IRPH

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Si el Euríbor muestra una tendencia alcista y hay fuertes rumores y evidencias de que el BCE va a subir los tipos de interés, puede darse fácilmente interés por parte de los ciudadanos de cambiar su hipoteca variable a fija.

Cambiar hipoteca variable a fija

El Euríbor se puede mostrar amenazante para las personas y familias que tienen una hipoteca a interés variable, sobre todo cuando el índice muestra una tendencia alcista y muy especialmente cuando hay rumores, indicios claros o advertencias implícitas o explicitas de que se avecina una próxima o próximas subidas de tipos de interés por parte del Banco Central Europeo (BCE).

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Cuando el Euribor se muestra una tendencia claramente o fuertemente alcista perjudica a los consumidores con hipoteca a interés variable, ya que en la próxima revisión su hipoteca puede encarecerse, si el valor del índice está por encima del valor que tenía en la anterior revisión.

Esto ocurre con las hipotecas vinculadas al Euribor como las hipotecas vinculadas al IRPH, ya que en la fórmula de cálculo del valor del IRPH, se encuentra el valor del Euríbor.

El BCE puede subir los tipos de interés cuando se da una inflación superior al 2%

El BCE siempre busca la estabilidad financiera en el área euro, es decir en toda la zona que se ha adoptado el euro como moneda oficial, y esta estabilidad se caracteriza muy fundamentalmente porque la inflación o el encarecimiento de los precios se sitúe cercano, pero por debajo del 2%.

Cuando este límite del 2% es sobrepasado, entonces es mucho más probable que se adopte la medida de encarecer el dinero, es decir, de subir los tipos de interés.

Con la subida de tipos se incentiva el ahorro, porque el dinero vale más y los bancos pagan más intereses por los depósitos, a la inversa, los préstamos para las familias y las empresas también resultan más caros.

De esta manera, se incentiva el ahorro y se desmotiva el consumo y las empresas se ven obligadas a bajar los precios de sus productos para que estos se compren con mayor facilidad, y así baja la inflación, es decir el precio de la cesta de la compra, que también se llama el IPC, o el Índice de Precios al Consumo, que no es otra cosa, que un valor numérico que refleja las variaciones que experimentan los precios en un período determinado.

Ante el Euríbor amenazante, los consumidores con hipoteca a tipo variable empiezan a sentirse atraídos por la hipoteca fija y buscan información de cómo cambiar su hipoteca variable a hipoteca fija.

Las hipotecas fijas dan a los hipotecados la tranquilidad de que, durante toda la vida del préstamo, si no se varían las condiciones voluntariamente por parte del cliente, la cuota siempre será la misma, independientemente de si el Euribor suba o baja.

Lo que ocurre es que la banca, en cierta medida, quiere que pagues por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija, y sitúa su precio siempre por encima de una hipoteca variable.

Decimos, en cierta medida, quiere que pagues más por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija por la variable, ya que el banco no la pone más cara pensando en que debes pagar por esa tranquilidad, sino que lo hace simplemente porque las entidades financieras siguen la máxima de que “la banca siempre gana”.

La banca oferta las hipotecas fijas más caras que las hipotecas variables, porque con las hipotecas fijas quiere ganar ya de entrada dinero, pensando en las hipotecas variables como una inversión de futuro, es decir, ahora me pagas menos, pero como el Euribor algún día empezará a subir, ya me pagarás más, más adelante.

Así que el banco donde tengas tu hipoteca no te va a ofrecer muchas facilidades si quieres cambiar una hipoteca variable por una hipoteca fija, pero posibilidades de hacerlo, existen, sino es por novación, por subrogación o a través de la contratación de una nueva hipoteca.

Maneras de cambiar de hipoteca variable a hipoteca fija

Concretamente hay varias formas o caminos para cambiar la hipoteca variable por hipoteca fija y te los vamos a explicar a continuación:

Podemos cambiar de hipoteca variable a fija por el procedimiento de novación o de subrogación.

La novación consiste en el cambio de condiciones de la hipoteca con la misma entidad con la que ya la tenemos.

La subrogación implica que la hipoteca pasa a otra entidad financiera.

