Foro general IRPH
Espacio para compartir dudas, experiencias y noticias sobre el IRPH, reclamaciones, sentencias y el día a día de las hipotecas referenciadas a este índice. Los comentarios se muestran del más reciente al más antiguo; usa la paginación para ver más.
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Para qué sirve este foro
- Consultar si otros afectados han reclamado y qué resultado obtuvieron.
- Entender cómo se aplica el IRPH Entidades y el diferencial de la escritura.
- Contrastar dudas antes de firmar un acuerdo con el banco.
Aviso: el foro es informativo. No sustituye el asesoramiento de un abogado.
SI SE DECLARA NULO EL IRPH, ¿QUE ÍNDICE LOS SUSTITUYE?
Podemos encontrarnos en 3 situaciones diferentes si se declara nulo el IRPH firmado en la hipoteca:
1- Que NO haya un índice sustitutivo en el contrato hipotecario:
En ese caso, el préstamo queda sin un interés válido y se debería aplicar los Artículos 1.755 del Código Civil y 314 del Código de Comercio, que establecen que “No se deberán intereses sino cuando expresamente se hubieran pactado” y que “Los préstamos no devengarán interés si no se hubiere pactado por escrito”.
2- Que haya un índice sustitutivo:
Por ejemplo, si se prevé el Euribor, se debe dejar de aplicar el IRPH y se aplica el Euribor.
3- Que haya un índice sustitutivo, pero que también se haya declarado nulo:
Por ejemplo, si el índice nulo de la hipoteca que se quiere reclamar es el IRPH CAJAS pero el sustitutivo es el IRPH ENTIDADES y se declara nulo.
En este caso el consumidor, según lo estipulado en la ley solo tendría que devolver al banco el principal del préstamo sin intereses.
Sin embargo en diferentes casos el juez ha moderado esta sanción para el banco y ha aplicado, como índice sustitutivo, el euribor + 1%.