IRPH

Pedro Sánchez consigue el objetivo en Bruselas de poner freno a los precios de la energía

Pedro Sánchez consigue el objetivo en Bruselas de poner freno a los precios de la energía

Pedro Sanchez, y su homólogo en Portugal, Antonio Costa consiguen el objetivo en la Unión Europea con el que podrán frenar los precios de la energía

Gracias a la consideración de isla energética a la península Ibérica podrán haber caídas de precios en la factura de la luz

España y Portugal podrán poner límites al precio del gas que se usa para producir electricidad

Pedro Sánchez consigue el objetivo en Bruselas de poner freno a los precios de la energía

España tuvo que trabajar durísimamente ayer en Bruselas, a través de su presidente Pedro Sánchez, junto a Portugal, con su primer ministro, Antonio Costa, con el fin de poder bajar los precios de la luz.

La Unión  Europea ha abierto la puerta para que ambos países que constituyen la península Ibérica, puedan tomar medidas para ponerle freno a la crisis desatada con la feroz subida de la energía. También es verdad, que las decisiones tendrán que ser revisadas por la Comisión y esta deberá aprobarlas.

Portugal y España consiguen así que toda la Unión Europea reconozcan que ambos países constituyen la denomina isla energética o la excepción Ibérica, con lo que entonces se cambiará el borrador de las conclusiones establecidas por el Consejo de Gobierno, que dejará a que los dos países puedan establecer máximos de modo temporal al precio del gas que es usado para la generación de electricidad. Con ello, se logrará que baje la factura de la luz tanto de las empresas y de los consumidores. Esto es muy importante, ya que la feroz subida de los precios del gas y de la electricidad son la base o los  suministros básicos imprescindibles para que todo funcione y por tanto sus subidas de precio llevan a una espiral continua de encarecimientos de todos los precios.

Ha sido un gran éxito, ya que hay que tener en cuenta que habían dos reglas que se consideraban inamovibles en el seno de la Unión Europea y estas eran que los precios de la energía se extraían del mercado libre y que Europa trabaja como un mercado común para todo. Esto constituía un duro condicionante para países como España y Portugal, ya que al ser prácticamente una isla energética tienen pocas interconexiones y ello le perjudica, frente al resto de los países de la Unión.

La presidente la Comisión, Úrsula von der Leyen así lo explicaba: La península ibérica tiene una situación muy específica...tienen un alto porcentaje de renovables, y eso está muy bien, pero muy pocas interconexiones. Por eso estamos de acuerdo en que haya un tratamiento especial.

Las decisiones tomadas ayer en la Bruselas y la consideración de la excepción ibérica, van a marcar mucho la economía del país y de los consumidores en los próximos meses. España y Portugal pueden intervenir para regular el precio de la energía, pueden ponerle topes al precio de esta, disminuir lo que los consumidores y empresas pagan en su factura de la luz, después de que lleve marcando durante meses, brutales y vertiginosas subidas.

Así lo explicaba Pedro Sánchez: "... vamos a poder lograr establecer un precio de referencia al gas, con el cual se produce la electricidad, y esto va a significar una caída en los precios sin duda alguna."

Comentarios

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Isabel · Cadiz · Viernes, 01 Dic. 2017 | 08:08:32 AM · nº 4134
Buenos días, algún abogado o alguien se ha enterado, cuando sale la dichosa se tenia, gracias
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Isabel · Cadiz · Viernes, 01 Dic. 2017 | 10:28:34 AM · resp. nº 392
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juan angel · bilbao vizcaya · Viernes, 01 Dic. 2017 | 05:22:55 AM · nº 4133
Buenos dias:
Yo mire con un abogado antes de la sentencia del tribunal supremo y me dijeron que habia que reclamar ya ates de la sentencia y que tenia que hacer una provision de fondos de 3000 € pues bien no segui adelante primero por que no tengo ese dinero para pagar y segundo como me han estafado ya con el irph no me fio ni de mi padre lo unico que se me ha ocurrido es cojer mis cosas y mis hijos e irme de casa poniendola a la venta por lo que me queda de pagar esta situacion es inaguantable ya la unica esperanza que tenia era el tribunal supremo y al final buscan la estabilidad financiera del pais y otra cosa cuando firme mi hipoteca firme papeles en blanco (para adelantar)me dijo el director ya que hubo un problema con los avales y teniamos que firmar ante notario en unos dias necesito un poco de luz para saber que hacer y cuanto habra que esperar meses años no se muchas gracias
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Alicia · A CORUÑA · Jueves, 30 Nov. 2017 | 10:13:22 PM · nº 4132
Muchas gracias Jesús por la información y como bien dices ojalá que se haga Justicia para TODOS los afectados por el abusivo irph y no solo para los que tenemos VPO
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Jesús · Alicante · Jueves, 30 Nov. 2017 | 08:23:25 PM · nº 4131
Buenas a todos...

