IRPH

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Si el Euríbor muestra una tendencia alcista y hay fuertes rumores y evidencias de que el BCE va a subir los tipos de interés, puede darse fácilmente interés por parte de los ciudadanos de cambiar su hipoteca variable a fija.

Cambiar hipoteca variable a fija

El Euríbor se puede mostrar amenazante para las personas y familias que tienen una hipoteca a interés variable, sobre todo cuando el índice muestra una tendencia alcista y muy especialmente cuando hay rumores, indicios claros o advertencias implícitas o explicitas de que se avecina una próxima o próximas subidas de tipos de interés por parte del Banco Central Europeo (BCE).

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Cuando el Euribor se muestra una tendencia claramente o fuertemente alcista perjudica a los consumidores con hipoteca a interés variable, ya que en la próxima revisión su hipoteca puede encarecerse, si el valor del índice está por encima del valor que tenía en la anterior revisión.

Esto ocurre con las hipotecas vinculadas al Euribor como las hipotecas vinculadas al IRPH, ya que en la fórmula de cálculo del valor del IRPH, se encuentra el valor del Euríbor.

El BCE puede subir los tipos de interés cuando se da una inflación superior al 2%

El BCE siempre busca la estabilidad financiera en el área euro, es decir en toda la zona que se ha adoptado el euro como moneda oficial, y esta estabilidad se caracteriza muy fundamentalmente porque la inflación o el encarecimiento de los precios se sitúe cercano, pero por debajo del 2%.

Cuando este límite del 2% es sobrepasado, entonces es mucho más probable que se adopte la medida de encarecer el dinero, es decir, de subir los tipos de interés.

Con la subida de tipos se incentiva el ahorro, porque el dinero vale más y los bancos pagan más intereses por los depósitos, a la inversa, los préstamos para las familias y las empresas también resultan más caros.

De esta manera, se incentiva el ahorro y se desmotiva el consumo y las empresas se ven obligadas a bajar los precios de sus productos para que estos se compren con mayor facilidad, y así baja la inflación, es decir el precio de la cesta de la compra, que también se llama el IPC, o el Índice de Precios al Consumo, que no es otra cosa, que un valor numérico que refleja las variaciones que experimentan los precios en un período determinado.

Ante el Euríbor amenazante, los consumidores con hipoteca a tipo variable empiezan a sentirse atraídos por la hipoteca fija y buscan información de cómo cambiar su hipoteca variable a hipoteca fija.

Las hipotecas fijas dan a los hipotecados la tranquilidad de que, durante toda la vida del préstamo, si no se varían las condiciones voluntariamente por parte del cliente, la cuota siempre será la misma, independientemente de si el Euribor suba o baja.

Lo que ocurre es que la banca, en cierta medida, quiere que pagues por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija, y sitúa su precio siempre por encima de una hipoteca variable.

Decimos, en cierta medida, quiere que pagues más por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija por la variable, ya que el banco no la pone más cara pensando en que debes pagar por esa tranquilidad, sino que lo hace simplemente porque las entidades financieras siguen la máxima de que “la banca siempre gana”.

La banca oferta las hipotecas fijas más caras que las hipotecas variables, porque con las hipotecas fijas quiere ganar ya de entrada dinero, pensando en las hipotecas variables como una inversión de futuro, es decir, ahora me pagas menos, pero como el Euribor algún día empezará a subir, ya me pagarás más, más adelante.

Así que el banco donde tengas tu hipoteca no te va a ofrecer muchas facilidades si quieres cambiar una hipoteca variable por una hipoteca fija, pero posibilidades de hacerlo, existen, sino es por novación, por subrogación o a través de la contratación de una nueva hipoteca.

Maneras de cambiar de hipoteca variable a hipoteca fija

Concretamente hay varias formas o caminos para cambiar la hipoteca variable por hipoteca fija y te los vamos a explicar a continuación:

Podemos cambiar de hipoteca variable a fija por el procedimiento de novación o de subrogación.

