IRPH

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Si el Euríbor muestra una tendencia alcista y hay fuertes rumores y evidencias de que el BCE va a subir los tipos de interés, puede darse fácilmente interés por parte de los ciudadanos de cambiar su hipoteca variable a fija.

Cambiar hipoteca variable a fija

El Euríbor se puede mostrar amenazante para las personas y familias que tienen una hipoteca a interés variable, sobre todo cuando el índice muestra una tendencia alcista y muy especialmente cuando hay rumores, indicios claros o advertencias implícitas o explicitas de que se avecina una próxima o próximas subidas de tipos de interés por parte del Banco Central Europeo (BCE).

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Cuando el Euribor se muestra una tendencia claramente o fuertemente alcista perjudica a los consumidores con hipoteca a interés variable, ya que en la próxima revisión su hipoteca puede encarecerse, si el valor del índice está por encima del valor que tenía en la anterior revisión.

Esto ocurre con las hipotecas vinculadas al Euribor como las hipotecas vinculadas al IRPH, ya que en la fórmula de cálculo del valor del IRPH, se encuentra el valor del Euríbor.

El BCE puede subir los tipos de interés cuando se da una inflación superior al 2%

El BCE siempre busca la estabilidad financiera en el área euro, es decir en toda la zona que se ha adoptado el euro como moneda oficial, y esta estabilidad se caracteriza muy fundamentalmente porque la inflación o el encarecimiento de los precios se sitúe cercano, pero por debajo del 2%.

Cuando este límite del 2% es sobrepasado, entonces es mucho más probable que se adopte la medida de encarecer el dinero, es decir, de subir los tipos de interés.

Con la subida de tipos se incentiva el ahorro, porque el dinero vale más y los bancos pagan más intereses por los depósitos, a la inversa, los préstamos para las familias y las empresas también resultan más caros.

De esta manera, se incentiva el ahorro y se desmotiva el consumo y las empresas se ven obligadas a bajar los precios de sus productos para que estos se compren con mayor facilidad, y así baja la inflación, es decir el precio de la cesta de la compra, que también se llama el IPC, o el Índice de Precios al Consumo, que no es otra cosa, que un valor numérico que refleja las variaciones que experimentan los precios en un período determinado.

Ante el Euríbor amenazante, los consumidores con hipoteca a tipo variable empiezan a sentirse atraídos por la hipoteca fija y buscan información de cómo cambiar su hipoteca variable a hipoteca fija.

Las hipotecas fijas dan a los hipotecados la tranquilidad de que, durante toda la vida del préstamo, si no se varían las condiciones voluntariamente por parte del cliente, la cuota siempre será la misma, independientemente de si el Euribor suba o baja.

Lo que ocurre es que la banca, en cierta medida, quiere que pagues por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija, y sitúa su precio siempre por encima de una hipoteca variable.

Decimos, en cierta medida, quiere que pagues más por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija por la variable, ya que el banco no la pone más cara pensando en que debes pagar por esa tranquilidad, sino que lo hace simplemente porque las entidades financieras siguen la máxima de que “la banca siempre gana”.

La banca oferta las hipotecas fijas más caras que las hipotecas variables, porque con las hipotecas fijas quiere ganar ya de entrada dinero, pensando en las hipotecas variables como una inversión de futuro, es decir, ahora me pagas menos, pero como el Euribor algún día empezará a subir, ya me pagarás más, más adelante.

Así que el banco donde tengas tu hipoteca no te va a ofrecer muchas facilidades si quieres cambiar una hipoteca variable por una hipoteca fija, pero posibilidades de hacerlo, existen, sino es por novación, por subrogación o a través de la contratación de una nueva hipoteca.

Maneras de cambiar de hipoteca variable a hipoteca fija

Concretamente hay varias formas o caminos para cambiar la hipoteca variable por hipoteca fija y te los vamos a explicar a continuación:

Podemos cambiar de hipoteca variable a fija por el procedimiento de novación o de subrogación.

La novación consiste en el cambio de condiciones de la hipoteca con la misma entidad con la que ya la tenemos.

La subrogación implica que la hipoteca pasa a otra entidad financiera.

La novación es menos costosa que la subrogación, y además de cambiar las condiciones, como el cambio de tipo variable a fijo, o reducir el diferencial del tipo variable, también permite hacer una ampliación de capital y añadir deudores.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por novación

Los gastos de la novación son:

- la comisión por la novación: entre el 0% y el 1% del capital pendiente

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): este impuesto solo se paga si la novación implica una ampliación de capital, es decir, que el banco te preste más dinero y generalmente es un 0,5% del nuevo capital concedido.