La novación es menos costosa que la subrogación, y además de cambiar las condiciones, como el cambio de tipo variable a fijo, o reducir el diferencial del tipo variable, también permite hacer una ampliación de capital y añadir deudores.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por novación

Los gastos de la novación son:

- la comisión por la novación: entre el 0% y el 1% del capital pendiente

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): este impuesto solo se paga si la novación implica una ampliación de capital, es decir, que el banco te preste más dinero y generalmente es un 0,5% del nuevo capital concedido.

El inconveniente de la novación es que el banco puede no aceptar y entonces el cliente tiene que olvidarse de la novación e ir a por la subrogación, es decir, cambiar las condiciones de la hipoteca al pasarla a otra entidad.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por subrogación

La subrogación para cambiar de tipo variable a fijo lleva mayores gastos:

- la tasación, que suelen estar entre 250 y 350 euros.

- la comisión de subrogación, es decir, la comisión que obtendrá el banco al dejar de tener nuestra hipoteca, que suele ser entre el 0% y el 2% de la deuda hipotecaria. Por ley, se señala que, si la subrogación se produce en los primeros 5 años, esta comisión suba hasta el 0,50% del capital adeudado. Si la subrogación es posterior a estos 5 años, esta comisión ascenderá al 0,25% del capital pendiente.

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

En la subrogación no se paga el IAJD.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija contratando una nueva hipoteca

Existe otra posibilidad, que no es ni la novación, ni el traspaso de la hipoteca a otro banco, es decir la subrogación, que sería la de contratar una hipoteca nueva con otra entidad financiera y con ese dinero pagar la hipoteca anterior.

Esta opción es la que más gastos acarrea, pero puede ser interesante si mejoramos lo suficiente el tipo de interés de la nueva hipoteca frente a la antigua, para que compense.

También tenemos que tener presente que el cambio de hipoteca fija a variable va a suponer además de algunos gastos, como hemos visto, también un riesgo, es decir, puede que nos salga bien el cambio, si el Euribor sube lo suficiente en el futuro como para haber ganado con respecto a la hipoteca variable anterior, pero nadie puede asegurarnos de antemano, si el Euribor subirá tanto, como para que compense finalmente el cambio, ya sea mediante novación, subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Otra opción interesante si disponemos de ahorros

Como hemos visto, cambiar de hipoteca variable a fija, implica unos gastos, no muy grandes, pero gastos al fin y al cabo y tampoco sabemos con total seguridad si resultará beneficioso el cambio.

También puede darse el caso de que nuestros intentos por cambiar de hipoteca variable a fija< sean infructuosos, porque nuestro banco no quiera, y porque tampoco consigamos opciones mediante la subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Ante estas situaciones, existe la posibilidad de que con el dinero que nos íbamos a gastar con los gastos del cambio de la hipoteca, y si puede ser, añadiendo un poco más de dinero si tenemos ahorros que sepamos que no vamos a necesitar, realicemos una amortización parcial anticipada de la hipoteca.<

Podemos optar por reducir cuota<, así podremos después afrontar mejor una posible subida de la cuota por el ascenso del Euríbor, o reducir plazo. Con la reducción de plazo siempre ahorramos más, aunque si reducimos cuota, también podremos ahorrar más cada mes, para poder hacer más pronto otra amortización parcial de la hipoteca.

Disponemos de esta calculadora para hacer simulaciones de amortizaciones parciales de la hipoteca y así comprobar cuanto nos ahorraremos de cuota o de plazo, con una aportación extraordinaria de dinero al banco, que se restará a nuestra deuda hipotecaria.