El Congreso aprueba una Propuesta no de ley del Partido Socialista para cambiar el tipo de referencia IRPH aplicable a los préstamos de vivienda protegida.

Enhorabuena y a ver si se acuerdan de los demás también:-)

Os dejo el video de la grabación en el Congreso:

https://www.youtube.com/watch?v=oLSC4-1pKYg

Saludos.
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Alicia · A CORUÑA · Jueves, 30 Nov. 2017 | 04:09:35 PM · nº 4130
Hola amig@s, os cuento brevemente mi caso, compré una VPO en el año 2003. Cuándo empezó a bajar el Euribor y veía en el telediario que las hipotecas bajaban y bajaban y la mía no, fue cuando miré mi escritura y comprobé que tenía el índice irph. En el momento de la firma nadie me avisó sobre este índice pero hubiera dado igual porque para estas viviendas(Plan 2002_2005) es una imposición del gobierno que estén con IRPH. Hace relativamente poco tiempo el Defensor del Pueblo pidió al Gobierno que sustituyera el IRPH por Euribor para estas viviendas de protección oficial dado que es un índice muy discutible, opaco y considerado abusivo pero el gobierno ha hecho oídos sordos a esta petición. Me parece injusto y abusivo que a viviendas de protección oficial nos impongan este tipo de índices me siento desprotegida y también impotente con esta situación. no dispongo de recursos económicos para meterme en un juicio. ahora solo cabe esperar que el TDJE haga justicia,la que no hacen en nuestro país ni el Tribunal Supremo ni el Gobierno ni el Banco de España.
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jorge · tarrasa · Jueves, 30 Nov. 2017 | 09:39:53 AM · nº 4129
Buenos dias,
El juez ha dado la razón a nuestro banco ,denunciamos por IRPH. Tenemos unos días para presentar un recurso y vista la sentencia del tribunal supremo no se que hacer.
Nuestro abogado nos dice que no sabe si al presentar recurso y en el caso de perder tendríamos que pagar las costas y esto es lo que nos frena.
Podrían aclarar mis dudas.
atentamente,
Jorge
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 30 Nov. 2017 | 10:32:03 AM · resp. nº 390
Hola Jorge y a todos los afectados,

Tienes que valorar lo que pierdes si recurres y lo que puedes ganar.

Si has perdido en 1ª instancia y recurres en principio son el 60% del coste de las costas de primera instancia + gastos del abogado.

En su caso, una buena recomendación podría ser esperar, dentro del periodo máximo para recurrir, para ver la sentencia del Tribunal Supremo completa, y si la sentencia sale a tiempo, que su abogado lo valore atendiendo al caso concreto.

Si no tuviéramos la sentencia antes del periodo máximo para recurrir, podría recurrir y como el proceso se alargará, le dará tiempo a conocer otros casos juzgados y valorar las posibilidades atendiendo al caso.

¿Qué deja de reclamar si pierde o decide no recurrir?

Hemos puesto un ejemplo en www.reclamapormi.com basado en nuestras calculadoras:

Un cliente con una hipoteca de 180.000€ firmada en el año 2.000 a 30 años, con un fijo de 0,5% si el índice IRPH Entidades se declara nulo, le devolverían: 134.000€ y si en vez de nulo lo moderan y lo sustituyen por el Euribor 35.000€.

Puede calcular su caso en la web.

