
El IRPH baja en septiembre al mínimo histórico: 1,700%
El IRPH baja en septiembre de 2020 al valor 1,700% y al ser un mínimo histórico este valor abaratará las hipotecas independientemente de si la revisión es trimestral, semestral o anual.

Aunque muchos de los ciudadanos con hipoteca IRPH están pendientes de la polémica sentencia del Tribunal Supremo sobre cuatro recursos de casación por hipotecas vinculadas al IRPH, en la que se admitía la falta de transparencia en la aplicación del índice IRPH en el contrato hipotecario pero que no existe abusividad en la cláusula IRPH, también necesitan saber que valores alcanza el IRPH, ya que de ellos depende de si su hipoteca se abaratará o encarecerá en la siguiente revisión.
El IRPH ha alcanzado en septiembre de 2020 el valor 1,700, y se trata de su segundo mínimo histórico consecutivo. La razón de esta nueva caída la encontraremos seguramente en que el Euríbor también se encuentra en estos meses experimentado caídas hacia mínimos históricos y cómo el cálculo del IRPH se apoya en grandes rasgos en la media de las TAE de las hipotecas comercializadas y revisadas de cada mes, evidentemente, los valores IRPH dependen también de los valores que alcanza el Euribor, que es el índice utilizado en la inmensa mayoría de las hipotecas en España.
La diferencia entre ambos índices, IRPH y Euribor, a pesar de las caídas que muestran los dos, se acrecienta. Esto se debe a que el Euribor ha caído más significativamente en los últimos meses, que el IRPH.
El Euríbor ha caído tanto a consecuencia de los estímulos de ayuda de gran envergadura que ha puesto en marcha y que seguirá poniendo el Banco Central Europeo (BCE), para afrontar las devastadoras consecuencias de la pandemia del Covid-19 en las economías de los países europeos.
Mientras que en septiembre el IRPH ha caído hasta el valor 1,700% el Euribor ha bajado hasta el -0,415%, esto supone una diferencia de 2,115 puntos entre ambos, ya que 1,700- (-0,415) = 1,700 + 0,415 = 2,115.
Las hipotecas ligadas al IRPH también van a abaratarse, ya que el IRPH nunca ha estado tan bajo y entonces, independientemente de si las revisión de la hipoteca es trimestral, semestral o anual, al partir del nuevo valor del IRPH de septiembre la hipoteca se abaratará.
El IRPH en septiembre de 2020, como hemos dicho ha caído hasta el valor 1,700%, mientras que hace un año, en septiembre de 2019, el IRPH alcanzó el valor del 1,825%. Estos valores suponen una caída interanual de 0,125 puntos.
Concretamente, una hipoteca referenciada al IRPH con un diferencial sobre el mismo del 0%, con un capital pendiente de 100.000 euros, con un plazo restante de 20 años y que se revise anualmente a partir del dato del IRPH de septiembre de 2020, pasará de una cuota mensual de 498 euros a otra de 492 euros. Se trata de un abaratamiento mensual de 6 euros, siendo todas estos valores aproximados.
IRPH son las siglas correspondientes a: Índices de Referencia de Préstamos Hipotecarios. Estos índices son varios, y son un porcentaje que es utilizado por las entidades financieras con el que actualizan el tipo de interés de las hipotecas con tipos de interés variables. El Banco de España publica mensualmente todos los índices a través de un media de las diferentes ofertas del mercado hipotecario que han inscrito los bancos y cajas de ahorro.
El índice más utilizado como referencia para las hipotecas a interés variable es el Euribor, pero existen otros que es importante conocer:
- El Euribor: como decimos es el más conocido y utilizado. Es el índice que sustituyó al Mibor. Es el tipo al que las entidades financieras formalizan préstamos entre sí en la zona del mercado interbancario de la moneda europea. ¿Cómo se calcula? Los bancos europeos se prestan dinero entre ellos, entonces a partir de los precios de oferta de estos préstamos, se calcula el Euribor. Estamos hablando de los bancos europeos más importantes. El Euribor sustituyó al Mibor y este todavía se utiliza, pero de forma exclusiva para los préstamos hipotecarios anteriores al 1 de enero de 2000.
- El IRPH: el porcentaje es la media obtenida a partir de los tipos medios de interés de los préstamos hipotecarios con un plazo superior a tres años que han sido concedidos por las entidades durante el mes.
