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IRPH: qué es, valor actual y evolución histórica | IRPH.es

IRPH: Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es uno de los índices oficiales que se usan en España para revisar el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable. Durante años ha sido más estable que el Euríbor, pero también históricamente más caro para el consumidor. En IRPH.es centralizamos el dato actual, la evolución, la comparación con el Euríbor y las herramientas para entender el impacto en tu cuota.

IRPH actual (junio 2026)

El último dato de referencia que mostramos en portada es el IRPH Entidades de junio 2026: 3,049% (aprox. +0,063 puntos respecto a mayo y +0,247 en tasa interanual). El índice se publica mensualmente a partir de la información que reportan las entidades al Banco de España.

Puedes ver la serie y la comparación con el Euríbor en:

Qué es exactamente el IRPH Entidades

El IRPH Entidades (también conocido como IRPH del conjunto de entidades) se calcula como una media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es un índice oficial, publicado y supervisado, pero eso no implica automáticamente que la cláusula que lo incorpora en tu escritura sea transparente ni libre de control judicial.

Existen (o existieron) variantes históricas como IRPH Cajas o IRPH Bancos. En la práctica, la mayoría de las reclamaciones y del debate jurídico actual se centran en el IRPH Entidades y en cómo se explicó (o no) al firmar.

Cómo se calcula (idea clara, sin tecnicismos innecesarios)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican tipos medios de sus préstamos hipotecarios.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. El resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas a ese índice.

La clave para el consumidor no es solo la fórmula, sino entender el efecto económico: el IRPH suele situarse por encima del Euríbor, de modo que, a igualdad de diferencial, la cuota tiende a ser más alta.

IRPH vs Euríbor: por qué importa la diferencia

El Euríbor refleja el tipo al que los bancos se prestan entre sí en el mercado interbancario. El IRPH refleja una media de tipos de préstamos ya concedidos. Por su construcción, el IRPH ha tendido a ser menos volátil, pero también más elevado en largos periodos.

Esa diferencia acumulada, mes a mes y año a año, es lo que muchos afectados cuantifican al plantear una reclamación o al valorar una novación. En IRPH.es puedes:

¿Es legal el IRPH? Transparencia y control judicial

El índice en sí es un referente oficial. La controversia jurídica se centra en la cláusula contractual que lo impone: si el banco informó de forma clara, comprensible y con datos suficientes sobre el coste y las alternativas (por ejemplo, Euríbor), o si la cláusula no supera el control de transparencia y puede considerarse abusiva.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido en que el carácter oficial del índice no excluye el control de transparencia. El Tribunal Supremo español, por su parte, ha rechazado una nulidad automática y general de todas las cláusulas IRPH, y apunta a un análisis caso por caso. Amplíamos el detalle en:

Quién puede estar afectado

En general, personas con hipoteca a tipo variable referenciada a IRPH (Entidades u otras denominaciones antiguas), firmada sobre todo en los años del boom inmobiliario y posteriores, incluyendo casos de subrogación en préstamos de promotora. También hay afectados que ya cancelaron el préstamo y se preguntan si aún pueden reclamar: depende del tipo de acción y de la jurisprudencia aplicable; conviene asesoramiento profesional.

Herramientas útiles en IRPH.es

Aviso importante

La información de esta página es orientativa y divulgativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero personalizado. Las decisiones sobre reclamaciones, novaciones o cambios de hipoteca deben tomarse con un profesional colegiado que revise tu escritura y tu caso concreto.

Comentarios

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Ron · El Vendrell- Tarragona · Sábado, 08 Nov. 2025 | 02:48:17 PM · nº 7405
https://sabemos.es/irph-los-afectados-pasan-al-ataque-tras-las-ultimas-informaciones-de-diario-sabemos/
Responder
anonimo · anonimo · Sábado, 08 Nov. 2025 | 04:37:28 PM · resp. nº 3291
Gracias Ron.
jose · Cantabria · Domingo, 09 Nov. 2025 | 09:36:38 PM · resp. nº 3292
Hola buenas, no me deja verlo, lo puedes poner otra vez?
Muchas gracias.
Ron · El Vendrell- Tarragona · Lunes, 10 Nov. 2025 | 06:07:54 AM · resp. nº 3293
Haber si ahora os deja verlo https://sabemos.es/irph-los-afectados-pasan-al-ataque-tras-las-ultimas-informaciones-de-diario-sabemos/

