IRPH

¿Cuándo bajará la factura de la luz?

¿Cuándo bajará la factura de la luz?

Seguramente en un mes podremos llegar a sentir la rebaja en la factura de la luz, tras el acuerdo alcanzado en Bruselas en el que se admite la excepcionalidad ibérica de Portugal y España, y poder así poner topes al precio del gas utilizado para producir electricidad

La ministra Teresa Ribera calcula que se podrá hacer operativo el mecanismo para bajar la factura de la luz en 3 o 4 semanas

Portugal y España remitirán una propuesta a la Comisión española y esta deberá evaluarla

¿Cuándo bajará la factura de la luz?

Todo el mundo está preocupado por las subidas de los precios; personas, familias, empresas... Sube la luz, los carburantes, las materias primas, los alimentos...y es que si sube la energía, irremediablemente sube ya todo. Si antes de la guerra en Ucrania, ya se veían continuas subidas como consecuencia de los desequilibrios económicos producidos por la pandemia del Covid-19, ahora con la invasión de Rusia a Ucrania, la escalada de precios esta cogiendo una fuerza tan desmesurada y una velocidad tan vertiginosa que a todos atemoriza.

Además, a muchos sectores, como el transporte o la pesca de bajura, ya les resulta muy difícil salir a trabajar pues los altos costes que los carburantes están alcanzando les implica no ganar prácticamente dinero o incluso perderlo. Y se trata de sectores esenciales. Sin los transportistas por ejemplo, se produce desabastecimiento en los mercados y en las industrias y todo el país puede llegar a paralizarse.

Por ello el gobierno tiene que trabajar intensamente en todos los frentes, como es negociando con los transportistas y al mismo tiempo consiguiendo importantes acuerdos en Bruselas para que la península Ibérica, Portugal y España, puedan topar el precio del gas que se utiliza para producir electricidad y así que pueda bajar la factura de la luz tanto para las empresas como para los consumidores.

En el acuerdo para afrontar la crisis energética de los 27 países de la Unión Europea, España y Portugal han conseguido que se acepte la singularidad ibérica, es decir, que ambos países sean considerados una isla energética con muy pocas interconexiones y que por tanto puedan poner en marcha medidas propias de forma temporal.

El problema de los transportistas parece encontrarse en vías de solución, con un importante acuerdo con el que se llegó con la Confederación Española de Transporte de Mercancías  (CNTC), aunque la plataforma del paro original de transportistas señala que la huelga no se desconvoca, ya que se quiere que transitoriamente se apliquen medidas para no salir a trabajar en perdidas hasta que se llegue a poner en funcionamiento la ley que recoge esta importante condición de trabajo en unos meses.

Respecto a la crisis energética y  lo conseguido en Bruselas por España y Portugal , es decir, que se puedan poner topes al precio del gas utilizado para producir energía, el gobierno espera poder poner en práctica esta importante medida en 3 o 4 semanas.

Así lo ha expresado la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera en una entrevista en RTVE: "Vamos a introducir un sistema de pago del gas como corresponde, es decir, hay que pagar el gas en todo caso pero lo que queremos es que ese precio del gas no sea el precio al que se pague el resto de la electricidad que se produce, que tiene un coste mucho más barato." "Lo que haremos es separar el gas del mecanismo de formación de precios".

En cuánto a como pagar las compensaciones a las empresas que crean electricidad, la ministra señala que "no corresponde hacerlo a través de los presupuestos, corresponde hacerlo a través del propio sistema eléctrico. Nuestro sistema eléctrico, el mercado mayorista lo que organiza es un sistema de atribución hora a hora de toda la electricidad que necesitamos en la red y en ese mecanismo horario de ajuste de precio, una vez que sepamos cuál es el volumen de gas que necesitamos en cada hora se prorrateará en el resto de las tecnologías que ofertan al mercado, de tal modo que será un ajuste horario que se produce inmediatamente después y que nos permite que solamente el gas sea retribuido a precio del gas y el resto de las tecnologías puedan seguir funcionando con arreglo al mismo mecanismo que da prioridad en el orden de mérito de entrada en la subasta aquellas que sean más baratas y van subiendo hasta que cumplimos con toda la demanda que nuestro país requiere cada hora."

El acuerdo de excepcionalidad ibérica va a permitir que lo sintamos en la factura eléctrica, "porque veremos que el mercado mayorista de electricidad, en lugar de ser retribuido todo al precio del gas, y en lugar de que sea el gas el que nos marque cuál es el precio, va a tener un tope máximo que hará que el precio baje por debajo del coste del gas pero que además solamente paguemos el gas a ese precio alto."