- También se puede utilizar como índice el IRS o el de la Deuda Pública o rentabilidad semestral de los bonos del Tesoro.
Como comentábamos el índice más utilizado para referenciar los préstamos hipotecarios a interés variable es el Euribor.
Debemos de saber que las entidades financieras aplican un diferencial adicional. Si por ejemplo, nuestro banco nos ofrece euribor + 0,50 y el porcentaje del euribor es 4,60 se realizará la suma del índice más el diferencial para obtener el tipo de interés que se aplicará. En este caso 5,10 ya que, 4,60 + 0,50 =5,10
El valor del IRPH siempre lo hemos visto por encima del Euribor, su oscilación no es tan frecuente como la el Euribor, pero los diferenciales que se suman al IRPH a diferencia de los que se aplican sobre el Euribor, deberían ser negativas, dado que el Euribor siempre nos lo hemos encontrado con valores inferiores e incluso muy inferiores con respecto a los del IRPH. Como compensación, los diferenciales sobre el IRPH deberían ser negativos. Los expertos dicen que generalmente las entidades financieras tienen una mayor disposición a utilizar el Euribor pues generalmente registra menores fluctuaciones durante la vida del préstamo hipotecario.
El comportamiento del IRPH por su método de cálculo siempre se ha encontrado por encima del Euribor y durante los peores años de la crisis y cuando todavía no ha sido superada la diferencia entre el Euribor y el IRPH ha sido superior de dos puntos, viéndose claramente perjudicados los ciudadanos con una hipoteca ligada al IRPH. Como hemos comentado, el diferencial o margen que se aplica al IRPH, teóricamente debería ser negativo para compensar que por el método de cálculo se sitúe muy por encima con respecto al Euribor.
El día 20 de cada mes el Banco de España cede los datos del mes anterior.
Comenta Miguel de Orihuela
Miércoles, 12 Junio 2019 | 12:44:19 PMResponde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Miércoles, 12 Junio 2019 | 01:28:38 PMCalcular esto es complicado Miguel.
Para empezar se sustituyó en el 2013 por IRPH entidades y normalmente congelan el índice y te aplican un fijo.
Pero es que además la amortización año tras año se tiene en cuenta en función del tipo de interés aplicado...
Además, no se puede saber cómo hacer el cálculo. No puedes asumir el euribor porque el índice puede ser nulo.
Para hacer este cálculo se deben plantear escenarios y lo tiene que hacer una persona experta en finanzas.
Si quieres escribe a Reclama Por Mí y te asesoramos: Enlace
Responde Enrique Pariente de Santander
Miércoles, 12 Junio 2019 | 07:04:24 PMResponde salva de Cartagena-Murcia
Viernes, 14 Junio 2019 | 07:21:36 AMComenta dario perez de REUS --TARRAGONA
Lunes, 10 Junio 2019 | 06:36:46 PMResponde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Martes, 11 Junio 2019 | 07:25:44 AMEfectivamente, los bancos se han ganado a pulso la desconfianza y esta vez no es la excepción.
Como hemos venido diciendo desde Reclama Por Mí, mientras no firmes nada, podrás reclamar en el futuro si la sentencia es favorable.
Cuidado con firmar ningún documento sin asesorarse. Aquí dos ejemplos del pasado:
Preferentes: En 2010 con las preferentes intentaron llegar a acuerdos con una quita de las aportaciones financieras y también renunciaban a reclamar las cantidades, posteriormente la justicia daba la razón y devolvían el dinero a los que no firmaron el acuerdo de quita.
Cláusulas Suelo: Posteriormente el banco con la clausulas suelo volvió a ofrecer acuerdos para rebajar la clausula y no devolver cantidades, además de renunciar a reclamar en el futuro. Pues bien actualmente esas personas no pueden reclamar (o mejor dicho tienen dificultades para hacerlo cuanto menos). El tribunal supremo cambio de criterio varias veces y finalmente aceptó como buenos estos pactos de renuncia de reclamación de cantidades. Actualmente también esta este asunto en Europa.
Como podéis ver, esta es una situación similar.
