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¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Si el Euríbor muestra una tendencia alcista y hay fuertes rumores y evidencias de que el BCE va a subir los tipos de interés, puede darse fácilmente interés por parte de los ciudadanos de cambiar su hipoteca variable a fija.

Cambiar hipoteca variable a fija

El Euríbor se puede mostrar amenazante para las personas y familias que tienen una hipoteca a interés variable, sobre todo cuando el índice muestra una tendencia alcista y muy especialmente cuando hay rumores, indicios claros o advertencias implícitas o explicitas de que se avecina una próxima o próximas subidas de tipos de interés por parte del Banco Central Europeo (BCE).

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Cuando el Euribor se muestra una tendencia claramente o fuertemente alcista perjudica a los consumidores con hipoteca a interés variable, ya que en la próxima revisión su hipoteca puede encarecerse, si el valor del índice está por encima del valor que tenía en la anterior revisión.

Esto ocurre con las hipotecas vinculadas al Euribor como las hipotecas vinculadas al IRPH, ya que en la fórmula de cálculo del valor del IRPH, se encuentra el valor del Euríbor.

El BCE puede subir los tipos de interés cuando se da una inflación superior al 2%

El BCE siempre busca la estabilidad financiera en el área euro, es decir en toda la zona que se ha adoptado el euro como moneda oficial, y esta estabilidad se caracteriza muy fundamentalmente porque la inflación o el encarecimiento de los precios se sitúe cercano, pero por debajo del 2%.

Cuando este límite del 2% es sobrepasado, entonces es mucho más probable que se adopte la medida de encarecer el dinero, es decir, de subir los tipos de interés.

Con la subida de tipos se incentiva el ahorro, porque el dinero vale más y los bancos pagan más intereses por los depósitos, a la inversa, los préstamos para las familias y las empresas también resultan más caros.

De esta manera, se incentiva el ahorro y se desmotiva el consumo y las empresas se ven obligadas a bajar los precios de sus productos para que estos se compren con mayor facilidad, y así baja la inflación, es decir el precio de la cesta de la compra, que también se llama el IPC, o el Índice de Precios al Consumo, que no es otra cosa, que un valor numérico que refleja las variaciones que experimentan los precios en un período determinado.

Ante el Euríbor amenazante, los consumidores con hipoteca a tipo variable empiezan a sentirse atraídos por la hipoteca fija y buscan información de cómo cambiar su hipoteca variable a hipoteca fija.

Las hipotecas fijas dan a los hipotecados la tranquilidad de que, durante toda la vida del préstamo, si no se varían las condiciones voluntariamente por parte del cliente, la cuota siempre será la misma, independientemente de si el Euribor suba o baja.

Lo que ocurre es que la banca, en cierta medida, quiere que pagues por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija, y sitúa su precio siempre por encima de una hipoteca variable.

Decimos, en cierta medida, quiere que pagues más por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija por la variable, ya que el banco no la pone más cara pensando en que debes pagar por esa tranquilidad, sino que lo hace simplemente porque las entidades financieras siguen la máxima de que “la banca siempre gana”.

La banca oferta las hipotecas fijas más caras que las hipotecas variables, porque con las hipotecas fijas quiere ganar ya de entrada dinero, pensando en las hipotecas variables como una inversión de futuro, es decir, ahora me pagas menos, pero como el Euribor algún día empezará a subir, ya me pagarás más, más adelante.

Así que el banco donde tengas tu hipoteca no te va a ofrecer muchas facilidades si quieres cambiar una hipoteca variable por una hipoteca fija, pero posibilidades de hacerlo, existen, sino es por novación, por subrogación o a través de la contratación de una nueva hipoteca.

Maneras de cambiar de hipoteca variable a hipoteca fija

Concretamente hay varias formas o caminos para cambiar la hipoteca variable por hipoteca fija y te los vamos a explicar a continuación:

Podemos cambiar de hipoteca variable a fija por el procedimiento de novación o de subrogación.

La novación consiste en el cambio de condiciones de la hipoteca con la misma entidad con la que ya la tenemos.

La subrogación implica que la hipoteca pasa a otra entidad financiera.

La novación es menos costosa que la subrogación, y además de cambiar las condiciones, como el cambio de tipo variable a fijo, o reducir el diferencial del tipo variable, también permite hacer una ampliación de capital y añadir deudores.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por novación

Los gastos de la novación son:

- la comisión por la novación: entre el 0% y el 1% del capital pendiente

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): este impuesto solo se paga si la novación implica una ampliación de capital, es decir, que el banco te preste más dinero y generalmente es un 0,5% del nuevo capital concedido.

