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IRPH en el BOE: cómo consultarlo y PDFs oficiales 2025-2026 | IRPH.es

IRPH en el BOE: cómo verlo y descargar el PDF oficial

Si tienes una hipoteca referenciada al IRPH (hoy, en la práctica, el IRPH Entidades), el valor oficial no “sale” solo en tu banco: se publica cada mes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Aquí te explicamos, sin jerga innecesaria, cómo encontrarlo, qué frase exacta buscar y dónde están los PDF de 2025 y 2026.

Clave: en el BOE el IRPH casi nunca se llama “IRPH”. Aparece como «Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España». Esa es la denominación oficial del índice que la gente conoce como IRPH Entidades.

Cómo localizar el IRPH en el BOE (paso a paso)

  1. 1
    Entra en la web del BOE
    Abre www.boe.es y usa el buscador (arriba) o la sección de búsqueda avanzada.
  2. 2
    Escribe el texto que sí aparece en el BOE
    Prueba con: Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años o con tipos de interés oficiales de referencia del mercado hipotecario y filtra por Banco de España.
  3. 3
    Elige la resolución del mes que te interesa
    Suele titularse «Resolución de … del Banco de España, por la que se publican determinados tipos de interés oficiales de referencia del mercado hipotecario». Dentro verás una tabla corta con uno o dos porcentajes.
  4. 4
    Descarga el PDF
    En la ficha del documento, pulsa el icono o enlace PDF. Ese archivo es la publicación oficial verificable (lleva el CVE del BOE).

Clave: el Banco de España suele difundir el dato unos días antes; el BOE lo hace oficial al publicarlo. Para tu revisión de hipoteca, lo que manda es la regla de tu escritura (media del mes, día concreto, etc.) más el valor oficial.

Tabla de PDFs del BOE (2025 y 2026)

Enlaces directos a resoluciones del Banco de España donde figura el tipo medio (IRPH Entidades). El valor indicado corresponde al mes de referencia del índice, no necesariamente al día de publicación.

Mes IRPH Valor Publicado en BOE Referencia PDF oficial
Abril 20262,882 %21/05/2026BOE-A-2026-10983 Ficha Descargar PDF
Marzo 20262,840 %18/04/2026BOE-A-2026-8586 Ficha Descargar PDF
Febrero 20262,819 %19/03/2026BOE-A-2026-6471 Ficha Descargar PDF
Enero 20262,762 %19/02/2026BOE-A-2026-3893 Ficha Descargar PDF
Diciembre 20252,788 %20/01/2026BOE-A-2026-1376 Ficha Descargar PDF
Noviembre 20252,807 %18/12/2025BOE-A-2025-26016 Ficha Descargar PDF
Octubre 20252,796 %20/11/2025BOE-A-2025-23530 Ficha Descargar PDF
Septiembre 20252,695 %18/10/2025BOE-A-2025-21016 Ficha Descargar PDF
Agosto 20252,791 %18/09/2025BOE-A-2025-18512 Ficha Descargar PDF
Julio 20252,748 %21/08/2025BOE-A-2025-17080 Ficha Descargar PDF
Junio 20252,802 %18/07/2025BOE-A-2025-14957 Ficha Descargar PDF
Mayo 20252,852 %19/06/2025BOE-A-2025-12520 Ficha Descargar PDF
Abril 20252,851 %21/05/2025BOE-A-2025-10087 Ficha Descargar PDF
Marzo 20252,923 %22/04/2025BOE-A-2025-8152 Ficha Descargar PDF
Febrero 20252,872 %20/03/2025BOE-A-2025-5607 Ficha Descargar PDF
Enero 20252,960 %20/02/2025BOE-A-2025-3413 Ficha Descargar PDF
Cada fila enlaza al PDF oficial del BOE donde el Banco de España publica el IRPH (tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, entidades de crédito en España). También puedes consultar la tabla oficial del Banco de España.

