IRPH

¿Cuánto subirán las hipotecas en abril?

¿Cuánto subirán las hipotecas en abril?

Dado que el Euribor esta subiendo bastante, es lógico preguntarse cuanto se van a encarecer las hipotecas variables en el mes de abril

El Euríbor ya muestra valores positivos, ¿cuánto subirán las hipotecas en abril?

Existe una preocupación sobre cuánto subirán las hipotecas en el mes de abril. Nos referimos a las hipotecas variables vinculadas al Euríbor o al IRPH, ya que las hipotecas fijas no dependen de cuanto sube o baja ningún índice y su cuota es siempre constante.

¿Cuánto subirán las hipotecas en abril?

Pero las hipotecas variables unidas al Euríbor o el IRPH, sí que se pueden encarecer con el dato de abril, de hecho, las hipotecas vinculadas al Euríbor ya lo están haciendo, porque el Euribor lleva subiendo todo lo que llevamos del año, sin embargo, las hipotecas IRPH todavía siguen alternando pequeñas subidas con pequeñas bajadas.

Con el dato de marzo de 2022 las hipotecas IRPH que se revisen anualmente todavía no se encarecen, porque el IRPH de marzo de 2022, tiene un valor todavía menor que el IRPH de marzo de 2021.

Concretamente el IRPH de marzo de 2022 ha sido del 1,513% y el IRPH de marzo de marzo de 2021 fue del 1,571%. Esto supone una rebaja de unos 3 euros para una hipoteca vinculada de 100.000 euros pendientes y un plazo restante de 20 años.

En el caso de las hipotecas unidas al Euríbor, con revisión anual sí que se encarecen, concretamente unos 11 euros mensuales, también para una hipoteca de 100.000 euros y con un plazo restante de 20 años.

Pero, ¿cuánto subirán las hipotecas en el mes de abril?

Alta inflación por el Covid-19 y especialmente por la guerra en Ucrania

El problema es que están subiendo mucho los precios. El Covid-19 ha provocado muchos desequilibrios financieros y cuando todavía no nos hemos librado definitivamente de la pandemia surge el grave y terrible problema de la guerra en Ucrania, acompañado de fuertes sanciones europeas a Rusia.

Esto ha causado una gran presión sobre los precios energéticos. Es decir, la energía, la luz, los combustibles que son las claves o las herramientas fundamentales para elaborar prácticamente todos los productos y transportarlos adonde hacen falta, se están encareciendo mucho y evidentemente eso tiene un efecto en cadena o de bola de nieve sobre todo lo que consumimos.

En definitiva, todo se encarece. Y cuando hay una subida alta y generalizada de los precios, a eso se le llama alta inflación.

Pero, claro, alguien tiene que cuidar de que la economía no se desestabilice, es decir, que por ejemplo vayamos a comprar y que cada vez podamos comprar menos por culpa de esta exagerada subida de precios.

Y ¿quién vigila la economía y pone remedio en Europa para que la economía no se desestabilice y nos desestabilice a todos?

El BCE puede subir los tipos de interés pronto

Pues, en el caso de Europa, o mejor dicho en la Eurozona, que la forman el conjunto de países que tienen como moneda oficial el euro, es encargado de controlar la economía para que funcione bien es el Banco Central Europeo (BCE).

Y ¿qué hace el BCE, cuando hay una alta subida generalizada de los precios, es decir, una alta inflación? Pues tiene una medida estrella para estos casos, que es la de encarecer el dinero. Y ¿cómo se encarece el dinero? Subiendo los tipos de interés.

Ahora los tipos de interés se encuentran en su nivel más bajo de la historia, el 0%. Pero si se suben los tipos de interés, es decir, si el precio del dinero es más caro, entonces la demanda o el consumo se contrae, y las empresas se sienten obligadas a bajar los precios de sus productos para que los consumidores pueden comprarlos. En otras palabras, al encarecer el dinero se consigue que la inflación baje.

El problema para las hipotecas vinculadas a un índice hipotecario como el Euribor o el IRPH, es que las subidas de los tipos de interés, hacen que estás se encarezcan, que paguemos más cuota mensual por ellas cuando sean revisadas, porque la subida de tipos de interés hace que suba también el Euribor, y también subirá en teoría el valor del IRPH, porque en la fórmula de cálculo del IRPH se encuentra el Euríbor.