La novación consiste en el cambio de condiciones de la hipoteca con la misma entidad con la que ya la tenemos.

La subrogación implica que la hipoteca pasa a otra entidad financiera.

La novación es menos costosa que la subrogación, y además de cambiar las condiciones, como el cambio de tipo variable a fijo, o reducir el diferencial del tipo variable, también permite hacer una ampliación de capital y añadir deudores.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por novación

Los gastos de la novación son:

- la comisión por la novación: entre el 0% y el 1% del capital pendiente

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): este impuesto solo se paga si la novación implica una ampliación de capital, es decir, que el banco te preste más dinero y generalmente es un 0,5% del nuevo capital concedido.

El inconveniente de la novación es que el banco puede no aceptar y entonces el cliente tiene que olvidarse de la novación e ir a por la subrogación, es decir, cambiar las condiciones de la hipoteca al pasarla a otra entidad.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por subrogación

La subrogación para cambiar de tipo variable a fijo lleva mayores gastos:

- la tasación, que suelen estar entre 250 y 350 euros.

- la comisión de subrogación, es decir, la comisión que obtendrá el banco al dejar de tener nuestra hipoteca, que suele ser entre el 0% y el 2% de la deuda hipotecaria. Por ley, se señala que, si la subrogación se produce en los primeros 5 años, esta comisión suba hasta el 0,50% del capital adeudado. Si la subrogación es posterior a estos 5 años, esta comisión ascenderá al 0,25% del capital pendiente.

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

En la subrogación no se paga el IAJD.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija contratando una nueva hipoteca

Existe otra posibilidad, que no es ni la novación, ni el traspaso de la hipoteca a otro banco, es decir la subrogación, que sería la de contratar una hipoteca nueva con otra entidad financiera y con ese dinero pagar la hipoteca anterior.

Esta opción es la que más gastos acarrea, pero puede ser interesante si mejoramos lo suficiente el tipo de interés de la nueva hipoteca frente a la antigua, para que compense.

También tenemos que tener presente que el cambio de hipoteca fija a variable va a suponer además de algunos gastos, como hemos visto, también un riesgo, es decir, puede que nos salga bien el cambio, si el Euribor sube lo suficiente en el futuro como para haber ganado con respecto a la hipoteca variable anterior, pero nadie puede asegurarnos de antemano, si el Euribor subirá tanto, como para que compense finalmente el cambio, ya sea mediante novación, subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Otra opción interesante si disponemos de ahorros

Como hemos visto, cambiar de hipoteca variable a fija, implica unos gastos, no muy grandes, pero gastos al fin y al cabo y tampoco sabemos con total seguridad si resultará beneficioso el cambio.

También puede darse el caso de que nuestros intentos por cambiar de hipoteca variable a fija< sean infructuosos, porque nuestro banco no quiera, y porque tampoco consigamos opciones mediante la subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Ante estas situaciones, existe la posibilidad de que con el dinero que nos íbamos a gastar con los gastos del cambio de la hipoteca, y si puede ser, añadiendo un poco más de dinero si tenemos ahorros que sepamos que no vamos a necesitar, realicemos una amortización parcial anticipada de la hipoteca.<

Podemos optar por reducir cuota<, así podremos después afrontar mejor una posible subida de la cuota por el ascenso del Euríbor, o reducir plazo. Con la reducción de plazo siempre ahorramos más, aunque si reducimos cuota, también podremos ahorrar más cada mes, para poder hacer más pronto otra amortización parcial de la hipoteca.

Disponemos de esta calculadora para hacer simulaciones de amortizaciones parciales de la hipoteca y así comprobar cuanto nos ahorraremos de cuota o de plazo, con una aportación extraordinaria de dinero al banco, que se restará a nuestra deuda hipotecaria.