El inconveniente de la novación es que el banco puede no aceptar y entonces el cliente tiene que olvidarse de la novación e ir a por la subrogación, es decir, cambiar las condiciones de la hipoteca al pasarla a otra entidad.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por subrogación

La subrogación para cambiar de tipo variable a fijo lleva mayores gastos:

- la tasación, que suelen estar entre 250 y 350 euros.

- la comisión de subrogación, es decir, la comisión que obtendrá el banco al dejar de tener nuestra hipoteca, que suele ser entre el 0% y el 2% de la deuda hipotecaria. Por ley, se señala que, si la subrogación se produce en los primeros 5 años, esta comisión suba hasta el 0,50% del capital adeudado. Si la subrogación es posterior a estos 5 años, esta comisión ascenderá al 0,25% del capital pendiente.

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

En la subrogación no se paga el IAJD.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija contratando una nueva hipoteca

Existe otra posibilidad, que no es ni la novación, ni el traspaso de la hipoteca a otro banco, es decir la subrogación, que sería la de contratar una hipoteca nueva con otra entidad financiera y con ese dinero pagar la hipoteca anterior.

Esta opción es la que más gastos acarrea, pero puede ser interesante si mejoramos lo suficiente el tipo de interés de la nueva hipoteca frente a la antigua, para que compense.

También tenemos que tener presente que el cambio de hipoteca fija a variable va a suponer además de algunos gastos, como hemos visto, también un riesgo, es decir, puede que nos salga bien el cambio, si el Euribor sube lo suficiente en el futuro como para haber ganado con respecto a la hipoteca variable anterior, pero nadie puede asegurarnos de antemano, si el Euribor subirá tanto, como para que compense finalmente el cambio, ya sea mediante novación, subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Otra opción interesante si disponemos de ahorros

Como hemos visto, cambiar de hipoteca variable a fija, implica unos gastos, no muy grandes, pero gastos al fin y al cabo y tampoco sabemos con total seguridad si resultará beneficioso el cambio.

También puede darse el caso de que nuestros intentos por cambiar de hipoteca variable a fija< sean infructuosos, porque nuestro banco no quiera, y porque tampoco consigamos opciones mediante la subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Ante estas situaciones, existe la posibilidad de que con el dinero que nos íbamos a gastar con los gastos del cambio de la hipoteca, y si puede ser, añadiendo un poco más de dinero si tenemos ahorros que sepamos que no vamos a necesitar, realicemos una amortización parcial anticipada de la hipoteca.<

Podemos optar por reducir cuota<, así podremos después afrontar mejor una posible subida de la cuota por el ascenso del Euríbor, o reducir plazo. Con la reducción de plazo siempre ahorramos más, aunque si reducimos cuota, también podremos ahorrar más cada mes, para poder hacer más pronto otra amortización parcial de la hipoteca.

Disponemos de esta calculadora para hacer simulaciones de amortizaciones parciales de la hipoteca y así comprobar cuanto nos ahorraremos de cuota o de plazo, con una aportación extraordinaria de dinero al banco, que se restará a nuestra deuda hipotecaria.

Comentarios

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María · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 10:55:00 AM · nº 704
Churri gracias por lo q me dices de los agentes de la propiedad homologados,en el peor de los casos ya se que existen y al menos no tendríamos que vender por 4 duros.
Tagleton y Juan,ya me sale,y efectivamente se corresponde con lo q me dijeron ayer q me iba a bajar.
Juan,creo q me dijiste q diera las llaves al banco por q yo aún no había comentado q teniamos avales.En cualquier caso quiero pensar que nadie que aconseja en un foro lo hace malintencionadamente sino para intentar ayudar en la medida de lo posible.
Al fin y al cabo todos estamos en el mismo barco,unos con mejores condiciones y otros peores..
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Nurita16 · barcelona · Martes, 13 Nov. 2018 | 10:38:36 AM · resp. nº 704
Buenos días

Yo también he mandado un agradecimiento, la verdad que muchos vamos muy ajustados, y otros al límite de gastos, que algunos meses no llegamos a fin de mes.... a ver si sale ya la sentencia y de este modo todos podemos ir un poquito mas holgados.
Y hemandado mi correo dario al TJEU
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JAVIER · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 09:52:47 AM · nº 702
Hola a todos. Yo tambien estoy con UCi y quisiera saber si alguien me puede calcular en cuanto se me quedaría la hipoteca ahora mismo. Mi hipoteca es el IRPH de cajas - 0,10 de diferencial. El capital amortizado es 230.000 euros. A mi la revision me la hacen semestral y me toca en Mayo con el IRPH de abril pero me gustaría saber en cuanto estaría ahora con el IRPH de febrero. Por otro lado quisiera saber que tal están las condiciones del IRPH -0,10.