Ver las 5 respuestas →

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Pacoli · Utrera · Viernes, 07 Nov. 2025 | 09:41:23 PM · nº 7404
https://www.eldebate.com/economia/20251106/supremo-punto-pronunciarse-sobre-irph-escenarios-abren-cerca-millon-hipotecas_352256.html
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Alex · Calle Minerva, 2 · Viernes, 07 Nov. 2025 | 12:46:42 PM · nº 7403


Y si se les diera un poco de caña tambien a los notarios, ellos tampoco ayudaron mucho cuando nos estaban engañando, y tenian mas conocimiento de lo que estabamos firmando y seguramente sabian que no nos dieron mas opcion que firmar lo que nos pusieron, osea firmar con ese irph maldito
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Darío · reus tarragona · Jueves, 06 Nov. 2025 | 06:33:31 PM · nº 7402
Buenas tardes...

Podríamos hacer una quedada para reclamar la lentitud del tribunal supremo ....
Yo vivo en Reus y los de la zona de Tarragona....
Dejo mi nombre Darío Pérez y a los que quieran se comunican a dariofperez@hotmail.com...

A seguir luchando

Un abrazo
Gracias
Responder
anonimo · anonimo · Viernes, 07 Nov. 2025 | 06:57:52 AM · resp. nº 3289
Es muy buena idea Dario aunque ya se ha planteado varias veces en el foro y ha servido de poco o nada. Pienso lo ideal seria que alguna plataforma ya consolidada o algún bufete de abogados con una base de datos de clientes afectados tomase la iniciativa y nos movilizase a gran parte de los afectados. Eso seria más efectivo que nos pongamos un particular o varios a la cabeza.

En cuanto a solicitar nuestros emails, no se hasta que punto alguien te podría meter en un lio con la dichosa ley de protección de datos, al ser un particular el que custodie un listado de emails de particulares, o que esos emails se utilicen para otra cosa (no digo que sea el caso, pero se han visto tantas cosas...)

Lo que me parece curioso es que habiendo tantas organizaciones antidesahucios o similares no haya ninguna que yo sepa actualmente que este tocando de lleno el IRPH, y mas, después de llevar un mes esperando el resultado del tribunal.

Esta visto que cada uno se tendrá que buscar las castañas por su cuenta.

Si con solo ver este foro y la poca gente que participa podemos ver el interés. 8, 10 personas máximo que escriben o informan de lo que esta pasando, es lamentable. Porque no me digáis que a poco que hagas una búsqueda en Google con las palabra IPRH en las primeras opciones aparece este foro.

Estamos a otras cosas.

Como siempre digo, yo seguiría esperando a que se pronuncien y después actuar. Toda iniciativa es buena, pero en estos temas hay que actuar con cabeza y pies de plomo.

Mucho animo a todos y a ver si de una vez nos dicen algo, que ya llevan mas de un mes con ello.
anonimo · anonimo · Viernes, 07 Nov. 2025 | 07:00:04 AM · resp. nº 3290
Perdón, quería escribir IRPH, evidentemente.
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Manoli · Mana · Jueves, 06 Nov. 2025 | 02:49:32 PM · nº 7401
El Supremo, a punto de pronunciarse sobre el IRPH: qué escenarios se abren para cerca de un millón de hipotecas
Hasta 44.000 millones en devoluciones dependen del fallo, que marcará el criterio para los juzgados y la banca
​Hacienda, en el punto de mira del Tesoro de EE.UU. por el «control» de contribuyentes americanos con servidores de Huawei
José Rosado del MoralJosé Rosado
06 nov. 2025 - 04:30

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Un mes después de la deliberación del Tribunal Supremo sobre la legalidad del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), la decisión sigue sin hacerse pública. Mientras los juzgados de primera instancia han dictado fallos favorables a los consumidores a la luz de la doctrina europea, la incertidumbre entre los afectados es total. La resolución puede inclinarse en direcciones muy distintas y los expertos aconsejan anticiparse ante una eventual oleada de reclamaciones.

El punto de inflexión llegó el pasado mes de diciembre, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que el carácter oficial del IRPH no basta para considerar válida la cláusula si no se explicó correctamente su funcionamiento. La corte señaló que el consumidor debía haber recibido información clara sobre cómo se calculaba el índice, cómo había evolucionado y en qué se diferenciaba del euríbor. Si esa transparencia no existió, la cláusula puede ser abusiva.

