IRPH

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Hay un momento concreto, no abstracto, en el que la cuota deja de caber. No es “el IRPH en general”: es el recibo de este mes, el saldo de la cuenta y el día en que el banco va a pasar el cargo. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, esa cifra cambia cada revisión y el susto no siempre coincide con el titular de la prensa.

El índice se publica hacia el día 20. Tu banco lo aplica en la fecha de revisión que pone la escritura, no al día siguiente del BOE. Por eso una familia puede estar al día en marzo y ahogada en julio sin haber “dejado de pagar” a propósito. Lo primero es separar tres palabras que el comercial mezcla: carencia, aplazamiento e impago.

Clave: no firmes un “acuerdo de facilidades” el mismo día que te lo leen por teléfono. Pide el texto, calcula la cuota nueva con el simulador de revisión y mira qué derechos cedes.

Pareja revisando la escritura y la cuota de una hipoteca IRPH en la cocina

Tres palabras que no son lo mismo

Carencia suele significar que durante un plazo pagas solo intereses, o incluso no pagas cuota, y el capital se queda quieto o crece. La letra pequeña decide si esos meses se añaden al final o se comprimen después. Una carencia “que alivia” puede alargar años el préstamo.

Aplazamiento o fraccionamiento es mover recibos concretos: este mes no se carga, se reparte en los siguientes. No perdona deuda. Solo la empuja. Si el IRPH sigue alto, empujas una bola más cara.

Impago es no atender el recibo sin un pacto escrito. Ahí entran intereses de demora, comisión por reclamación y, si se acumulan cuotas, el riesgo de vencimiento anticipado. No es un “descanso informal”. Es un incumplimiento.

SituaciónQué ocurre con el capitalQué pedir por escrito
Carencia de capitalNo baja (o sube si capitalizan intereses)Plazo, tipo aplicable, si hay capitalización
Aplazamiento de 1–3 recibosSigue igual; se desplazan vencimientosCalendario nuevo y coste total
Impago sin pactoSigue igual + mora + comisionesNo hay pacto: hay reclamación

Antes de llamar: tres números de tu escritura

El índice: IRPH Entidades u otro. No mezcles con Euríbor. El valor vigente está en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

El diferencial y la fecha de revisión. Sin eso no sabes si el recibo de este mes ya lleva el IRPH nuevo o todavía el anterior.

El capital pendiente y los años que quedan. Con eso el simulador de hipoteca te dice qué cuota saldría si el índice baja, si amortizas o si alargas plazo.

Si no tienes esos tres datos, la conversación con el banco es teatro: ellos hablan de “ayudarte” y tú no puedes contrastar la cifra.

Qué pedir en la primera llamada (y qué no aceptar ahí)

Pide, por escrito o por la app del banco, una propuesta con: nueva cuota, duración, TAE resultante, comisiones y si el acuerdo incluye una renuncia a reclamar el IRPH u otras cláusulas. Esa última frase es el núcleo de muchos “alivios”.

Un recorte de 40 euros al mes a cambio de cerrar para siempre una reclamación por falta de transparencia puede ser un mal negocio. Calcula primero cuánto pagas de más con la calculadora IRPH vs Euríbor y luego mira la oferta.

No firmes en la oficina “para salir del paso”. Pide 48 horas. Lee en casa. Si el texto habla de novación, transacción o finiquito, no es un aplazamiento: es un contrato nuevo.

Carencia útil y carencia trampa

Una carencia corta (tres o seis meses) para cubrir un paro, una baja o una obra inesperada puede ser herramienta. Tiene sentido si hay fecha de reingreso de ingresos y si los intereses de esos meses no se capitalizan de forma opaca.

Una carencia larga que añade años, sube el diferencial o te ata a un seguro nuevo suele ser un crédito disfrazado de favor. Pregunta en voz alta: “¿cuánto habré pagado de más al final del préstamo?”. Si no saben contestarte, no es un favor: es un producto.

Compara la carencia con una amortización parcial pequeña. A veces conviene vender un coche o recortar un gasto y meter 2.000 euros a capital, no alargar el IRPH dos años más.

Impago: el reloj no es el de las redes

Un recibo devuelto no es un desahucio. Pero el segundo y el tercero activan protocolos internos. El banco puede ofrecer refinanciación, incluirte en ficheros si se cumplen los requisitos legales, o iniciar reclamación. El Código de Buenas Prácticas existe para determinados perfiles de vulnerabilidad; no es automático ni para todas las hipotecas.