Comentarios

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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 06 Abril 2020 | 04:54:23 PM · nº 5949
Desde Reclama Por Mí hemos detectado que muchos afectados han recibido tanto antes de la Sentencia del TJUE como posteriormente, una propuesta del banco a cambio de que renuncien a reclamar ante los tribunales en un futuro.
Por ejemplo, al afectado se le ofrece la oportunidad de cambiar su hipoteca referenciada al IRPH al Euribor más un diferencial. Este supuesto implica una bajada mínima de la cuota de hipoteca que realmente no compensa al afectado, además de perder la opción de reclamar todas las cantidades pagadas de más ya sea en comparación con el Euribor o incluso declarando el índice nulo. Es decir, puede dejar de recuperar entre 20.000 euros y 70.000 euros dependiendo de la decisión del juez.



Antes de aceptar uno de los acuerdos, consulte con un abogado especialista: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/
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Antonio Dominguez · Bollullos del Condado_ Huelva · Lunes, 06 Abril 2020 | 07:11:51 PM · resp. nº 2110
Ese es el problema que queda a la decision del juez y hay jueces que ya sabemos con quien van, asi como que habra sentencias distintas de casos identicos, por lo tanto creo y espero que el Tribunal Supremo y el gobierno se pronuncien de alguna manera y cree jurisprudencia y se obligue a la banca a resolver las reclamaciones de los afectados de manera extrajudicial, porque sino esto no acabara nunca entre recursos de unos y de otros,
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javi · zaragoza · Domingo, 05 Abril 2020 | 03:26:49 PM · nº 5948
Nuevo interes VPO:

Tipo de interés anterior revisado
Programa 1996 (Plan 1996-1999) 2,50% 2,50%
Plan 1998-2001 1,91% 1,91%
Plan 2002-2005 1,86% 1,67%
Plan 2005-2008 1,86% 1,66%

fuente:

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/paginas/2020/refc20200331.aspx#Viviendas
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Julio · Zaragoza · Domingo, 05 Abril 2020 | 05:55:47 PM · resp. nº 2107
Gracias.
Oscar · Palencia · Lunes, 06 Abril 2020 | 10:35:10 AM · resp. nº 2109
Vamos que el gobierno se pasa por el forro lo que ha dicho el TJUE, sigue aplicando el tipo de interés sobre el IRPH entidades...
De verdad que no se puede hacer nada cuando un estado miembro aplica algo que el TJUE ha dicho que no se aplicó correctamente??
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Miguel. Ángel · Oliva (Valencia) · Domingo, 05 Abril 2020 | 07:42:09 AM · nº 5946
Buenos días, en primer lugar deseo de corazón que el covid-19 se mantenga alejado de vuestras vidas y la de vuestros allegados y seres queridos.

Soy afectado del IRPH desde octubre de 2005 y tras la sentencia del TJUE pensaba que iba a ser más fácil, lo cierto es que sigo igual de perdido.

Jamás he reclamado nada a mi entidad bancaria, antes CAM y después Banco Sabadell (la compró), pero creo ha llegado la hora de decir basta, a mi nadie me explico nada de nada, ni siquiera me aparece nada en las escrituras del piso y no tengo ni el contrato hipotecario, me enteré que pagaba IRPH de Cajas en 2009 cuando empecé a pagar más de 1000 euros al mes y al solicitar información en el Registro de la Propiedad si aparecía allí reflejado.

Quisiera contactar con algún abogado, y para ello me gustaría saber de vuestras experiencias, ahora muchos se suman al carro y lo único que pretenden es sacar tajada.

Gracias

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Oscar · manresa · Miércoles, 08 Abril 2020 | 01:11:19 PM · resp. nº 2112
Ten cuidado con el abogado que escojas, yo contraté a Arriaga y tuve que dejarlo porque se me quedaban con el interés que pueda poner el juez, que suele rondar el 3% anual y que puede ser mucho dinero. Me incliné por un abogado más pequeño, ya que estos despachos de clientes masivos, apenas se preocupan por ti, porque son muchos los clientes a los que tienen que atender.
No te recomiendo a nadie pero si te aconsejo que te mires bien, en la nota de encargo, lo que te van a cobrar, ya que hay auténticos chacales.
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Larry Bird · Girona · Jueves, 02 Abril 2020 | 08:00:43 PM · nº 5945
Buenas tardes.

