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IRPH en el BOE: cómo consultarlo y PDFs oficiales 2025-2026 | IRPH.es

IRPH en el BOE: cómo verlo y descargar el PDF oficial

Si tienes una hipoteca referenciada al IRPH (hoy, en la práctica, el IRPH Entidades), el valor oficial no “sale” solo en tu banco: se publica cada mes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Aquí te explicamos, sin jerga innecesaria, cómo encontrarlo, qué frase exacta buscar y dónde están los PDF de 2025 y 2026.

Clave: en el BOE el IRPH casi nunca se llama “IRPH”. Aparece como «Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España». Esa es la denominación oficial del índice que la gente conoce como IRPH Entidades.

Cómo localizar el IRPH en el BOE (paso a paso)

  1. 1
    Entra en la web del BOE
    Abre www.boe.es y usa el buscador (arriba) o la sección de búsqueda avanzada.
  2. 2
    Escribe el texto que sí aparece en el BOE
    Prueba con: Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años o con tipos de interés oficiales de referencia del mercado hipotecario y filtra por Banco de España.
  3. 3
    Elige la resolución del mes que te interesa
    Suele titularse «Resolución de … del Banco de España, por la que se publican determinados tipos de interés oficiales de referencia del mercado hipotecario». Dentro verás una tabla corta con uno o dos porcentajes.
  4. 4
    Descarga el PDF
    En la ficha del documento, pulsa el icono o enlace PDF. Ese archivo es la publicación oficial verificable (lleva el CVE del BOE).

Clave: el Banco de España suele difundir el dato unos días antes; el BOE lo hace oficial al publicarlo. Para tu revisión de hipoteca, lo que manda es la regla de tu escritura (media del mes, día concreto, etc.) más el valor oficial.

Tabla de PDFs del BOE (2025 y 2026)

Enlaces directos a resoluciones del Banco de España donde figura el tipo medio (IRPH Entidades). El valor indicado corresponde al mes de referencia del índice, no necesariamente al día de publicación.

Mes IRPH Valor Publicado en BOE Referencia PDF oficial
Abril 20262,882 %21/05/2026BOE-A-2026-10983 Ficha Descargar PDF
Marzo 20262,840 %18/04/2026BOE-A-2026-8586 Ficha Descargar PDF
Febrero 20262,819 %19/03/2026BOE-A-2026-6471 Ficha Descargar PDF
Enero 20262,762 %19/02/2026BOE-A-2026-3893 Ficha Descargar PDF
Diciembre 20252,788 %20/01/2026BOE-A-2026-1376 Ficha Descargar PDF
Noviembre 20252,807 %18/12/2025BOE-A-2025-26016 Ficha Descargar PDF
Octubre 20252,796 %20/11/2025BOE-A-2025-23530 Ficha Descargar PDF
Septiembre 20252,695 %18/10/2025BOE-A-2025-21016 Ficha Descargar PDF
Agosto 20252,791 %18/09/2025BOE-A-2025-18512 Ficha Descargar PDF
Julio 20252,748 %21/08/2025BOE-A-2025-17080 Ficha Descargar PDF
Junio 20252,802 %18/07/2025BOE-A-2025-14957 Ficha Descargar PDF
Mayo 20252,852 %19/06/2025BOE-A-2025-12520 Ficha Descargar PDF
Abril 20252,851 %21/05/2025BOE-A-2025-10087 Ficha Descargar PDF
Marzo 20252,923 %22/04/2025BOE-A-2025-8152 Ficha Descargar PDF
Febrero 20252,872 %20/03/2025BOE-A-2025-5607 Ficha Descargar PDF
Enero 20252,960 %20/02/2025BOE-A-2025-3413 Ficha Descargar PDF
Cada fila enlaza al PDF oficial del BOE donde el Banco de España publica el IRPH (tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, entidades de crédito en España). También puedes consultar la tabla oficial del Banco de España.

