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Reclamar IRPH 2026: guía paso a paso para afectados | IRPH.es

Reclamar el IRPH en 2026: guía clara para afectados

Si tu hipoteca está referenciada al IRPH, es posible que hayas pagado más intereses que con una referencia al Euríbor. Reclamar no es un trámite automático ni garantizado, pero en 2026 sigue siendo una vía real cuando se puede acreditar falta de transparencia o un desequilibrio relevante. Esta guía te ordena los pasos.

1. Confirma que tienes IRPH

Revisa la escritura de préstamo hipotecario (y posibles novaciones). Busca expresiones como “IRPH Entidades”, “índice de referencia de préstamos hipotecarios”, o antiguas menciones a IRPH Cajas/Bancos. Si te subrogaste en un préstamo de promotora, el índice puede venir de la escritura original del promotor.

2. Reúne la documentación

  • Escritura de la hipoteca (y subrogación, si existe).
  • Cuadro de amortización o recibos de cuotas.
  • Oferta vinculante, folletos o correos previos a la firma (si los conservas).
  • Extractos que permitan ver el tipo aplicado en cada revisión.

Cuanta más prueba de la información (o la falta de información) que recibiste, más sólido suele ser el expediente.

3. Cuantifica el posible sobrecoste

Antes de reclamar conviene tener una idea del orden de magnitud: diferencia entre lo pagado con IRPH y lo que habrías pagado con Euríbor (más el diferencial contractual, según el caso). En IRPH.es puedes apoyarte en:

Estas cifras son estimaciones: un perito o abogado ajustará el cálculo al contrato real.

4. Reclamación extrajudicial al banco

Es habitual presentar una reclamación previa al servicio de atención al cliente / defensor del cliente de la entidad, dejando constancia fehaciente (y, si procede, ante el Banco de España en el ámbito de conductas de mercado). Muchas entidades rechazan o dilatan; aun así, la reclamación documenta tu posición y puede ser útil después.

5. Vía judicial (cuando procede)

Si no hay acuerdo, la vía civil permite solicitar la nulidad de la cláusula por falta de transparencia o abusividad y las consecuencias económicas derivadas. El resultado depende de:

  • La prueba de lo informado en la contratación.
  • La jurisprudencia del Supremo y del TJUE aplicada al caso.
  • El criterio de la audiencia provincial correspondiente.

Resumen del marco legal: IRPH, TJUE y Tribunal Supremo.

6. ¿Qué se suele pedir?

  • Nulidad de la cláusula IRPH.
  • Sustitución por otro índice (con frecuencia Euríbor) u otra consecuencia que fije la sentencia.
  • Devolución de cantidades cobradas de más, con intereses legales cuando proceda.

En algunos supuestos específicos (p. ej. ciertos préstamos de promotora) la consecuencia puede ser distinta. Lo decide el tribunal.

7. ¿Y si ya terminé de pagar la hipoteca?

En muchos casos se sigue explorando la reclamación de cantidades indebidamente pagadas, especialmente cuando se alega nulidad por condiciones generales no transparentes. Los plazos y el tipo de acción son cuestiones técnicas: un abogado debe revisar fechas de firma, cancelación y actos interruptivos.

8. Costes y riesgos

Valora honorarios, posible condena en costas y tiempo del procedimiento. Compara el importe estimado a recuperar con el coste de litigar. Algunas demandas colectivas o despachos especializados ofrecen condiciones distintas a las del procedimiento individual clásico; examina siempre el contrato de servicios.

9. Checklist rápido

  1. Localizar IRPH en la escritura.
  2. Archivar recibos y cuadro de amortización.
  3. Estimar sobrecoste con herramientas de IRPH.es.
  4. Consultar abogado de derecho bancario en tu provincia.
  5. Reclamación al banco y, si procede, demanda.

Herramientas y comunidad

Aviso legal

IRPH.es ofrece información y herramientas de cálculo con carácter divulgativo. No somos un despacho de abogados y no asumimos la dirección letrada de reclamaciones. Para cualquier acción concreta, acude a un profesional colegiado.