Buenas noticias para todos los afectados por IRPH, os cuento.
Hace unos meses que han hecho director de Caixabanc a un pariente muy cercano en una sucursal de un pueblo de Barcelona, del cual mejor no digo el nombre (espero que lo entendáis). Directores de las diferentes sucursales de Caixabanc han hecho varias reuniones con los "jefazos" de Barcelona, en las cuales hablaban casi exclusivamente del IRPH. Resumiendo el contenido de estas reuniones ; se ofrecerá desde ya al cliente con hipoteca IRPH el cambio a Euríbor pero sin poder reclamar nada en el futuro. Según sus estudios, y han hecho vários, en el caso de que todos los clientes de Caixabanc afectados por IRPH reclamase a la entidad, en un 93 % de casos creen que los respectivos juzgados se posicionaran a favor de los afectados por el este índice. Yo no estoy afectado pero me alegro por los que lo están porque creo que podrán recuperar, sinó todo, bastante de lo pagado de más. Un saludo y NO SALGAIS DE CASA.
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Miguel · ELCHE · Viernes, 03 Abril 2020 | 08:45:18 AM · resp. nº 2104
Antes del Tjue ya ofrecían acuerdos con euribor,amigo me lo ofrecieron. Es un acuerdo trampa,ofrecen euribor +2,5 que es lo que estas pagando más o menos con Irph.Es una estafa más como todas.No pagarán nada hasta que se lo ordene un juez.Ya veremos después del covid como salimos de esta con los bancos y el tribunal Psoupremo
Larry Bird · Girona · Viernes, 03 Abril 2020 | 10:28:14 AM · resp. nº 2105
Hola Miguel.
Si, antes ya ofrecían el cambio a Euríbor pero sólo a algunos clientes dependiendo de su perfil. Ahora según parece lo haran de manera general. De todas maneras lo que yo haría sería reclamar, ya que según sus propios estudios (los de Caixabanc), hay muchas probabilidades de que den la razón a los afectados por IRPH.
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Jose Antonio · Terrassa · Jueves, 02 Abril 2020 | 07:19:28 PM · nº 5944
Buenas tardes. Solo queria pedir publicamente unas disculpas al Sr. Marco Antonio de Villaviciosa de Odón. No recuerdo haberle insultado, pero si en algun momento se a sentido usted así, le transmito mis mas sinceras disculpas. Siento enormemente que usted no vaya a escribir mas en este foro, es una decision que respeto y no quiero pedirle que la recapacite, simplemente la respeto. Espero que todo le vaya muy bien y mis mejores deseos para usted. El tiempo pondrá a cada uno en su sitio, y estoy seguro que usted sera recordado como uno de los mejores analistas juridicos que han pasado por este foro. No espero que conteste a este mensaje, entiendo su decision de no escribir mas en este foro. Gracias y buena suerte
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Amancio · Vigo · Viernes, 03 Abril 2020 | 08:02:11 AM · resp. nº 2103
Bufón, Troll, Bot...los descalificativos hacía el Sr. Marco Antonio han sido varios. ¿Porque estos descalificativos?¿Qué interés tienen estas personas de que Marco Antonio no opine?¿forman parte de la web y perderán clientes?

Aparte de los descalificativos no he leído una sola opinión de porque debe considerarse abusivo el índice irph, aparte de que el TS es muy malo y no sabe lo que dice.