Atajo útil en el BOE

Si no recuerdas el número de resolución, busca en el BOE:

  • Texto: «Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años»
  • Departamento: Banco de España
  • Rango de fechas: el mes en que sueles ver el dato (a menudo entre el día 15 y el 25)

Enlace directo al buscador del BOE: https://www.boe.es/buscar/doc.php

Qué verás dentro del PDF

El PDF del BOE suele ser de una sola página. Dentro encontrarás:

  • El mes al que se refiere el índice (por ejemplo, «Marzo de 2026»).
  • La fila del tipo medio de préstamos a más de tres años… con el porcentaje.
  • A veces, un segundo tipo (zona euro) que no es el IRPH de tu hipoteca española habitual.
  • El CVE (código de verificación) para comprobar autenticidad en boe.es.

Clave: no confundas esta resolución con otras del Banco de España que publican Euríbor, IRS o €STR. El IRPH de las hipotecas “clásicas” es el tipo medio a más de tres años de las entidades de crédito en España.

Para qué te sirve en la práctica

Tener el PDF del BOE te permite:

  • Contrastar el valor que te aplica el banco en la revisión.
  • Conservar prueba oficial si reclamas o pides aclaraciones.
  • Comparar con el histórico de IRPH hoy y con el Euríbor.

Si quieres simular el efecto en tu cuota, usa el simulador de revisión o la calculadora de lo que pagas de más con IRPH.

Resumen en 30 segundos

Clave final: el IRPH oficial vive en el BOE bajo un nombre largo. Busca «tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España», descarga el PDF y guarda la referencia BOE-A-…. En esta página tienes ya varios de 2025 y 2026 listos para abrir.

Información orientativa. Los enlaces apuntan a documentos públicos del BOE; si un PDF no abre, usa la ficha HTML del mismo número de resolución o la tabla del Banco de España.

Comentarios

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Alfonso · Madrid · Martes, 09 Octubre 2018 | 05:28:15 PM · nº 4443
Si se declarase nulo el IRPH ... ¿que pasaria con las hipotecas VPP y VPO vinculadas al IRPH?