En lo referente a cuándo se notará en la factura eléctrica, la ministra señala que Portugal y España deberán remitir el mecanismo esta semana. La comisión entonces necesitará unos días, unas semanas para comprobar que todo es correcto o para recomendar introducir mejoras y calcula que en 3 o 4 semanas se podría tener un pronunciamiento de la Comisión sobre aquello que le están proponiendo y así poder hacerlo inmediatamente operativo.

Comentarios

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JC · Jaen · Sábado, 09 Sept. 2023 | 01:17:32 PM · nº 6917
https://youtu.be/se2g80d3wvE?feature=shared
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HERNANDEZ E, P.Rafa · LLEIDA - LLEIDA · Domingo, 10 Sept. 2023 | 08:42:26 AM · resp. nº 2958
Vaya enlace JC.
No lo veais. Todo propaganda.
JC · Jaén · Domingo, 10 Sept. 2023 | 06:54:26 PM · resp. nº 2959
Creo que no has entendido el vídeo. Habla del juez cuyo voto particular ha propiciado las cuestiones prejudiciales que se han planteado. Y si propaganda también, ten en cuenta que es un abogado y no vive de la caridad. Por lo menos se molesta en hacer vídeos explicativos que nadie como asociaciones, dirigentes o los mismos afectados hacemos.
HERNANDEZ E, P.Rafa · LLEIDA - LLEIDA · Lunes, 11 Sept. 2023 | 08:50:47 AM · resp. nº 2960
Es que no he podido ver el video. Probablemente no lo hago bien. Reintento. De agradecer la actitud del juez, desde luego.
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David · Barcelona · Miércoles, 06 Sept. 2023 | 01:00:49 PM · nº 6916
Buenas a todos, alguien sabe si ¿existen grupos de Telegram o de Whatsapp de afectados por IRPH?
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Angelu · Plasencia-Caceres · Miércoles, 06 Sept. 2023 | 08:34:50 PM · resp. nº 2957
Hola David, yo también estaría interesado en un grupo de wasap o telegran y sino habrá que hacer uno. A ver que comentan los demás.Saludos
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JC · JAEN · Miércoles, 06 Sept. 2023 | 11:38:11 AM · nº 6915
https://www.youtube.com/watch?v=dr9Ze49NbRc
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anonimo · anonimo · Miércoles, 06 Sept. 2023 | 01:19:42 PM · resp. nº 2956
Gracias JC, no conocía este canal. Se explica todo muy bien. Como ya suponíamos, los bancos están detrás de todas estas malas noticias (una), contra otras muchas que no salen en los medios de desinformación. Pasito a pasito.
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Juan · Barcelona · Miércoles, 06 Sept. 2023 | 07:18:37 AM · nº 6914
https://www.eleconomista.es/vivienda-inmobiliario/noticias/12432028/09/23/horario-de-las-manifestaciones-de-los-afectados-por-el-irph-de-las-hipotecas-.html
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Neus · Barcelona · Martes, 05 Sept. 2023 | 06:13:57 AM · nº 6913
https://confilegal.com/20230905-relato-de-un-testigo-directo-del-ultimo-juicio-sobre-el-irph-en-el-tribunal-de-justicia-de-la-union-europea/
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Julio · SEVILLA · Lunes, 04 Sept. 2023 | 10:18:33 PM · nº 6912
Cada vez lo tengo más claro. Ham estado callados todas las entidades y, ahora, que una audiencia provinciana le dé la razón a la banca (raro ¿no?), sin aplicar ninguno de los argumentos del tjue (porque lonque ha hecho es un corta y pega de la sentencia del supremo) le están dando una publicidad bestial...