Cualquier persona afectada por IRPH, haya iniciado su proceso o no, puede consultarnos en la web donde somos especialistas en reclamaciones bancarias, ya sea por gastos, suelo, irph o multidivisas...

Espero os sea de ayuda y me haya explicado de manera comprensible. Entendemos que los términos jurídicos son complicados e intentamos traducirlo a ejemplos para que sea más comprensible.
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llucia-AS-ABOGADOS · sevilla · Miércoles, 29 Nov. 2017 | 07:11:35 PM · nº 4128
Desde nuestro despacho, llucia-AS-ABOGADOS, estamos llevando la defensa de varios clientes afectados por IRPH y ayer pedimos en el trasncurso de una audiencia previa al Juez que, en vistas de la situación actual, remitiera al TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÒN EUROPEA una cuestión prejudicial sobre el IRPH a fin de que explicara dicho Tribunal si la redacción de las cláusulas IRPH se ajustan a lo establecido en el artículo 4.2 de la Directiva 93/13 y si, además de ser claras y comprensibles, deben incorporar en su redacción la fórmula de cálculo de dicho IRPH.

El banco se opuso a remitir dicha cuestión prejudicial y el Juez denegó nuestra petición sin perjuicio de que, en función del contenido de la esperada Sentencia del Tribunal Supremo, pudiera hacerlo en las próximas semanas si así lo estimara oportuno.

Por tanto, desde aquí animo al resto de compañeros a que hagan lo mismo que hemos hecho nosotros.
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Ivan · Fuerteventura · Miércoles, 29 Nov. 2017 | 07:46:58 PM · resp. nº 388
Buenas noches. Se puede llevar al TJUE la sentencia del TS o es necesaria una cuestion prejudicial?.
Gracias
Jose Maria · Jerez · Jueves, 30 Nov. 2017 | 07:47:04 AM · resp. nº 389
Hola señores abogados
nos pueden responder para que lo entendamos con palabras mas faciles por favor? Gracias
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juan · almeria · Miércoles, 29 Nov. 2017 | 12:46:54 PM · nº 4126
EL IRPH no es ningún TIPO DE INTERES. El IRPH son INTERESES+ COMISIONES. Para que un contrato sea claro y trasparente, en el epigrafe COMISIONES deben aparecer las comisiones, esto es los costes de servicios EFECTIVAMENTE prestados, y bajo el epígrafe INTERES debe aparecer sólo interés, esto es el precio que se cobra directamente por el dinero. El IRPH no es un tipo de interés, es un índice que engloba tanto intereses como comisiones.Es lo que se conoce como TAE. Es un dato importante y no tiene por qué ser dejado de publicar. De hecho, en muchas operaciones financieras se obliga, además de facilitar cual es la comision y el interes a publicar también la TAE, es decir el resultado del conjunto, que siempre es más elevado que el interés. El problema es hacer pasar IRPH por TIPO DE INTERES, que es lo que hacen los bancos en los contratos hipotecarios con el IRPH. De esta forma inflan artificialmente el interés. En estos contratos no se puede saber realmente cual es el interes, pues para DECODIFICAR el interes incluido en el IRPH serían necesarias tablas que no se publican,cuyo manejo no está al alcance de los consumidores, y que el Banco de España declara ineficaces en el caso de las CAJAS, y por ende del conjunto de ENTIDADES que las incluye. Además de no ser claro y transparente, se facturan comisiones durante toda la vida del prestamo, por servicios que no se prestan. Es un auténtico FRAUDE. El Banco de España ha prohibido expresamente a las entidades usar el IRPH directamente como INTERES en los contratos con los consumidores desde 1994, en la Circular correspondiente, ya señalada en este foro, tras la correspondiente Directiva europea de protección al consumo de 1993, también señalada. Ante la reciente Sentencia del Supremo, la pregunta es si están usando fraudulentamente el IRPH como TIPO DE INTERES, sólo en estos contratos, O también frente a administraciones públicas, porque si es así están dejando de declarar millones de beneficios cada año, es decir, no están estafando sólo a un millón de ciudadanos,sino a todos los españoles.
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Jessica · Malaga · Miércoles, 29 Nov. 2017 | 03:57:54 PM · resp. nº 387
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 28 Nov. 2017 | 03:28:17 PM · nº 4124
Hola todos,

Respondiendo sobre todo a las últimas preguntas sobre LA CAIXA hay varios factores a tener en cuenta:



1- Los afectados deben diferenciar si tienen un crédito hipotecario (muy habitual en La Caixa) o préstamo hipotecario:

Se podría resumir en que la principal diferencia es a la hora de la subrogación o cambio de banco.