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La diferencia entre ambos índices se hizo evidente tras la bajada de tipos del Banco Central Europeo en 2013, cuando el euríbor se situó en torno al 0,5 % mientras el IRPH se mantuvo por encima del 3 %. Muchos hipotecados empezaron entonces a reclamar al entender que no habían sido correctamente informados. A partir de esta sentencia, distintos juzgados comenzaron a dar la razón a los afectados en aquellos casos donde no constaba información comparativa suficiente.

Ahora, el potencial impacto de la decisión es considerable. Los despachos especializados estiman que entre 500.000 y un millón de hipotecas podrían verse afectadas, con devoluciones que podrían alcanzar los 44.000 millones de euros en total. Si el fallo se inclina a favor de los afectados, los reembolsos derivados del caso de las cláusulas suelo quedarían en una mera anécdota en comparación con este asunto.

El desenlace del caso dependerá de cómo interprete el Supremo el estándar de transparencia fijado por el TJUE. Según Ángel Sánchez, socio y abogado de Asoban Abogados, «el Tribunal Supremo se enfrenta a una de las decisiones más trascendentales de la última década: determinar el futuro del IRPH». A su juicio, lo que está en juego «no es solo la validez de cientos de miles de cláusulas hipotecarias, sino la coherencia del sistema jurídico español con el derecho de la Unión Europea y la protección de los consumidores».

Si el Alto Tribunal adopta plenamente la doctrina europea, podría abrirse un escenario favorable a los afectados, en el que la falta de información suficiente sobre la evolución del índice y su comparación con el euríbor permitiría declarar la nulidad de la cláusula. En ese caso, las hipotecas pasarían previsiblemente a referenciarse al euríbor más el diferencial pactado y las entidades tendrían que devolver las cantidades abonadas de más.

E Supremo podría exigir que el consumidor acreditara con más precisión la información que recibió en el momento de la contratación

Otra posibilidad sería una vía intermedia. En ese supuesto, la nulidad no quedaría descartada, pero el Supremo podría exigir que el consumidor acreditara con más precisión la información que recibió en el momento de la contratación. «Esta opción mantendría vivas las reclamaciones, pero haría más compleja su defensa, exigiendo una labor probatoria más intensa por parte del consumidor», explica Sánchez.

También existe un escenario más conservador, en el que el Supremo mantenga una interpretación restrictiva y limite la nulidad a los casos en los que la opacidad sea especialmente evidente. Eso reduciría el alcance de las devoluciones y prolongaría un marco de litigación caso a caso. «La cuestión central es si el cliente tuvo información real para comprender el impacto económico de su elección», resume el abogado.

Una familia, en casa
Miles de familias hipotecadas, en vilo ante el mutismo del Supremo por el IRPH
José Rosado
Revisión de la documentación
A la espera de la resolución del Supremo, los expertos recomiendan no paralizar los pasos previos. La revisión de la documentación del préstamo –incluidas las ofertas previas y posibles novaciones– permite determinar con claridad qué información se facilitó en el momento de la contratación y si existieron comparaciones entre el IRPH y el euríbor. Esta revisión es relevante porque, en un escenario en el que el Alto Tribunal exija acreditar la falta de transparencia caso a caso, disponer de esa base documental agilizaría cualquier proceso posterior.

En paralelo, algunas entidades están ofreciendo acuerdos privados o modificaciones contractuales. Los juristas consultados advierten de que aceptar una novación sin asesoramiento podría implicar la renuncia tácita o explícita a futuras reclamaciones, lo que condicionaría la posición del consumidor si el fallo del Supremo resultara favorable.

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En este contexto, los despachos recomiendan plantear ya una reclamación extrajudicial, no para forzar una solución inmediata, sino para fijar una fecha, ordenar la documentación y preparar la estrategia probatoria de cara al escenario que resulte finalmente. Sánchez recuerda que «esperar no significa quedarse quieto», por lo que reclamar ahora «permite preparar la estrategia probatoria y situarse en mejores condiciones para cualquiera de los escenarios».

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Manoli · Mana · Jueves, 06 Nov. 2025 | 02:49:26 PM · nº 7400
El Supremo, a punto de pronunciarse sobre el IRPH: qué escenarios se abren para cerca de un millón de hipotecas
Hasta 44.000 millones en devoluciones dependen del fallo, que marcará el criterio para los juzgados y la banca
​Hacienda, en el punto de mira del Tesoro de EE.UU. por el «control» de contribuyentes americanos con servidores de Huawei
José Rosado del MoralJosé Rosado
06 nov. 2025 - 04:30

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Un mes después de la deliberación del Tribunal Supremo sobre la legalidad del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), la decisión sigue sin hacerse pública. Mientras los juzgados de primera instancia han dictado fallos favorables a los consumidores a la luz de la doctrina europea, la incertidumbre entre los afectados es total. La resolución puede inclinarse en direcciones muy distintas y los expertos aconsejan anticiparse ante una eventual oleada de reclamaciones.

