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IRPH y TJUE: sentencias europeas y del Supremo (2020-2026) | IRPH.es

IRPH y el TJUE: qué han dicho Europa y el Supremo

El debate sobre el IRPH no se resuelve con un titular único. Hay una línea de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y otra del Tribunal Supremo español. Entender ambas es esencial antes de decidir si reclamas, negocias o esperas.

Idea central (para no perderse)

  • El IRPH es un índice oficial, pero eso no impide controlar si la cláusula del contrato fue transparente.
  • El TJUE ha reforzado el deber de información al consumidor (impacto económico, funcionamiento del índice, accesibilidad de la información).
  • El Supremo español no ha declarado nulas de forma automática todas las cláusulas IRPH: el análisis es caso por caso.
  • En la práctica, muchas audiencias provinciales siguen estimando reclamaciones cuando falta transparencia o hay desequilibrio relevante.

Cronología esencial

3 de marzo de 2020 — TJUE (asunto C-125/18)

El TJUE corrigió la idea de que el carácter oficial del IRPH bastaba para excluir el control. Dejó claro que los jueces nacionales pueden examinar la transparencia de la cláusula y, si procede, su carácter abusivo.

13 de julio de 2023 — TJUE (asunto C-265/22)

Se insiste en que no basta con que el índice se publique en el BOE. El consumidor debe haber podido comprender el funcionamiento y las consecuencias económicas de referenciar la hipoteca al IRPH.

12 de diciembre de 2024 — TJUE (asunto C-300/23)

Se refuerza la línea de que la información debe ser suficiente para valorar el coste y el riesgo. La publicación oficial ayuda, pero no sustituye por sí sola una explicación comprensible en el contexto de la contratación.

11 de noviembre de 2025 — Tribunal Supremo (plenarios)

En sentencias de noviembre de 2025, el Supremo adapta su doctrina a los pronunciamientos europeos. Mensaje clave: no hay nulidad general y automática de todas las cláusulas IRPH; hay que examinar transparencia y, en su caso, abusividad según las circunstancias de cada préstamo. También se discuten aspectos como la accesibilidad de la información y el papel de la publicación en el BOE.

2026 — Nuevos matices (promotoras y transparencia material)

En 2026 continúan resoluciones relevantes. Destaca, entre otras, doctrina sobre préstamos de promotora y subrogaciones, donde el control de incorporación y transparencia puede ser especialmente estricto si el consumidor no negoció realmente las condiciones. Cada supuesto exige prueba y análisis del contrato concreto.

¿Qué miran los tribunales en la práctica?

  1. Información precontractual y contractual: ¿se explicó que el IRPH tiende a situarse por encima del Euríbor?
  2. Comprensión del índice: ¿el consumidor podía entender, con un nivel medio de atención, cómo afectaría a su cuota?
  3. Alternativas: ¿se ofrecieron o mencionaron otras referencias (p. ej. Euríbor)?
  4. Prueba del caso concreto: escritura, ofertas vinculantes, folletos, testigos, historial de cuotas.

Consecuencias si se declara la nulidad de la cláusula

Cuando un tribunal estima la nulidad por falta de transparencia o abusividad, las consecuencias dependen del fallo y de la doctrina aplicable en ese momento. En muchos procedimientos se ha acordado la sustitución por Euríbor (u otro criterio) y la devolución de cantidades cobradas de más. En supuestos particulares (p. ej. ciertos préstamos promotor) la consecuencia puede ser aún más intensa. Nada de esto es automático: lo decide el juez con los hechos del expediente.

Relación con tu reclamación

Si tienes IRPH, la lectura útil de estas sentencias no es “ya está ganado” ni “ya está perdido”, sino:

  • Documentar bien tu escritura y la información que recibiste.
  • Cuantificar el diferencial respecto al Euríbor (puedes usar nuestras calculadoras y el comparador).
  • Valorar con un abogado especializado la viabilidad en tu provincia y según tu fecha de firma.

Guía práctica: Cómo reclamar el IRPH en 2026.

Aviso

Esta página resume el estado del debate con fines informativos. La jurisprudencia evoluciona y cada hipoteca es distinta. Consulta siempre a un profesional colegiado antes de iniciar acciones legales.

Comentarios

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Oscar · Irun · Miércoles, 11 Abril 2018 | 02:29:49 PM · nº 4301
Hola, llevo escribiendo en este foro varios años. Estoy afectado por el irph y una abogada de gipuzkoa con varias sentencias ganadas, me aconsejo hace años, no denunciar. Basándose en que el supremo no se había pronunciado aun y que la audiencia provincial le había tumbado varias sentencias, casi todas relacionadas con Kutxabank.