El banco puede argumentar que con tipos de interes que establece el congreso



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maria · oviedo · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 12:33:03 PM · resp. nº 632
El gobierno te establece un límite a todo el precio de la hipoteca ( interés simple, compuesto y comisiones) que es lo que es el llamado irph. Es el banco el que te lo usa como interés simple en tu contrato particular. Eso el gobierno no lo establece. El gobierno cree que el banco lo está usando como precio total de la hipoteca tal y como establece el banco de España a los bancos. Y cree que tú te estás quejando del valor del irph, suponiendo que el banco lo ha usado como tal. Sin embargo, el sobreprecio desorbitado de tu hipoteca, es por el uso que el banco le da en tu contrato, no por el valor en sí del irph, aunque a ti te lo pueda hacer parecer. Porque es verdad que es manipulable (el Euribor también), y que existe una desviación de la media en la formula del banco de España. pero eso no justifica ni de lejos un sobreprecio como el de tu contrato. El gobierno, ha cambiado al Euribor más el diferencial, es decir, al interés simple, pero eso deja libertad a los bancos para que te pongan el interés compuesto y las comisiones que quieran, lo que puede ser tan caro como quieran, incluso mas que el maluso del irph. Pero podía haber sido peor, que te hubiesen fijado sólo el Euribor, que era lo que tú en tu ignorancia pedías. Hay que tener cuidado con lo que se pide. Porque el banco te está arengando contra el gobierno, y el banco de España, y eso es falso.
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Miguel · ELCHE · Lunes, 08 Octubre 2018 | 10:33:09 PM · nº 4442
Por favor,no decir más que el Irph se declarara nulo.Lo que podría pasar o no,es que se declare que tenga que someterse al control de transparencia al igual que paso con las cláusulas suelo,que muchas son legítimas,siempre y cuando se explicará antes y el consumidor lo aceptase.Si alguien decidió por si mismo y aceptó ese Irph no podría reclamar pq supuestamente se lo explicaron y el lo acepto.Lo logico es que si te explican lo que es nunca lo aceptes,por eso se tiene que someter a ese control,y si el caso es que no te lo han explicado y no te han dado a elegir que tipo de interés quieres,se declare nulo en tu caso,NO NULO EN TODOS LOS CASOS. Por eso habría que reclamar pq no todos los casos son iguales.No confundamos a la gente
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Jose · Bilbao-Vizcaya · Martes, 09 Octubre 2018 | 09:50:05 AM · resp. nº 628
Se entiende que todo el que tiene IRPH lo acepto y no por ello tenía porque entender lo que estaba firmando,y menos cuando la banca te cuenta mentiras y el notario lee de carrerilla sin focalizar,haber si ahora vamos a tener que tener estudios que no los tienen ni quien nos gobierna o gobernó,la cosa está clara,nos engañaron con el IRPH y con otro montón de cláusulas abusivase ilegales,por ejemplo,como puede ser que un préstamo de interés variable se quede en fijo como le sucedio a muchas personas que tenían un crédito abierto con la Caixa,etc,etc
maria · oviedo · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 12:14:29 PM · resp. nº 631
Yo opino lo mismo, esta sentencia del TJUE es para que no te apliquen directamente la sentencia del supremo. El juez de Barcelona pregunta si tiene que hacer lo que ha dicho el supremo o puede entrar a juzgar, porque la legislación de la UE se lo permite. Para que el TJUE declare abusiva la clausula, es cuando se ha aplicado la ley europea y se ha aplicado en contra. Aquí estamos en poder utilizar la ley europea, que el supremo ha dicho que no es aplicable, respondiendo a algo que no se le había preguntado. Y ahora la mayoría de los jueces lo aplican a todas las demandas, por más que no sea eso lo que se reclama. Lo que había que haber reclamado es la sentencia del supremo por incongruente, a ver si así aprenden a dejar de tomar el pelo a la gente, que esperas 4 años para llegar al supremo y luego contesta a lo que le da la real gana, lo hayas preguntado o no. Puesto que no tienen a nadie encima que se lo enmiende. El TC, está saturado prevaricando y resolviendo derechos inexistentes para los ilegales. Los españoles no tenemos este servicio.
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jordi · castelldefels-barcelona · Domingo, 07 Octubre 2018 | 12:47:44 PM · nº 4441
buenas a todos . Si el tjue se pronuncia a favor de los hipotecados , se supone que los bancos no podrán recurrir la sentencia ? y si se pronuncia en contra se acabó y ya no hay nada que hacer ? y la sentencia del tjue para cuando se espera ?
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Manu · Cadiz · Lunes, 08 Octubre 2018 | 11:57:55 AM · resp. nº 624
Si.Si. No se sabe.
Manuela · Sevilla · Lunes, 08 Octubre 2018 | 05:08:27 PM · resp. nº 625
Hola..yo fui a la abogada la sema a pasada y me dijo que no era como yo pensaba q lo anulan y al mes siguiente todos al euribor. Tendremos q demandar a Uci para q acate la anulación del Irph como índice y por el dinero de màs que he hemos estado pagando estos meses. Asi que tocará demandar.
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Isabel · Cadiz · Domingo, 07 Octubre 2018 | 12:39:08 PM · nº 4440
 Veo que la Caixa, no ha sido solo a mi, que no estoy sola, que no soy tonta cómo me han echo creer que somos muchos, panda de sinvergüenza, qué pena, que no seamos nadie ante la justicia, y esta chica habla desde la desesperación y algunos suicidios, otros pérdidas de casas y ruina y otros con pastillas y calvas del stress, que pena, de tener que vivir con miedo, por que estamos desprotegidos, y tienen que venir de afuera para defendernos, todo lo que ha dicho es verda me he visto reflejada en ella, totalmente y es verdad que cambian de director para lavarse las manos,te están robando y encima te lo están diciendo y riendo en tu cara, espero que se arregle todo, pero el daño sicológico, está echo, un beso a todos y ánimo
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Jose · Bilbao-Vizcaya · Lunes, 08 Octubre 2018 | 06:29:54 AM · resp. nº 623
Lo que debería ser es que si declaran nulo el IRPH,el banco o caja se vea obligado a enviarte un comunicado carta o puto burofax,donde te digan que te tienen que devolver X cantidad, sin tener que acudir a abogados,si no estás de acuerdo en la cantidad ya lo puedes consultar con un experto ,que aquí todo el mundo quiere su trocito de tarta por tocarse las pelotas.
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Alfonso · Madrid · Domingo, 07 Octubre 2018 | 09:02:08 AM · nº 4439
Si se declarase nulo el IRPH ... ¿que pasaria con las hipotecas VPP y VPO vinculadas al IRPH?