El punto de inflexión llegó el pasado mes de diciembre, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que el carácter oficial del IRPH no basta para considerar válida la cláusula si no se explicó correctamente su funcionamiento. La corte señaló que el consumidor debía haber recibido información clara sobre cómo se calculaba el índice, cómo había evolucionado y en qué se diferenciaba del euríbor. Si esa transparencia no existió, la cláusula puede ser abusiva.

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Ahora, el potencial impacto de la decisión es considerable. Los despachos especializados estiman que entre 500.000 y un millón de hipotecas podrían verse afectadas, con devoluciones que podrían alcanzar los 44.000 millones de euros en total. Si el fallo se inclina a favor de los afectados, los reembolsos derivados del caso de las cláusulas suelo quedarían en una mera anécdota en comparación con este asunto.

El desenlace del caso dependerá de cómo interprete el Supremo el estándar de transparencia fijado por el TJUE. Según Ángel Sánchez, socio y abogado de Asoban Abogados, «el Tribunal Supremo se enfrenta a una de las decisiones más trascendentales de la última década: determinar el futuro del IRPH». A su juicio, lo que está en juego «no es solo la validez de cientos de miles de cláusulas hipotecarias, sino la coherencia del sistema jurídico español con el derecho de la Unión Europea y la protección de los consumidores».

Si el Alto Tribunal adopta plenamente la doctrina europea, podría abrirse un escenario favorable a los afectados, en el que la falta de información suficiente sobre la evolución del índice y su comparación con el euríbor permitiría declarar la nulidad de la cláusula. En ese caso, las hipotecas pasarían previsiblemente a referenciarse al euríbor más el diferencial pactado y las entidades tendrían que devolver las cantidades abonadas de más.

E Supremo podría exigir que el consumidor acreditara con más precisión la información que recibió en el momento de la contratación

Otra posibilidad sería una vía intermedia. En ese supuesto, la nulidad no quedaría descartada, pero el Supremo podría exigir que el consumidor acreditara con más precisión la información que recibió en el momento de la contratación. «Esta opción mantendría vivas las reclamaciones, pero haría más compleja su defensa, exigiendo una labor probatoria más intensa por parte del consumidor», explica Sánchez.

También existe un escenario más conservador, en el que el Supremo mantenga una interpretación restrictiva y limite la nulidad a los casos en los que la opacidad sea especialmente evidente. Eso reduciría el alcance de las devoluciones y prolongaría un marco de litigación caso a caso. «La cuestión central es si el cliente tuvo información real para comprender el impacto económico de su elección», resume el abogado.

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En paralelo, algunas entidades están ofreciendo acuerdos privados o modificaciones contractuales. Los juristas consultados advierten de que aceptar una novación sin asesoramiento podría implicar la renuncia tácita o explícita a futuras reclamaciones, lo que condicionaría la posición del consumidor si el fallo del Supremo resultara favorable.

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Manoli · Mana · Jueves, 06 Nov. 2025 | 02:49:12 PM · nº 7399
El Supremo, a punto de pronunciarse sobre el IRPH: qué escenarios se abren para cerca de un millón de hipotecas
Hasta 44.000 millones en devoluciones dependen del fallo, que marcará el criterio para los juzgados y la banca
​Hacienda, en el punto de mira del Tesoro de EE.UU. por el «control» de contribuyentes americanos con servidores de Huawei
José Rosado del MoralJosé Rosado
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El punto de inflexión llegó el pasado mes de diciembre, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que el carácter oficial del IRPH no basta para considerar válida la cláusula si no se explicó correctamente su funcionamiento. La corte señaló que el consumidor debía haber recibido información clara sobre cómo se calculaba el índice, cómo había evolucionado y en qué se diferenciaba del euríbor. Si esa transparencia no existió, la cláusula puede ser abusiva.

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Ahora, el potencial impacto de la decisión es considerable. Los despachos especializados estiman que entre 500.000 y un millón de hipotecas podrían verse afectadas, con devoluciones que podrían alcanzar los 44.000 millones de euros en total. Si el fallo se inclina a favor de los afectados, los reembolsos derivados del caso de las cláusulas suelo quedarían en una mera anécdota en comparación con este asunto.

