Cómo ahorrar: destina una parte de tus ingresos al ahorro a principio de mes
Para ahorrar debes de hacer un plan reflexivo de ahorro. Debes calcular cuanto de tus ingresos debes de destinar realmente a gastos necesarios y de lo que te reste, destina una parte a ahorros y apártala al principio de mes.
Muchas personas no pueden ahorrar, porque los gastos se llevan todos sus ingresos. Para ello es fundamental poner en marcha un plan de ahorro reflexivo, basado principalmente en reducir los gastos superfluos, no comprar por comprar, sino comprar solo aquello que realmente necesitemos.
Debemos de realizar un estudio de todos los gastos necesarios e inevitables que debemos abordar cada mes y una vez sepamos realmente los gastos que tenemos que afrontar, realizaremos una diferencia entre gastos e ingresos.
Una parte de esa diferencia, la que nosotros nos establezcamos como objetivo, deberemos destinarla al ahorro.
Y ¿cuándo es mejor apartar esa cantidad de dinero del resto del dinero dispuesto para gastos?
Al principio de mes o cuando nos ingresen la nómina. Si lo retiremos al principio, sabemos que esa parte ya no podremos utilizarla. Muchas veces agotamos todos nuestros ingresos porque sabemos que pronto llegará el cobro del siguiente mes.
Si esa parte que nos hemos fijado como objetivo de ahorro, la retiramos al principio, nos evitaremos la tendencia psicológica que nos lleva a agotar todo lo que aparece en nuestra cuenta antes de recibir la siguiente nómina.
Aunque agotemos nuestra cuenta, afortunadamente no gastaremos lo que nos habíamos propuesto ahorrar, porque lo habíamos retirado, a principio de mes, cuando disponíamos de todo lo ingresado.
Debes de separar lo dispuesto al ahorro del resto de la cantidad de dinero destinada a gastar. Puedes sacar ese dinero de la cuenta y ponerla en otra cuenta de ahorros, o guardártelo en casa donde quieras, en un bote, en una caja fuerte... donde quieras... pero debe de estar separada del resto y además esta separación debes de hacerla en los primeros momentos en los que recibes el nuevo ingreso o nómina.
Muchas cuentas bancarias te permiten hacer huchas virtuales. En dichas huchas virtuales, tendrás tu dinero y no estará con el resto. También puedes abrir cuentas de ahorro que te pueden dar algún tipo de interés mientras ahorras. Ten el dinero de los ahorros donde quieras, pero lo importante es que lo separes del dinero destinado para gastos.
"Es importante que conozca que:
Con efectos desde el 1 de noviembre de 2013 el Banco de España dejó de publicar los siguientes índices oficiales aplicables a los préstamos o créditos hipotecarios de conformidad con la legislación vigente:
a) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos. IRPH Bancos
b) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorros. IRPH Cajas
c) Tipo activo de referencia de las cajas de ahorros. CECA.
Las referencias a los tipos previstos en el apartado anterior serán sustituidas, con efectos desde la siguiente revisión de los tipos aplicables, por el tipo o índice de referencia sustitutivo previsto en el contrato.
En el caso de que no exista un tipo sustitutivo en el contrato, o en caso de que este fuera alguno de los índices o tipos que desaparecen, la sustitución se realizará por el tipo de interés oficial denominado «tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España», aplicándole un diferencial equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que desaparece y el citado anteriormente, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en la que efectivamente se produce la sustitución del tipo.
Tanto el cliente bancario como la entidad carecerán de acción para reclamar la modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito como contrapartida de la aplicación de lo dispuesto en esta Disposición:
Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores desaparición de índices o tipos de interés de referencia.
y un enlace.
.bde.es/ clientebanca /es/ areas/ Tipos_de_Interes / Tipos_de_interes / Oficiales_para_p/ Tipos_referencia/
QUE NO NOS ENGAÑEN MAS!!!