El inconveniente de la novación es que el banco puede no aceptar y entonces el cliente tiene que olvidarse de la novación e ir a por la subrogación, es decir, cambiar las condiciones de la hipoteca al pasarla a otra entidad.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por subrogación

La subrogación para cambiar de tipo variable a fijo lleva mayores gastos:

- la tasación, que suelen estar entre 250 y 350 euros.

- la comisión de subrogación, es decir, la comisión que obtendrá el banco al dejar de tener nuestra hipoteca, que suele ser entre el 0% y el 2% de la deuda hipotecaria. Por ley, se señala que, si la subrogación se produce en los primeros 5 años, esta comisión suba hasta el 0,50% del capital adeudado. Si la subrogación es posterior a estos 5 años, esta comisión ascenderá al 0,25% del capital pendiente.

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

En la subrogación no se paga el IAJD.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija contratando una nueva hipoteca

Existe otra posibilidad, que no es ni la novación, ni el traspaso de la hipoteca a otro banco, es decir la subrogación, que sería la de contratar una hipoteca nueva con otra entidad financiera y con ese dinero pagar la hipoteca anterior.

Esta opción es la que más gastos acarrea, pero puede ser interesante si mejoramos lo suficiente el tipo de interés de la nueva hipoteca frente a la antigua, para que compense.

También tenemos que tener presente que el cambio de hipoteca fija a variable va a suponer además de algunos gastos, como hemos visto, también un riesgo, es decir, puede que nos salga bien el cambio, si el Euribor sube lo suficiente en el futuro como para haber ganado con respecto a la hipoteca variable anterior, pero nadie puede asegurarnos de antemano, si el Euribor subirá tanto, como para que compense finalmente el cambio, ya sea mediante novación, subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Otra opción interesante si disponemos de ahorros

Como hemos visto, cambiar de hipoteca variable a fija, implica unos gastos, no muy grandes, pero gastos al fin y al cabo y tampoco sabemos con total seguridad si resultará beneficioso el cambio.

También puede darse el caso de que nuestros intentos por cambiar de hipoteca variable a fija< sean infructuosos, porque nuestro banco no quiera, y porque tampoco consigamos opciones mediante la subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Ante estas situaciones, existe la posibilidad de que con el dinero que nos íbamos a gastar con los gastos del cambio de la hipoteca, y si puede ser, añadiendo un poco más de dinero si tenemos ahorros que sepamos que no vamos a necesitar, realicemos una amortización parcial anticipada de la hipoteca.<

Podemos optar por reducir cuota<, así podremos después afrontar mejor una posible subida de la cuota por el ascenso del Euríbor, o reducir plazo. Con la reducción de plazo siempre ahorramos más, aunque si reducimos cuota, también podremos ahorrar más cada mes, para poder hacer más pronto otra amortización parcial de la hipoteca.

Disponemos de esta calculadora para hacer simulaciones de amortizaciones parciales de la hipoteca y así comprobar cuanto nos ahorraremos de cuota o de plazo, con una aportación extraordinaria de dinero al banco, que se restará a nuestra deuda hipotecaria.

Comentarios

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JoseG · Gijon-Asturias · Lunes, 17 Sept. 2018 | 06:35:56 PM · nº 4400
Y de paso os dejo una muy buena noticia, para alegrar el dia,
https://irphhipotecas.wordpress.com/2018/09/17/importante-avance-en-la-cuestion-europea-respecto-al-indice-irph-la-comision-europea-se-posiciona-a-favor-del-consumidor/
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Miguel Company Lozano · ELCHE · Martes, 18 Sept. 2018 | 08:00:58 AM · resp. nº 584
Enserio ese es el informe de la Comisión?Si eso es cierto no es que sea buena noticia,es un milagro que ha venido a vernos...Ojalá de verdad sea asi..Ojalá.Me has animado el dia
Martin · Santa Coloma · Miércoles, 19 Sept. 2018 | 06:19:47 AM · resp. nº 585
Gracias gracias, mil gracias por el enlace y por las pequeñas esperanzas que esta noticia alberga para todos los afectados por este índice maldito. Un fuerte abrazo JoseG
Esperanza · Malaga · Miércoles, 19 Sept. 2018 | 10:05:36 AM · resp. nº 586
Os dejo otro enlace de la noticia.
http://www.finanzas.com/noticias/economia/20180919/propone-tjue-inste-supremo-3911423_age.html