El desenlace del caso dependerá de cómo interprete el Supremo el estándar de transparencia fijado por el TJUE. Según Ángel Sánchez, socio y abogado de Asoban Abogados, «el Tribunal Supremo se enfrenta a una de las decisiones más trascendentales de la última década: determinar el futuro del IRPH». A su juicio, lo que está en juego «no es solo la validez de cientos de miles de cláusulas hipotecarias, sino la coherencia del sistema jurídico español con el derecho de la Unión Europea y la protección de los consumidores».

Si el Alto Tribunal adopta plenamente la doctrina europea, podría abrirse un escenario favorable a los afectados, en el que la falta de información suficiente sobre la evolución del índice y su comparación con el euríbor permitiría declarar la nulidad de la cláusula. En ese caso, las hipotecas pasarían previsiblemente a referenciarse al euríbor más el diferencial pactado y las entidades tendrían que devolver las cantidades abonadas de más.

E Supremo podría exigir que el consumidor acreditara con más precisión la información que recibió en el momento de la contratación

Otra posibilidad sería una vía intermedia. En ese supuesto, la nulidad no quedaría descartada, pero el Supremo podría exigir que el consumidor acreditara con más precisión la información que recibió en el momento de la contratación. «Esta opción mantendría vivas las reclamaciones, pero haría más compleja su defensa, exigiendo una labor probatoria más intensa por parte del consumidor», explica Sánchez.

También existe un escenario más conservador, en el que el Supremo mantenga una interpretación restrictiva y limite la nulidad a los casos en los que la opacidad sea especialmente evidente. Eso reduciría el alcance de las devoluciones y prolongaría un marco de litigación caso a caso. «La cuestión central es si el cliente tuvo información real para comprender el impacto económico de su elección», resume el abogado.

Una familia, en casa
Miles de familias hipotecadas, en vilo ante el mutismo del Supremo por el IRPH
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Revisión de la documentación
A la espera de la resolución del Supremo, los expertos recomiendan no paralizar los pasos previos. La revisión de la documentación del préstamo –incluidas las ofertas previas y posibles novaciones– permite determinar con claridad qué información se facilitó en el momento de la contratación y si existieron comparaciones entre el IRPH y el euríbor. Esta revisión es relevante porque, en un escenario en el que el Alto Tribunal exija acreditar la falta de transparencia caso a caso, disponer de esa base documental agilizaría cualquier proceso posterior.

En paralelo, algunas entidades están ofreciendo acuerdos privados o modificaciones contractuales. Los juristas consultados advierten de que aceptar una novación sin asesoramiento podría implicar la renuncia tácita o explícita a futuras reclamaciones, lo que condicionaría la posición del consumidor si el fallo del Supremo resultara favorable.

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Manoli · Mana · Jueves, 06 Nov. 2025 | 02:49:09 PM · nº 7398
El Supremo, a punto de pronunciarse sobre el IRPH: qué escenarios se abren para cerca de un millón de hipotecas
Hasta 44.000 millones en devoluciones dependen del fallo, que marcará el criterio para los juzgados y la banca
​Hacienda, en el punto de mira del Tesoro de EE.UU. por el «control» de contribuyentes americanos con servidores de Huawei
José Rosado del MoralJosé Rosado
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El punto de inflexión llegó el pasado mes de diciembre, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que el carácter oficial del IRPH no basta para considerar válida la cláusula si no se explicó correctamente su funcionamiento. La corte señaló que el consumidor debía haber recibido información clara sobre cómo se calculaba el índice, cómo había evolucionado y en qué se diferenciaba del euríbor. Si esa transparencia no existió, la cláusula puede ser abusiva.

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La diferencia entre ambos índices se hizo evidente tras la bajada de tipos del Banco Central Europeo en 2013, cuando el euríbor se situó en torno al 0,5 % mientras el IRPH se mantuvo por encima del 3 %. Muchos hipotecados empezaron entonces a reclamar al entender que no habían sido correctamente informados. A partir de esta sentencia, distintos juzgados comenzaron a dar la razón a los afectados en aquellos casos donde no constaba información comparativa suficiente.

Ahora, el potencial impacto de la decisión es considerable. Los despachos especializados estiman que entre 500.000 y un millón de hipotecas podrían verse afectadas, con devoluciones que podrían alcanzar los 44.000 millones de euros en total. Si el fallo se inclina a favor de los afectados, los reembolsos derivados del caso de las cláusulas suelo quedarían en una mera anécdota en comparación con este asunto.