Si crees que encajas en un código de protección, pregunta por el nombre exacto de la norma y los documentos (IRPF, certificado de empadronamiento, escritura). No aceptes un “ya te lo gestionamos” sin registro de entrada.

Paralelamente, el IRPH de tu contrato puede ser revisable en transparencia. Eso no paraliza solo el recibo de este mes, pero sí cambia la estrategia: no regales esa vía en un finiquito para ahorrarte dos cuotas.

Papeles que sí y firmas que no

  • Recibos de los últimos 12 meses y carta de la última revisión.
  • Escritura completa, no solo la primera hoja.
  • Simulación propia con el IRPH actual de IRPH.es.
  • Renuncia genérica a “acciones presentes y futuras” sobre el índice.
  • Seguro o tarjeta “porque si no no hay carencia”.
  • Cambio de titular o avalista nuevo sin asesoramiento.

Un orden que se puede ejecutar esta semana

Día 1: baja el PDF del último IRPH en IRPH BOE y anota el valor de tu mes de revisión. Día 2: mete capital, plazo y diferencial en el simulador. Día 3: escribe al banco pidiendo propuesta por escrito, sin firmar nada en ventanilla.

Si quieres contrastar cómo lo han hecho otros, el foro IRPH sirve para trámites y bancos, no como sentencia. Si el caso mezcla revolving, cláusula de vehículo o una escritura opaca, la caja de AMILCA ABOGADOS en la portada es un canal de consulta, no un atajo mágico.

Cierre útil: la cuota que no llega se atiende con números y con un papel que puedas releer. El IRPH se actualiza cada mes; tu firma, si cedes derechos, no se actualiza: se queda.

Comentarios

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eric · Barcelona · Sábado, 15 Febrero 2020 | 12:07:13 PM · nº 5676
Un par de semanas y llega el gran dia .Sólo necesitamos escuchar 2 palabras IRPH NULO . Y todo será posible . Ese mismo día me pasaré a saludar por mi banco , luego al abogado y me da tiempo a tomarme un café . 19 AÑOS pagando IRPH , 228 letras , y 3 directores de banco que me cerraron la puerta en las narices .En fín , se que habrá que seguir peleando pero si anulan el IRPH está vez el daño se lo vamos a hacer nosotros .
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angel pepiol · camarles-tarragona · Sábado, 15 Febrero 2020 | 01:17:15 PM · resp. nº 1824
Hola
Quiero informaros de la ultima novedad de CAIXABANK
hot recibp un correo electrónico en que se me informa que mire el comunicado en banca digitalnoticia importante enviada el11/02/2020 Descripción cambio de condiciones yono tengo banca digital y les he dicho que no me cambien las condiciones ni una coma además se me hizo un vencimiento anticipado y pacte y pague 2500 euros y abogados 400 euros teniendo IRPH+2,95% y sus atributosde clausulas abusivas gestoría 1000 euros y gastos hipotecarios informo sus condiciones a que no aceptéis se ve que viene el lobo TJUE
Informo a los clientes de CAIXABANK esta cerca lasentencia del TJUE que hemos sufrido y en tiempos de crisis y han perdido muchas viviendas que veremos ahora vendidas a fondos buitre comovan a llorar al GOBIERNO
Iosu · Navarra · Domingo, 16 Febrero 2020 | 10:05:09 AM · resp. nº 1825
El 3 de Marzo nadie dirá IRPH NULO porque no es eso lo que se está juzgando. La sentenciá díra si el IRPH puede ser objeto de control de transparencía. En caso positivo, una vez admitido el control de transparencia, el Abogado General establece que el juez, en cada caso concreto, deberá valorar si la cláusula es abusiva o no en función de la información que las entidades bancarias hayan proporcionado al consumidor en el momento de firmar la hipoteca, de modo que el consumidor haya podido tomar una decisión prudente y con pleno conocimiento de causa respecto al método de cálculo del tipo de interés aplicable, siendo consciente de las consecuencias económicas, por lo que es preciso no sólo especificar la definición completa del índice de referencia, sino también las disposiciones de la normativa nacional pertinentes que determinen el índice.