En Reclama Por Mí, estamos aquí para cualquier consulta: Enlace
Comenta Kike de Madrid
Lunes, 10 Junio 2019 | 10:50:23 AMResponde Oliver de Las palmas
Martes, 11 Junio 2019 | 08:45:30 PMComenta JAVIER de VALENCIA
Viernes, 07 Junio 2019 | 10:59:55 AMResponde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Viernes, 07 Junio 2019 | 11:25:24 AMPara todos los afectados con este tipo de dudas, o de ingresos en cuenta por parte del banco sin pedirlo. La consulta es gratuita: Enlace
Preguntad lo que queráis, que hay muchos aspectos a tener en cuenta. No os compromete a nada. Hay algunas preguntas que ya se han respondido en el foro, pero se van quedando atrás y siempre vuelven a salir.
Responde Olmo de Soria
Viernes, 07 Junio 2019 | 07:08:25 PMResponde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Lunes, 10 Junio 2019 | 06:52:08 AMEfectivamente tienes un tipo fijo altísimo. Te lo congelaron ahí sin tu consentimiento y podrías reclamar. Pero una vez más, hasta que no salga la sentencia del TJUE recomendamos no iniciar ningún trámite legal porque no sabemos cómo será la sentencia y no puedes actuar en consecuencia.
Si ya lo hubieras iniciado hay diferentes escenarios, pero no es tu situación.
En cualquier caso, puedes puedes ponerte en contacto y lo explicamos detenidamente: Enlace
Comenta Mari carmen de Celra-Girona
Viernes, 07 Junio 2019 | 07:59:50 AMResponde Ros de Madrid
Viernes, 07 Junio 2019 | 02:16:37 PMComenta MARIA de alcantarilla-murcia
Jueves, 06 Junio 2019 | 04:44:26 PMResponde RAUL de ASPE-ALICANTE
Sábado, 08 Junio 2019 | 09:07:53 AMComenta maria de alcantarilla-murcia
Jueves, 06 Junio 2019 | 04:40:19 PMComenta m herrera de sevilla
Lunes, 03 Junio 2019 | 06:11:55 PMResponde Javier - Reclama Por Mí de bizkaia
Miércoles, 05 Junio 2019 | 02:29:41 PMLos bancos no pueden bajar el IRPH, ya que de forma simplificada, es la media de los préstamos concedidos a más de 3 años.
El IRPH bajará o subirá en función de esa media.
De hecho, ya que hablamos sobre cómo se calcula, escribimos un artículo desde Reclama Por Mí donde hablamos del IRPH y su forma de cálculo: Enlace
Aquí podréis ver cómo resulta opaco el índice y como beneficia solo a una parte. Resumimos el artículo:
Suele decirse que el IRPH tiene en cuenta la media de los tipos de interés hipotecarios a 3 años, es decir, un fijo medio + las media de los índices hipotecarios (generalmente euribor, aunque hay otros como el MIBOR, IRS...).
Para entenderlo de forma simplificada:
Si los bancos están otorgando hipotecas de media con un diferencial al 0,5% y la media de los intereses hipotecarios variables es del 1%, deberemos sumarlos y el índice IRPH quedaría en 1,5%.
Sin embargo, el IRPH, es la media de los tipos TAE.
La TAE (Tasa anual equivalente) tiene en cuenta además del índice y el fijo, las comisiones que conlleva el producto bancario y los gastos de la operación.
Es decir: Indice + diferencial + comisiones + gastos operación. Así que a nuestro anterior índice de 1,5% debemos añadirle estos gastos y comisiones para calcular el IRPH real.
¿Cuál sería la conclusión lógica de todo esto?
Que no se aplicaran ni comisiones ni diferencial a las nuevas hipotecas referenciadas al IRPHporque ya se está aplicando en el índice, pero, seguro que la mayoría de los afectados tienen un diferencial y comisiones aplicadas ¿verdad?
Pero esto no termina aquí:
Las cláusulas suelo afectan a ese índice que como venimos explicando se vende como el euribor + diferencial (y que en realidad hay que sumar comisiones + gastos de operación). El suelo hace que en realidad la media suba el IRPH (y mucho) en vez de bajar con el euribor...
