¿Cuánto pagas de más con el IRPH?
Compara tu hipoteca referenciada al IRPH con la misma operación si el índice fuera el Euríbor. Introduce capital, plazo y diferenciales; la calculadora aplica el sistema francés y muestra cuotas, intereses y lo que pagarías de más (o de menos) mes a mes y al final del préstamo.
Qué mide esta calculadora
Muchas hipotecas en España se referenciaron al IRPH en lugar del Euríbor. Esta herramienta estima, con tus cifras, cuánto supone de más (o de menos) pagar el tipo IRPH + diferencial frente a un tipo Euríbor + diferencial sobre el mismo capital y el mismo plazo, usando el sistema de amortización francés.
No predice el futuro de los índices ni sustituye una oferta bancaria. Sirve para dimensionar el sobrecoste con los valores actuales (o los que tú indiques) y para preparar una conversación con el banco o con un profesional.
Cómo rellenar los datos
- Capital pendiente: lo que aún debes (extracto o app del banco).
- Plazo: años y meses que quedan (o convierte letras aquí).
- IRPH y Euríbor: vienen prellenados con el último dato de IRPH.es; cámbialos si quieres simular otro mes.
- Diferencial IRPH: el de tu escritura (a veces 0,25; a veces más).
- Diferencial Euríbor: el de una hipoteca Euríbor comparable o el que te cotizarían al cambiar de índice (suele ser más alto que el del IRPH).
El tipo aplicado es índice + diferencial. Ejemplo: IRPH 3,049 % + 0,25 % = 3,299 %.
Cómo interpretar el resultado
- Si la diferencia de cuota es positiva, con IRPH pagas más cada mes que en el escenario Euríbor.
- La cifra “en intereses en todo el plazo” asume que los tipos se mantienen (simulación estática). En la realidad los índices se revisan.
- Un diferencial Euríbor más alto puede compensar parte de la ventaja del Euríbor: prueba varios valores.
Para ver la evolución de los índices: IRPH comparado. Para la nueva cuota tras una revisión: simulador de revisión. Para adelantar capital: amortización parcial.
Aviso: simulación orientativa. No incluye comisiones, seguros ni productos vinculados. No constituye asesoramiento financiero ni jurídico. Verifica siempre tu escritura y la liquidación del banco.
Tras la nota de prensa sobre la sentencia del Tribunal Supremo en referencia a los 4 casos jugados de IRPH a la espera del quinto que versa sobre una Vivienda de Protección Oficial, se plantean numerosas preguntas y dudas sobre la interpretación final a falta de la sentencia completa.
¿Los afectados pueden o no reclamar?
Destacamos los aspectos clave: Según podemos leer, "En los cuatro recursos resueltos, siguiendo la jurisprudencia del TJUE, ha apreciado falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del índice en los dos años anteriores".
Es decir, se reconoce en todos esos casos que existe falta de transparencia.
Sin embargo, el párrafo posterior indica que "no existe abusividad siguiendo la jurisprudencia anterior del TJUE".
La preguntas que se plantean son varias:
1- ¿La falta de transparencia implica necesariamente abusividad?
2- ¿A qué se refiere el Tribunal Supremo cuando dice que no existe abusividad siguiendo la doctrina del TJUE? ¿A la abusividad del índice en sí mismo, o a que la falta de transparencia no implica abusividad?
Sea como fuere, ¿ha sido falta de transparencia suficiente para declarar los cuatro contratos nulos (distinto de abusivos)?
Estas preguntas no se pueden contestar hasta disponer de la sentencia completa y conocer los fallos.
Pront actualizaremos la información aquí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/sentencia-irph.html#sentenciasupremoirph
Podéis consultar a los abogados de Reclama Por Mí lo que queráis.