IRPH

¿Cuándo bajará la factura de la luz?

¿Cuándo bajará la factura de la luz?

Seguramente en un mes podremos llegar a sentir la rebaja en la factura de la luz, tras el acuerdo alcanzado en Bruselas en el que se admite la excepcionalidad ibérica de Portugal y España, y poder así poner topes al precio del gas utilizado para producir electricidad

La ministra Teresa Ribera calcula que se podrá hacer operativo el mecanismo para bajar la factura de la luz en 3 o 4 semanas

Portugal y España remitirán una propuesta a la Comisión española y esta deberá evaluarla

¿Cuándo bajará la factura de la luz?

Todo el mundo está preocupado por las subidas de los precios; personas, familias, empresas... Sube la luz, los carburantes, las materias primas, los alimentos...y es que si sube la energía, irremediablemente sube ya todo. Si antes de la guerra en Ucrania, ya se veían continuas subidas como consecuencia de los desequilibrios económicos producidos por la pandemia del Covid-19, ahora con la invasión de Rusia a Ucrania, la escalada de precios esta cogiendo una fuerza tan desmesurada y una velocidad tan vertiginosa que a todos atemoriza.

Además, a muchos sectores, como el transporte o la pesca de bajura, ya les resulta muy difícil salir a trabajar pues los altos costes que los carburantes están alcanzando les implica no ganar prácticamente dinero o incluso perderlo. Y se trata de sectores esenciales. Sin los transportistas por ejemplo, se produce desabastecimiento en los mercados y en las industrias y todo el país puede llegar a paralizarse.

Por ello el gobierno tiene que trabajar intensamente en todos los frentes, como es negociando con los transportistas y al mismo tiempo consiguiendo importantes acuerdos en Bruselas para que la península Ibérica, Portugal y España, puedan topar el precio del gas que se utiliza para producir electricidad y así que pueda bajar la factura de la luz tanto para las empresas como para los consumidores.

En el acuerdo para afrontar la crisis energética de los 27 países de la Unión Europea, España y Portugal han conseguido que se acepte la singularidad ibérica, es decir, que ambos países sean considerados una isla energética con muy pocas interconexiones y que por tanto puedan poner en marcha medidas propias de forma temporal.

El problema de los transportistas parece encontrarse en vías de solución, con un importante acuerdo con el que se llegó con la Confederación Española de Transporte de Mercancías  (CNTC), aunque la plataforma del paro original de transportistas señala que la huelga no se desconvoca, ya que se quiere que transitoriamente se apliquen medidas para no salir a trabajar en perdidas hasta que se llegue a poner en funcionamiento la ley que recoge esta importante condición de trabajo en unos meses.

Respecto a la crisis energética y  lo conseguido en Bruselas por España y Portugal , es decir, que se puedan poner topes al precio del gas utilizado para producir energía, el gobierno espera poder poner en práctica esta importante medida en 3 o 4 semanas.

Así lo ha expresado la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera en una entrevista en RTVE: "Vamos a introducir un sistema de pago del gas como corresponde, es decir, hay que pagar el gas en todo caso pero lo que queremos es que ese precio del gas no sea el precio al que se pague el resto de la electricidad que se produce, que tiene un coste mucho más barato." "Lo que haremos es separar el gas del mecanismo de formación de precios".

En cuánto a como pagar las compensaciones a las empresas que crean electricidad, la ministra señala que "no corresponde hacerlo a través de los presupuestos, corresponde hacerlo a través del propio sistema eléctrico. Nuestro sistema eléctrico, el mercado mayorista lo que organiza es un sistema de atribución hora a hora de toda la electricidad que necesitamos en la red y en ese mecanismo horario de ajuste de precio, una vez que sepamos cuál es el volumen de gas que necesitamos en cada hora se prorrateará en el resto de las tecnologías que ofertan al mercado, de tal modo que será un ajuste horario que se produce inmediatamente después y que nos permite que solamente el gas sea retribuido a precio del gas y el resto de las tecnologías puedan seguir funcionando con arreglo al mismo mecanismo que da prioridad en el orden de mérito de entrada en la subasta aquellas que sean más baratas y van subiendo hasta que cumplimos con toda la demanda que nuestro país requiere cada hora."

El acuerdo de excepcionalidad ibérica va a permitir que lo sintamos en la factura eléctrica, "porque veremos que el mercado mayorista de electricidad, en lugar de ser retribuido todo al precio del gas, y en lugar de que sea el gas el que nos marque cuál es el precio, va a tener un tope máximo que hará que el precio baje por debajo del coste del gas pero que además solamente paguemos el gas a ese precio alto."