¿Por qué la subida de tipos de interés hace subir también el Euríbor?

Porque subir los tipos de interés, significa lo mismo que encarecer el dinero, es decir, que el dinero valga más.

El Euribor es un indicador del interés al que las entidades financieras europeas se prestan el dinero. Como los bancos europeos ya sienten que el BCE subirá pronto los tipos de interés, ya se van prestando el dinero a un interés más alto, y cómo para calcular el Euribor se utilizan los valores del interés al que los bancos europeos se prestan el dinero, pues el índice hipotecario ya está subiendo mucho, especialmente en abril de 2022.

Así pues, el Euríbor, que como hemos dicho lleva todo el año subiendo, ha acelerado su subida en los meses de marzo y de abril de 2022. Tanto ha subido, que durante el mes de abril algunos días el valor diario del Euribor a 12 meses, que posteriormente es utilizado para calcular el Euribor hipotecario de cada mes, ya ha mostrado valores positivos.

Esto es un hecho muy relevante, porque el Euribor lleva desde febrero de 2016 en negativo, es decir durante 6 años, y ahora parece que le queda ya muy poco para que vuelva a ser positivo. Esto es también digno de recalcar, porque hasta hace bien poco, concretamente en diciembre de 2021, el Euribor se encontraba por debajo del -0,50% y muy cercano a su mínimo histórico.

Pues bien, ahora está acariciando ya la zona positiva, al menos en algunos de los valores diarios del Euríbor a 12 meses, y parece ser que finalmente el Euríbor hipotecario acabará el mes de abril rondando el 0%.

Si el Euribor, como todo parece indicar se acercará mucho en el valor de abril en el 0%, eso significará que aproximadamente habrá subido bastante con respecto al Euríbor de abril del año pasado, que fue del -0,484%.

Estamos cercanos a una subida de medio punto de interés que, para una hipoteca vinculada al Euribor +1%, con un capital pendiente de 100.000 euros y un plazo restante de 20 años, supondría un encarecimiento mensual de unos 20 euros, siendo estos cálculos aproximados.

¿Las hipotecas IRPH también se van a encarecer en abril?

Y ¿para una hipoteca IRPH? Pues para una hipoteca vinculada al IRPH resulta más difícil de predecir, ya que, aunque también depende del Euríbor, hay otras variables vinculadas al cálculo del valor del IRPH, como son las condiciones que impongan las entidades financieras a las nuevas hipotecas que concedan.

Los bancos seguramente también harán ajustes en las condiciones de las hipotecas, y puede ser que suban un poco de momento las hipotecas a tipo fijo, y mejoren las condiciones de las hipotecas variables y todos estos cambios repercutirán en el valor del IRPH. Aunque viendo la importante subida del Euribor, lo probable es que el IRPH también suba en el mes de abril, pero habrá que esperar.

Dado que el Euribor está subiendo bastante muchas personas se están planteando cambiar la hipoteca variable a hipoteca fija.

Comentarios

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Manuel · Cadiz · Jueves, 13 Julio 2023 | 05:31:16 PM · nº 6852
La sentencia es positiva. Todo dependerá si nos informaron en la propuesta o en las escrituras de la circular del Banco de España del año 1994 o la obviaron.Si no informaron, o no lo pueden demostrar, se constata que el banco actúo de mala fé.La cláusula puede declararse nula.
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David · Barcelona · Jueves, 13 Julio 2023 | 05:30:38 PM · nº 6851
Acabo de escuchar a Erauskin, dice que la circular de 1994 del Banco de España no es de carácter obligatorio para los bancos, es una circular informativa, cuyo fin es que el índice IRPH se acompañe de un diferencial negativo, para de esa forma corregir un poco la duplicidad de costes, intereses, comisiones, etc que lleva implícito el índice IRPH, por lo que el supremo ya tiene una salida, lo que si aclaro fue: IGNORAR ESTA CIRCULAR CONLLEVA UNA MALA FE POR PARTE DEL BANCO LO QUE DESENCADENARÍA ABUSIVADA Y NULIDAD DEL CONTRATO.
Para esto tendremos que esperar a la siguiente sentencia del TJUE respecto a cuestión prejudicial enviada por abogados RES con 22 preguntas para que el TJUE responda con monosílabos (SI-NO) donde se plantea el escenario descrito anteriormente.
Así que creo que tocara esperar un poco mas.
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anonimo · anonimo · Jueves, 13 Julio 2023 | 05:49:31 PM · resp. nº 2891
Gracias David. Las 22 preguntas de SI o NO, son las que nos dirán si tenemos o no razón. Ahí yo creo que se decidirá todo.
Jose · Puebla de Vícar · Viernes, 14 Julio 2023 | 07:58:08 AM · resp. nº 2895
Hola David, podrías poner el enlace del abogado José María Eruskin. Muchas gracias.
iwanmg · Barcelona · Sábado, 15 Julio 2023 | 04:39:14 PM · resp. nº 2900
No era de aplicación obligatoria no pero su falta de aplicación lleva a abusividad, falta de transparencia y mala fe. con las 22 preguntas quedara perfectamente acotado el proceder y las posibles salidas a la anulación del IRPH.