Esto se llama desanimar Al personal.
Que no os engañen. La justicia española no hace su trabajo, favorece siempre al pez grande (por desgracia).
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Neus · Barcelona · Lunes, 04 Sept. 2023 | 09:40:39 AM · nº 6911
https://www.manifestacionhoy.com/madrid/manifestacion-nacional-el-9-de-septiembre-afectados-por-el-irph-exigen-justicia-contra-abusos-bancarios
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Neus · Barcelona · Lunes, 04 Sept. 2023 | 09:42:00 AM · resp. nº 2954
enlace de la manifestación el 9 de septiembre
Damián La Rioja · Damián La Rioja · Lunes, 04 Sept. 2023 | 08:30:37 PM · resp. nº 2955
Amnistía para los pimpollos!
No sé quién se ríe más de nosotros, banqueros (desde luego), jueces, o abogados que intentan ganar 7% + IVA de este circo.
En todos casos, seguimos siendo pimpollos.
Las instituciones están para robar, no para ayudar.
Lo tengo claro!
Triste.
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 01 Sept. 2023 | 04:39:01 PM · nº 6910
Los jueces siguen sin hacer caso al tjue, ? https://www.ultimahora.es/noticias/local/2023/09/01/2004903/hipotecas-irph-audiencia-mantiene-indice-valido-para-hipotecas.html
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Pamida · Villamartin · Viernes, 01 Sept. 2023 | 05:22:42 PM · resp. nº 2950
Yo no entiendo nada!!!! Esto nunca se acaba
David · Barcelona · Sábado, 02 Sept. 2023 | 12:17:06 PM · resp. nº 2951
Es una audiencia provincial, no me extraña, casi todas son como las ramificaciones del supremo, pero con esto podemos ir deduciendo por donde ira el supremo.
Julio · sevilla · Domingo, 03 Sept. 2023 | 06:10:20 PM · resp. nº 2952
Está claro que siguen obedeciendo al Supremo y se pasan al TJUE por el forro. Así es como funciona la justicia española. Como no tiene nadie que le corrija (ni que les penalice), pues siguen haciendo lo que le da la gana.

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Jose luis · Cordoba · Miércoles, 30 Agosto 2023 | 08:28:11 PM · nº 6909
Hola estoy un poco perdido en el tema y aún no estoy seguro si tengo IRPH en mi hipoteca onque creo que si, en su dia reclame la cláusula suelo y me devolvieron mi dinero y me quitaron esa clausula, mi pregunta es que si puede ser que tenga la cláusula irph habiéndome quitado la clausula suelo en su dia? Gracias por vuestra ayuda.
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Rubiales · Polla Seca · Jueves, 31 Agosto 2023 | 01:09:46 PM · resp. nº 2948
Leo con asombro el descaro que ha tenido el señor David Viladecans, en su entrevista de hoy ante Confilegal, afirmando que la reciente sentencia del 13 de Julio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) no contradice la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el juicio de abusividad en la comercialización de los préstamos hipotecarios con cláusulas IRPH.

Lo primero que quiero señalar, y esto es relevante, que este señor es el director de la Asesoría Jurídica de Tecnotramit, S.L. que trabaja para los bancos en temas hipotecarios, todo ello según su perfil en LinkedIn y la página web de Tecnomtramit.


Este señor se atreve a decir que la sentencia del TJUE del 13 de Julio de 2023 sobre el IRPH no contradice la jurisprudencia que de ella tiene el Tribunal Supremo, cuando en realidad ataca punto por punto dicha jurisprudencia al marcar los parámetros que tiene que seguir el juez a la hora de evaluar la falta de transparencia, lealtad y buena fe.

Lo que está queriendo decir este señor, por decir algo, que la sentencia del TJUE da por buena la jurisprudencia de eximir al banco de cualquier obligación de información por parte las entidades financieras, y que se le pueda exigir que a una persona normal, un cliente cualquiera, que averigüe por su cuenta las consecuencias económicas de lo que va a firmar, permitiendo al banco de colocarle, de una manera oscura, una cláusula que puede ser abusiva, todo ello sin informarle de cómo funciona el índice y, por lo tanto, si ello produce desequilibrio y perjuicio para el cliente, no es relevante.

El criterio del TS sería que fuera responsabilidad del cliente el hacer una investigación jurídica, sobre un índice que a veces se menciona en algunas hipotecas de una manera donde no aparece la palabra IRPH.

LO QUE EL TJUE HA DEJADO MUY CLARO
Si algo ha quedado muy claro en la mencionada sentencia del TJUE es que el banco debe ser diligente en la información, actuar de buena fe y no aprovecharse la ignorancia de sus clientes y aplicar un diferencial negativo en vez de positivo.


El Tribunal Supremo indicaba que cualquier persona mínimamente diligente podría informarse por su cuenta y porque además era un índice oficial, por lo cual no era abusivo (eximiendo al banco en la práctica de no informar de nada).

Sin embargo, el perjuicio de no informar sobre el índice, y de no haber empleado un diferencia negativo, según nuestros cálculos, cada persona o familia pillada con el IRPH mal aplicado, estimamos que ha podido causar un perjuicio medio de 40.000 euros por hipoteca.

Además, en la redacción de la cláusula de IRPH se usan términos excesivamente técnicos, poco claros y que adolecen de concreción o sencillez, con un significado complejo y difícil de comprender por un “consumidor medio”.