Un saludo y gracias de antemano
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Israellobo · Toledo · Martes, 13 Nov. 2018 | 08:22:03 AM · resp. nº 702
Yo llevo diez años y me tienen quenado ,no quiero pensar tú. Ahora me ha bajado la hipoteca 9 € y me han dicho que me van a devolver esa diferencia desde que en 2013 nos congelaron el interés porque estaba mal calculado. Deseando que llegue la respuesta de Europa aunque con buenas sensaciones oyendo a los expertos.
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arturo · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 09:20:25 AM · nº 701
para elisabeth

lee el contrato del prestamo y sabras que mes te aplican, lo normal es que te apliquen el de julio con lo que te bajará bastante, de 300 a 400€. es cierto que es dificil que te de otra entidad una hipoteca, te digo lo mismo que a maria, piensate la posibilidad de ceder el inmueble al banco.
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lourdes · ciudad de los caballeros · Sábado, 10 Nov. 2018 | 06:52:54 PM · resp. nº 701
bueno, y otro efecto es que así parece que has tenido que cambiar la ley, y con la ley que había no se puede reclamar el impuesto al banco, y como la nueva no puede tener carácter retroactivo, es decir, tratando de que la gente no reclame el impuesto, y de las gracias a la vez. y que los pobres bancos estaban cumpliendo la ley que había, y el pobre pleno también, todo falso. el supremo tiene la obligación de anular las normas ilegales que se oponen a otras de mayor rango, va en su sueldo. los jueces de instancia, tienen la obligación de no aplicarlas, y el supremo de anularlas definitivamente. y con este reglamento que establecía una excepción contraria a la ley para el caso de las hipotecas que tocaba pagar a los bancos, estuvimos más de 20 años, y cuando por fin se elimina, van y montan el número del pleno y posterior decreto ley para que la gente no lo reclame.
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arturo · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 09:07:43 AM · nº 700
el de abajo es el comentario que dice alberto que no ve
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lourdes · ciudad de los caballeros · Sábado, 10 Nov. 2018 | 06:38:02 PM · resp. nº 700
yo dejo esta noticia, el famoso decreto ley del impuesto de las hipotecas, tras lo del del supremo, a quien tiene por objeto disculpar, y cuyo único castigo es la "autocrítica", claro, así luce... https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/11/09/midinero/1541746248_240594.html

el gobierno, como Lesmes, hace el paripé como si la ley no estuviera clara, cuando lo que pasaba era que el REGLAMENTO de menor rango que aprueba sólo el gobierno de turno, era contrario a la ley, y por eso se había anulado por el TS, antes del famoso pleno, que sin embargo no podía ya restablecerlo. Por el texto del decreto ley, pareciera que el caso de la hipoteca se regula de forma distinta que el común de actos jurídicos documentados, cuando no es así, del primer párrafo que ya había, se deriva indefectiblemente que el banco paga el impuesto, ya que es el que adquiere, el derecho real de hipoteca, y el interesado, en documentarla como deuda, como cualquier acreedor. así que, para disculpar al pleno del supremo, y a Lesmes, ahora la ley que estaba perfectamente bien, da un poco la risa porque el primer párrafo ya estaba y el segundo párrafo es reiterativo.
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arturo · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 09:05:20 AM · nº 699
Martes, 10 de Marzo del 2009 a las 05:04:56 PM

Saludos emilio, la propuesta que te hace uci con esa reduccion de cuota es una solucion de emergencia que te recomiendo que aceptes antes de seguir sin pagar la cuota, porque sino tus problemas van a ir creciendo mucho mas, dicha bajada es simplemente que lo que dejas de pagar te lo van a añadir a la cantidad que te queda por pagar, es decir, vas a capitalizar hipoteca y cuando se te cumpla ese plazo temporal le deberas al banco mas dinero que ahora, pero en estas situaciones de crisis es preferible eso y esperar a que vengan tiempos mejores y por lo menos no pasar a su lista de impagados porque entonces es cuando van a ir a por ti sin piedad. Suerte y adelante