El desenlace del caso dependerá de cómo interprete el Supremo el estándar de transparencia fijado por el TJUE. Según Ángel Sánchez, socio y abogado de Asoban Abogados, «el Tribunal Supremo se enfrenta a una de las decisiones más trascendentales de la última década: determinar el futuro del IRPH». A su juicio, lo que está en juego «no es solo la validez de cientos de miles de cláusulas hipotecarias, sino la coherencia del sistema jurídico español con el derecho de la Unión Europea y la protección de los consumidores».

Si el Alto Tribunal adopta plenamente la doctrina europea, podría abrirse un escenario favorable a los afectados, en el que la falta de información suficiente sobre la evolución del índice y su comparación con el euríbor permitiría declarar la nulidad de la cláusula. En ese caso, las hipotecas pasarían previsiblemente a referenciarse al euríbor más el diferencial pactado y las entidades tendrían que devolver las cantidades abonadas de más.

E Supremo podría exigir que el consumidor acreditara con más precisión la información que recibió en el momento de la contratación

Otra posibilidad sería una vía intermedia. En ese supuesto, la nulidad no quedaría descartada, pero el Supremo podría exigir que el consumidor acreditara con más precisión la información que recibió en el momento de la contratación. «Esta opción mantendría vivas las reclamaciones, pero haría más compleja su defensa, exigiendo una labor probatoria más intensa por parte del consumidor», explica Sánchez.

También existe un escenario más conservador, en el que el Supremo mantenga una interpretación restrictiva y limite la nulidad a los casos en los que la opacidad sea especialmente evidente. Eso reduciría el alcance de las devoluciones y prolongaría un marco de litigación caso a caso. «La cuestión central es si el cliente tuvo información real para comprender el impacto económico de su elección», resume el abogado.

Una familia, en casa
Miles de familias hipotecadas, en vilo ante el mutismo del Supremo por el IRPH
José Rosado
Revisión de la documentación
A la espera de la resolución del Supremo, los expertos recomiendan no paralizar los pasos previos. La revisión de la documentación del préstamo –incluidas las ofertas previas y posibles novaciones– permite determinar con claridad qué información se facilitó en el momento de la contratación y si existieron comparaciones entre el IRPH y el euríbor. Esta revisión es relevante porque, en un escenario en el que el Alto Tribunal exija acreditar la falta de transparencia caso a caso, disponer de esa base documental agilizaría cualquier proceso posterior.

En paralelo, algunas entidades están ofreciendo acuerdos privados o modificaciones contractuales. Los juristas consultados advierten de que aceptar una novación sin asesoramiento podría implicar la renuncia tácita o explícita a futuras reclamaciones, lo que condicionaría la posición del consumidor si el fallo del Supremo resultara favorable.

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Manoli · Mana · Jueves, 06 Nov. 2025 | 02:48:46 PM · nº 7397
El Supremo, a punto de pronunciarse sobre el IRPH: qué escenarios se abren para cerca de un millón de hipotecas
Hasta 44.000 millones en devoluciones dependen del fallo, que marcará el criterio para los juzgados y la banca
​Hacienda, en el punto de mira del Tesoro de EE.UU. por el «control» de contribuyentes americanos con servidores de Huawei
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Un mes después de la deliberación del Tribunal Supremo sobre la legalidad del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), la decisión sigue sin hacerse pública. Mientras los juzgados de primera instancia han dictado fallos favorables a los consumidores a la luz de la doctrina europea, la incertidumbre entre los afectados es total. La resolución puede inclinarse en direcciones muy distintas y los expertos aconsejan anticiparse ante una eventual oleada de reclamaciones.

El punto de inflexión llegó el pasado mes de diciembre, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que el carácter oficial del IRPH no basta para considerar válida la cláusula si no se explicó correctamente su funcionamiento. La corte señaló que el consumidor debía haber recibido información clara sobre cómo se calculaba el índice, cómo había evolucionado y en qué se diferenciaba del euríbor. Si esa transparencia no existió, la cláusula puede ser abusiva.

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La diferencia entre ambos índices se hizo evidente tras la bajada de tipos del Banco Central Europeo en 2013, cuando el euríbor se situó en torno al 0,5 % mientras el IRPH se mantuvo por encima del 3 %. Muchos hipotecados empezaron entonces a reclamar al entender que no habían sido correctamente informados. A partir de esta sentencia, distintos juzgados comenzaron a dar la razón a los afectados en aquellos casos donde no constaba información comparativa suficiente.