Comentarios

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Antonio Dominguez · Bollullos del condado _ Huelva · Jueves, 16 Julio 2020 | 05:20:12 PM · nº 6126
Buenas tardes, después de la sentencia del TSEU, sobre gastos hipotecarios,quisiera saber que gastos son posibles reclamar al banco y llegar a un acuerdo,antes de poner demanda judicial.
Y si hay elaborado algún documento que se pueda utilizar.
Espero la colaboración del foro
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Alfredo · las rozas, madrid · Jueves, 16 Julio 2020 | 10:39:18 AM · nº 6125
Yo tambien estoy pillado por el IRPH. Me gustaría hacer la siguiente observación que demuestra como los bancos y caja actuaron de mala fe para engañar al cliente.
Yo nunca he visto ningún anuncio, ninguna publicidad, sobre el IRPH por parte de ninguna entidad financiera.
Cómo una caja/banco puede colocar un producto sobre el que nunca ha hecho un anuncio o una oferta?? Todos los anuncios o publicidad sobre hipotecas (en tv, periódicos, internet, oficinas..) eran y son a tipo fijo o EURIBOR+diferencial.
Por tanto, porqué los jueces no tienen en cuenta esta observación??
Gracias, Alfredo.
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Desprotegido · Cala Ratjada · Jueves, 16 Julio 2020 | 10:15:59 AM · nº 6124
El TJUE fija que la banca debe devolver todos los gastos hipotecarios si hay cláusula abusiva
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Mercedes · Málaga · Jueves, 16 Julio 2020 | 01:56:45 PM · resp. nº 2240
Y si el tribunal Supremo dice que no hay abuso y le da la razón al banco. Cuánto sería el coste para nosotros? Gracias
Desprotegido · Cala Ratjada · Sábado, 18 Julio 2020 | 01:12:00 PM · resp. nº 2245
Mercedes, El Tribunal Supremo, por optó por repartir esos gastos.

¿Qué gastos me tienen que devolver?

Todos los que afectan a la apertura o cancelación de una hipoteca, como los gastos de notaría, registrador, gestoría, registrales, impuestos... Sólo hay una excepción, que es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Este queda excluido porque "no hay ninguna norma que establezca la distribución de estos gastos hasta la Ley Hipotecaria del año pasado.
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Eduardo · Manzanares el Real · Jueves, 16 Julio 2020 | 07:27:45 AM · nº 6123
Ya es hora de que estos individuos anacrónicos abandonen la Justicia española, sus instituciones y poltronas, pasando a ocupar el lugar que les corresponde. Y no diré cuál es que a tanto no me atrevo. Pero a los españoles nos sobran unos personajes que parecen sacados de las páginas de Galdós, ni nos los merecemos ni podremos progresar con ellos. Y la Banca debiera cambiar de socios para que no le sigan creciendo los enanos, con un consumidor antes pollo sumiso y resignado con el que hacer caldo y ahora gallo respondón y combativo.
https://www.aquimicasa.net/blog/opinion/la-justicia-espanola-vive-en-un-mundo-interesado-de-punetas-y-soberbia/
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Kika · Valencia · Miércoles, 15 Julio 2020 | 01:22:25 PM · nº 6122
¿Qué puede costarme recurrir al Supremo y si pierdo a cuánto podría ascender la condena en costas?Es que aún no doy crédito a la sentencia de la Audiencia provincial de Valencia, me parece una tomadura de pelo, de verdad.
Gracias
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Mercedes · Málaga · Miércoles, 15 Julio 2020 | 06:24:46 PM · resp. nº 2238
Kika yo estoy igual. En primera instancia gané en Marbella y luego en la audiencia de Malaga ganó el banco.
Si te contestan con el precio de lo que cuesta el Supremo y las costas en caso de perder te agradecería me lo dijeses. Muchas gracias
Jose · Vícar Almeria · Jueves, 16 Julio 2020 | 07:25:53 AM · resp. nº 2239
Hola a todos,Kika no te desanimes creo que deberías llegar hasta el final. Europa nos ha dado la razón. En España a mi entender no están cumpliendo las directrices y matices que la Justicia Europea ha dictaminado a tener en cuenta en cuanto a las hipotecas IRPH. Mucho animo.
Kika · Valencia · Viernes, 17 Julio 2020 | 01:35:02 PM · resp. nº 2241
Pues mi abogado me dice que las costas de perder en el Supremo pueden pasar los 6.000 € y que él no me lo aconseja, pero me cuesta mucho resignarme a acatar con esta sentencia tan injusta. Y no quiero pensar si después Europa por fin lo declara nulo y ya no pueda reclamarlo por causa juzgada, puesto que estamos hablando de una cantidad importante de dinero.