El banco puede argumentar que con tipos de interes que establece el congreso



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Paco · Valencia · Domingo, 07 Octubre 2018 | 02:00:50 AM · nº 4438
Por favor difundid este video tanto como podáis para que se haga viral https://youtu.be/IEW15AUIJq8
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Alfonso · Madrid · Domingo, 07 Octubre 2018 | 08:25:01 AM · resp. nº 622
Tremendo el video.
Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Martes, 09 Octubre 2018 | 01:28:41 PM · resp. nº 629
Muy bien biviana, has mirado si tu vivienda está titulizada? Búscalo, y si es así no tienen legitimidad para reclamar nada. Deja de pagar
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Pamida · Cadiz · Sábado, 06 Octubre 2018 | 09:17:57 AM · nº 4437
creo que lleva toda la razón y alguien debería tomar notahttps://m.publico.es/columnas/110592131755/econonuestra-irph-un-tribunal-supremo-antiespanol-1
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susana · ciudad rodrigo · Lunes, 08 Octubre 2018 | 05:23:50 PM · resp. nº 626
no he podido conectar con este enlace que indicas, da error en la dirección...
susana · ciudad rodrigo · Lunes, 08 Octubre 2018 | 06:21:21 PM · resp. nº 627
vale, ya está, le sobra "nota" Muy interesante. Gracias
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Veronica · Granada · Viernes, 05 Octubre 2018 | 08:11:04 AM · nº 4436
Hola a todos tengo tamb hipoteca IRPH entidades desde el minuto 0 de la hipoteca sin saberlo hasta 2012 en la cual me incluyeron gastos de hipoteca, comision de apertura, seguro de vida de 8 años el cual anule a los 3 años de haberlos consumido y los otros 5 me los devolvieron. Pero claro ese dinero sigue metido en la hipoteca. Tendria derecho a reclamarlo tamb? Y podria cambiar al beneficiario en el seguro que 5tengo contratado y que esta como beneficiario el banco? Si lo pago yo no entiendo porque tienen que ser ellos los beneficiarios. Gracias
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Isabel Montiel Perez · Cadiz · Jueves, 04 Octubre 2018 | 11:33:55 AM · nº 4435
Esther, ánimo para mañana, creo estar en lo cierto si todos te deseamos lo mejor, comentanos, cómo ha ido, mucha fuerza, Isa
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Chamaco · La Coruña · Jueves, 04 Octubre 2018 | 07:25:56 AM · nº 4434
Hola, es cierto que el fallo del TSJE será en las próximas semanas??????
Mirad este artículo donde lo dice:

https://www.diariojuridico.com/proximo-fallo-del-tjue-sobre-irph-en-hipotecas/
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Miquel · Barcelona · Jueves, 04 Octubre 2018 | 07:51:06 PM · resp. nº 618
No se... si fuera en las próximas semanas, estaría anunciado en algún sitio, no? O es que una sentencia puede caer un día de repente sin que nadie la espere en ese momento... no se me suena un poco raro, quizas sea que dentro de unas semanas sabremos la fecha de la sentencia, pero tampoco esta claro... en fin... a ver si alguien puede arrojar luz sobre esto del IRPH y la sentencia de Europa.
Ivan Molero · Corralejo · Viernes, 05 Octubre 2018 | 07:36:11 AM · resp. nº 619
Buenos días. Según leí el abogado general tiene de 2 demás a 3 meses para remitir su informe, y después de eso el tribunal tiene que dictar sentencia, no antes. Otra cosa es que las sentencias suelen ir encaminadas como el informe del abogado general. Un saludo

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