IRPH

IRPH: qué es, valor actual y evolución histórica | IRPH.es

IRPH: Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es uno de los índices oficiales que se usan en España para revisar el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable. Durante años ha sido más estable que el Euríbor, pero también históricamente más caro para el consumidor. En IRPH.es centralizamos el dato actual, la evolución, la comparación con el Euríbor y las herramientas para entender el impacto en tu cuota.

IRPH actual (junio 2026)

El último dato de referencia que mostramos en portada es el IRPH Entidades de junio 2026: 3,049% (aprox. +0,063 puntos respecto a mayo y +0,247 en tasa interanual). El índice se publica mensualmente a partir de la información que reportan las entidades al Banco de España.

Puedes ver la serie y la comparación con el Euríbor en:

Qué es exactamente el IRPH Entidades

El IRPH Entidades (también conocido como IRPH del conjunto de entidades) se calcula como una media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es un índice oficial, publicado y supervisado, pero eso no implica automáticamente que la cláusula que lo incorpora en tu escritura sea transparente ni libre de control judicial.

Existen (o existieron) variantes históricas como IRPH Cajas o IRPH Bancos. En la práctica, la mayoría de las reclamaciones y del debate jurídico actual se centran en el IRPH Entidades y en cómo se explicó (o no) al firmar.

Cómo se calcula (idea clara, sin tecnicismos innecesarios)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican tipos medios de sus préstamos hipotecarios.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. El resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas a ese índice.

La clave para el consumidor no es solo la fórmula, sino entender el efecto económico: el IRPH suele situarse por encima del Euríbor, de modo que, a igualdad de diferencial, la cuota tiende a ser más alta.

IRPH vs Euríbor: por qué importa la diferencia

El Euríbor refleja el tipo al que los bancos se prestan entre sí en el mercado interbancario. El IRPH refleja una media de tipos de préstamos ya concedidos. Por su construcción, el IRPH ha tendido a ser menos volátil, pero también más elevado en largos periodos.

Esa diferencia acumulada, mes a mes y año a año, es lo que muchos afectados cuantifican al plantear una reclamación o al valorar una novación. En IRPH.es puedes:

¿Es legal el IRPH? Transparencia y control judicial

El índice en sí es un referente oficial. La controversia jurídica se centra en la cláusula contractual que lo impone: si el banco informó de forma clara, comprensible y con datos suficientes sobre el coste y las alternativas (por ejemplo, Euríbor), o si la cláusula no supera el control de transparencia y puede considerarse abusiva.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido en que el carácter oficial del índice no excluye el control de transparencia. El Tribunal Supremo español, por su parte, ha rechazado una nulidad automática y general de todas las cláusulas IRPH, y apunta a un análisis caso por caso. Amplíamos el detalle en:

Quién puede estar afectado

En general, personas con hipoteca a tipo variable referenciada a IRPH (Entidades u otras denominaciones antiguas), firmada sobre todo en los años del boom inmobiliario y posteriores, incluyendo casos de subrogación en préstamos de promotora. También hay afectados que ya cancelaron el préstamo y se preguntan si aún pueden reclamar: depende del tipo de acción y de la jurisprudencia aplicable; conviene asesoramiento profesional.

Herramientas útiles en IRPH.es

Aviso importante

La información de esta página es orientativa y divulgativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero personalizado. Las decisiones sobre reclamaciones, novaciones o cambios de hipoteca deben tomarse con un profesional colegiado que revise tu escritura y tu caso concreto.

Comentarios

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Maria · Barcelona · Sábado, 31 Agosto 2019 | 11:46:18 AM · nº 5171
Buenos días foreros!

Veo que el ambiente está muy calentito a la espera del día 10 de septiembre.

Constituí mis hipotecas en el año 2004 con Caixabank. Firmé un crédito hipotecario y además un préstamo hipotecario, este último además con aval para una misma vivienda con indice de referencia i.r.p.h y no contentos con todo esto también me aplicaron la cláusula suelo del 3,50%. ¿Qué os parece, compañeros? Cuando el i.r.p.h de bancos y cajas dejó de publicarse en el año 2013 me aplicaron euribor con un diferencial del 1% en el crédito y un tipo fijo del 3,50% en el préstamo; esto fue en el año 2015.

