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Reclamar IRPH 2026: guía paso a paso para afectados | IRPH.es

Reclamar el IRPH en 2026: guía clara para afectados

Si tu hipoteca está referenciada al IRPH, es posible que hayas pagado más intereses que con una referencia al Euríbor. Reclamar no es un trámite automático ni garantizado, pero en 2026 sigue siendo una vía real cuando se puede acreditar falta de transparencia o un desequilibrio relevante. Esta guía te ordena los pasos.

1. Confirma que tienes IRPH

Revisa la escritura de préstamo hipotecario (y posibles novaciones). Busca expresiones como “IRPH Entidades”, “índice de referencia de préstamos hipotecarios”, o antiguas menciones a IRPH Cajas/Bancos. Si te subrogaste en un préstamo de promotora, el índice puede venir de la escritura original del promotor.

2. Reúne la documentación

  • Escritura de la hipoteca (y subrogación, si existe).
  • Cuadro de amortización o recibos de cuotas.
  • Oferta vinculante, folletos o correos previos a la firma (si los conservas).
  • Extractos que permitan ver el tipo aplicado en cada revisión.

Cuanta más prueba de la información (o la falta de información) que recibiste, más sólido suele ser el expediente.

3. Cuantifica el posible sobrecoste

Antes de reclamar conviene tener una idea del orden de magnitud: diferencia entre lo pagado con IRPH y lo que habrías pagado con Euríbor (más el diferencial contractual, según el caso). En IRPH.es puedes apoyarte en:

Estas cifras son estimaciones: un perito o abogado ajustará el cálculo al contrato real.

4. Reclamación extrajudicial al banco

Es habitual presentar una reclamación previa al servicio de atención al cliente / defensor del cliente de la entidad, dejando constancia fehaciente (y, si procede, ante el Banco de España en el ámbito de conductas de mercado). Muchas entidades rechazan o dilatan; aun así, la reclamación documenta tu posición y puede ser útil después.

5. Vía judicial (cuando procede)

Si no hay acuerdo, la vía civil permite solicitar la nulidad de la cláusula por falta de transparencia o abusividad y las consecuencias económicas derivadas. El resultado depende de:

  • La prueba de lo informado en la contratación.
  • La jurisprudencia del Supremo y del TJUE aplicada al caso.
  • El criterio de la audiencia provincial correspondiente.

Resumen del marco legal: IRPH, TJUE y Tribunal Supremo.

6. ¿Qué se suele pedir?

  • Nulidad de la cláusula IRPH.
  • Sustitución por otro índice (con frecuencia Euríbor) u otra consecuencia que fije la sentencia.
  • Devolución de cantidades cobradas de más, con intereses legales cuando proceda.

En algunos supuestos específicos (p. ej. ciertos préstamos de promotora) la consecuencia puede ser distinta. Lo decide el tribunal.

7. ¿Y si ya terminé de pagar la hipoteca?

En muchos casos se sigue explorando la reclamación de cantidades indebidamente pagadas, especialmente cuando se alega nulidad por condiciones generales no transparentes. Los plazos y el tipo de acción son cuestiones técnicas: un abogado debe revisar fechas de firma, cancelación y actos interruptivos.

8. Costes y riesgos

Valora honorarios, posible condena en costas y tiempo del procedimiento. Compara el importe estimado a recuperar con el coste de litigar. Algunas demandas colectivas o despachos especializados ofrecen condiciones distintas a las del procedimiento individual clásico; examina siempre el contrato de servicios.

9. Checklist rápido

  1. Localizar IRPH en la escritura.
  2. Archivar recibos y cuadro de amortización.
  3. Estimar sobrecoste con herramientas de IRPH.es.
  4. Consultar abogado de derecho bancario en tu provincia.
  5. Reclamación al banco y, si procede, demanda.

Herramientas y comunidad

Aviso legal

IRPH.es ofrece información y herramientas de cálculo con carácter divulgativo. No somos un despacho de abogados y no asumimos la dirección letrada de reclamaciones. Para cualquier acción concreta, acude a un profesional colegiado.

Comentarios

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Juan Antonio · Almería-Almeria · Domingo, 22 Abril 2018 | 08:04:09 AM · nº 4322
Si el irph se considera abusivo
no tendría plazo para reclamarlo?
https://www.mundojuridico.info/plazo-para-reclamar-la-nulidad-de-la-clausula-suelo/
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MARIA JOSE · PUERTO DE LA CRUZ · Viernes, 20 Abril 2018 | 12:24:39 PM · nº 4321
Buenos Días, quisiera saber si puedo reclamar IRPH entidades BBVA tras haber cancelado mi hipoteca en Diciembre de 2017 y si es así cuanto tiempo tengo para poder reclamar.
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Jose Antonio Tello · Terrassa Barcelona · Sábado, 21 Abril 2018 | 01:03:10 AM · resp. nº 514
hola. Si no nos han metido alguna ley en contra...me parece que son 4 años
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Alicia · A Coruña · Jueves, 19 Abril 2018 | 09:04:15 PM · nº 4320
Yo pago IRPH desde el año 2006,me lo impusieron al comprar mi vivienda de protección oficial, nadie me informó de nada, porque es un indice impursto por el Gobierno, no precisamente para ayudar a las personas o familias con menos recursos, que son precisamente las que acceden a este tipo de viviendas.
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lucia del valle · valencia · Domingo, 06 Mayo 2018 | 06:44:12 PM · resp. nº 522
El gobierno, al ponerte como referencia el IRPH te está protegiendo, ya que limita el precio total de la hipoteca, al precio oficial. Con el Euribor, al poderle añadir el banco cualquier diferencial, no te garantizaría ningún precio máximo. Otra cosa es que el Banco haya usado el IRPH para sumarle cualquier diferencial como si fuera el EURIBOR, cuando lo que debería haber hecho es restarle al IRPH todos los importes distintos del dinero que hay en el contrato. Es como si el gobierno publica el precio oficial del pan, y garantiza a cierto colectivo ese precio, pero luego el que te vende el pan te lo está vendiendo ilegalmente a un precio mucho mayor. El Gobierno debería personarse directamente como demandante en los contratos donde se establecía como referencia el IRPH por ley.
sergio costa · santander · Sábado, 09 Junio 2018 | 11:50:24 AM · resp. nº 537
Alicia,¿en el interés de tu hipoteca de vivienda protegida pone el irph o el irph+algo? la ley de vivienda protegida deja claro que se toma el irph como interés EFECTIVO, es decir, como TAE, y por tanto el interés que aparece en la hipoteca debe ser el TIN correspondiente en función de tus comisiones y tu plazo, y debe ser menor que el IRPH.
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Alfonso · Madrid · Jueves, 19 Abril 2018 | 08:24:18 PM · nº 4319
IRPH Marzo: 1,895
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 19 Abril 2018 | 10:21:59 AM · nº 4318
Hola a todos los afectados y en especial a Raúl que pregunta por una decisión realmente complicada...

Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Miércoles, 25 Abril 2018 | 05:26:20 AM · resp. nº 516
Efectivamente, mi abogado retiro esta demanda y dejo la reclamación se los gastos hasta que se aclare todo, es lo mejor que se puede hacer de momento, ya que todos sabemos como van los tribunales y ahora mismo se están agarrando de la sentencia de TSJE, así que a esperar por Europa y rezar, un saludo y que tengamos suerte
jrjc · cádiz · Sábado, 28 Abril 2018 | 05:57:05 PM · resp. nº 517
Hola Javier , soy nuevo en el foro, tengo una hipoteca IRPH con UCI y este Viernes salió el fallo y como era de suponer perdí , la demanda está desde Marzo de 2015, ya podía haber sido la audiencia antes de Noviembre de 2017 para poder haber tenido alguna posibilidad...
La cosa es que no sé si el TJUE dice que el IRPH es ilegal, podría volver a reclamar, y si pienso en cambiar la hipoteca de banco y elTJUE dice que es ilegal el IRPH me puede perjudicar a la hora de reclamar...
Muchas gracias.
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Alfonso · Madrid · Jueves, 19 Abril 2018 | 05:21:23 AM · nº 4317
IRPH Marzo: 1,895
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RAUL M · Bigues i Riells-Barcelona · Miércoles, 18 Abril 2018 | 04:14:31 PM · nº 4316
Hola, acabo de registrarme en el foro y desde ayer tengo sentencia en primera instancia en la cual ha perdido.
Ahora tengo 20 dias para apelar o olvidarme del tema, y en vista que hasta que lleguemos a Europa seguramente no haya nada que hacer, y apelar significa mas gasto, y no sea suficiente si no que haya hacer casación, y no se que hacer la verdad.
Acepto consejos, gracias
Responder
Martin perez · Torrelavega-Cantabria · Domingo, 29 Abril 2018 | 11:05:25 AM · resp. nº 518
Estamos en la misma situacion,ayer perdi en primera instancia.Voy a apelar y posteriormente(porque ya me ha adelantado el abogado que perderemos)casacion al supremo.previsiblemente el tjue se pronuncie entre tanto,pero es una decision muy dificil ya que las costas que asumire entre apelacion y casacion son de 7.000 euros y quien sabe si desde Europa haran justicia con nosotros...va a ser un esfuerzo muy grande reunir el dinero pero ya no puedo rendirme,no me lo perdonaria si al final se declara nulo y no lo luche.mucho animo para los que estais en la misma situacion.
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Fernando R. · Sevilla · Miércoles, 18 Abril 2018 | 04:13:19 PM · nº 4315
También he pensado que con eso de la feria de abril invitar a los del tribunal de justicia europeo a jamón y gambas para ver si con ello nos resuelven el asunto un poquito antes y les hago ver lo que supone esperar dos añitos a que se sienten en su sala cómoda y fresquita a resolver nuestro IRPH.A lo mejor con eso del jamoncito y gambitas se animan y lo hacen antes.Que os parece?les invito?
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RAUL M · Bigues i Riells-Barcelona · Miércoles, 18 Abril 2018 | 04:07:16 PM · nº 4314
Hola, acabo de registrarme en el foro y desde ayer tengo sentencia en primera instancia en la cual ha perdido.
Ahora tengo 20 dias para apelar o olvidarme del tema, y en vista que hasta que lleguemos a Europa seguramente no haya nada que hacer, y apelar significa mas gasto, y no sea suficiente si no que haya hacer casación, y no se que hacer la verdad.
Acepto consejos, gracias
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RAUL M · Bigues i Riells-Barcelona · Miércoles, 18 Abril 2018 | 03:54:43 PM · nº 4313
Hola, acabo de registrarme en el foro y desde ayer tengo sentencia en primera instancia en la cual ha perdido.
Ahora tengo 20 dias para apelar o olvidarme del tema, y en vista que hasta que lleguemos a Europa seguramente no haya nada que hacer, y apelar significa mas gasto, y no sea suficiente si no que haya hacer casación, y no se que hacer la verdad.
Acepto consejos, gracias
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