Atajo útil en el BOE

Si no recuerdas el número de resolución, busca en el BOE:

  • Texto: «Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años»
  • Departamento: Banco de España
  • Rango de fechas: el mes en que sueles ver el dato (a menudo entre el día 15 y el 25)

Enlace directo al buscador del BOE: https://www.boe.es/buscar/doc.php

Qué verás dentro del PDF

El PDF del BOE suele ser de una sola página. Dentro encontrarás:

  • El mes al que se refiere el índice (por ejemplo, «Marzo de 2026»).
  • La fila del tipo medio de préstamos a más de tres años… con el porcentaje.
  • A veces, un segundo tipo (zona euro) que no es el IRPH de tu hipoteca española habitual.
  • El CVE (código de verificación) para comprobar autenticidad en boe.es.

Clave: no confundas esta resolución con otras del Banco de España que publican Euríbor, IRS o €STR. El IRPH de las hipotecas “clásicas” es el tipo medio a más de tres años de las entidades de crédito en España.

Para qué te sirve en la práctica

Tener el PDF del BOE te permite:

  • Contrastar el valor que te aplica el banco en la revisión.
  • Conservar prueba oficial si reclamas o pides aclaraciones.
  • Comparar con el histórico de IRPH hoy y con el Euríbor.

Si quieres simular el efecto en tu cuota, usa el simulador de revisión o la calculadora de lo que pagas de más con IRPH.

Resumen en 30 segundos

Clave final: el IRPH oficial vive en el BOE bajo un nombre largo. Busca «tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España», descarga el PDF y guarda la referencia BOE-A-…. En esta página tienes ya varios de 2025 y 2026 listos para abrir.

Información orientativa. Los enlaces apuntan a documentos públicos del BOE; si un PDF no abre, usa la ficha HTML del mismo número de resolución o la tabla del Banco de España.

Comentarios

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Miguel · Orihuela · Viernes, 31 Mayo 2019 | 05:32:13 PM · nº 5011
Tengo desde 2007 irph diferencial 0 de 140000 .me devolverán algo con tan bajo diferencial?
Responder
joaquina · sestao · Viernes, 31 Mayo 2019 | 06:54:25 PM · resp. nº 1128
el diferencial que tienes cuando tienes el IRPH, es ya la media de todos los diferenciales que se suman al euribor en el conjunto de hipotecas, más la media de todas las comisiones, más la media de todo el interés compuesto de las hipotecas. Esto, sólo en el propio irph, sin necesidad de diferencial ninguno. Y luego tienes tus propias comisiones y tu propio interés compuesto. POr eso, como indicaba el Banco de España, el diferencial tenía que ser negativo. El hecho de que creas que es tan bajo, o que es más bajo que por ejemplo un euribor más 2,5, es una ilusión óptica....
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Ros · Madrid · Viernes, 31 Mayo 2019 | 11:56:32 AM · nº 5010
Hola me gustaría saber si a alguno que tenga bbva les han llamado, gracias.
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Thomas · Palma de Mallorca · Sábado, 01 Junio 2019 | 06:20:23 PM · resp. nº 1130
Hola, tengo BBVA desde año 2001 e IRPH y a mi no me han llamado ni contactado.Me pagaron tema suelo y me faltan gastos e IRPH. Saludos,
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Antonia Cruz · Benicassim-Castellon · Viernes, 31 Mayo 2019 | 09:48:56 AM · nº 5009


Hola a todos,

Como muchos de vosotros hace relativamente poco descubrí que yo también soy una afectada por esta cláusula. Tras indagar bastante por la red para descubrir exactamente en qué consiste el IRPH he dado con este artículo https://legaline.es/blog/novedades-irph-hipotecas-sentencia-tjue/ que explica las últimas novedades al respecto de la sentencia y como se puede reclamar esta cláusula abusiva.

Espero que os sea de utilidad y os ayude a aclarar las dudas que como a mí os puedan surgir. Tenemos que formar comunidad y esperemos que el próximo Junio salga por fin la sentencia que nos haga recuperar nuestro dinero.
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eric · Barcelona · Jueves, 30 Mayo 2019 | 06:37:15 PM · nº 5008
MANOLO DE CACERES , trabajas en un banco ???Dices que está la NOVACIÓN , SUBROGACIÓN O REFINANCIACIÓN .Si bien es cierto, no crees que eso lo podemos hacer después de la sentencia del tjue? Yo intenté una novación con los 3 directores de mi banco durante 15 años y era como ofrecerles que ganen ellos menos dinero a mi costa y fueron 3 NO .Y La subrogación y la refinanciación ya tienes que poner mucho dinero .Si he tragado con el IRPH desde 2001 voy a esperar unos meses esta última oportunidad .A saber que nueva cláusula te cuelan los bancos si firmas cualquier cambio con ellos.
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Manolo · Caceres · Jueves, 30 Mayo 2019 | 06:21:47 AM · nº 5007
Os paso un enlace que os ayudará a quitaros el IRPH de encima:

https://confilegal.com/20190528-irph-tres-formas-de-quitartelo-de-encima-sin-tener-que-esperar-a-la-sentencia-del-tjue/

