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Reclamar IRPH 2026: guía paso a paso para afectados | IRPH.es

Reclamar el IRPH en 2026: guía clara para afectados

Si tu hipoteca está referenciada al IRPH, es posible que hayas pagado más intereses que con una referencia al Euríbor. Reclamar no es un trámite automático ni garantizado, pero en 2026 sigue siendo una vía real cuando se puede acreditar falta de transparencia o un desequilibrio relevante. Esta guía te ordena los pasos.

1. Confirma que tienes IRPH

Revisa la escritura de préstamo hipotecario (y posibles novaciones). Busca expresiones como “IRPH Entidades”, “índice de referencia de préstamos hipotecarios”, o antiguas menciones a IRPH Cajas/Bancos. Si te subrogaste en un préstamo de promotora, el índice puede venir de la escritura original del promotor.

2. Reúne la documentación

  • Escritura de la hipoteca (y subrogación, si existe).
  • Cuadro de amortización o recibos de cuotas.
  • Oferta vinculante, folletos o correos previos a la firma (si los conservas).
  • Extractos que permitan ver el tipo aplicado en cada revisión.

Cuanta más prueba de la información (o la falta de información) que recibiste, más sólido suele ser el expediente.

3. Cuantifica el posible sobrecoste

Antes de reclamar conviene tener una idea del orden de magnitud: diferencia entre lo pagado con IRPH y lo que habrías pagado con Euríbor (más el diferencial contractual, según el caso). En IRPH.es puedes apoyarte en:

Estas cifras son estimaciones: un perito o abogado ajustará el cálculo al contrato real.

4. Reclamación extrajudicial al banco

Es habitual presentar una reclamación previa al servicio de atención al cliente / defensor del cliente de la entidad, dejando constancia fehaciente (y, si procede, ante el Banco de España en el ámbito de conductas de mercado). Muchas entidades rechazan o dilatan; aun así, la reclamación documenta tu posición y puede ser útil después.

5. Vía judicial (cuando procede)

Si no hay acuerdo, la vía civil permite solicitar la nulidad de la cláusula por falta de transparencia o abusividad y las consecuencias económicas derivadas. El resultado depende de:

  • La prueba de lo informado en la contratación.
  • La jurisprudencia del Supremo y del TJUE aplicada al caso.
  • El criterio de la audiencia provincial correspondiente.

Resumen del marco legal: IRPH, TJUE y Tribunal Supremo.

6. ¿Qué se suele pedir?

  • Nulidad de la cláusula IRPH.
  • Sustitución por otro índice (con frecuencia Euríbor) u otra consecuencia que fije la sentencia.
  • Devolución de cantidades cobradas de más, con intereses legales cuando proceda.

En algunos supuestos específicos (p. ej. ciertos préstamos de promotora) la consecuencia puede ser distinta. Lo decide el tribunal.

7. ¿Y si ya terminé de pagar la hipoteca?

En muchos casos se sigue explorando la reclamación de cantidades indebidamente pagadas, especialmente cuando se alega nulidad por condiciones generales no transparentes. Los plazos y el tipo de acción son cuestiones técnicas: un abogado debe revisar fechas de firma, cancelación y actos interruptivos.

8. Costes y riesgos

Valora honorarios, posible condena en costas y tiempo del procedimiento. Compara el importe estimado a recuperar con el coste de litigar. Algunas demandas colectivas o despachos especializados ofrecen condiciones distintas a las del procedimiento individual clásico; examina siempre el contrato de servicios.

9. Checklist rápido

  1. Localizar IRPH en la escritura.
  2. Archivar recibos y cuadro de amortización.
  3. Estimar sobrecoste con herramientas de IRPH.es.
  4. Consultar abogado de derecho bancario en tu provincia.
  5. Reclamación al banco y, si procede, demanda.

Herramientas y comunidad

Aviso legal

IRPH.es ofrece información y herramientas de cálculo con carácter divulgativo. No somos un despacho de abogados y no asumimos la dirección letrada de reclamaciones. Para cualquier acción concreta, acude a un profesional colegiado.