Por último, se deberá pronunciar sobre la tercera cuestión, las consecuencias de la declaración de nulidad. En su voto particular a la STS de 14 de noviembre de 2017 los magistrados discrepantes se decantaron por la sustitución del IRPH por el Euribor, que parece lo más razonable, pues económicamente no se comprendería un préstamo sin interés o quizás sí. Cable la posibilidad tambien de declarar nulo el contrato de hipoteca entero. Con lo cual sería como si no existiera nunca. Las hipotecas que llevan más años saldrán beneficiadas en este caso ya que habaran pagado probablemente más de lo que le prestaron. Pero esto es otra historía.
Luis · Madrid · Lunes, 17 Febrero 2020 | 06:22:47 AM · resp. nº 1827
Losu: No Cabe la posibilidad de declarar nulo el contrato de hipoteca entero El 99,9% existe una clausula que establece que en caso de desaparición de la referencia pactada y/o sustitutivos, se fija el último tipo nominal cobrado, en principio este es el tipo fijo que te aplicará el banco.

Seguramente todos pasen a un "Tipo Fijo Pactado" caso por caso, medio punto por debajo de lo actual para satisfacer posibles demandas futuras que también estará incluido el no demandan.
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Isabel Montiel Perez · Cadiz · Viernes, 14 Febrero 2020 | 09:20:13 AM · nº 5675
Buenos dias, en todos los chat, hay administradores, o responsables de esto, lo que está ocurriendo aquí, es de vergüenza, aparte de lo mal que lo están pasando muchas familias, tenemos que aguantar a mala gente que le da igual las personas, no deberían de consentirlo, por que en algún lado, tenemos que enterarnos de algo, ya que las televisiones, no dicen nada, solo decir, que no consientan que esto sea un cachondeo, un saludo y buena suerte a todos, Isa
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pobre · barna · Jueves, 13 Febrero 2020 | 05:16:17 PM · nº 5673
El impacto del fallo de la sentencia del IRPH a la banca podría ascender a 3.600 millones


¿ y miles de familia que han perdido sus casas o estan sufriendo para mantener sus casas durante decadas gracias Dios confiamos la justicias en Europa
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hernan · Santa Pola · Jueves, 13 Febrero 2020 | 06:40:55 PM · resp. nº 1821
También pueden negociar con la Banca. Pero NO es mejor tenerlos cuadrados y sumarse al carro por si cae algo. y Si no cae nada ¿?.

Alguno se ha cuestionado que si la Banca gana ya no negociara nada.

18 Días para que salga cara o cruz la elección de muchos.
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hernan · Santa Pola · Jueves, 13 Febrero 2020 | 04:17:39 PM · nº 5672
BBVA resta 300 millones a su cartera en IRPH desde septiembre de 2019.

https://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/bbva-reduce-hipotecas-irph_0_1327367982.html
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Laia · Malgrat de Mar · Jueves, 13 Febrero 2020 | 11:06:12 AM · nº 5671
- 18 dias!!!
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Jueves, 13 Febrero 2020 | 10:42:39 AM · nº 5670
La sentencia creo que irá en la misma línea que las cláusulas suelo, solo que además de ver si no se dio información, tendrá que decir si se puede cambiar a euribor o se puede dejar la hipoteca sin intereses, y también si va haber retroactividad total o solo unos años.
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Jueves, 13 Febrero 2020 | 10:13:24 AM · nº 5669
La retroactividad la dio el tjue con las cláusulas suelo, porque no la puede dar con el irph?? Se tendrá que luchar uno a uno en españa pero si se demuestra que nos timaron tendrán que devolver el dinero, si no para que estamos denunciando para cambiar al euribor sólo?? Los bancos están limpiando sus balances de morosos y cerrando sucursales y hechando empleados a la calle, y subiendo comisiones, todo esto supongo que será por lo que les bienes el día 3 de marzo.
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eric · barcelona · Jueves, 13 Febrero 2020 | 11:28:34 AM · resp. nº 1819
Por partes. Las clausulas suelo la nulidad habrá que declararse caso por caso al igual que esta.

Los recortes de la Banca poco tiene que ver con IRPH, y mas por tipos negativo y la búsqueda acelerada de eficiencia y rentabilidad ante las exigencias de los supervisores nacionales y europeos.

Como Dijo Pedro de Madrid. algo se tiene que estar filtrando cuando los Grandes Fondos esta comprando Bancos Españoles.



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eric · barcelona · Jueves, 13 Febrero 2020 | 05:36:29 AM · nº 5668
La gente tiene demasiadas expectativas en que la sentencia les devuelva Dinero. La sentencia solo abrirá la puerta a reclamar de manera individual casos muy puntuales bajo ciertas condiciones.
Dejar de hablar de dinero que el TJUE no tiene el poder de sentencia la retroactividad y menos imponer su aplicación sobre los países de la EU, la sentencia delegaran en la Justicia Española para que se aplique.


