Cómo ahorrar: destina una parte de tus ingresos al ahorro a principio de mes
Para ahorrar debes de hacer un plan reflexivo de ahorro. Debes calcular cuanto de tus ingresos debes de destinar realmente a gastos necesarios y de lo que te reste, destina una parte a ahorros y apártala al principio de mes.
Muchas personas no pueden ahorrar, porque los gastos se llevan todos sus ingresos. Para ello es fundamental poner en marcha un plan de ahorro reflexivo, basado principalmente en reducir los gastos superfluos, no comprar por comprar, sino comprar solo aquello que realmente necesitemos.
Debemos de realizar un estudio de todos los gastos necesarios e inevitables que debemos abordar cada mes y una vez sepamos realmente los gastos que tenemos que afrontar, realizaremos una diferencia entre gastos e ingresos.
Una parte de esa diferencia, la que nosotros nos establezcamos como objetivo, deberemos destinarla al ahorro.
Y ¿cuándo es mejor apartar esa cantidad de dinero del resto del dinero dispuesto para gastos?
Al principio de mes o cuando nos ingresen la nómina. Si lo retiremos al principio, sabemos que esa parte ya no podremos utilizarla. Muchas veces agotamos todos nuestros ingresos porque sabemos que pronto llegará el cobro del siguiente mes.
Si esa parte que nos hemos fijado como objetivo de ahorro, la retiramos al principio, nos evitaremos la tendencia psicológica que nos lleva a agotar todo lo que aparece en nuestra cuenta antes de recibir la siguiente nómina.
Aunque agotemos nuestra cuenta, afortunadamente no gastaremos lo que nos habíamos propuesto ahorrar, porque lo habíamos retirado, a principio de mes, cuando disponíamos de todo lo ingresado.
Debes de separar lo dispuesto al ahorro del resto de la cantidad de dinero destinada a gastar. Puedes sacar ese dinero de la cuenta y ponerla en otra cuenta de ahorros, o guardártelo en casa donde quieras, en un bote, en una caja fuerte... donde quieras... pero debe de estar separada del resto y además esta separación debes de hacerla en los primeros momentos en los que recibes el nuevo ingreso o nómina.
Muchas cuentas bancarias te permiten hacer huchas virtuales. En dichas huchas virtuales, tendrás tu dinero y no estará con el resto. También puedes abrir cuentas de ahorro que te pueden dar algún tipo de interés mientras ahorras. Ten el dinero de los ahorros donde quieras, pero lo importante es que lo separes del dinero destinado para gastos.
Uno de ellos era mandar a este enlace: https://europa.eu/european-union/contact/write-to-us_es el siguiente texto:
Me dirijo a Uds. como ciudadano de un país miembro de la U.E. con el ruego de que me informen como controlan el T.J.U.E. y los órganos encargados de velar por el cumplimiento de las normas, directrices y sentencias que emanan de su Órgano jurisdiccional por parte de los diferentes Estados y, en particular España y el Tribunal Supremo español.
Les remito la presente solicitud ante la postura adoptada por el Tribunal Supremo en España tras la doctrina dictada por el TJUE en el Asunto C-125/18 que versa sobre la abusividad y, en su efecto, nulidad radical de las cláusulas incluidas en los Contratos de Préstamos Hipotecarios suscritos entre entidades financieras de España y sus ciudadanos, que vinculan la revisión de las cuotas a abonar por los usuarios tomando como índice de referencia el "IRPH". Dicha postura se ha puesto de manifiesto en 4 sentencias dictadas recientemente por el Tribunal Supremo español ("Sentencias 595, 596, 597 y 598/2020", de 12 de noviembre) que, vulnerando la doctrina emanada por el TJUE, no declaran el carácter abusivo de dichas cláusulas, realizando una interpretación forzada y perjudicial para los consumidores (y en manifiesto beneficio de las entidades financieras), y en dirección totalmente opuesta a la doctrina emanada de la mencionada sentencia dictada en el asunto C 125/18.
Sobre esta premisa, quien comparece SOLICITA ser informado acerca de :
1⁰-¿Cómo controla el TJUE la correcta aplicación de dicha resolución por los Estados Miembros? En nuestro caso España y la jurisdicción española. En este caso particular, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo Español.
2º- En caso de no respetarse las resoluciones dictaminadas, ¿Qué tipo de acción se piensan adoptar por parte de la UE o qué consecuencias puede tener no respetar las consignas aclaradas en dicha sentencia?
3⁰- ¿Existe algún órgano interno Europeo de control que actúe de oficio para la defensa de los intereses de los consumidores, y para la defensa y correcta aplicación de estas sentencias tras su dictamen?
Quiero manifestar mi malestar como consumidor, ciudadano y perjudicado de la incorrecta aplicación del derecho comunitario realizada sobre estas sentencias del Tribunal Supremo Español, y rogaría se pusieran en acción los mecanismos pertinentes de control existentes para corregir, sancionar, y encauzar las sentencias dentro del marco legal Europeo, ya que dentro de la legislación Española no disponemos de GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DEL TJUE NI DE LA NORMATIVA 93/13 CE
Como ciudadano rogaría que, en caso de que consideren pertinentes la puesta en acción de estos mecanismos, muy por favor se haga por la vía de urgencia. Hay más de un millón de familias españolas que se han visto perjudicadas por este abuso bancario sentenciado en el asunto acumulado C-125/18. Destacar que una gran parte de estas familias son económicamente vulnerables, y compraron su vivienda de protección oficial (Vivienda protegida, VPO).