LO QUE EL TJUE EXIGE
En clara contradicción con el TS, el TJUE exige al banco mucha más información para con sus clientes, marcando y definiendo los parámetros para que el juez pueda evaluar si el banco cumplió todas sus obligaciones de información, actuara de buena fe, y no provocara un perjuicio.


El TJUE señala de manera contundente que no se le puede obligar a un consumidor a realizar una “investigación jurídica”, en diametralmente discrepancia con lo que señalaba la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Por eso El TJUE indica que, al analizar una hipoteca con IRPH, se debe comprobar si se puso al alcance del consumidor la información suficiente para que éste pudiera evaluar el coste del préstamo y de manera explícita la conveniencia de aplicar un diferencial negativo.

El TJUE hace mención a la «ineludible aplicación» de la citada Circular 5/1994 del Banco de España en el que indica que el método de cálculo de IRPH es peculiar, que al incluir comisiones se trata de una TAE, es decir, que su cálculo da un valor más alto por lo que sería necesario aplicar un diferencial negativo en vez de positivo.

Cuando los bancos aplicaban un IRPH con un diferencial positivo, en vez de negativo, estaban las entidades financieras actuando con mala fe, obteniendo una doble retribución: no aplicando el diferencial negativo, por un lado, añadiendo la aplicación del positivo, lo cual eso no es actuar con transparencia ni buena fe, lo que indudablemente era desleal para con sus clientes, actuando con unos márgenes más altos que los del mercado.

LO QUE EXPLICITA
Todo esto lo señala claramente en el apartado 67 de la mencionada sentencia.

Pero la sentencia también nos indica que tendríamos que tener en cuenta las comisiones que pueden haberse incluido en el préstamo, en el sentido de que, dado que estamos ante un índice que, por calcularse con los valores medios de las TAE, ya incluye en su valor a los valores medios de comisiones y gastos, por lo que podríamos esta que los bancos estarían obteniendo dobles retribuciones.

No obstante, la Sentencia finaliza exponiendo lo más importante: que, tanto para determinar la transparencia como la posible abusividad de la cláusula, será determinante que se haya informado acerca de las advertencias del Banco de España de que el IRPH debe ir acompañado de un diferencial negativo.

De esta forma se desmonta el último criterio del Tribunal Supremo para el TJUE se tiene que informar de esta particularidad, algo que en la práctica no se ha hecho nunca o casi nunca.

Por tanto, estamos ante un punto de inflexión que va a dificultar mucho el papel del Tribunal Supremo si quiere volver a revertir la situación, pero que sobre todo, vuelve a permitir a los consumidores reclamar por la nulidad del IRPH y poder recuperar todo su dinero.



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julio · sevilla · Miércoles, 30 Agosto 2023 | 10:47:22 AM · nº 6908
Yo, sinceramente, aunque veo que el TJUE ha puesto nuevas herramientas y pautas y, que los jueces españoles deberían obedecer y acatar, voy a esperar a la última cuestión prejudicial.

No obstente, si el TS vuelve a la senda del NO prevaricarismo y a estar a favor de los consumidores, sentando la jurisprudencia que necesitamos los afectados, iniciaré el litigio.

El problema que veo, es que todavía la veo un poco ambigüa.
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angel pepiol · camarles -tarragona · Miércoles, 30 Agosto 2023 | 04:50:33 PM · resp. nº 2947
Hoy el señor David Vladecans director de asesoria juridica Tecnotramit S L ha hecho un piquito a los afectados del IRPH diciendo que el TRIBUNAL SUPREMO no se ha movido de su posicion sibre la Ultima sentencia del TUJE y que es un indice oficial del BANCO DE ESPAÑA pero se le olvido decir que HABIA UNA CIRCULAR DEL BANCO DE ESP AÑA 5/1994 QUE SE DEBERIA APLICAR UN DIFERENCIAL NEGATIVO ENLAS HIPOTECAS pero el abogaso SEÑOR J.M. ARRIAGA les ha parado los pies indicando que despues de esta sentencia merca los parametros que el juez debe de evaluar lalealtad,transparencia y buena fe creo que le faltaba la manipulacion de la circular y imposicion del IRPH PARA SU BENEFICIO A COSTA DE EMPOBRECER AL CLIENTE por toda la vida de la hipoteca ESPEREMOS QUE NO DIGAN QUE EL BANCO DE ESPAÑA NO ES VINCULANTE COMO PASA EN LAS RECLAMACIONES DE LOS DEUDORES

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