Comentario número: 427

Comentó alberto


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lourdes · ciudad de los caballeros · Sábado, 10 Nov. 2018 | 06:19:23 PM · resp. nº 699
la idea es que aunque ganes, el banco recurra al supremo, y que el supremo te tumbe la sentencia a favor del banco, porque es la actual jurisprudencia del supremo, por eso el tema está en Europa, para poder saltarse esa jurisprudencia sin que te la tumbe el supremo cuando llegue ahí, y la peña, en general está esperando a esa respuesta de Europa. Si alguien ha ganado y el banco no ha recurrido es que es un montaje del banco, es decir, un enchufado al que se le perdonan todo a costa de lo que luego les cobran de más o no les devuelven a otros. yo no me fiaría.
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alberto · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 08:46:22 AM · nº 698
Para arturo, desde luego tienes un ojo clinico que no tiene precio, te aseguro que a los de uci les tengo el mismo "cariño" y puedo tener hacia ti, no me digas que solo pretendes ayudar, en este caso a maria, recomendandola que entregue las llaves al banco y en paz cuando sabes de sobra que eso en este pais lo unico que te puede traer son problemas y la ruina, por lo tanto si tus comentarios no son malintencionados desde luego son desinformados por decirlo de alguna manera, asi que si vas a dar una opinion para pretender ayudar como hacemos la gran mayoria de aqui que sea con conocimiento y si no mejor no opinar. PD: en cuanto a lo del comentario 427 no se a que te refieres porque a mi me sale en ese comentario un tal jose.
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lourdes · ciudad de los caballeros · Sábado, 10 Nov. 2018 | 06:09:47 PM · resp. nº 698
la pregunta solicitada por el hipotecado era la de la someter a la transparencia, pero el juez cuando la admitió añadió de su cosecha que entonces tenía que anularse el contrato, y el hipotecado salía perjudicado, lo cual es falso, ni el hipotecado demandante entiende que tiene que anularse el contrato, ni si se anulara perjudicaría al hipotecado, ya que el art. 1303 del CC que establece la reciprocidad, es para cuando no hay ningún culpable de la causa de nulidad, como no ocurre si el banco tenía la obligación de explicarte y no lo hizo, en cuyo caso, el art a aplicar es el 1306CC que implica que el banco devuelve todo pero tu no tienes que devolverle al banco, ni siquiera el principal. pero este artículo ha sido totalmente ignorado por el juez que elevó la pregunta, así que pidió poder especial para cambiar el contrato, lo que está prohibido por la UE,con la excusa de ser para evitar el perjuicio al consumidor. Todo esto atribuyéndolo a la pregunta solicitada por el hipotecado, como si el mismo estuviera de acuerdo. Y ya habéis oído la frase de moda del gobierno de a ver si voy a estar dando café a quien no lo ha pedido. La comisión se ha plegado en todo al juez que elevó la pregunta.Y no es que te quiera cambiar al Euribor por el interés que queda sino por el interés que era nulo, es decir, desde el principio. Algo que no se sostiene en modo alguno con la ley y jurisprudencia europea. Así que a ver que hace el Tribunal. Pero si quereis enviar algún mensaje al TJUE, debería de ser con esta información, que lo que excede de la transparencia no fue solicitado por el hipotecado, y que en nuestra legislación existe el art. 1306CC, para el caso en el que una parte es responsable de la causa de nulidad del contrato.
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Elizabeth · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 07:47:31 AM · nº 697
Gracias Arturo por tu respuesta.
El año pasado cuando me hicieron la revisión y me subio 120 euros de golpe.
Fui a hablar con La Caixa y me dijeron que la revisión me la habían hecho con el
Valor de irph de Julio, por eso deduzco que este año será igual. A cuanto me quedaría??.
Me gustaría cambiarme de banco pero el piso en su día me lo compre con mi hermana asumiendo yo todos los gastos pero ahora ella esta en el paro cobrando una miseria y mi aval se marcho par Ecuador su país. Osea que a mi sola imposible que me den una hipoteca siendo.
Recuerdo mis condiciones soy Elizabeth la de la hipoteca a 40 años con irph+0 y mi cuota actual es de 1058 solo intereses con carencia de 10años.
No puedo cambiar de entidad bancaria tengo la esperanza que me baje la cuota pero puede darse el caso de que me engañen y aunque el año pasado me hicieron la revisión con el irph de julio este año me la hagan con el irph de otro mes es posible esto?. Si es como el año pasado cuanto mas o menso me quedaría???