Comentarios

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Marcos Tena · Martes, 17 Marzo 2015 | 10:58:00 AM · nº 3127
Hola familia en mi banco y por internet no me pone nada que me valla a bajar ya la hipoteca como dicen sigo pagando lo mismo hasta que me hagan la revisión, por favor si me pudieran informar de todo, gracias a todos...
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Oscar · Irun - Gipuzkoa · Lunes, 23 Dic. 2024 | 12:47:09 PM · resp. nº 3127
Yo tenía un irph + 1% y negocié con el banco. Me quitaron el 1%. Y me quedé con el irph.... Mal, pero es lo que hay....
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Marcos Tena · Martes, 17 Marzo 2015 | 10:39:21 AM · nº 3126
No entiendo lo del consejo de ministro lo que han aprobado alquien me lo podria explicar? yo compre el piso en septiembre del 2005 , me subira o me bajara me hacen la revisión siempre con el tipo de interes del mes de julio, tengo IRPH+0 , gracias!!!
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María · Torrevieja · Sábado, 21 Dic. 2024 | 06:07:57 AM · resp. nº 3126
yo tengo irph + 1.5
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FRANCISCO · Martes, 17 Marzo 2015 | 08:09:39 AM · nº 3125

el consejo de ministros ha aprobado la actualización para este año de los tipos de interés convenidos de las viviendas vpo pertenecientes a los planes estatales de vivienda 1996-1999, 2002-2005 y 2005-2008. en el plan más antiguo el interés sube pero en los dos últimos bajan, con lo que los propietarios pagarán menos por su hipoteca


con respecto a la anterior actualización, cuyo acuerdo se aprobó en consejo de ministros del 11 de abril, 2014, bajan los tipos de interés de los planes de vivienda 2002-2005 y 2005-2008, que se situaban respectivamente en el 2,97% y el 2,98%. ahora el plan 2002-2005 está en el 2,37% y el plan 2005-2008, en el 2,44%
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Alvaro · Laredo-Cantabria · Jueves, 19 Dic. 2024 | 10:21:53 AM · resp. nº 3125
Hola, por lo que he leído, si la sentencia tiene menos de 5 años puedes hacer algo. Infórmate. Saludos
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FRANCISCO · Martes, 17 Marzo 2015 | 08:05:54 AM · nº 3124
El viernes el consejo de ministros ya aprobó la revisión del interés de las VPO para este año 2.015.
El dato de febrero que saldrá el 20 de marzo ya no lo cogen para este años.
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Alvaro · Laredo-Cantabria · Jueves, 19 Dic. 2024 | 10:02:38 AM · resp. nº 3124
Os voy a decir como lo veo yo, un afectado más, la sentencia del tjue está muy clara y nos van a dar la razón, el problema va a venir con las consecuencias, ma explico, no entiendo a estos abogados del ICAB, ya he leído más noticias de que quieren que gobierno legisle y nos cambien por ley a euribor más uno, dicen que para que no se llenen los juzgados. Os recuerdo que si el contrato no puede subsistir sin la cláusula irph porque es nula hay dos opciones. La primera es resolver el contrato, cada uno devuelve lo prestado y en paz, el banco lo tendría que pagar con intereses, los afectados no, en mi caso, 160000 euros a 40 años, llevo 20, entre intereses y capital casi dejo la hipoteca pagada. Así que me interesaría y mucho. Solo en el caso en que está opción no venga bien al consumidor y en caso excepcional, el juez podría sustituir el irph por otro índice.
Me huele a que el gobierno, y el supremo van a legislar pasandonos a todos a irph +1, así el banco no pierde tanto, y los consumidores contentos que pillan algo de pasta.
Como va a ver gente como en mi caso que no estaremos de acuerdo en que me metan otro índice por ley, ya vereis como hay que volver a europa.