Comentarios

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Ana · Tarragona · Miércoles, 26 Febrero 2020 | 08:36:21 PM · nº 5723
Herrera de Sevilla.. para contrata un abogado..primero que te lo ponga por escrito lo que te ba a costar!!Haora representa que los abogado quieren meter el iva!! Pues no.nosotros el ivan no podemos declarar...Porque no somos autónomos...hay que dejar muy claro...Ante de contratar un abogado.yo entiendo que esto abogado que Es tan luchando en el tj..se lo merecen...pero estos abogado que Es tan sentado en el despacho..pues no...yo contraté un abogado y le hice hacer un papel firmado..lo que se iva a cobrar esto es muy importante..Ante de contratar un abogado...la culpa aveces lo tenemos Nosotro por darle un poder para que haga lo que le de la Real gana...no firmeis ningún poder hir con ellos..hacer las cosas...Haora como es tan las cosas los abogado quiere quedarse los gasto de papeles los de la sentencia.. y hos quiere meter ivan..cuidadin...no le deis el poder...y si no estáis conforme lo denuncias...
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ana · madrid · Miércoles, 26 Febrero 2020 | 10:45:52 PM · resp. nº 1897
Hola ANA,

Estás muy confundida con el IVA, las facturas de los abogados no están exentas de IVA. Y si tu abogado y tú habéis llegado al acuerdo de no pagar IVA, ello significa que ambos sois unos estafadores y, que tu abogado trabaja en B -algo no muy serio y poco profesional-. Es más, a la hora de realizar la declaración de la Renta y, más en estos supuestos donde los bancos trasladan a hacienda lo abonado al consumidor en concepto de clausulas abusivas, ambos podéis tener un problema con Hacienda. Me remito a la información fiscal enviada por los bancos tanto a hacienda como al particular en cuanto a los abonos en estos supuestos - cláusulas abusivas-. Por otra parte, el abogado además de declarar el IVA deberá descontar de sus honorarios un 18% en concepto de retención , que en ambos casos van a para a hacienda. O sea, el IVA que abonas va a Hacienda y del resto de la factuara el abogado, esto es, de los honorarios que pagas - el 18% va tb a hacienda-. En defintiva, tú te ahorras el IVA pero el abogado se ahorra el 18% de IRPF y, por consiguiente ambos estáis defraudando.

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m herrera · sevilla · Miércoles, 26 Febrero 2020 | 05:20:38 PM · nº 5722
Buenas tardes, necesito que alguien me aconseje.
En el caso de que te la esté jugando el abogado que contraste con unas condiciones y que luego donde dije diga, digo diego. ¿ Como actuar?. A estas alturas de la película y con una demanda a la espera de juicio me siento perdida e indefensa porque puede hacer lo que quiera.
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Luis Jose · Argentona - Barcelona · Miércoles, 26 Febrero 2020 | 03:57:55 PM · nº 5721
Hola despues de mirar vuestro historico de IRPH y contrastarlo con otras dos fuentes las cifras puestas por vosotros para el indice IRPH del 2.000 al 2.013 no coinciden con (
expansion.com/ Datosmacro.com http://www.ahe.es/bocms/sites/ahenew/estadisticas/indices-referencia/archivos/historico-de-indices.htm )
ATTEE: Luis
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administrador · www.irph.es · Miércoles, 26 Febrero 2020 | 06:48:31 PM · resp. nº 1896
Hola Luis:

Hemos comprobado los datos, y son correctos.

¿No te habrás equivocado con los datos del IRPH Cajas o el IRPH Bancos?

En el irph histórico aparecen los valores del IRPH Entidades.

En el enlace que has indicado, los valores del IRPH Entidades se encuentra en la primera columna y coinciden con los nuestros.

Por favor, si encuentras algún error y puedes ser más específico, lo revisaremos.