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Carlos gallardo garcia · Esparreguera-barcelona · Miércoles, 12 Febrero 2020 | 04:04:21 PM · nº 5666
Que ocurrira con el irph entidades el 3 de marzo si nos dan la razon a los hipotecados?
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eric · Barcelona · Miércoles, 12 Febrero 2020 | 04:44:29 PM · resp. nº 1813
Buena pregunta
Raúl · Valencia · Miércoles, 12 Febrero 2020 | 05:24:17 PM · resp. nº 1814
Buenas tardes Carlos, lo cierto es que es una incognita. Pero si os puede ayudar a mantener la fe en la justicia os adjunto éste enlace, con una noticia sobre sentencia ( todavía apelable )en Ibiza , en relación a la anulación de la cláusula IRPH. Por cierto , un abrazo fuerte a todos los afectados que de buena fe aportan al foro , noticias , dudas razonables e inquietudes ,que pase lo que tenga que pasar , pero mantengamos el respeto y la empatía por todos los que sufren las consecuencias de éste indice. Saludos a todos.https://www.diariodeibiza.es/pitiuses-balears/2020/02/12/juzgado-ibiza-condena-banco-devolver/1122616.html
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 13 Febrero 2020 | 11:50:16 AM · resp. nº 1820
Buenos días, Carlos



Si el TJUE da la razón a los afectados, existen diferentes escenarios. Si se declara nulo, todas las posibilidades están abiertas, desde que no haya retroactividad a que sí la haya sin límite. En caso de conceder la retroactividad total, situación más lógica si nos fijamos en otros casos llevados al TJUE como las cláusulas suelo, el banco en cuestión tendría que devolver al cliente los intereses pagados a lo largo de la hipoteca en concepto de IRPH. Dependiendo del criterio, podría ser una devolución total o una diferencia con otro índice de referencia, y, desde ese momento en adelante, no se aplicaría ningún otro interés salvo que esté reflejado en las propias escrituras y que solo podría ser el diferencial o un índice sustitutivo en caso de que lo haya.



Desde nuestro bufete recomendamos al usuario afectado, asesorarse. Si tiene una cláusula abusiva como el IRPH, lo mejor es reclamarlo con abogados expertos ya que probablemente tendrá que acudir a la vía judicial. Desde nuestro punto de vista, todavía es pronto para reclamar judicialmente puesto que no hay seguridad jurídica. No obstante, le recomendamos iniciar los trámites previos a la vía judicial con el fin de adelantar los plazos de la reclamación y estar preparados para la inminente sentencia.



Nosotros antes de todo comprobamos si está entre los afectados revisando en las escrituras hipotecarias el tipo de interés al que está referenciado el préstamo y también estudiamos otras posibles cláusulas abusivas que pueda reclamar.



Le dejamos nuestro formulario para comenzar con el estudio sin ningún compromiso de su hipoteca: https://www.reclamapormi.com/reclamacion
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Ana · Tarragona · Miércoles, 12 Febrero 2020 | 03:27:48 PM · nº 5664
Hola a todos!!Como esta el patio!!la media es 25.000 A 60.000.la devolución por tener irph...valla atracó que a hecho los banco y todavía siguen cobrando estas letras tan caras y abusiva...nunca mean bajado la hipoteca..12 mese a 200 euro son 1.200
1.200 × 15 año suben=muncha pasta...tendría que tener cárcel los notarios y los banco...3 marzo ..una vergüenza cláusulas de la muerte y todavía sigen cobrando...nos vemos 3 marzo
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eric · barcelona · Jueves, 13 Febrero 2020 | 05:21:46 AM · resp. nº 1818
Creo que apuntas demasiado alto con ese cálculo y esperas algo que no sucederá. Lo primero. En la sentencia del día 3, no aplicarán nada de Retroactividad, por tanto, no devolverán nada. Segundo. Y en esto estoy de acuerdo con un comentario del foro, la sentencia ira más bien en una solución salomónica, tirón de orejas al controlador, Recomendaran delegar en la justicia Española de modo individual que se reclame casos muy puntuales. Y En manos de la Justicia Española la pelota estará de nuevo en casa donde todo se quedara de igual manera que la sentencia sobre los gastos de las hipotecas. La gente que piense que le devolverán algo de dinero por esto que se le quite de la cabeza desde ya.

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