMINAL, se puede establecer de dos formas. A partir del precio de coste del dinero, o a partir del precio de venta de la hipoteca. EURIBOR y IRPH constituyen respectivamente el precio oficial del coste del DINERO, y el precio oficial de venta de la HIPOTECA. Cuando se establece el interés NOMINAL, TIN, de la hipoteca, tomando como referencia el EURIBOR, se le suma al precio oficial de coste del dinero, el margen de venta del dinero del banco. Cuando se establece el interés NOMINAL de la hipoteca, tomando como referencia el IRPH, TAE, se le resta al precio de venta de la hipoteca, todos los importes distintos del dinero. Es decir, si parto del coste del trigo, para establecer el precio de venta del trigo, le sumo el margen comercial del trigo, y si parto del precio de venta del pan, le resto todos los ingredientes distintos del trigo. Lo que hacen los bancos en las hipotecas con IRPH, no es no informar, es mentir. El banco te dice que usa como interés de referencia un interés oficial, en este caso el IRPH, pero resulta que el interés NOMINAL que te aplica, no es el resultado de restar al IRPH el resto de los importes de la hipoteca distintos del dinero. Sino que lo que hace es sumarle un diferencial, como si se tratara de un precio de coste del dinero como el EURIBOR. Es decir, el banco hace pasar un precio oficial de venta la hipoteca, por un precio oficial de coste del dinero. Que TIN es igual a Coste del dinero + Diferencial del banco, y que TIN es igual a TAE – Importes distintos del dinero, son conceptos generales financieros básicos, que el banco conoce perfectamente, y de los que prescinde en las hipotecas, haciendo pasar el IRPH, que es un TAE oficial, por un Precio de coste oficial. La fórmula que tiene como referencia al IRPH, o al EURIBOR, para calcular el TIN en la hipoteca, no sólo tiene que ser expresada con un +, un – o un %, sino que debe observar la formula conceptual existente entre el TIN y el EURIBOR como precio de coste del dinero, y el TIN y el IRPH como TAE de la hipoteca. Como dicha definición conceptual financiera, no está en la propia circular del Banco de España que se refiere especificamente a las hipotecas, y no es conocida a nivel general, es lo que hace que los Bancos utilicen este engaño, y el Supremo no lo esté teniendo en cuenta. Si tuviera que explicarle al Supremo cual es el problema, le diría que la claúsula de interés en la hipoteca, establece un interés nominal TIN.Y que con el IRPH, el Banco de España publica un interés efectivo TAE. Si el contrato usa como referencia el interés oficial del Banco de España, tiene que tomar como TAE el valor del IRPH, para calcular el TIN. Y tiene que descontar del TAE todo lo que no sea el precio del dinero en ese contrato. Y eso expresarlo en forma de IRPH – algo, ó % IRPH (donde % es menor que 100). Y que para comprobar si el banco ha mentido al decir que usa como interés de referencia un precio oficial, hay que comparar lo que en el contrato aparece denominado como COSTE EFECTIVO en el ANEXO del mismo, con el IRPH oficial existente a la fecha del contrato, los cuales tienen que coincidir, ya que es el TAE que el banco reporta al Banco de España al efecto del IRPH. Y ojo!, es irrelevante que el interés inicial sea un interés fijo, ya que tanto lo mismo como la clausula suelo, están incluidos en el IRPH. Todas las hipotecas referenciadas al IRPH, que tienen como COSTE EFECTIVO en el ANEXO, un importe mayor que el del IRPH oficial a la fecha del contrato, son una estafa. Y lo mismo si tienen una CLAUSULA SUELO mayor que el IRPH oficial a la fecha del contrato. Vamos, son una absoluta tomadura de pelo. Con este engaño, se han estado subiendo artificialmente el precio oficial de las hipotecas. Ya que mientras que a tí te dicen que te aplican el precio oficial del Banco de España, al Banco de España le dicen que han vendido una hipoteca por un precio bastante mayor que el oficial, lo que sube automáticamente dicho precio oficial. Como veis este timo, nada tiene que ver con la fórmula del IRPH que usa el Banco de España, que no es más que una desviación del tema para responsabilizar al Estado en lugar de a los bancos y poner en contra de las víctimas de los bancos a todos los estamentos oficiales.

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