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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 30 Mayo 2019 | 11:56:11 AM · resp. nº 1127
Hola,

Tal y como comenta Manolo de Cáceres tienes otras opciones para "quitarte el IRPH de encima" antes de la sentencia. Pero, asegúrate 100% que no firmas una acuerdo con el banco por el que renuncias a reclamar en el futuro.

En el artículo que indicas no se menciona un aspecto muy importante:


Si finalmente haces una SUBROGACIÓN, REFINANCIACIÓN o NOVACIÓN (poco probable sin que el banco te obligue a firmar una cláusula de no reclamqr en el futuro), pierdes la oportunidad de que se declare nulo el IRPH por COMPLETO y tu interés quede a 0 (si no tienes un índice sustituto) para el resto de la hipoteca.

Ahora bien, al menos, no perderías la oportunidad de reclamar en el futuro, por lo que una vez más la pregunta que deberían hacerse los afectados es: ¿Es mejor esperar a la sentencia del TJUE y posponer esta decisión en función de la sentencia o me cambio ya?

¿CUánto puedo dejar de ganar o de perder?

A modo de consejo, ponte en contacto con https://www.reclamapormi.com y explícanos tu caso. La consulta es gratuita.
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Dabitxu · BARCELONA · Miércoles, 29 Mayo 2019 | 10:10:57 PM · nº 5006
Hola a tod@s. Queréis un spoiler? el TJUE dará la razón a medias al consumidor, "los bancos lo han hecho mal, pero se aplicará Euribor sin efecto retroactivo, los bancos recurrirán hasta el final de los días y si al final les toca retornar parte del dinero sustraído no pagarán y no pasará nada" Colorín colorado el Estado es malvado.
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Ana · Jaen · Jueves, 30 Mayo 2019 | 06:12:10 AM · resp. nº 1125
Bravooo!!! La mejor opinión y más acertada. Yo no tengo esperanza ninguna tampoco, así que a amortizar y esperar que se haga el milagro. Está claro ( y el que no lo vea es que es ciego) es que estan alargando la agonia para buscar una solución a medias
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VALENTIN · TOJA · Miércoles, 29 Mayo 2019 | 02:01:28 PM · nº 5005
Yo lo que no veo es lo del Euribor, es la parte que no cuadra del informe de la comisión. No le veo cabida en la ley por ningún lado. Si no te anulan el contrato entero, no tienes intereses, o los del índice sutitutivo del contrato. Y si te lo anulan es culpa del banco, no te van a aplicar la ley como si fuese culpa tuya, que es cuando tendrías que devolver tú el principal. Y en todo caso, como lleves más de la mitad, los intereses que te devuelvan ya te dan para pagar el principal que queda. Solo en ese supuesto y si quieres que te lo financie el mismo banco, se podría negociar un nuevo prestamo, pero por esa cantidad, el principal que te quedase, no para todo el prestamo desde el principio se van a aplicar las nuevas condiciones. Yo esa parte del informe de la comisión no la veo en derecho por ningún lado.
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Juan Miguel gallardo · Almargen Malaga · Martes, 28 Mayo 2019 | 09:34:05 PM · nº 5004
Hola a todos yo tengo IRPh del año 2000 y me llamaron el viernes del banco cajamar para una oferta me dicen que me ponen el interés fijo para el resto de da hipoteca del 1,5 y que pagan los gastos de cambio de notaria que debo hacer gracias
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Ana · Madrid · Miércoles, 29 Mayo 2019 | 06:38:17 AM · resp. nº 1122
Buenos días. Yo ni me lo pensaría , me cambiaba rápidamente. Este proceso no sabemos cuando va a acabar, si va a acabar a favor nuestro, y si vamos a recuperar algo. A parte de todos los años que llevamos esperando y pagando . Yo creo que nos pondran Euribor a todos y no nos van a devolver lo pagado hasta ahora.
Más vale pájaro en mano que ciento volando, como se suele decir.
Es una humilde opinión