Ver las 5 respuestas →

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David · Barcelona · Jueves, 13 Julio 2023 | 03:48:45 PM · nº 6850
Parecen buenas noticias, pero nada contundente, es tan fácil como decir: "Aquel contrato que no incluya un diferencial negativo es totalmente nulo", Europa sigue con su ambigüedad, personalmente creo que el Supremo con un párrafo de sentencia te puede dar la vuelta y escribir una biblia.

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eric · Barcelona · Jueves, 13 Julio 2023 | 04:03:05 PM · resp. nº 2889
Tienes toda la razón, es desesperante la falta de contundencia del TJUE casi preferiría que alguien dijera de forma definitiva que no hay posibilidad alguna a que nos sigan mareando durante años . Es lamentable y vergonzoso .juegan con la vida de las personas por no reconocer una estafa imposible de tapar .
iwanmg · Barcelona · Jueves, 13 Julio 2023 | 05:07:40 PM · resp. nº 2890
pertinente
Del lat. pertĭnens, -entis, part. pres. act. de pertinēre 'pertenecer', 'concernir'.

1. adj. Perteneciente o correspondiente a algo. Un teatro con su pertinente escenario.

2. adj. Que viene a propósito. Ese argumento sobra y no es aquí pertinente.

3. adj. Der. Conducente o concerniente al pleito.


“es pertinente” la circular de 1994 del Banco de España, donde se señala la necesidad de aplicar al índice de referencia, dado su modo de cálculo, un diferencial negativo a fin de igualar el tipo de interés con el tipo de interés del mercado. Sin embargo, también considera “pertinente” determinar si esa información es suficientemente accesible para un consumidor medio.