Ver las 4 respuestas →

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JoseG · Gijon-Asturias · Lunes, 17 Sept. 2018 | 06:33:24 PM · nº 4399
Juan de Tudela,perdon por el retraso.Solo te puedo decir que no cobran porcentajes sobre lo recuperado.Todo lo recuperado es para el cliente,ellos cobrab de las costas al banco.Si te puede servir de algo yo ya he puesto en sus manos la reclamacion sobre gastos hiporecarios,notaria,registro,tasacion,ect.He estado con la abogada y me ha quedado muy claro que a mi no me cobran.Solo cobran de las costas del banco.Mas claro aun.Tengo que abonarles sobre 300 euros por todo el proceso.Dinero que me devuelven cuando ganemos el juicio.Y tengo la posibilidad de pagar todo ahora o bien puedo pagar a plazos o bien puedo pagar al final del proceso que es la opcion que yo he elegido.No caigais en las garras de aprovechados que hay por ahi.Hay abogados con etica todavia y ganan igual cuando cobran las costas del juicio al banco.Los demas solo quieren aprovecharse cobrando porcentajes sobre lo recuperado,JETAS LOS LLAMO YO
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Juan · Tudela · Viernes, 21 Sept. 2018 | 03:09:55 AM · resp. nº 588
Gracias JoseG, lei en el enlace que pudiste colgar la informacion que daban sobre el asunto y condiciones en las que se podia presentar el caso con su ayuda y me ha parecido interesante ampliar info con tu criterio , ahora mas que ademas le das solidez con tu propia experiencia, te animo a seguir hasta el final y espero poder acompañarte en esta aventura incomoda que nos ha tocado sufrir, gracias a tu testimonio creo que acabare solicitando sus servicios , con la esperanza de que todo acabe bien y podamos recuperar esa parte que a todas nos vendria muy bien no haber invertido innecesariamente. De nuevo gracias por la informacion aportada. Seguiremos esperando con impaciencia y esperanza que todo acabe bien.Saludos.
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Manuel Barrios Pascual · Mostoles Madrid · Sábado, 15 Sept. 2018 | 11:22:44 AM · nº 4398
Hola a todos:
Sigo observando que cada día que pasa, los afectados por el IRPH seguimos solamente contando
los días para ver cuando se pronuncia el TJUE.

y por supuesto seguimos estando desesperados, pero
sin manifestarnos de forma masiva ante las cortes
como han hecho otros colectivos.

Como sabéis la unión hace la fuerza y como está el
panorama es más importante para nuestros políticos es más importante los Másteres de unos y otros, y por supuesto ellos protegiendo a la banca porque en su momento suelen ser los que compran deuda del Estado ya que no la quiere nadie y así ellos salen adelante.