No se precipiten señores a la hora de reclamar. Siempre hay tiempo de interponer demanda.
Jose Antonio · Terrassa · Viernes, 03 Abril 2020 | 07:30:20 PM · resp. nº 2106
Sr. Amancio, supongo que usted no esta afectado por la clausula IRPH, por lo tanto, no entiendo que hace usted opinando en este chat. Si usted sí esta afectado por la clausula IRPH, entiendo menos sus comentarios. Si a estas alturas de la pelicula se pregunta usted porque puede considerarse abusiva la clausula IRPH, y considera que el TS a dictaminado correctamente sobre el IRPH, quedese tranquilo con la letra mensual de su hipoteca y deje que los demás tengamos la firme esparanza de recuperar todo el dinero que los bancos nos han robado. Gracias
hernan · Santa Pola · Martes, 28 Abril 2020 | 02:39:59 AM · resp. nº 2134
Marco antonio....Antonio de terrassa.... y Amancio de vigo...
¡¡¡¡¡Tenéis los tres la misma dirección IP.....!!!!

DEJAD DE TOMAR A LA GENTE POR IDIOTAS... PUTOS TROLS DE LA BANCA, A SALARIO BASE DESDE CALL CENTERS....
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hernan · Santa Pola · Jueves, 02 Abril 2020 | 10:16:47 AM · nº 5943
Hay que ver que bien funciona el TROLL center de la banca.... Esos supuestos afectados, intoxicando una de las pocas paginas que existen de damnificados por esta estafa... pónganle el nombre que quieran, solo hay que hacerse una pregunta... ¿¿¿¿si no son afectados, si no son abogados que buscan legítimamente clientes... que coño pintan aquí????? La respuesta es muy simple... desmoralizar, confundir, intoxicar, en definitiva hacer todo lo posible para que quien este en dudas no reclame y de esa forma con que solo uno se eche para atras, su sueldo mínimo interprofesional de "tecladista parásito" ya estará amortizado... Ya somos grandes todos por aqui, y ya nos han visto la cara de idiotas una vez, cuando firmamos la hipoteca con irph... no dejemos que un par de imbéciles a sueldo sin escrúpulos, nos permitan recuperar lo que es nuestro... Se haga llamar Luis de madris, Jose de torrelodones. o Chupitoelpame de perindola...
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JoseG · Gijon-Asturias · Jueves, 02 Abril 2020 | 10:09:21 AM · nº 5942
Marco Antonio de Villaviciosa de Odón.
Soy un afectado por IRPH.Yo entiendo y valoro sus opiniones,hacen falta mas opiniones como la suya,lo que pasa es que es demasiado objetivo,para ciertas personas que solo quieren oir cosas agradables y positivas(como todos) y tampoco se muy bien si estan entendiendo lo que usted les quiere decir ,que a fin de cuentas es lo mismo que dice Jose Maria Erauskin y es que al final seran los jueces los que decidan caso por caso.Queria preguntarle que opinion le merece si en casos como el mio aparte del IRPH,tengo lo que se llama clausula de anatocismo.¿Que opinion me puede dar al respecto?
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Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Jueves, 02 Abril 2020 | 04:43:27 PM · resp. nº 2102
Buenas tardes JoseG. Le contestaré porque me pregunta directamente una cuestión, pero seguramente será mi última intervención.

Usuarios como Hernan de Santa Pola, José Antonio de Terrasa, Eric y Dabitxu de Barcelona, colman la paciencia de cualquiera. Uno no interviene en un foro como este para ser insultado, está claro que aquí no se viene a exponer información objetiva sobre el estado de la cuestión -al menos según las normas impuestas por aquéllos, no por ningún moderador-, sino a verbalizar las soflamas de rabia y frustración indefectiblemente subjetivas, y además, al parecer, según marca algún usuario, si se es abogado, solo vale si es para buscar clientes, pues buena suerte con ello. Lo que no entienden es que sí me hago cargo de la delicada situación de cualquier afectad@ y solo advierto de las consecuencias de un posible resultado negativo, o lo que es lo mismo, no sólo una nueva frustración de expectativas sino un aún mayor perjuicio por hacer frente a condena en costas. Pero qué se le va hacer...

