IRPH

IRPH: qué es, valor actual y evolución histórica | IRPH.es

IRPH: Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es uno de los índices oficiales que se usan en España para revisar el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable. Durante años ha sido más estable que el Euríbor, pero también históricamente más caro para el consumidor. En IRPH.es centralizamos el dato actual, la evolución, la comparación con el Euríbor y las herramientas para entender el impacto en tu cuota.

IRPH actual (junio 2026)

El último dato de referencia que mostramos en portada es el IRPH Entidades de junio 2026: 3,049% (aprox. +0,063 puntos respecto a mayo y +0,247 en tasa interanual). El índice se publica mensualmente a partir de la información que reportan las entidades al Banco de España.

Puedes ver la serie y la comparación con el Euríbor en:

Qué es exactamente el IRPH Entidades

El IRPH Entidades (también conocido como IRPH del conjunto de entidades) se calcula como una media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es un índice oficial, publicado y supervisado, pero eso no implica automáticamente que la cláusula que lo incorpora en tu escritura sea transparente ni libre de control judicial.

Existen (o existieron) variantes históricas como IRPH Cajas o IRPH Bancos. En la práctica, la mayoría de las reclamaciones y del debate jurídico actual se centran en el IRPH Entidades y en cómo se explicó (o no) al firmar.

Cómo se calcula (idea clara, sin tecnicismos innecesarios)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican tipos medios de sus préstamos hipotecarios.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. El resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas a ese índice.

La clave para el consumidor no es solo la fórmula, sino entender el efecto económico: el IRPH suele situarse por encima del Euríbor, de modo que, a igualdad de diferencial, la cuota tiende a ser más alta.

IRPH vs Euríbor: por qué importa la diferencia

El Euríbor refleja el tipo al que los bancos se prestan entre sí en el mercado interbancario. El IRPH refleja una media de tipos de préstamos ya concedidos. Por su construcción, el IRPH ha tendido a ser menos volátil, pero también más elevado en largos periodos.

Esa diferencia acumulada, mes a mes y año a año, es lo que muchos afectados cuantifican al plantear una reclamación o al valorar una novación. En IRPH.es puedes:

¿Es legal el IRPH? Transparencia y control judicial

El índice en sí es un referente oficial. La controversia jurídica se centra en la cláusula contractual que lo impone: si el banco informó de forma clara, comprensible y con datos suficientes sobre el coste y las alternativas (por ejemplo, Euríbor), o si la cláusula no supera el control de transparencia y puede considerarse abusiva.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido en que el carácter oficial del índice no excluye el control de transparencia. El Tribunal Supremo español, por su parte, ha rechazado una nulidad automática y general de todas las cláusulas IRPH, y apunta a un análisis caso por caso. Amplíamos el detalle en:

Quién puede estar afectado

En general, personas con hipoteca a tipo variable referenciada a IRPH (Entidades u otras denominaciones antiguas), firmada sobre todo en los años del boom inmobiliario y posteriores, incluyendo casos de subrogación en préstamos de promotora. También hay afectados que ya cancelaron el préstamo y se preguntan si aún pueden reclamar: depende del tipo de acción y de la jurisprudencia aplicable; conviene asesoramiento profesional.

Herramientas útiles en IRPH.es

Aviso importante

La información de esta página es orientativa y divulgativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero personalizado. Las decisiones sobre reclamaciones, novaciones o cambios de hipoteca deben tomarse con un profesional colegiado que revise tu escritura y tu caso concreto.

Comentarios

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Juliano · SEVILLA · Martes, 24 Octubre 2023 | 09:57:48 PM · nº 6947
Mientras tanto, os dejo un enlace, que esyo es ya para rematar.