Ahora, el potencial impacto de la decisión es considerable. Los despachos especializados estiman que entre 500.000 y un millón de hipotecas podrían verse afectadas, con devoluciones que podrían alcanzar los 44.000 millones de euros en total. Si el fallo se inclina a favor de los afectados, los reembolsos derivados del caso de las cláusulas suelo quedarían en una mera anécdota en comparación con este asunto.

El desenlace del caso dependerá de cómo interprete el Supremo el estándar de transparencia fijado por el TJUE. Según Ángel Sánchez, socio y abogado de Asoban Abogados, «el Tribunal Supremo se enfrenta a una de las decisiones más trascendentales de la última década: determinar el futuro del IRPH». A su juicio, lo que está en juego «no es solo la validez de cientos de miles de cláusulas hipotecarias, sino la coherencia del sistema jurídico español con el derecho de la Unión Europea y la protección de los consumidores».

Si el Alto Tribunal adopta plenamente la doctrina europea, podría abrirse un escenario favorable a los afectados, en el que la falta de información suficiente sobre la evolución del índice y su comparación con el euríbor permitiría declarar la nulidad de la cláusula. En ese caso, las hipotecas pasarían previsiblemente a referenciarse al euríbor más el diferencial pactado y las entidades tendrían que devolver las cantidades abonadas de más.

E Supremo podría exigir que el consumidor acreditara con más precisión la información que recibió en el momento de la contratación

Otra posibilidad sería una vía intermedia. En ese supuesto, la nulidad no quedaría descartada, pero el Supremo podría exigir que el consumidor acreditara con más precisión la información que recibió en el momento de la contratación. «Esta opción mantendría vivas las reclamaciones, pero haría más compleja su defensa, exigiendo una labor probatoria más intensa por parte del consumidor», explica Sánchez.

También existe un escenario más conservador, en el que el Supremo mantenga una interpretación restrictiva y limite la nulidad a los casos en los que la opacidad sea especialmente evidente. Eso reduciría el alcance de las devoluciones y prolongaría un marco de litigación caso a caso. «La cuestión central es si el cliente tuvo información real para comprender el impacto económico de su elección», resume el abogado.

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Miles de familias hipotecadas, en vilo ante el mutismo del Supremo por el IRPH
José Rosado
Revisión de la documentación
A la espera de la resolución del Supremo, los expertos recomiendan no paralizar los pasos previos. La revisión de la documentación del préstamo –incluidas las ofertas previas y posibles novaciones– permite determinar con claridad qué información se facilitó en el momento de la contratación y si existieron comparaciones entre el IRPH y el euríbor. Esta revisión es relevante porque, en un escenario en el que el Alto Tribunal exija acreditar la falta de transparencia caso a caso, disponer de esa base documental agilizaría cualquier proceso posterior.

En paralelo, algunas entidades están ofreciendo acuerdos privados o modificaciones contractuales. Los juristas consultados advierten de que aceptar una novación sin asesoramiento podría implicar la renuncia tácita o explícita a futuras reclamaciones, lo que condicionaría la posición del consumidor si el fallo del Supremo resultara favorable.

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En este contexto, los despachos recomiendan plantear ya una reclamación extrajudicial, no para forzar una solución inmediata, sino para fijar una fecha, ordenar la documentación y preparar la estrategia probatoria de cara al escenario que resulte finalmente. Sánchez recuerda que «esperar no significa quedarse quieto», por lo que reclamar ahora «permite preparar la estrategia probatoria y situarse en mejores condiciones para cualquiera de los escenarios».

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Manoli · Mana · Jueves, 06 Nov. 2025 | 02:48:44 PM · nº 7396
El Supremo, a punto de pronunciarse sobre el IRPH: qué escenarios se abren para cerca de un millón de hipotecas
Hasta 44.000 millones en devoluciones dependen del fallo, que marcará el criterio para los juzgados y la banca
​Hacienda, en el punto de mira del Tesoro de EE.UU. por el «control» de contribuyentes americanos con servidores de Huawei
José Rosado del MoralJosé Rosado
06 nov. 2025 - 04:30

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Un mes después de la deliberación del Tribunal Supremo sobre la legalidad del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), la decisión sigue sin hacerse pública. Mientras los juzgados de primera instancia han dictado fallos favorables a los consumidores a la luz de la doctrina europea, la incertidumbre entre los afectados es total. La resolución puede inclinarse en direcciones muy distintas y los expertos aconsejan anticiparse ante una eventual oleada de reclamaciones.