Saludos

Javier - Reclama Por Mí · bizkaia · Miércoles, 29 Mayo 2019 | 09:24:14 AM · resp. nº 1123
Hola Juan Miguel,



Aunque es cierto que no se sabe lo que va a suceder con un 100% de seguridad, en Reclama Por Mí nos gusta ofrecer la información de la manera más objetiva posible para que sea el cliente quien tome la decisión ya que cualquier recomendación puede suponer una gran diferencia.



La decisión final tiene que ser meditada y tomada por el cliente en función de sus circunstancias.


Para nosotros no hay una opinión "verdadera" o "correcta". Con los datos que tenemos ahora y en función de las circunstancias de cada afectado se toma una decisión que puede resultar acertada o no una vez se pronuncie el TJUE. Cada uno tiene que saber a lo que se expone meditando riesgo-beneficio y otros factores.

Hablemos de esos riesgos-beneficios...






1- ¿Cuánto gano o cuanto pierdo si acepto o no la propuesta del banco?





A) Supuesto de que el TJUE de la razón a los afectados: Por ejemplo, si dices que desde el 2000 tienes firmada la hipoteca, un cálculo aproximado que puedes ver en nuestra web sería este: Por una hipoteca de 180.000€, desde el año 2000 a 30 años, afectada por IRPH Entidades con un diferencial de 0,5%, el afectado podría recuperar si se declara nulo el IRPH 134.000€ y si se sustituye por Euribor 34.000€. Además, los intereses a pagar para toda la vida de la hipoteca del futuro serían o bien 0 porque es un contrato nulo, o bien (pongamos que se modera como dice Ana y lo sustituyen por Euribor) el diferencial más Euribor, que seguramente sea mejor que las nuevas condiciones que te ofrece el banco del 1,5%.



B) Supuesto que el TJUE de la razón a los bancos: Te vas a otro banco haciendo una subrogación con muchas mejores condiciones que las actuales de IRPH. Las comisiones hoy en día no son tan altas por subrogación porque están reguladas. A grandes rasgos, para hipotecas firmadas antes del 2003 son del 1% del capital pendiente de pagar, y para las posteriores del 0,5%. A 2, 3 o 4 años vista recuperarías el dinero del cambio con mucha seguridad e incluso antes (habría que calcularlo, cualquier experto abogado nuestro te puede ayudar con todos estos cálculos).



Por lo que, en líneas generales, si te da la razón el TJUE puedes recuperar mucho dinero y dejar de pagar de por vida intereses. En el mejor de los casos, a modo de ejemplo, recuperarías 134.000€ o 34.000 € si se sustituye por euribor. Si el TJUE resuelve a favor de los bancos, te vas a otro banco con mejores condiciones pagando algo más de lo que quizás pagarías con las nuevas condiciones al 1,5%.





Valora la situación y decides ya que hay que conocer todas las circunstancias de los casos que no han sido mencionadas que pueden hacer que esa decisión pueda ser diferente. Todos los que tengan dudas nos pueden dejar el caso aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

Si hay alguien que pueda aportar cualquier apreciación es bien recibida.


Juan Antonio · Pilas · Miércoles, 29 Mayo 2019 | 09:33:03 AM · resp. nº 1124
Pues yo si me lo pensaba, te ofrecen el cambio pero seguro que te hacen renunciar a futuras reclamaciones... como bien comentan, cada uno tiene su historia y necesidades....pero..quizás pueda valer el riesgo de esperar..

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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 28 Mayo 2019 | 07:10:06 AM · nº 5003
Hola a todos,



Recordamos que antes de iniciar cualquier trámite por IRPH leáis bien estas líneas: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/154-que-es-y-como-reclamar-irph.html donde se explica detalladamente en qué situación estamos.



Un acuerdo con el banco puede ser muy perjudicial en el futuro.



Espero que os sean de ayuda y consultarnos cualquier duda que tengáis.