En cuanto a la concreta pregunta, el anatocismo es una cláusula menos discutida ya que el Código de Comercio la permitía cuando había pacto expreso al respecto, de tal forma que si se ataca la falta de transparencia de la misma se podría lograr su nulidad, máxime al tratarse de una cláusula condición general de la contratación predispuesta a un consumidor adherente que claramente causa un desequilibrio en perjuicio de éste. Más recientemente (15/05/20013) la reformada Ley Hipotecaria, en determinado supuesto, la ha prohibido expresamente. En todo caso, en el hipotético caso de lograr la nulidad de la cláusula IRPH, por vinculación podría hacer decaer también la validez de la cláusula de anatocismo.

Saludos y mucha suerte a Vd. y a los demás afectados de buena fe que aún no han perdido la cordura.
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Rafa · Cordoba · Miércoles, 01 Abril 2020 | 10:51:25 PM · nº 5941
Somos un despacho de abogados especilizado en derecho bancaruo y consumidores, hacemos reclamaciones extrajudiciales y demandas contra los bancos por las cláusulas abusivas y por el IRPH.
Vamos a exito, lo hacemos GRATUITAMENTE.

Movil 671 384671

www.legalspain.es (despacho especializado a nivel nacional).

e-mail: ramepe25@gmail.com

Saludos
Responder
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Ana · Tarragona · Miércoles, 01 Abril 2020 | 01:33:30 PM · nº 5940
Lidya de barcelona..te aconsejo que cogas un abogado que se dedique a una causa...si se dedica o al consumidor o a los banco..cuidadin!!! Que se dedique adefender al consumidor no que tambie alos banco eso no..te lo aconsejo que te busque un abogado que defienda a una causa!!
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JOSE LUIS · Reus-Tarragona · Miércoles, 08 Abril 2020 | 10:40:45 AM · resp. nº 2111
Hola Ana,tengo entendido que has contratado un abogado de Reus, estoy pensando en denunciar a mi banco y no conozco ningún abogado de confianza o que tenga experiencia en el tema,¿me podrías decir cual es el tuyo? gracias
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lydia · barcelona · Lunes, 30 Marzo 2020 | 09:30:25 PM · nº 5937
buenas noches, quiero hacer la reclamacion de irph, veo muchas ofertas de abogados especialistas que dicen que no te cobran nada por hacerlo, alguien ha hecho alguna reclamacion, me podeis recomendar abogado gratuito, es real eso de que son gratuitos??
gracias
Responder
Jose Antonio · Terrassa · Lunes, 30 Marzo 2020 | 11:16:57 PM · resp. nº 2086
Hola. Los los bufetes, o franquicias diría, que ofertan que no pagas hasta que ganes y te den el dinero, tienen otros pagos en el contrato, como que pagas tu el procurador, se quedan costas si las ganan, los intereses acumulados del dinero conseguido..y el anunciado 15% mas iva de lo que consigan ganar para ti. Hacerlo con algun abogado experto en la materia,seguramente haga que tengas que abonar una cantidad de dinero al comienzo y durante el juicio. Yo aconsejo, para quien pueda permitirselo, la segunda opción.
Manolo · Lugo · Martes, 31 Marzo 2020 | 09:38:30 AM · resp. nº 2087
Mira este bufete
ADS abogados,según ellos sólo cobran las costas en caso de que ganen,nada de comisiones ni otros gastos
Daniel · Girona · Martes, 31 Marzo 2020 | 04:33:29 PM · resp. nº 2094
Hola, quiero empezar la reclamación del IRPH en un gabinete de Girona y en la hoja de encargo, aparte de los honorarios hay este punto y quería saber si hay alguien que haya empezado que le pase lo mismo.

En caso de sentencia favorable con devolución de cantidades, el cliente debe abonar al abogado el 15% de las cantidades que el cliente recupere en los conceptos de cuotas pagadas de más y de capital pendiente en euros que se reduzca, así como de los intereses legales y moratorios. Gracias.

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