En lo referente a cuándo se notará en la factura eléctrica, la ministra señala que Portugal y España deberán remitir el mecanismo esta semana. La comisión entonces necesitará unos días, unas semanas para comprobar que todo es correcto o para recomendar introducir mejoras y calcula que en 3 o 4 semanas se podría tener un pronunciamiento de la Comisión sobre aquello que le están proponiendo y así poder hacerlo inmediatamente operativo.

Comentarios

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rafi · Viernes, 20 Dic. 2013 | 06:33:33 PM · nº 2265
copiado de la memoria de reclamaciones del BDE del año 2012
En lo que se refiere a la información previa que las entidades deben facilitar a sus clientes
con anterioridad a la formalización de los préstamos hipotecarios, sobre la cláusula vulgarmente
denominada como «suelo-techo» hay que hacer las siguientes consideraciones:
– Está prevista expresamente en la normativa de transparencia; en concreto, en
el anexo II, cláusula 3.ª bis, de la Orden de 5 de mayo de 1994, sobre transparencia
de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios (BOE del
11). La citada normativa exige que estas cláusulas se incorporen en las ofertas
vinculantes que las entidades deben entregar a los solicitantes de préstamos
hipotecarios, que recaigan sobre una vivienda, cuando el prestatario sea persona
física, y siempre que la cuantía del préstamo sea igual o inferior a 150.253,03€.
Este Servicio de Reclamaciones ha venido haciendo extensivo dicho criterio,
desde el punto de vista de las buenas prácticas y usos bancarios, a todos los
préstamos hipotecarios a personas físicas sobre viviendas, cualesquiera que
fueran su importe y la forma como se facilitara esa información.
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Jose · Vicar · Martes, 25 Agosto 2020 | 06:44:58 PM · resp. nº 2265
Sergio, no tires la toalla. Al final se hará justicia. Es cuestión de tiempo. Espero que Europa tome cartas en el asunto y pida explicaciones. Yo no entiendo porque no se aplica la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo. No lo entiendo. En otras sentencias han aplicado a rajatabla las directrices de Europa, porque en esta ocasión no sucede.
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rafi · Viernes, 20 Dic. 2013 | 06:26:42 PM · nº 2264
OPIADO DE LA PAGINA DEL BDE DE SU MEMORIA DEL AÑO 2012