Ya por último, si uno se plantea que el IRPH se ha vendido como la media del euribor + diferencial, pero en realidad es la media de los préstamos a más de 3 años y durante varios años se ha vendido el IRPH, quiere decir que a quien le concedían un IRPH pasados 3 años después del primer IRPH le estaban cobrando en realidad la media de los préstamos que como muchos ya se habían concedido con IRPH, hacían que subieran con respecto a esa supuesta media del euribor, + diferencial (cuando ya se tenía en cuenta en el propio índice IRPH) + comisiones que ya se tenían en cuenta en el propio IRPH + gastos de gestión (que muchos de ellos los debería haber pagado el cliente según vemos en las noticias - los famosos gastos de hipoteca).
Por todos estos motivos creemos desde Reclama Por Mí que el IRPH es totalmente perjudicial para el cliente y reclamaremos por todos aquellos clientes si el TJUE lo ve del mismo modo.
Quien desee asesorarse puede ponerse en contacto.
Responde sonia de alcala
Miércoles, 05 Junio 2019 | 03:20:07 PMResponde Javier - Reclama Por Mí de bizkaia
Jueves, 06 Junio 2019 | 07:05:34 AMNos alegra que se entienda este aspecto ya que son temas difíciles.
Tal y como apuntas existe un falta de transparencia enorme.
En cuanto a que el problema no es el índice en sí, ahí no estamos de acuerdo.
En sí mismo es susceptible de ser manipulado por su método de cálculo y los bancos lo saben: es una media simple cuando no debería de serlo, el banco de España no lo supervisa (se ha fiado de los datos aportados), hay maneras de influenciarlo a propósito aumentando comisiones o gastos de gestión, como incluir seguros en la firma (que aumentan el IRPH de miles de clientes).
En Reclama Por Mí tras analizar el IRPH a fondo nos hemos preguntado desde hace tiempo cómo es que los bancos conceden seguros en la firma con un coste muy por debajo de lo que suele hacerlo el mercado. La verdad es que hay muchos motivos que son totalmente lícitos que lo explican como puede ser fidelizar al cliente, pero, la experiencia y un análisis en profundidad te permite darte cuenta de que el banco consigue aumentar el índice si contratas un seguro ya que se tiene en cuenta a la hora de calcular el IRPH.
Se podría incluso no ganar dinero con el seguro, pero que compensara venderlo a los clientes para que aumentara el IRPH de miles de personas.
En Reclama Por Mí estamos para lo que necesitéis.
Responde sonia de alcala
Jueves, 06 Junio 2019 | 05:04:57 PMResponde Dabitxu de BARCELONA
Jueves, 06 Junio 2019 | 09:08:50 PMComenta Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Lunes, 03 Junio 2019 | 09:21:30 AMA raíz de los comentarios vertidos en este foro, desde Reclama por Mí enviamos una nota de prensa de la que se han hecho eco al menos 10 medios sobre el IRPH y los acuerdos con el banco. Entendemos que este foro es un reflejo de las dudas de más de un millón de afectados y nos sirve para aclarar las dudas a toda la ciudadanía mediante comunicados.
Aunque los medios se han hecho eco, no reproducen la nota de prensa completa en su mayoría por lo que hemos subido a la web la nota de prensa completa que responde a muchas preguntas de los afectados: Enlace -cambio-de-no-reclamar-en-el-futuro-deberian-aceptarlo.html
Las apariciones en medios aquí:
Enlace- afectados-por-irph-a-cambio-de-no-reclamar-en-el-futuro/
Enlace empresas/banca/2019/ 06/01/ 5cf24ad7e5fdea1e368b4706.html
Enlace /06/01/midinero /1559385375_052655.html
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Como siempre, quien tenga dudas, puede ponerse en contacto con Reclama Por Mí.
Comenta Antonio de Alicante
Lunes, 03 Junio 2019 | 07:48:52 AMResponde Ron de El Vendrell- Tarragona
Lunes, 03 Junio 2019 | 08:33:33 AMResponde sonia de tarragona
Lunes, 03 Junio 2019 | 08:54:26 AMResponde Antonio de Alicante
Lunes, 03 Junio 2019 | 09:07:53 AMResponde Ron de El Vendrell- Tarragona
Lunes, 03 Junio 2019 | 09:23:48 AMResponde Ron de El Vendrell- Tarragona
Miércoles, 05 Junio 2019 | 03:50:54 AMResponde Ana de Madrid
Miércoles, 05 Junio 2019 | 12:51:38 PM