Entre los banca y el TS... afu mi madre!!

https://diario16plus.com/irph-la-banca-acorralada-por-europa-inicia-una-campana-de-desinformacion/
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Jose · Puebla de Vícar · Martes, 24 Octubre 2023 | 07:49:19 PM · nº 6946
B. Noches. Todos hemos visto que el TJUE, con respecto al IRPH, anuncian con antelación la fecha de las vistas judiciales. Es normal? Que el tribunal Supremo aún no se haya pronunciado sobre dicho índice, y tampoco se sepa cuándo lo va hacer, sabiendo la cantidad de afectados que estamos esperando está sentencia.
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Juliano · SEVILLA · Martes, 24 Octubre 2023 | 09:55:48 PM · resp. nº 3003
No es normal y yo creo que es buena señal. Normalmente, ha tardado poco tiempo en pronunciarse después de cada sentencia desfavorable a la banca (papá acude a curarle las heridas). Ahora llena más tres meses y callados como p...

Dicen los buenos periodistas, que están esperando ac la última sentencia de la última cuestión prejudicial.

A ver que pasa.
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Jc · Jaen · Domingo, 22 Octubre 2023 | 10:44:05 AM · nº 6945
Resumen de la situación bastante realista https://youtu.be/blCOZYPJ4R0?feature=shared
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anonimo · anonimo · Lunes, 23 Octubre 2023 | 10:32:53 AM · resp. nº 3002
Gracias JC.
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Pepe · Sevilla · Viernes, 20 Octubre 2023 | 10:05:12 PM · nº 6944
https://confilegal.com/20230830-la-ultima-sentencia-sobre-irph-del-tjue-marca-un-antes-y-un-despues-para-la-jurisprudencia/
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Pacoli · Los palacios · Viernes, 20 Octubre 2023 | 09:58:27 PM · nº 6943
https://confilegal.com/20230904-en-respuesta-a-ruiz-de-arriaga-sobre-el-irph-y-la-ultima-sentencia-del-tjue/
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Rafa · Valencia · Miércoles, 18 Octubre 2023 | 06:29:59 PM · nº 6942
https://diario16plus.com/irph-la-banca-reconocio-al-banco-de-espana-que-aplicar-la-tae-obligaba-a-una-correccion-a-la-baja/
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Rafa · Valencia · Miércoles, 18 Octubre 2023 | 06:32:22 PM · resp. nº 2998
A ver qué conclusiones saca ahora el TS.
anonimo · anonimo · Jueves, 19 Octubre 2023 | 07:19:47 AM · resp. nº 2999
Rafa, esta claro que los bancos lo sabían y lo ocultaron.
Gracias Rafa.
David · Barcelona · Jueves, 19 Octubre 2023 | 12:33:33 PM · resp. nº 3000
La banca y el gobierno de España, nunca se imaginaron que el diferencia negativo iba a ser para ellos la jodida piedra en el zapato, si hubieran sido mas espabilados, atentos y perspicaces, hubieran eliminado en su momento esa variable de la ecuación, fueron muy listos al oficializar todo lo malo que tiene el IRPH para el consumidor, como duplicidad de valores, medias aritméticas y no ponderadas, ausencia de auditorías al índice, confabulación entre entidades y varías mas, les falto eliminar el diferencial negativo y blindar la introducción de la clausula IRPH en el contrato hipotecario, gracias a estas 2 últimas es que se les esta cayendo el chiringuito.
Al parecer les queda poco, aunque cuentan con un arma poderosa de la que se lleva haciendo uso desde centenas de años atrás como lo es el "poder corrupto", a ver que se sacan de la manga esta vez cuando se pronuncie el pudremo!!!!!.
¿y a Europa tanto le cuesta decir: diferencial no negativo= nulidad?, porque al parecer Diario 16 tiene muchísima mas información que el TJUE,no se como resuelve las cuestiones el TJUE, pero van dejando mucho que desear.