– En los casos en que los reclamantes, clientes de otras entidades distintas de
las afectadas por el fallo del Supremo, plantearan ante este Servicio la eventual
nulidad de sus cláusulas por entender que estas se encontraban amparadas
por la conclusión contenida en aquel —por tratarse de cláusulas que
entiendan idénticas a las declaradas nulas, y que no se completen por otras
que eliminen los aspectos declarados abusivos—, este Servicio se ha de remitir
a lo indicado en el apartado anterior en el sentido de que en ningún caso
es competente para declarar el carácter abusivo de una cláusula contractual,
así como tampoco su nulidad, no puede valorar la aplicación a un supuesto
de hecho diferente de la resolución judicial, y, en todo caso, se efectuarían los
controles de cumplimiento de transparencia y de buenas prácticas aludidos,
en el sentido de que ha de acreditarse el conocimiento de su existencia y
consecuencias de su aplicación, por parte de los clientes con anterioridad a
la firma de los documentos contractuales y que dicha limitación ha sido debidamente
recogida en el contrato.
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Ana · Cadiz · Jueves, 20 Agosto 2020 | 07:52:34 AM · resp. nº 2264
Yo estoy igual. Congelado desde 2013 a cerca del 4%.
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Rafi · Viernes, 20 Dic. 2013 | 06:22:10 PM · nº 2263
ES COPIA DE LA MEMORIA DEL BDE DEL AÑO 2012
.......Interesa destacar además un aspecto especialmente relevante, referido a la inclusión de
cláusulas suelo en contratos en los que se prevén bonificaciones del diferencial aplicable
ligadas a la contratación de una serie de productos y servicios por el prestatario. En estos
casos, el Servicio viene entendiendo que dicha inclusión resulta contraria a las buenas
prácticas bancarias si no se informa adecuadamente al prestatario, con la necesaria antelación
a la firma del préstamo, sobre la existencia de dicho suelo y las implicaciones que
puede tener respecto a las bonificaciones, por cuanto dicha cláusula las puede hacer
parcial o totalmente inoperantes si el tipo de referencia pactado baja hasta ciertos niveles
y, por tanto, el cliente puede ver frustradas sus expectativas de abaratamiento del coste
del préstamo, mientras que la entidad se asegura una mayor vinculación del prestatario y
unas mayores ganancias.
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HERNANDEZ E, P.Rafa · LLEIDA - LLEIDA · Miércoles, 19 Agosto 2020 | 04:38:51 PM · resp. nº 2263
estaria genial que sancionara a dos o tres, sobre todo porque los demás actuarían de otra manera, no se... demasiado bonito para ser verdad.
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rafi · Viernes, 20 Dic. 2013 | 06:10:39 PM · nº 2262
copiado de la memoria de reclamaciones del BDE del año 2012
Como consecuencia de la existencia de la cláusula suelo en los préstamos hipotecarios,
puede ocurrir que, en las operaciones a tipo de interés variable en las que se
pactan, a cambio de la contratación de determinados productos y/o servicios, bonificaciones
al diferencial que, adicionado al tipo de interés de referencia, determina el
tipo de interés aplicable, puede ocurrir que, si este último llega a descender por
debajo de la cláusula suelo, incluso quedando ligeramente por encima de esta, tales
bonificaciones resulten inoperantes, no pudiendo, por tanto, beneficiarse de ellas.
En estos casos, este Servicio de Reclamaciones hace una llamada de atención a las entidades
prestamistas, en el sentido de que sería deseable y constituiría una muy buena
práctica bancaria advertir a sus clientes de tal posibilidad, siendo exigible, en todo caso,
acorde con las buenas prácticas bancarias, que, si tal circunstancia tiene lugar, las entidades
faciliten a sus clientes afectados cancelar dichos productos sin penalización alguna,
en el momento en el que ello sea posible, en relación con la naturaleza del producto contratado
al efecto.
!ESPERO QUE OS SIRVA A MUCHOS¡
Responder
JoseG · Gijon-Asturias · Miércoles, 19 Agosto 2020 | 09:31:01 AM · resp. nº 2262
Tengo que decirte aquello de !!perro no come a perro!!.Buscad en Google esto.IRPH:E l CGPJ intenta represalias.Ya vereis
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Santiago · Jueves, 19 Dic. 2013 | 04:24:50 PM · nº 2261
Yo la verdad es que harto de tanta suposición de escenarios desconocidos, descontento con la información del banco, intereses impagables con los que no puedo continuar toda mi vida he decidido DEMANDAR.

Parece ser que se puede demostrar que este índice está manipulado y que es contrario a derecho comunitario.

La demanda ha sido admitida a trámite y ahora a esperar a ver si por fin dejan de estafarme de una vez

Un saludo
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Jose · Vicar · Martes, 18 Agosto 2020 | 06:58:28 PM · resp. nº 2261
Hola Manuel, estoy de acuerdo contigo y esperemos que se haga justicia. Y el CGPJ, depure las responsabilidades que procedan a los jueces que han interpretado una doctrina diferente a la que ordenó el TJUE, en cuanto a las hipotecas IRPH. Un abrazo y tengamos fe en que se haga justicia.
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afectada · Jueves, 19 Dic. 2013 | 12:03:58 PM · nº 2260
Bankia nos aplica sin explicación alguna el IRPH Conjunto de Entidades pese a que en contrato tenemos sustitutivo fijo a la desaparición de IRPH Cajas y CECA. No contesta a nuestras reclamacione. Hay más gente en esta situación y se está agrupando en facebook
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Juan Antonio · Almería Almería · Martes, 11 Agosto 2020 | 11:34:15 AM · resp. nº 2260
Buenas tardes Ana, creo no me has entendido bien, yo creo que según la sentencia del TJUE, tú en tu demanda debes pedir la nulidad de todas las clausulas abusivas que tengas en el contrato y la nulidad del mismo contrato en sí, y yo di lo que tú has pagado te lo va devolver el banco, tanto de intereses como de capital, tú te quedarás con tu casa limpia sin deudas, se compensa lo que tú has pagado " todo lo pagado que se considere abusivo o nulo" 200.000€ por ejemplo,
Y el banco te concedió 190.000€

La idea es que tú te quedes con tu casa pagada y libre de hipotecas, y además que te den como mínimo 10.000€ que es la diferencia, que hay a tu favor, entre lo concedido y lo que tú has pagado. Está sería la idea con algunos matices, que un buen abogado sabrá explicarte mejor
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sergio · Jueves, 19 Dic. 2013 | 07:29:19 AM · nº 2259
noviembre 3,393 irph
vaya M subeeeeee
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José Luis · Baeza jaen · Martes, 11 Agosto 2020 | 11:09:10 AM · resp. nº 2259
Perdonas e dicho picardo y creo que fue picazo
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Rafi · Sábado, 14 Dic. 2013 | 06:45:53 PM · nº 2257
Esto es lo que pone en mi hipoteca, ¿en la siguiente revisión que me aplicaran?
TERCERA BIS.- TIPO DE INTERES VARIABLE:----------------------------