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sonia · sant cugat · Miércoles, 15 Julio 2020 | 12:03:38 PM · nº 6121
Pues ya está la sentencia.... y como no en BArcelona me la han vuelto a tirar para atrás.... ahora a plantearte si merece la pena continuar o no, hacer esfuerzo infrahumano para poder pagar ir al Supremo. es una vergüenza que en este mismo tema dependiendo de en ciudad estes, salgan sentencias a favor o no. En Barcelona el 99% son a favor de la banca. ¿si en lugar de ser en Barcelona hubiera sido en otra comunidad? habría conseguido ganar. ES INJUSTO
que pena que con todos los esfuerzo que hacemos para pagar la hipoteca e intentar luchar por lo nuestro nos tengamos que ver así.... en la miseria por culpa de los jueces que están manipulados por la banca
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Kika · Valencia · Miércoles, 15 Julio 2020 | 01:27:44 PM · resp. nº 2237
Totalmente de acuerdo Sonia, yo estoy igual de indignada, no entiendo por qué no se aplican las leyes y se pasan todo por el arco del triunfo.
Está claro que la justicia no es igual para todos y que la banca tiene mucho poder.
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Kika · Valencia · Miércoles, 15 Julio 2020 | 12:02:04 PM · nº 6120
Otra pregunta a ver si alguien me puede ayudar, ¿a quién le corresponde calcular las cantidades a devolver por el banco después de saber que nos cambian el irph cajas o entidades? ¿O quién puede calcularla? Le corresponde a mi abogado? Porque evidentemente del banco ya no me fío.
Gracias
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Kika · Valencia · Miércoles, 15 Julio 2020 | 12:04:26 PM · resp. nº 2236
Perdón quería decir que nos cambian el irph cajas por el entidades y nos quitan el diferencial.
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Kika · Valencia · Martes, 14 Julio 2020 | 01:47:00 PM · nº 6119
Hola buenas, soy de Valencia y mi abogado acaba de darme la sentencia después de haber llegado a la Audiencia Provincial. Perdimos en 1 Instancia y recurrimos.
Ahora se supone hemos ganado jeje porque antes teníamos el Irph Cajas y ahora nos aplican el Irph entidades, que ya previamente nos habían sustituido al desaparecer el cajas.
La única diferencia es que nos quitan el diferencial y nos tendrán que abonar la ridícula diferencia que haya entre un índice y el otro y los intereses que eso haya generado(llevamos 6 años peleando con esto).
Así que como veis siempre gana la Banca. Pero hay que seguir luchando.
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OLMO · Soria · Lunes, 13 Julio 2020 | 11:28:03 PM · nº 6118
Exacto Zahori de Sabadell. Estoy esperando la notificación del recurso de apelación del banco, pero imagino que la sentencia se la notificaron la misma fecha que a mí (21 de Abril) por lo tanto ya tendría que tener noticias. A no ser que con esto del COVID tengan más plazo. Haber si algún abogado me aclara lo de los plazos.
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Olmo · soria · Sábado, 11 Julio 2020 | 08:58:57 PM · nº 6117
Haber si hay alguien que me saque de dudas, debido al parón judicial por el COVID no sé hasta cuando se puede presentar recurso de apelación. la sentencia me la notificaron el dia 21 de abril. Creo que son 20 dias a partir de la notificación, pero como los procesos han estado parados no me aclaro. Mi abogada me dijo que empezaba a contar desde el dia 5 de junio. la sentencia , como ya os dije es favorable a mi. Gracias
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HERNANDEZ E, P.Rafa · LLEIDA - LLEIDA · Lunes, 13 Julio 2020 | 05:09:17 PM · resp. nº 2233
Pues ya vas tarde Olmo. Si empieza a contar el 5 de Junio y tienes 20 días, se me da como que haces tarde.
Manuel Jesús · San Agustín del Guadalix-Madrid · Lunes, 13 Julio 2020 | 05:45:02 PM · resp. nº 2234
Tengo entendido que recurre quien pierde. Y ese no es tu caso.
Zahori · Sabadell-Barcelona · Lunes, 13 Julio 2020 | 05:55:00 PM · resp. nº 2235
Lo que entiendo es por si la entidad financiera va a recurrirla. Y son, como dice Olmo, 20 días (hábiles supongo). Imagino que si ha ganado en primera instancia, casi seguro que apelará la entidad financiera pero si es de la audiencia provincial puede que no. Si es en primera instancia no creo que tardes en recibir dicha notificación de apelación. De ahí la preocupación por si pasados esos 20 días sentaba en sentencia firme. Eso entiendo yo.

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