Si tienes un crédito hipotecario, el cambio de banco es mucho más difícil. De hecho, la solución que dan la mayoría de bancos que ofrecen estos créditos con garantía hipotecaria es que, si quieres cambiar de entidad o renegociar tu hipoteca, canceles la actual y abras una nueva. Generalmente lleva un coste asociado de varios miles de euros más que una subrogación normal.


2- Congelación del IRPH: Las personas que les hayan congelado el IRPH puede que quedara reflejado así en sus escrituras. Si es así al desaparecer por ley el IRPH cajas o Bancos en 2013 en términos de contrato sería la consecuencia lógica. Pero esto no quiere decir que no se pueda reclamar si no hubiera estado reflejado o si se declara nulo el IRPH. Hay multitud de variables a tener en cuenta. No se puede hacer una valoración profesional sin estudiar las escrituras y ver cada caso. Le recomendamos que se ponga en contacto con Reclama Por Mí para que le asesore un abogado.



3- Si cambiamos de banco, podremos seguir desgravando hipoteca?



Sí, puede seguir desgravando.



En cuanto a la valoración de que le dejen a fijo de 0,75% + euribor, sin más información que la que nos ha dado, parece una buena opción.



NO OBSTANTE, seguramente le incluyan una cláusula donde le indican que rechaza interponer futuras reclamaciones por IRPH y si ahora está pagando un 4,5% y le están bajando a 0,75% + euribor es una diferencia de 3,75% de interés con el euribor actual y teniendo en cuenta cómo han manipulado y estudiado los bancos sus movimientos creo que debería desconfiar al menos.

A su vez, debe usted valorar lo que deja de reclamar si acepta firmar esa cláusula y accede.

Como hemos dicho más de una vez, las cantidades a recuperar pueden ser altísimas dependiendo de si se declara nulo o se sustituye por Euribor. Las puede usted calcular aquí: https://www.reclamapormi.com/calculadora-simulador-gastos-hipoteca-irph-clausula-suelo-multidivisa.html o que un abogado le asesore para saber cómo hacerlo.


A modo de ejemplo, un cliente con una hipoteca de 180.000€ a 30 años firmada en el año 2000, con un fijo de 0,5% si el índice al que está referenciada su hipoteca es IRPH Entidades y se declara nulo le devolverían: 134.000€ y si en vez de nulo lo moderan y lo sustituyen por el Euribor 35.000€.


Por concluir, y siento ser tan extenso, en última instancia el afectado tiene la última palabra teniendo en cuenta sus circunstancias. Si puede esperar un poco más a saber lo que dice el Supremo el marco podría cambiar.

Muy pronto se sabrá algo más de la sentencia para los afectados.

Si no ha iniciado un proceso ya, esperar es nuestra recomendación. Si quiere ir adelantando pasos en www.reclamapormi.com iniciamos la extrajudicial si lo desea ya que no tiene consecuencias a nivel legal y no nos compromete.
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Maria · Pontevedra · Martes, 28 Nov. 2017 | 01:53:05 PM · nº 4123
Hola amigos

Menudo jarro de agua fría nos han echado a los afectados por este maldito índice.

Estamos mirando la subrogación porque ahora mismo estamos pagando un 4.5% de interés en LA Caixa.

Mi pregunta es, si cambiamos de banco, podremos seguir desgravando hipoteca? La hipoteca se constituyó en el año 2002.

nos ofrecen un Euribor + 0,75% que está muy bien.

Un saludo y muy agradecida por los comentarios de los abogados.

Responder
Lidia · Jaen · Miércoles, 29 Nov. 2017 | 10:29:46 AM · resp. nº 386
Hola Maria, no vas a poder desgravar hipoteca, así que piénsalo bien antes de cambiar de banco...

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