1.- A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA FECHA DE TERMINACION DEL PERIODO DE INTERES FIJO ESTABLECIDO EN LA CLAUSULA PRECEDENTE, SE APLICARA AL PRESTAMO UN TIPO DE INTERES NOMINAL QUE SERA LA SUMA RESULTANTE DE AÑADIR 0,25 PUNTOS AL TIPO MEDIO DE LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS A MAS DE TRES AÑOS PARA ADQUISICION DE VIVIENDA LIBRE, DEL CONJUNTO DE CAJAS DE AHORROS (TIPO DE REFERENCIA), QUE SERA EL CORRESPONDIENTE AL PENULTIMO MES ANTERIOR A LA FECHA DE CADA REVISION, PUBLICADO POR EL BANCO DE ESPAÑA EN EL BOE, REVISABLE ANUALMENTE, QUE TENDRA LUGAR EL PRIMER DIA DE CADA PERIODO DE REVISION HASTA EL VENCIMIENTO DEL PRESTAMO-----------------------------------------------------
2.- EN EL SUPUESTO DE NO PODERSE DETERMINAR EL TIPO DE INTERES POR EL SISTEMA ANTERIORMENTE DESCRITO, TENDRA CARÁCTER DE TIPO SUSTITUTIVO EL TAR (TIPO ACTIVO DE REFERENCIA DE LA CONFEDERACION ESPAÑOLA DE CAJAS DE AHORROS DE LOS DOS MESES ANTERIORES). LA APLICACIÓN DE DICHO TIPO SUSTITUTIVO TENDRA LUGAR DURANTE TODO EL TIEMPO EN QUE NO SEA POSIBLE APLICAR EL TIPO DE REFERENCIA PACTADO, REANUDANDOSE LA APLICACIÓN DEL MISMO EN CUANTO ESTE PUEDA SER DETERMINADO Y CON EFECTO DESDE LA FECHA DE SU REANUDACION……. LOS INTERESES NO PODRAN SER INFERIORES AL 3,95 % NI SUPERIORES AL 15% …….
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Africa · Dos Hermanas-sevilla · Miércoles, 05 Agosto 2020 | 11:55:24 AM · resp. nº 2257
Hola.
Por que tienes que pagar las costas?. Perdistes el juicio?. Yo lo gané, pero La Caixa recurrió y lo elevé al Supremos. A ver qué pasa el dia 30 con las sentencias que tienen. Imagino que si no nos dan la razón, no tendremos que pagar costas, no?
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ALfredo · Martes, 10 Dic. 2013 | 09:00:02 AM · nº 2255
Francisco no estás solo,dependiendo de tu situación familiar, se pueden hacer varias cosas, mi recomendación es que te dirijas a la PAH (Plataforma afectados por la hipoteca)de tu provincia, ellos te ayudarán e informarán.
Ve y después cuenta tu experiencia con ellos¡¡
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Ana · Tarragona · Martes, 04 Agosto 2020 | 12:45:32 PM · resp. nº 2255
Hola compi..yo me compré una piso por 187.000..del año2006 a 30 año.. asta día de hoy he pagado 200.000 euro..flipante que Ami no me diga de pagar el capital porque yo he soltado 200.000euro 135 interés 65 capital una abusividad mi piso ya está pagado
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ALfredo · Miércoles, 04 Dic. 2013 | 08:33:27 AM · nº 2253
Afectada IRPH, al tener sustitutivo IRPH Entidades te aplican de diferencial el que ya tenías anteriormente. Entidades +0,2

El cálculo de las medias de interés es para cuando no tienes índice sustitutivo.
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HERNANDEZ E, P.Rafa · LLEIDA - LLEIDA · Lunes, 03 Agosto 2020 | 05:44:41 PM · resp. nº 2253
Arriaga está siendo muy valiente por hacer lo que hace y decir lo que dice.
En este país te pueden hacer una camisa de madera por menos.
Y las togas están que arden. Buena señal. A ver si se producen cambios que sirvan para sacar la mugre que hay en los juzgados.
Y así los consumidores estaremos más protegidos, en nuestro caso del IRPH y en otros muchos.
Bravo Arriaga. Mi aplauso.

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