El punto de inflexión llegó el pasado mes de diciembre, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que el carácter oficial del IRPH no basta para considerar válida la cláusula si no se explicó correctamente su funcionamiento. La corte señaló que el consumidor debía haber recibido información clara sobre cómo se calculaba el índice, cómo había evolucionado y en qué se diferenciaba del euríbor. Si esa transparencia no existió, la cláusula puede ser abusiva.

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La diferencia entre ambos índices se hizo evidente tras la bajada de tipos del Banco Central Europeo en 2013, cuando el euríbor se situó en torno al 0,5 % mientras el IRPH se mantuvo por encima del 3 %. Muchos hipotecados empezaron entonces a reclamar al entender que no habían sido correctamente informados. A partir de esta sentencia, distintos juzgados comenzaron a dar la razón a los afectados en aquellos casos donde no constaba información comparativa suficiente.

Ahora, el potencial impacto de la decisión es considerable. Los despachos especializados estiman que entre 500.000 y un millón de hipotecas podrían verse afectadas, con devoluciones que podrían alcanzar los 44.000 millones de euros en total. Si el fallo se inclina a favor de los afectados, los reembolsos derivados del caso de las cláusulas suelo quedarían en una mera anécdota en comparación con este asunto.

El desenlace del caso dependerá de cómo interprete el Supremo el estándar de transparencia fijado por el TJUE. Según Ángel Sánchez, socio y abogado de Asoban Abogados, «el Tribunal Supremo se enfrenta a una de las decisiones más trascendentales de la última década: determinar el futuro del IRPH». A su juicio, lo que está en juego «no es solo la validez de cientos de miles de cláusulas hipotecarias, sino la coherencia del sistema jurídico español con el derecho de la Unión Europea y la protección de los consumidores».

Si el Alto Tribunal adopta plenamente la doctrina europea, podría abrirse un escenario favorable a los afectados, en el que la falta de información suficiente sobre la evolución del índice y su comparación con el euríbor permitiría declarar la nulidad de la cláusula. En ese caso, las hipotecas pasarían previsiblemente a referenciarse al euríbor más el diferencial pactado y las entidades tendrían que devolver las cantidades abonadas de más.

E Supremo podría exigir que el consumidor acreditara con más precisión la información que recibió en el momento de la contratación

Otra posibilidad sería una vía intermedia. En ese supuesto, la nulidad no quedaría descartada, pero el Supremo podría exigir que el consumidor acreditara con más precisión la información que recibió en el momento de la contratación. «Esta opción mantendría vivas las reclamaciones, pero haría más compleja su defensa, exigiendo una labor probatoria más intensa por parte del consumidor», explica Sánchez.

También existe un escenario más conservador, en el que el Supremo mantenga una interpretación restrictiva y limite la nulidad a los casos en los que la opacidad sea especialmente evidente. Eso reduciría el alcance de las devoluciones y prolongaría un marco de litigación caso a caso. «La cuestión central es si el cliente tuvo información real para comprender el impacto económico de su elección», resume el abogado.

Una familia, en casa
Miles de familias hipotecadas, en vilo ante el mutismo del Supremo por el IRPH
José Rosado
Revisión de la documentación
A la espera de la resolución del Supremo, los expertos recomiendan no paralizar los pasos previos. La revisión de la documentación del préstamo –incluidas las ofertas previas y posibles novaciones– permite determinar con claridad qué información se facilitó en el momento de la contratación y si existieron comparaciones entre el IRPH y el euríbor. Esta revisión es relevante porque, en un escenario en el que el Alto Tribunal exija acreditar la falta de transparencia caso a caso, disponer de esa base documental agilizaría cualquier proceso posterior.

En paralelo, algunas entidades están ofreciendo acuerdos privados o modificaciones contractuales. Los juristas consultados advierten de que aceptar una novación sin asesoramiento podría implicar la renuncia tácita o explícita a futuras reclamaciones, lo que condicionaría la posición del consumidor si el fallo del Supremo resultara favorable.

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En este contexto, los despachos recomiendan plantear ya una reclamación extrajudicial, no para forzar una solución inmediata, sino para fijar una fecha, ordenar la documentación y preparar la estrategia probatoria de cara al escenario que resulte finalmente. Sánchez recuerda que «esperar no significa quedarse quieto», por lo que reclamar ahora «permite preparar la estrategia probatoria y situarse en mejores condiciones para cualquiera de los escenarios».

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