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Al · A Coruña · Sábado, 10 Nov. 2018 | 04:38:15 PM · resp. nº 697
Gracias Alejandro, estas noticias nos vienen muy bien a todos para mantener los ánimos.
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arturo · Martes, 24 Marzo 2009 | 09:19:21 PM · nº 696
para maria

si ves el comentario 427 de alberto, puede que llegues a la misma conclusion que acabo de llegar yo, sospecho que trabaja para la uci.
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Miguel · Elche · Sábado, 10 Nov. 2018 | 10:43:12 AM · resp. nº 696
Jordi lo que se pide es que el Irph se someta al control de transparencia,así que esa sería su sentencia.Entonces el banco tendría que acreditar que te lo explico y te dio a elegir.Ya sería el juez español el que sentenciados nuestro caso,y a diferencia de lo del impuesto es que esto sería una estafa y por tanto deberían devolverte todo el dinero pagado.Luego para referenciarte el tipo de interés sería a criterio tb del juez,aunque han habido sentencias en las que ha instado a que se pongan de acuerdo banco y cliente.Lo más normal es que pusieran euribor más el diferencial que tengamos.
Yo estoy desilusionado,ya no espero nada,pero veremos a ver.Suerte y paciencia
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arturo · Martes, 24 Marzo 2009 | 09:13:25 PM · nº 695
para maria

no hay ninguna mala intención en mis comentarios, un préstamo de 300.000€ a treinta años, por muy buen interes que tengas, te va a salir por unos 1500€ al mes, te lo digo porque yo tengo uno a irph-1 y me empezó por 1475€, ahora esta en 1700€ y volverá a bajar...la cuestión es que si no tuvieras avales tengo muy claro que en tu situación dejaría de pagar, que se queden con el piso y me iba de alquiler, ademas te digo que los de la uci son los mayores chorizos del mundo, no tienes mas que mirar los comentarios de este foro. es verdad lo que dice alberto no debes hacer caso de comentarios en internet, pero eso lo sabemos todos. aun así aqui hay personas que pretendemos ayudar sin ningun interes, solo porque nos sentimos asfixiados como tu.
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rosario · santoña · Miércoles, 07 Nov. 2018 | 06:34:52 PM · resp. nº 695
pero qué se elevará al TJUE, la sentencia del supremo que anuló el reglamento que decía que el impuesto lo pagaba el consumidor? las sentencias pendientes posteriores que ya irremediablemente sin el reglamento y sólo con la ley, que no lo atribuía al consumidor, se resuelven por el pleno atribuyéndolo al consumidor? y qué va a hacer el gobierno, porque si el reglamento está anulado, que era el que atribuía el impuesto al consumidor, para qué sirve derogarlo? y si la ley no lo atribuye para qué va a cambiarla? lo que habría que llevar a la justicia de la UE, no sería la denuncia penal contra estos jueces, que se encargan ellos mismos de inadmitir desde la sala 61? qué dice la constitución cuando el golpe de estado lo dan los jueces del supremo en asociación criminal?
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AGA · Martes, 24 Marzo 2009 | 08:53:49 PM · nº 694
PARA VANESA. SI SE PUEDE CAMBIAR EN LA CAIXA EL IRPH POR EL EURIBOR. ME HAN OFRECIDO CAMBIAR IRPH+0,25 POR EURIBOR+1 LOS GASTOS QUE ME HAN COMENTADO SON 300 € DE COMISION PARA LA CAIXA Y UNOS 200 € DE GASTOS DE NOTARIA AL SER UNA NOVACION (ESTOS IMPORTES PUEDEN VARIAR EN FUNCION DE LA CUANTIA DE TU HIPOTECA)
NO TENGO MUY CLARO SI HACER LA OPERACION PUESTO QUE ESPERO QUE EL IRPH BAJE BASTANTE
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FERNANDO · SEGURA · Miércoles, 07 Nov. 2018 | 05:12:37 PM · resp. nº 694
alguien tiene el texto de la declaración o resolución o sentencia o lo que sea del pleno este del supremo? yo es que no entiendo como se puede convocar un pleno para algo que es de libro,ni qué competencias pueden tener los jueces en la macroeconomía como por ejemplo los mercados financieros, ni cómo se puede aplicar en una sentencia posterior, ni por el supremo ni por nadie un reglamento que ya ha sido anulado en una sentencia firme del supremo. porque cambiar el criterio no significa poder anular la sentencia anterior que anuló el reglamento, y lo que el supremo no tiene la capacidad es de inventarse otro distinto que impida la aplicación de la ley sin el reglamento. Si lo que ahora están haciendo es usar la ley sin el reglamento, que es lo único que pueden hacer, para cascar este impuesto igualmente a los consumidores, ya no es prevaricación, es golpe de estado judicial.

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