IRPH y el TJUE: qué han dicho Europa y el Supremo
El debate sobre el IRPH no se resuelve con un titular único. Hay una línea de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y otra del Tribunal Supremo español. Entender ambas es esencial antes de decidir si reclamas, negocias o esperas.
Idea central (para no perderse)
- El IRPH es un índice oficial, pero eso no impide controlar si la cláusula del contrato fue transparente.
- El TJUE ha reforzado el deber de información al consumidor (impacto económico, funcionamiento del índice, accesibilidad de la información).
- El Supremo español no ha declarado nulas de forma automática todas las cláusulas IRPH: el análisis es caso por caso.
- En la práctica, muchas audiencias provinciales siguen estimando reclamaciones cuando falta transparencia o hay desequilibrio relevante.
Cronología esencial
3 de marzo de 2020 — TJUE (asunto C-125/18)
El TJUE corrigió la idea de que el carácter oficial del IRPH bastaba para excluir el control. Dejó claro que los jueces nacionales pueden examinar la transparencia de la cláusula y, si procede, su carácter abusivo.
13 de julio de 2023 — TJUE (asunto C-265/22)
Se insiste en que no basta con que el índice se publique en el BOE. El consumidor debe haber podido comprender el funcionamiento y las consecuencias económicas de referenciar la hipoteca al IRPH.
12 de diciembre de 2024 — TJUE (asunto C-300/23)
Se refuerza la línea de que la información debe ser suficiente para valorar el coste y el riesgo. La publicación oficial ayuda, pero no sustituye por sí sola una explicación comprensible en el contexto de la contratación.
11 de noviembre de 2025 — Tribunal Supremo (plenarios)
En sentencias de noviembre de 2025, el Supremo adapta su doctrina a los pronunciamientos europeos. Mensaje clave: no hay nulidad general y automática de todas las cláusulas IRPH; hay que examinar transparencia y, en su caso, abusividad según las circunstancias de cada préstamo. También se discuten aspectos como la accesibilidad de la información y el papel de la publicación en el BOE.
2026 — Nuevos matices (promotoras y transparencia material)
En 2026 continúan resoluciones relevantes. Destaca, entre otras, doctrina sobre préstamos de promotora y subrogaciones, donde el control de incorporación y transparencia puede ser especialmente estricto si el consumidor no negoció realmente las condiciones. Cada supuesto exige prueba y análisis del contrato concreto.
¿Qué miran los tribunales en la práctica?
- Información precontractual y contractual: ¿se explicó que el IRPH tiende a situarse por encima del Euríbor?
- Comprensión del índice: ¿el consumidor podía entender, con un nivel medio de atención, cómo afectaría a su cuota?
- Alternativas: ¿se ofrecieron o mencionaron otras referencias (p. ej. Euríbor)?
- Prueba del caso concreto: escritura, ofertas vinculantes, folletos, testigos, historial de cuotas.
Consecuencias si se declara la nulidad de la cláusula
Cuando un tribunal estima la nulidad por falta de transparencia o abusividad, las consecuencias dependen del fallo y de la doctrina aplicable en ese momento. En muchos procedimientos se ha acordado la sustitución por Euríbor (u otro criterio) y la devolución de cantidades cobradas de más. En supuestos particulares (p. ej. ciertos préstamos promotor) la consecuencia puede ser aún más intensa. Nada de esto es automático: lo decide el juez con los hechos del expediente.
Relación con tu reclamación
Si tienes IRPH, la lectura útil de estas sentencias no es “ya está ganado” ni “ya está perdido”, sino:
- Documentar bien tu escritura y la información que recibiste.
- Cuantificar el diferencial respecto al Euríbor (puedes usar nuestras calculadoras y el comparador).
- Valorar con un abogado especializado la viabilidad en tu provincia y según tu fecha de firma.
Guía práctica: Cómo reclamar el IRPH en 2026.
Aviso
Esta página resume el estado del debate con fines informativos. La jurisprudencia evoluciona y cada hipoteca es distinta. Consulta siempre a un profesional colegiado antes de iniciar acciones legales.
Habrá que currarselo un poco mas, pero bueno.
La parte positiva, por ver alguna, es que muchos de los carroñeros que andaban detras de agenciarse las reclamaciones por IRPH e ir "a lo seguro", darán un pasito atras y dejarán paso a los bufetes que realmente creen en el ciudadano afectado por el IRPH y quieren un trato justo con el cliente, no sajarle como intentan muchos otros.
Me gustaria saber, cuantos de esos bancos/ cajas que ofrecian el IRPH se habian leido el dichoso BOE, para permitirse el lujo de ofrecer estas hipotecas a la gente como churros diciendo que eran mejores que las del euribor para el estafado y si es así como tenian la poca verguenza de que sabiendo que era perjudicial para el que la firmaba, aun así nos la endosaban.
Eso si que es engañar a la gente y actuar de mala fe sin miramientos. ¿Eso no lo juzgan o tienen en cuenta estos jueces?
Por una parte se sabia que no era normal que tardasen tanto tiempo en responder, como ha pasado otras veces, esta vez se lo han tenido que trabajar aun mas para retorcer la ley y dar la razón a los bancos.
Todavia recuerdo al sinverguenza del director del Banesto, ahora Santander, me hacia casi darle las gracias de que me concediese la hipoteca, aludiendo a que mis padres eran buenos clientes y dando a entender que me hacian un (puto) favor. Inocente de mi, hasta le di las gracias, varias veces.
Los bancos sabian perfectamente que ofrecian IRPH a los mas desfavorecidos, e ignorantes financieramente hablando y daban la sensación de actuar de buena fé, todo mentira. Demasiado sabian ellos que nadie se iba a leer y a llevar a un abogado el texto de la hipoteca porque confiaban ciegamente en el banquero de turno.
¿Ellos (los banqueros)se habian leido bien el BOE y seguian ofreciendo el IRPH a la gente sabiendo que era dañino y mucho peor que el Euribor?¿Si? Pues ahi esta la respuesta para los jueces: Engañaron y estafaron a la gente siendo conscientes que era malo para el cliente y aun sabiendolo, ofrecieron a sus clientes una estafa. Esto es lo que si esta claro.
Si tan legales son, como es posible que conociendo de pe a pa el BOE, sean tan sinverguenzas de ofrecer esto a la gente. Eso si es mala fé y se demuestra asi de simplemente.
Que asco de gente.