Muchas gracias por tu ayuda.
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Laia · Malgrat de Mar · Miércoles, 26 Febrero 2020 | 07:29:06 AM · nº 5720
Queden 121 horas para reducir a la nada al maldito IRPH. ÁNIMOS!!!
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Ursula · El puerto santa maria cadiz · Miércoles, 26 Febrero 2020 | 08:50:26 AM · resp. nº 1895
Buenos días llevo desde el 2006 con mi hipoteca 130000 en hipotecario y 36000 el personal (porque supuestamente no daba la tasación) mi banco es UCI en los dos préstamos tengo irph y la verdad no se si esperar la decisión final o ir preguntando algún abogado ¿los gastos de notaria también hay que reclamarlos? Os pido consejo muchas gracias
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Irus · Tarragona · Miércoles, 26 Febrero 2020 | 07:25:26 AM · nº 5719
Buenos dia a todo....ánimo a los consumidores
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eric · Barcelona · Martes, 25 Febrero 2020 | 06:25:45 PM · nº 5718
De las 45 audiencias provinciales estas 9 las de Madrid, Baleares, Asturias, Vizcaya, Álava, Tarragona, Salamanca, Almería y Cádiz) vienen decantándose por anular la aplicación de este índice hipotecario por abusivo). A ver si después del 3 de Marzo lo hacen todas y el TJUE deja claro el camino a seguir . Las sentencias a favor de la banca seguían el criterio del Tribunal Supremo( CON 2 VOTOS EN CONTRA ) El TJUE les va a dar de nuevo una bofetada igual que con las cláusulas suelo . Y lo que es una VERGÜENZA es que el gobierno pida que no haya retroactividad . Con la banca , tribunal supremo y gobierno en contra , va a ser expectacular ver como los ponen en su sitio . Lo dicho a todo cerdo le llega su San Martín .
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Lolo · Madrid · Martes, 25 Febrero 2020 | 11:29:10 AM · nº 5717
Cuando los bancos todavía se estaban reponiendo del golpe que les supuso la anulación de las «cláusulas suelo» y el susto con los gastos hipotecarios la semana que viene les espera otra resolución judicial que puede dañar considerablemente su balance. El martes 3 de marzo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) fallará sobre la viabilidad del índice IRPH( Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios) para unos clientes que pudieron no estar bien informados, de forma clara y comprensible, cuando lo aceptaron al formalizar sus créditos.

El IRPH es un índice de referencia para préstamos hipotecarios, similar al Euribor pero que no se benefició de las bajadas de éste. Las bases para la declaración de su abusividad radican en su fórmula de su cálculo y su fácil manipulación por las Entidades de Crédito. Desde la OCU calculan que para una hipoteca media el estar referenciada al euribor en vez de al IRPH, hubiera supuesto un ahorro anual de más de 1.000 euros a una familia.


Muchos bancos han dotado provisiones muy importantes para hacer frente a la cascada de demandas que, presumiblemente, vendrán si el Pronunciamiento del TJUE es favorable a los consumidores. Según los calcula Morgan Stanley, el impacto podría estar entre 3.000 y 7.000 millones de euros, dependiendo del grado de retroactividad que se llegara a aplicar.

Si esto no fuese suficiente mañana los bancos tienen otra cita en los tribunales, esta vez por las tarjeta «revolving», cocnretamente de la tarjeta Wizink y la posible usura de la que estaría haciendo uso la entidad.

Qué es el IRPH
El IRPH es el índice de referencia de préstamos hipotecarios y es un tipo de interés utilizado por los bancos para el cálculo de hipotecas, muy utilizado especialmente por las cajas de ahorros.

¿Qué diferencia hay entre el IRPH y el EURIBOR?
¿A cuánto está el IRPH?
¿Puede reclamar el IRPH?
Cómo funciona el IRPH
¿Cómo se ha comportado el IRPH frente al euríbor?
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Laia · Malgrat de Mar · Martes, 25 Febrero 2020 | 09:16:15 AM · nº 5716
1 semanita, y bye bye IRPF forever!!!
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Pericu de Llançà · Llançà · Martes, 25 Febrero 2020 | 12:35:46 PM · resp. nº 1890
Y esperemos que el IRPH también
Laia · Malgrat de Mar · Martes, 25 Febrero 2020 | 01:46:47 PM · resp. nº 1891
hahaha se me coló
Maria · Barcelona · Martes, 25 Febrero 2020 | 02:00:22 PM · resp. nº 1892
Ya puestos también lo podían declarar nulo

Ver las 5 respuestas →

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Maria · Barcelona · Martes, 25 Febrero 2020 | 08:22:25 AM · nº 5715
Buenos días compañeros/as!


Intendad ignorar a estos personajes, lo único que buscan es la polémica y alterar a las personas que aquí entramos con algo en común.


Este nuevo Trol debe ser algún comercial extrabajador de algunas de esas entidades hostiles jubilado a los 50. Debe estar tan aburrido que no tiene otra cosa que hacer que entrar aquí a tocar las narices cuando a la persona esta ni le va ni le viene el tema a tratar.


Lo dicho: "La ignorancia es la mejor arma frente a personajes de este tipo"
Un saludo a todos/as.

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Ana · Tarragona · Martes, 25 Febrero 2020 | 07:39:44 AM · nº 5714
bon día...adeuuu IRPh
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