Otra clave es como se aplique el significado de pertinente...
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iwanmg · Barcelona · Jueves, 13 Julio 2023 | 01:54:35 PM · nº 6849
Lo que extraigo de la sentencia del TJUE y lo que muchos abogados y expertos en contratos hipotecarios ya han dicho durante estos años es: De habernos a todos nosotros explicado que el IRPH se calculaba como se calcula es decir basándose en TAEs ninguno de nosotros habríamos aceptado ese tipo de interés que no lo es como tal en nuestros contratos y la manera de calcularlo ni nos lo explicaron y aparecía en el BOE como se calculaba de forma explícita, diciendo abiertamente lo que siempre oculto hasta para los juzgadores que tampoco llegaron a comprenderlo que es un índice que siempre estar{a por encima del euríbor, ya que es el resultado de aplicar Euríbor más los diferenciales que los bancos decidan en cada momento...
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Vanesa · Menorca · Jueves, 13 Julio 2023 | 01:46:40 PM · nº 6848
Porque se pasan la pelota unos a otros? España se la pasa a Europa, Europa se la pasa a España, España otra vez a Europa y Europa ahora a España. Porque no solucionan este problema esta pandilla de hijos de puta y ponen solución? Como se puede ser tan capullo, tanto unos como otros? Los malnacidos no tienen huevos de echarle un par de cojones y resolver esta puta mierda de irph
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iwanmg · Barcelona · Jueves, 13 Julio 2023 | 01:45:21 PM · nº 6847
""En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Novena) declara: Los artículos 3, apartado 1, 4 y 5 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, deben interpretarse en el sentido de que,
para apreciar la transparencia y el carácter eventualmente abusivo de una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario a tipo de interés variable que designa, como índice de referencia para la revisión periódica del tipo de interés aplicable a ese préstamo, un índice establecido por una circular que fue publicada oficialmente y al que se aplica un incremento, es pertinente el contenido de la información incluida en otra circular de la que se desprende la necesidad de aplicar a ese índice, dado su modo de cálculo, un diferencial negativo a fin de igualar dicho tipo de interés con el tipo de interés del mercado. También es pertinente determinar si esa información es suficientemente accesible para un consumidor medio"" Creo que queda suficientemente claro otra cosa es que nos quieran marear... Ese el el punto por donde atacar al IRPH.
Responder
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iwanmg · Barcelona · Jueves, 13 Julio 2023 | 01:43:36 PM · nº 6846
""En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Novena) declara: Los artículos 3, apartado 1, 4 y 5 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, deben interpretarse en el sentido de que,
para apreciar la transparencia y el carácter eventualmente abusivo de una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario a tipo de interés variable que designa, como índice de referencia para la revisión periódica del tipo de interés aplicable a ese préstamo, un índice establecido por una circular que fue publicada oficialmente y al que se aplica un incremento, es pertinente el contenido de la información incluida en otra circular de la que se desprende la necesidad de aplicar a ese índice, dado su modo de cálculo, un diferencial negativo a fin de igualar dicho tipo de interés con el tipo de interés del mercado. También es pertinente determinar si esa información es suficientemente accesible para un consumidor medio"" Creo que queda suficientemente claro otra cosa es que nos quieran marear... Ese el el punto por donde atacar al IRPH.
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Pamela · Madrid · Jueves, 13 Julio 2023 | 12:57:54 PM · nº 6845
Nuestro abogado nos confirma que entramos en punto muerto, al no poder demostrar que el banco no nos dió toda la información necesaria para poder elegir entre IRPH y Euribor. Nos insta a abandonar el proceso, por lo menos no tendremos costas.
Que vais a hacer vosotros?
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iwanmg · Barcelona · Jueves, 13 Julio 2023 | 01:44:47 PM · resp. nº 2888
La carga de la prueba la tiene el banco como no podría ser de otra manera así que toca demandar..
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Maria · Torrevieja · Jueves, 13 Julio 2023 | 11:43:51 AM · nº 6844
Bdia,mi caso lo lleva Arriaga y me acaban de escribir que ya tienen la sentencia del tjue q está en manos del gabinete jurídico y q en principio es positiva para nosotros que me tendrán al corrriente d todos los pasos q den a partir d ahira
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Jose · Madrid · Jueves, 13 Julio 2023 | 12:04:32 PM · resp. nº 2887
Genial, yo finalmente apelé. A pesar de que el abogado me dijo que era arriesgado. A ver ahora en que depara todo esto.
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iwanmg · Barcelona · Jueves, 13 Julio 2023 | 10:59:56 AM · nº 6842
""En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Novena) declara: Los artículos 3, apartado 1, 4 y 5 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, deben interpretarse en el sentido de que,
para apreciar la transparencia y el carácter eventualmente abusivo de una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario a tipo de interés variable que designa, como índice de referencia para la revisión periódica del tipo de interés aplicable a ese préstamo, un índice establecido por una circular que fue publicada oficialmente y al que se aplica un incremento, es pertinente el contenido de la información incluida en otra circular de la que se desprende la necesidad de aplicar a ese índice, dado su modo de cálculo, un diferencial negativo a fin de igualar dicho tipo de interés con el tipo de interés del mercado. También es pertinente determinar si esa información es suficientemente accesible para un consumidor medio"" Creo que queda suficientemente claro otra cosa es que nos quieran marear... Ese el el punto por donde atacar al IRPH.
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Jose · Puebla de Vícar · Jueves, 13 Julio 2023 | 11:13:27 AM · resp. nº 2886
Estoy al 100×100 de acuerdo contigo. El TJUE ha sido muy claro en el tema que nos ocupa del irph. No podemos hacer interpretaciones con lo sentenciado por dicho tribunal, que por cierto es de obligado cumplimiento.

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