Ver las 4 respuestas →

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David · Barcelona · Lunes, 16 Octubre 2023 | 01:45:04 PM · nº 6941
Este medio ha tenido acceso a la correspondencia mantenida por las distintas organizaciones y asociaciones que representan los intereses de la banca con el Banco de España durante la redacción de la Circular 5/1994. En ésta se demuestra que la normativa del diferencial negativo para los préstamos hipotecarios referenciados al IRPH es imperativa...https://diario16plus.com/irph-el-anteproyecto-del-banco-de-espana-destroza-la-estrategia-actual-del-supremo/
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Lunes, 16 Octubre 2023 | 02:38:40 PM · resp. nº 2997
Creo que el supremo sólo podrá ayudar a la banca compartiendo todo el dinero que tendrán que devolver con el banco de España,no me extrañaría que la banca en su defensa diga que el banco de España que es el supervisor de la banca nunca dijera que se están haciendo las cosas mal,todavía no entiendo después de unos meses de la última sentencia del tjue y el banco de España no mueve un dedo,ni ellos ni nadie.
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JC · Jaen · Viernes, 13 Octubre 2023 | 01:38:59 PM · nº 6940
https://amp.elmundo.es/espana/2023/10/12/6528342fe4d4d8aa698b4570.html Europa se cansa del intervencionismo político en el sistema judicial.
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Neus · Barcelona · Jueves, 12 Octubre 2023 | 12:03:22 PM · nº 6939
Hola Anonimo. Ahí lo dejo, pero no sé si os aclarareis, para mi es un galimatías

https://ec.europa.eu/info/how-make-complaint-eu-level/joining-similar-complaints/decisions-multiple-complaints_es
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anonimo · anonimo · Viernes, 13 Octubre 2023 | 12:48:40 PM · resp. nº 2995
Gracias Neus, lo echare un vistazo a ver si saco algo en claro. Yo tampoco soy un entendido en estos temas.
anonimo · anonimo · Viernes, 13 Octubre 2023 | 12:58:04 PM · resp. nº 2996
Así por encima entiendo que dicen que por mucho que se envíen denuncias no se va a acelerar el proceso, ya que el TJUE tiene sus plazos para manifestarse (vamos, que nos están diciendo que somos unos pesados y unos cansinos. Que dejemos de dar la tabarra).

Espero que al menos se hayan dado cuenta que detrás del IRPH hay particulares y del daño que nos están haciendo.

Aunque como pasa siempre nos harán caso cuando tengan un ratito. Así que nada, a seguir esperando respuesta del TJUE. Paciencia.
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Neus · Barcelona · Jueves, 12 Octubre 2023 | 09:15:38 AM · nº 6938

Para David de Barcelona. En 2021 Un tal Manuel puso en este foro 3 maneras de denunciar ante la Comisión Europea. Yo hice las 3 y me contestaron esto:
CHAP (2021) 00759 - relativo a su denuncia sobre el IRPH

La Comisión Europea ha recibido un número elevado de denuncias de ciudadanos españoles relativas a las sentencias del Tribunal Supremo sobre el IRPH de noviembre del 2020.

Los servicios de la Comisión Europea han registrado estas denuncias en el registro central de denuncias CHAP bajo el número de ref. CHAP (2021) 00759, que deberá ser referenciado en toda correspondencia posterior.

Dado que el fondo de las denuncias es el mismo y con el fin de responder a ellas de la forma más eficiente y adecuada posible, los servicios de la Comisión han decidido no proceder a envíos individuales y publicar todas las comunicaciones relativas a estas denuncias en el sitio web Europa.

En este enlace encontrarán el acuse de recibo de estas denuncias y respuesta de los servicios de la Comisión a las denuncias.

Atentamente,
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anonimo · anonimo · Jueves, 12 Octubre 2023 | 11:29:37 AM · resp. nº 2992
Gracias Neus, a ver si lo publican y nos enteramos que opinan o mejor: que solución nos dan.
anonimo · anonimo · Jueves, 12 Octubre 2023 | 11:30:40 AM · resp. nº 2993
Neus ¿Puedes poner el enlace al que haces referencia?. Gracias.
David · Barcelona · Jueves, 12 Octubre 2023 | 04:15:51 PM · resp. nº 2994
Gracias Neus por la aclaración, si, nosotros también realizamos la denuncia vía formulario de la comisión de justicia de la UE y como bien dices, nos llego la respuesta tal como mencionas, creíamos que era una denuncia nueva realizad por otra vía, ya que mencionaba que era un ciudadano, cuando es que aquella denuncia representa las miles de denuncias enviados por todos los afectados, gracias por la información..
Por otro lado, desde el 13 julio a casi el 13 de octubre, el tribunal supremo esta con perfil bajo, no se que pensar.

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