Mi pregunta es la siguiente:Según sentencia del TJUE, ¿se podría reclamar lo pagado de más antes del año 2015 aunque hoy ya no tenga en mi hipoteca este índice?
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sergio · tarragona · Viernes, 30 Agosto 2019 | 06:57:09 PM · nº 5170
He oido por este foro que los Bancos no están nada preocupados!
Pues yo le diria que si,ultimamente me llaman insistentemente para cerrar un acuerdo y no esperar al fallo de Europa.
Por mi parte no le cojo el teléfono.
Prepotentes y avaricia podrida es lo que son.
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Jose · Madrid · Sábado, 31 Agosto 2019 | 07:17:51 AM · resp. nº 1326
Pues le puedo asegura que uci y Santander que juntos deben tener más hipotecas que cualquier otro banco, ni aceptan tratos ni han llamado a ningún cliente para proponerle ninguna oferta. Voy a comentar algo por aquí a ver si yo estoy equivocado. Cuando el TSJE corrigió al TSJ fuen en la retroactividad de las cláusulas suleo, pero el TSJ ya había declarado abusivas las mismas. Ahora lo que estamos esperando es que el TSJE declare nulo o sustituya por otro índice, un índice que que el TSJ a declaró legal y no manipulable, y poniendo el ejemplo claro de que el eurivor también es manipulable, todos los magistrados ex[centrar][negro][/negro][/centrar]cepto uno. Esto es correcto?, por que si es así, yo veo una gran diferencia con las cláusulas suelo....
Iosu · Navarra · Sábado, 31 Agosto 2019 | 11:46:31 AM · resp. nº 1328
No solo eso. Algún banco ha dejado de dar dividendos para tener provisiones por si acaso.
Iosu · Navarra · Sábado, 31 Agosto 2019 | 11:57:11 AM · resp. nº 1329
No solo eso. Algún banco ha dejado de dar dividendos para tener provisiones por si acaso.

Ver las 4 respuestas →

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moderador · www.irph.es · Viernes, 30 Agosto 2019 | 04:52:25 PM · nº 5169
Por favor, es importante ser respetuoso con todos los participantes del foro. No hay necesidad de ser descortés.

Gracias
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Ana · Tarragona · Viernes, 30 Agosto 2019 | 04:44:03 PM · nº 5168
Pues yo soy muy positiva Jajajja...Que pagen y que tenga multa...Y cárcel...Y devuelba los pisos por desahucio..Y que pidan Perdon a tantas gente sin hogar..por culpa de los bancos y sus liado vamos los políticos..vamos a ganar si o si...porque es abusivos y nulo y poreso los consumidores tienen derecho los rrobo que ávido. Si...ganaremos Como tantas cosas que hay que denunciar..yo estoy pagando cada mes 350 euro de más..Que pagen..y el tj lo Verá nulo.esto es una vergüenza de país...dais asco...
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DAVID · BARCELONA · Viernes, 30 Agosto 2019 | 04:17:29 PM · nº 5165
Yo soy muy negativo y me gustaría recordar en este foro, que la UE es un club de "Estados". Espero equivocarme como afectado de Caixabank (Hipoteca Oberta, IRPH, preferentes, cédulas hipotecarias, etc...). Saludos
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Ana · Tarragona · Viernes, 30 Agosto 2019 | 04:00:14 PM · nº 5164
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Pariente · Santander · Viernes, 30 Agosto 2019 | 01:23:42 PM · nº 5163
Chucho de Almería no te admito que me faltes al respeto. El foro está para aportar y no para insultar. La realidad o mi visión de la realidad no es motivo para censurar ninguna opinión ni para despectivamente hablar de cerrar el pico. Pido al moderador que retire tu comentario. Querer oír todos lo mismo como si fueramos todos muy japis sin evaluar los peros no es razón para faltarle al respeto a nadie.
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eric · Barcelona · Viernes, 30 Agosto 2019 | 10:38:18 AM · nº 5162
10 dias y 22 horas
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Lorena · Valencia · Viernes, 30 Agosto 2019 | 06:07:50 AM · nº 5161
-11 dias
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Pariente · Santander · Viernes, 30 Agosto 2019 | 06:21:25 AM · resp. nº 1322
Lorena, quedan 11 días para que el abogado publique sus conclusiones. Posteriormente entiendo que las defensas puedan rebatir nuevamente esas conclusiones. El tribunal que puede suscribir en su sentencia al 100% el informe del abogado o no teniendo en cuenta las alegaciones. Por tanto esto no acaba en 11 días. Además, una vez que haya sentencia, reclamar con nuestro banco será una odisea: habrá negociación o incluso una reclamación judicial al no estar de acuerdo las partes en la devolución que haya que hacer. No descorchemos el Cava antes de tiempo.
Isabel · Cadiz · Viernes, 30 Agosto 2019 | 07:56:41 AM · resp. nº 1323
Todavía por desgracias, nos queda una larga lucha, pero dentro de 11 días, ya es una de las etapas que tenemos que pasar, asín que mucha fuerza a todos, Isa
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Jose · Vicar Almeria · Jueves, 29 Agosto 2019 | 09:32:31 PM · nº 5160
Los afectados por estos índices, tenemos muchas razones para confiar en la Justicia Europea. Ya han demostrado con las clausulas suelo, que son independientes enmendado le la plana al Tribunal Supremo con el tema de la retroactividad. Por lo tanto mucho ánimo a todos y que se haga justicia.
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