Una vez pronunciado el supremo y con el varapalo que nos dio a todos los afectados, creo que el que no haya entrado mejor que no entre. Y el que está dentro que siga hasta el final, gane o pierda. Naturalmente cada uno por sus circunstancias personales habrá de valorarlo, pero si yo empiezo una guerra, la termino, o no la comienzo.

Solo espero que el tribunal europeo nos de la razón y podamos en un futuro reclamar lo que nos han robado. Ánimo a todos aquellos que se encuentran inmersos en las batallas judiciales y suerte para todos.
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dolores · leon · Martes, 10 Abril 2018 | 01:42:34 PM · nº 4300
Lo del IRPH no es un ERROR en la comercialización, es un ENGAÑO puro y duro, puesto que el IRPH es una TAE, un precio TOTAL, cosa que los bancos saben perfectamente, y en los CONTRATOS no hay ningún apartado de precio TOTAL del préstamo, donde se pueda usar el oficial, el IRPH. Lo que hay, son distintos apartados, donde aparecen distintos costes PARCIALES, como COMISIONES, INTERESES, GASTOS, etc....Y en uno de esos costes PARCIALES, aparece el IRPH,como si fuera el precio oficial de ese coste PARCIAL. Y esto es un engaño puro y duro. Deberían estar en la cárcel por estafa masiva.
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VÍCTOR · S/c De Tenerife · Lunes, 09 Abril 2018 | 06:46:41 PM · nº 4299
Alguien sabe cuando se vuelve a pronunciar el TJUE SOBRE EL IRPH, una saludo porque a mi me tienen frito


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Oclamo · Soria · Sábado, 07 Abril 2018 | 09:35:00 PM · nº 4298
Y yo digo sí yo firme una hipoteca con interés variable y me están aplicando un interés fijo ¿eso no es incumplimiento de contrato?
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Javier · La Linea-Cadiz · Viernes, 06 Abril 2018 | 11:25:40 PM · nº 4297
En mi caso tengo una estimación parcial, el juzgado me acaba de dar la razón en los gastos de hipoteca pero no me la da en cuanto al IRPH, en base a la sentencia del Supremo.
El abogado me aconseja que recurra a la audiencia Provincial de Cádiz, lo cual me supone un gasto y el riesgo de que me condenen en costas.
¿Cuanto suele tardar como mínimo una Audiencia Provincial en pronunciarse?
¿Que ocurre si se pronuncia antes que el TSJE?
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 06 Abril 2018 | 07:10:25 AM · nº 4296
Hola a todos los afectados. Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado: En vista de todos los comentarios y sobre todo tras la sentencia del Supremo sobre el IRPH, recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.

Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.





Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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francisco · sevilla · Jueves, 05 Abril 2018 | 03:52:55 PM · nº 4295
Buenas tardes , en mi caso mi abogado ha solicitado solo clausula suelo y gastos de notaria .... ya que con la negativa del supremo pues me comento que es mejor esperar a que se pronuncie el europeo para no perder el juicio y todo lo que conlleva en cuanto a gastos de costas y sentencia la cual ya no podría reclamar , pero vamos mi opinión es que tenemos que tener esperanza en que nos den la razón , y den un golpe sobre la mesa de estos bancos y cajas que han estado engañando , lucrándose del desconocimiento de los clientes .
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María · Granada - Granada · Lunes, 02 Abril 2018 | 09:16:58 PM · nº 4294
Yo pronto tendré el juicio, ya tuve la vista previa de una ejecución hipotecaria y mi abogado alego cláusulas abusivas sin especificar cuáles, ahora reclamaré solo por intereses de demora abusivos, cláusula suelo y otras cláusulas abusivas , pero el IRPH no lo voy a reclamar, voy a renunciar a reclamarlo por ahora porque si lo pierdo se me considerará causa juzgada y no podré reclamarlo después si el TJUE nos diese opción a reclamarlo. Si se da esa opción lo podré reclamar mas adelante ya que esa cláusula no la voy a reclamar ahora. Espero que sea así.
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sonia · Santander · Lunes, 02 Abril 2018 | 11:03:58 AM · nº 4293
Alguien me puede decir cuanto tiempo puede pasar para saber si acepta una ejecucion preventiva de sentencia?
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David · Granada · Lunes, 02 Abril 2018 | 10:34:09 AM · nº 4292
Me ha ganado el segundo juicio el tribunal, el primero lo gane yo, y me han condenado encima en costas de segunda instancia, me dieron 20 días para recurso de casación en el supremo, pero viendo lo que me costaba reclamar y el riesgo a perderlo, lo dejé pasar, me dicen mis abogados que ya lo tengo perdido y ya no puedo reclamar, me parece muy fuerte todo esto y que pago más del 4 de intereses, alguien me puede comentar si puedo hacer algo más o si en un futuro podré recuperar algo?
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