Ya contamos con más de 2.500 casos a la espera del TJUE en Reclama Por Mí. En cuanto conozcamos la sentencia estaremos listo para ir adelante.


Por el momento reclamos por los gastos hipotecarios de las personas que lo desean que no tengamos la sentencia definitiva por el IRPH. Como sabéis los gastos hipotecarios se ganan siempre (al menos en Reclama Por Mí no hemos perdido ninguno) y se puede llegar a recuperar una media de 3.000€ por lo que cualquier persona que lo desee puede escribirnos.



Quien quiera unirse a los otros más de 2.500 afectados puede hacerlo aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

Reclama Por Mí.
Responder
JORGE JUAN · ALGETE madrid · Viernes, 05 Julio 2019 | 03:34:22 AM · resp. nº 1188
Hola disculpa dices q todos las reclamaciones de los gastos hipotecarios se ganan, yo le envié un escrito de reclamación al banco y me contestaron q como habían pasado más de 15 años desde q inicié la hipoteca q no tenía derecho a reclamar nada. La hipoteca la tengo desde 2000 hasta 2030
¿ es eso verdad q ya ha prescrito al pasar 15 años? O me están desanimando para no reclamar gracias
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Jonathan Barcelona · el Prat de Llobregat · Lunes, 27 Mayo 2019 | 07:06:46 AM · nº 5002
Buenos días. Lo de aplazar las conclusiones tengo mi propia teoría. Creo que el abogado lo ha aplazado por que acaban de haber elecciones europeas y en función de los resultados se verá cuales son las políticas y las orientaciones. Y tampoco sería descabellado pensar que el nuevo gobierno europeo que se constituya pueda eligir modificaciones y cambios y por tanto, la decisión sea otros quienes la tengan que tomar. No se si es así, pero no me extrañaria lo más mínimo.
Responder
SONIA · TARRAGONA · Lunes, 27 Mayo 2019 | 08:16:08 AM · resp. nº 1117

yo tambiën creo que este cambio de fecha es debido a las elecciones,
MARIA · TORREVIEJA-ALICANTE · Lunes, 27 Mayo 2019 | 10:10:47 AM · resp. nº 1118
Estoy totalmente de acuerdo. Todo se basa en la política y en los bancos. La pena es que los ciudadanos siempre vamos a estar en sus manos. Habrá que esperar... el poder lo tienen ellos Sería cuestión de movilizarse ya. Lo que que no entiendo como este asunto no se habla nada en los medios de comunicación. Cómo está todo tan callado. Yo me enteré del lío del IRPH porque mi banco un día me llamo para pasarme de variable a fijo y recelosa consulté en internet y ahí fue cuando empezé a comprender, ni siquiera sabía que mi índice era ese ni en que consistía, esto es una estafa en toda regla, porque hemos pagado el triple que si te hubiera aplicado el euribor. Y siguen intentando engañar ya que cuando me llamaron no explican el por qué sino que te disuaden para que firmes y así no poder reclamar en un futuro. ESta práctica también es engañosa y como tal se convierte en otra estafa que también se debería denunciar.
Lo dicho... a esperar y lo importante es que finalmente la justicia, si es que existe, defienda los intereses de quienes hemos sido "ESTAFADOS"
roberto · fuengirola · Lunes, 27 Mayo 2019 | 04:55:15 PM · resp. nº 1119
el poder no lo tienen los políticos que solo representan, el poder lo tenemos los ciudadanos en las elecciones de acuerdo a la constitución, y como es de todos por igual nuestro sistema se basa en la ausencia de poder. si te aquietas a que el poder es suyo, entonces no te vayas a quejar luego por lo que hacen con él o a quien lo venden. lógicamente a los que más tienen para comprarselo, no va a ser a tí. afortunadamente, los jueces tienen que aplicar la ley que había cuando se denuncia, y por tanto, aunque los cambien, que no veo que tenga que ser así por unas elecciones, o cambien la ley, el resultado tendría que ser el mismo. así que lo del motivo de las elecciones no lo veo. si lo que estás diciendo es que es como en España, que hacen lo que les da la gana con la gran consecuencia de autocriticarse, entonces no merecería la pena ir a Europa. Contamos con que no es más de lo mismo, sino no iríamos. Vamos a contar con que no es así.

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