El IRPH sube en marzo de 2022 hasta el 1,513%
El IRPH sube, sin embargo, las hipotecas vinculadas al IRPH que se revisen anualmente con el dato de marzo se abaratarán.
El IRPH sube en marzo de 2022
El IRPH ha subido en marzo de 2022, pasando del 1,481% del mes anterior, al 1,513%. Se trata de una subida intermensual de 0,032 puntos. Era lógico ya pensar que el IRPH iba a subir en el mes de marzo pues el Euribor ya lo lleva haciendo durante todo el 2022 y el IRPH lleva interiorizado en su fórmula de cálculo el Euríbor.

Las subidas de ambos índices, Euríbor e IRPH se deben a que actualmente existe una alta inflación, es decir, un alto encarecimiento de los precios, por los desequilibrios económicos provocados por la pandemia del Covid-19 y especialmente ahora por la tensión internacional generada por la guerra en Ucrania. Esta alta inflación, seguramente será afrontada por el Banco Central Europeo (BCE) con una subida de los tipos de interés, es decir, por un encarecimiento del precio del dinero.
El IRPH sube siguiendo la tendencia alcista del Euribor
El Euribor es un indicador del precio al que los bancos europeos se prestan dinero entre si. Y dado que piensan, seguramente acertadamente, que el BCE subirá los tipos de interés pronto, es decir, encarecerá el dinero, los mismos bancos se dejan entre ellos el dinero más caro, y por tanto el Euribor se está elevando. Es el llamado mercado interbancario y este ya se está anticipando, a una más que probable próxima subida de los tipos de interés en el corto plazo por parte del BCE, con el fin de que la inflación baje de los altos niveles en los que se encuentra actualmente.
El Euribor ha acelerado su subida en los meses de marzo y abril. Tanto es así, que en el mes de abril ya ha marcado el Euribor a 12 meses, varios valores diarios positivos, cuando en diciembre de 2021, el Euribor todavía se encontraba por debajo del -0,50% y próximo a su mínimo histórico. Esto nos invita a pensar que si en marzo el IRPH ya ha subido, en el valor del mes siguiente, es decir, en el de abril, el IRPH va a subir bastante más. Aunque está por ver.
A pesar de la subida del IRPH en el mes de marzo de 2022, un año atrás, el IRPH se encontraba más alto, concretamente en el 1,571%. Esto significa que las hipotecas vinculadas al IRPH y que se revisen anualmente con el dato de marzo se abaratarán, por la circunstancia de que el IRPH se encuentra interanualmente más bajo ahora.
¿Cuánto se encarecerá la hipoteca IRPH con el valor de marzo de 2022?
Dado que el valor actual del IRPH es más bajo que el de hace un año, la hipoteca que se revisen anualmente con el valor del IRPH de marzo se abaratará.
Una hipoteca referenciada al IRPH con un diferencial del 0% sobre el mismo, con un capital pendiente de 100.000 euros, con un plazo restante de 20 años y que se revise con el dato de marzo de 2022, pasará de una cuota de 486 euros a otra de 483 euros. Esto supone un ahorro en la cuota mensual de 3 euros. Los datos anteriores son aproximados.
Te invitamos a utilizar la calculadora revisión de hipoteca para un cálculo más preciso y personalizado a tu préstamo hipotecario. También puedes utilizar la calculadoras de simulador de hipoteca, la calculadora de amortización parcial anticipada de la hipoteca y la calculadora convertidor de número de plazos de amortización a cantidad de tiempo.
Uno de ellos era mandar a este enlace: https://europa.eu/european-union/contact/write-to-us_es el siguiente texto:
Me dirijo a Uds. como ciudadano de un país miembro de la U.E. con el ruego de que me informen como controlan el T.J.U.E. y los órganos encargados de velar por el cumplimiento de las normas, directrices y sentencias que emanan de su Órgano jurisdiccional por parte de los diferentes Estados y, en particular España y el Tribunal Supremo español.
Les remito la presente solicitud ante la postura adoptada por el Tribunal Supremo en España tras la doctrina dictada por el TJUE en el Asunto C-125/18 que versa sobre la abusividad y, en su efecto, nulidad radical de las cláusulas incluidas en los Contratos de Préstamos Hipotecarios suscritos entre entidades financieras de España y sus ciudadanos, que vinculan la revisión de las cuotas a abonar por los usuarios tomando como índice de referencia el "IRPH". Dicha postura se ha puesto de manifiesto en 4 sentencias dictadas recientemente por el Tribunal Supremo español ("Sentencias 595, 596, 597 y 598/2020", de 12 de noviembre) que, vulnerando la doctrina emanada por el TJUE, no declaran el carácter abusivo de dichas cláusulas, realizando una interpretación forzada y perjudicial para los consumidores (y en manifiesto beneficio de las entidades financieras), y en dirección totalmente opuesta a la doctrina emanada de la mencionada sentencia dictada en el asunto C 125/18.
Sobre esta premisa, quien comparece SOLICITA ser informado acerca de :
1⁰-¿Cómo controla el TJUE la correcta aplicación de dicha resolución por los Estados Miembros? En nuestro caso España y la jurisdicción española. En este caso particular, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo Español.
2º- En caso de no respetarse las resoluciones dictaminadas, ¿Qué tipo de acción se piensan adoptar por parte de la UE o qué consecuencias puede tener no respetar las consignas aclaradas en dicha sentencia?
3⁰- ¿Existe algún órgano interno Europeo de control que actúe de oficio para la defensa de los intereses de los consumidores, y para la defensa y correcta aplicación de estas sentencias tras su dictamen?
Quiero manifestar mi malestar como consumidor, ciudadano y perjudicado de la incorrecta aplicación del derecho comunitario realizada sobre estas sentencias del Tribunal Supremo Español, y rogaría se pusieran en acción los mecanismos pertinentes de control existentes para corregir, sancionar, y encauzar las sentencias dentro del marco legal Europeo, ya que dentro de la legislación Española no disponemos de GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DEL TJUE NI DE LA NORMATIVA 93/13 CE
Como ciudadano rogaría que, en caso de que consideren pertinentes la puesta en acción de estos mecanismos, muy por favor se haga por la vía de urgencia. Hay más de un millón de familias españolas que se han visto perjudicadas por este abuso bancario sentenciado en el asunto acumulado C-125/18. Destacar que una gran parte de estas familias son económicamente vulnerables, y compraron su vivienda de protección oficial (Vivienda protegida, VPO).