No me refiero al gobierno actual ( que no se quien manda en nuestro denostado País sino a todos en general.
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Rodri · Valencia · Viernes, 14 Sept. 2018 | 05:56:41 PM · nº 4397
Hola a todos, llevo mucho tiempo visitando esta página y me gustaría saber cuanto tiempo más tenemos que esperar para que Europa finalmente se decida. Dependemos muchas familias de esta importante decisión del IRPH y no entiendo como un tema como este puede tardar tanto tiempo. Ya ha pasado casi dos años desde el duro golpe del Tribunal Supremo si no recuerdo mal. ¿No había que esperar dos años más? ¿Cuanto tiempo entonces falta por esperar la nueva sentencia? Gracias de antemano.
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Ivan Molero · Corralejo · Sábado, 15 Sept. 2018 | 03:45:38 PM · resp. nº 583
Buenas tardes. Los aproximadamente 2 años que puede tardar el TJUE A
en resolver se cuentan desde el 2 de febrero,creo recordar, de ESTE año 2018. Un saludo
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Jose Antonio · Terrassa Barcelona · Miércoles, 05 Sept. 2018 | 05:38:32 PM · nº 4396
Os paso el enlace de lo que me parece una muy buena reflexión sobre los problemas con las clausulas abusivas y posibles soluciones por parte de nuestros gobernantes.http://www.diariodelaltoaragon.es/NoticiasDetalle.aspx?Id=1135817
Animos a tod@s y a seguir luchando, llegara el dia en el que se haga justicia !!
Responder
Laia · Cerdanyola del Vallés · Jueves, 06 Sept. 2018 | 06:59:15 AM · resp. nº 578
Gracias amigo. Un abrazo
sergio · laredo santander · Jueves, 13 Sept. 2018 | 09:27:05 AM · resp. nº 581
cuidado con este enlace, el art 14 de la constitucion no se aplica a autonomos y empresas que son actividades economómicas, sólo a ciudadanos,que son los soberanos titulares de los derechos de la constitución. equiparar ciudadanos a actividades económicas es un paso muy grave, que abandera un conocido partido político de color naranja.
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Jose Antonio · Terrassa Barcelona · Miércoles, 05 Sept. 2018 | 05:36:39 PM · nº 4395
Os paso el enlace de lo que me parece una muy buena reflexión sobre los problemas con las clausulas abusivas y posibles soluciones por parte de nuestros gobernantes.http://www.diariodelaltoaragon.es/NoticiasDetalle.aspx?Id=1135817
Animos a tod@s y a seguir luchando, llegara el dia en el que se haga justicia !!
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Marta · Girona · Martes, 04 Sept. 2018 | 11:17:17 AM · nº 4394
Hola a todos.
Tengo 2 hipotecas referenciadas IRPH desde el 2006.
Presentamos demanda hace 2 años ya que, desde el 2016 nos congelaron el tipo de interés sin previo aviso. La sentencia fue a favor de la entidad bancaria y la apelación también ya que alegaron que el TS daba transparencia a este tipo de interés.
Mi pregunta es la siguiente, si ya ha habido sentencia firme y el Tribunal Europeo da la razón al consumidor confirmando que el IRPH es abusivo, ¿se puede volver a demandar a la entidad bancaria?
Además la entidad bancaria, en sus alegaciones, siempre decía que nos estaban aplicando IRPH ENTIDADES cosa que no es verdad, ya que, así fuera, pagaríamos un tipo de interés inferior al que estamos pagando ya que congelaron el que había en el 2012 siendo éste muy elevado.
Gracias.
Responder
Jose Antonio · Terrassa, Barcelona · Martes, 04 Sept. 2018 | 06:41:26 PM · resp. nº 577
Buenas tardes Marta. Creo que un caso ya juzgado no se puede volver a juzgar. No soy experto pero por desgracia pienso que es así. Lo de la congelación del tipo de interés me suena raro, como una cláusula suelo, cosa que es claramente abusivo y demandable. No se como lo expresa tu escritura en concreto, pero si es claudula suelo, no entiendo como no te han dado la razón los tribunales en ese punto. Te aconsejo revisar bien tu escritura con algun esxperto y ver que se puede hacer al respecto. Mucha suerte y un saludo
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rocio · cabanillas · Miércoles, 29 Agosto 2018 | 05:46:54 PM · nº 4393
Tengo una duda, a los que tienen vivienda protegida cuyas hipotecas están referenciadas al IRPH por ley, a parte del IRPH revisado por el gobierno, en la hipoteca se le suma algún diferencial?
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Oscar · Irun-Guipzucoa · Domingo, 02 Sept. 2018 | 03:34:56 PM · resp. nº 575
No siempre, pero suele ser habitual.
Revisa las condiciones de tu hipoteca, en el apartado del interés aplicable debería ponerlo bastante claro.
Se te pueden dar diversas condiciones, irph solo, irph + diferencial, e incluso lo más habitual suele ser el irph + diferencial variable sujeto a condiciones, como seguro de la casa, nóminas, tarjetas, etc etc.
Además de lo anterior puede tener cláusula suelo y no bajar de una cantidad, pero todo ha de estar reflejado en las condiciones que firmaste
Un saludo
IRPH · MADRID · Miércoles, 12 Sept. 2018 | 02:52:40 PM · resp. nº 579
Hola Rocio, tiene un indice corrector del 0.9175. Cogen la media de los 3 últimos irph antes de la reunión de ministros y si la un 2€ por ejemplo, se multiplica por 0.9175 y se obtiene lo que aplican durante ese año. Resumiendo que va a ser un poco mas bajo.
Saludos,
IRPH · MADRID · Miércoles, 12 Sept. 2018 | 02:54:07 PM · resp. nº 580
Perdon, queria decir si da un 2% de media aplican el indice corrector.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 27 Agosto 2018 | 08:04:45 AM · nº 4392
Hola a todos los afectados,



Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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Julian · Valencia · Viernes, 24 Agosto 2018 | 06:16:46 PM · nº 4391
En el 2007 pase mi hipoteca por subrogación del Banco Valencia a Kutxabank y cometí el error de mi vida, pues pase de Euribor + 1% a IRPH + 0,25%. ¿Por qué? Para obtener algo más de dinero y terminar de pagar el coche. Mi pregunta es, si anulan el IRPH en Europa, ¿también me lo anularán a mi aunque haya yo cambiado de hipoteca voluntariamente? ¿Qué opinais? Gracias de antemano.
Responder
Oscar · Irun-Guipuzcoa · Domingo, 02 Sept. 2018 | 03:39:07 PM · resp. nº 576
Hola. No creo que eso importe a la hora de reclamar. El criterio de Europa debiera de ser "si es o no es un interés legal". De serlo, no tendríamos nada que rascar. Pero si declaran el irph ilegal, por cualquier motivo, simplemente con reclamarlo debieran darnos lo cobrado de más. Pero han de declararlo ilegal.

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