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FRANCISCO · Martes, 17 Marzo 2015 | 08:03:48 AM · nº 3123
El viernes el consejo de ministros ya aprobó la revisión del interés de las VPO para este año 2.015.
El dato de febrero que saldrá el 20 de marzo ya no lo cogen para este años.
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David · Barcelona · Martes, 17 Dic. 2024 | 11:16:48 PM · resp. nº 3123
"Jesús Sánchez y Francisco Javier Orduña plantean desde el ICAB/CICAC la supresión del IRPH y su sustitución por otro"....., QUE SIGAN PLANTEANDO TODO LOS QUE SE LES OCURRA, pero a nosotros, los afectados, que se nos aplique la jurisprudencia del TJUE, si nos ponemos así, porque no planteamos dejar de pagar las hipotecas y sustituir los pagos por rezos y oraciones.
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carmen · Lunes, 16 Marzo 2015 | 10:31:32 PM · nº 3122
Ojala y tengan compasion de nosotros
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Raúl · Madrid · Sábado, 14 Dic. 2024 | 02:10:36 PM · resp. nº 3122
Disculpa Ana, no te acabo de entender, entonces, según tu razonamiento, ¿el hecho de que te pusieran un diferencia negativo "pequeño" es lo que indica la falta de transparencia?. ¿Y que significa cuando lo que te puso el banco es iprh + diferencia positivo? ¿entonces sí sería transparente?.
Sobre la sentencia en sí, aunque no son malas noticias, sinceramente esperaba que esta vez e TJUE fuese menos ambiguo y más contundente para no dar opción a supremo a prevaricar como nos tienen acostumbrados.
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Pablo Valencia · Lunes, 16 Marzo 2015 | 01:19:13 PM · nº 3121
Creo q el dato de febrero será público el viernes dia 20.
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David · Barcelona · Viernes, 13 Dic. 2024 | 05:41:53 PM · resp. nº 3121
minuto 16:20 , Lo de anular la reforma de la ley de enjuiciamiento civil, ya que esta causaba conflicto con el caso Puigdemont, aunque perjudicase a miles de personas que tengan ejecución hipotecaria con clausula IRPH, es la manera como actuan estos políticos corruptos, todos los partidos, no se salva ninguno.
No olvidar cuando todos los partidos políticos se pusieron de acuerdo, para votar en el congreso a favor de que el gobierno se posicionara a favor de la banca en el juicio del IRPH, también hace poco se llevo a cabo en el congreso una petición (la cual no estoy muy informado) para eliminar las cuestiones prejudiciales.
Seguramente hay muchas casos mas que desconocemos y como no olvidar las promesas y fotos que se hicieron muchos cuando recién empezaban como políticos, con los afectados de clausulas abusivas.
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Pablo Valencia · Lunes, 16 Marzo 2015 | 01:17:31 PM · nº 3120
Este mes por debajo del 2% es materialmente imposible, como mucho cerrará al 2,3% y será con los meses de Diciembre, Enero y Febreo con los que recalcularás el % de nuestra hipoteca para los próximos 12 meses.
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 13 Dic. 2024 | 01:00:47 PM · resp. nº 3120
Aquí es donde trabaja Erauskin,abogados res,https://abogadosres.com/contacto/
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Marcos · Lunes, 16 Marzo 2015 | 10:08:54 AM · nº 3119
Hola queria saber el irph entidades se este mes y si puede ser que baje mas del 2???
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Ana abogada · Madrid · Viernes, 13 Dic. 2024 | 08:07:58 AM · resp. nº 3119
El hecho de que se refiera a la Circular 8/90 denota falta de transparencia. Yo esperaría a que el TS se pronuncie.
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francisco, de gerona · Domingo, 15 Marzo 2015 | 12:08:50 PM · nº 3118
Buenas a todos, tenía irph cajas hasta su desaparición junto con el de bancos y el ceca, deciros que en mi copia de hipoteca no salia reflejado que en el caso de desaparecer o no publicarse en el banco España, se me aplicaría el..(???), pues fui a pedirle al director una copia de la escritura original, donde se reflejara este apartado. El director me la proporcionó al cabo de unos diez días, y ¿¿¿Vuala!!! ponía que se me aplicara ..irph cajas que en caso de desaparecer pues sería el ceca, que en caso de que también desapareciera pues el EURIBOR, y leyendo mas, vi que el diferencial no afectaba, el mismo. Así que al cabo de 14 meses de haberme aplicado el IRPH Entidades, hice los pasos indicados a este procedimiento, primero hacer escrito reclamación al servicio atención al cliente, esperar su respuesta en 2 meses y si no te satisface, reclamar al banco España, pero seguro que no se llaga a este paso, si lo pone claro en escritura. Bien pues os diré que me han devuelto la demasía pagada y se me aplica el euribor+0,25. Ojo ver vuestras escrituras y hacer esto que indico si no pone que tienen que aplicar el irph Entidades, intuía que me hacían la cobra, pero no, no se van aprovechar de mi.
Responder
Ana · baleares · Viernes, 13 Dic. 2024 | 07:55:00 AM · resp. nº 3118
Cuando llegara al supremo?

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