IRPH

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Hay un momento concreto, no abstracto, en el que la cuota deja de caber. No es “el IRPH en general”: es el recibo de este mes, el saldo de la cuenta y el día en que el banco va a pasar el cargo. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, esa cifra cambia cada revisión y el susto no siempre coincide con el titular de la prensa.

El índice se publica hacia el día 20. Tu banco lo aplica en la fecha de revisión que pone la escritura, no al día siguiente del BOE. Por eso una familia puede estar al día en marzo y ahogada en julio sin haber “dejado de pagar” a propósito. Lo primero es separar tres palabras que el comercial mezcla: carencia, aplazamiento e impago.

Clave: no firmes un “acuerdo de facilidades” el mismo día que te lo leen por teléfono. Pide el texto, calcula la cuota nueva con el simulador de revisión y mira qué derechos cedes.

Pareja revisando la escritura y la cuota de una hipoteca IRPH en la cocina

Tres palabras que no son lo mismo

Carencia suele significar que durante un plazo pagas solo intereses, o incluso no pagas cuota, y el capital se queda quieto o crece. La letra pequeña decide si esos meses se añaden al final o se comprimen después. Una carencia “que alivia” puede alargar años el préstamo.

Aplazamiento o fraccionamiento es mover recibos concretos: este mes no se carga, se reparte en los siguientes. No perdona deuda. Solo la empuja. Si el IRPH sigue alto, empujas una bola más cara.

Impago es no atender el recibo sin un pacto escrito. Ahí entran intereses de demora, comisión por reclamación y, si se acumulan cuotas, el riesgo de vencimiento anticipado. No es un “descanso informal”. Es un incumplimiento.

SituaciónQué ocurre con el capitalQué pedir por escrito
Carencia de capitalNo baja (o sube si capitalizan intereses)Plazo, tipo aplicable, si hay capitalización
Aplazamiento de 1–3 recibosSigue igual; se desplazan vencimientosCalendario nuevo y coste total
Impago sin pactoSigue igual + mora + comisionesNo hay pacto: hay reclamación

Antes de llamar: tres números de tu escritura

El índice: IRPH Entidades u otro. No mezcles con Euríbor. El valor vigente está en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

El diferencial y la fecha de revisión. Sin eso no sabes si el recibo de este mes ya lleva el IRPH nuevo o todavía el anterior.

El capital pendiente y los años que quedan. Con eso el simulador de hipoteca te dice qué cuota saldría si el índice baja, si amortizas o si alargas plazo.

Si no tienes esos tres datos, la conversación con el banco es teatro: ellos hablan de “ayudarte” y tú no puedes contrastar la cifra.

Qué pedir en la primera llamada (y qué no aceptar ahí)

Pide, por escrito o por la app del banco, una propuesta con: nueva cuota, duración, TAE resultante, comisiones y si el acuerdo incluye una renuncia a reclamar el IRPH u otras cláusulas. Esa última frase es el núcleo de muchos “alivios”.

Un recorte de 40 euros al mes a cambio de cerrar para siempre una reclamación por falta de transparencia puede ser un mal negocio. Calcula primero cuánto pagas de más con la calculadora IRPH vs Euríbor y luego mira la oferta.

No firmes en la oficina “para salir del paso”. Pide 48 horas. Lee en casa. Si el texto habla de novación, transacción o finiquito, no es un aplazamiento: es un contrato nuevo.

Carencia útil y carencia trampa

Una carencia corta (tres o seis meses) para cubrir un paro, una baja o una obra inesperada puede ser herramienta. Tiene sentido si hay fecha de reingreso de ingresos y si los intereses de esos meses no se capitalizan de forma opaca.

Una carencia larga que añade años, sube el diferencial o te ata a un seguro nuevo suele ser un crédito disfrazado de favor. Pregunta en voz alta: “¿cuánto habré pagado de más al final del préstamo?”. Si no saben contestarte, no es un favor: es un producto.

Compara la carencia con una amortización parcial pequeña. A veces conviene vender un coche o recortar un gasto y meter 2.000 euros a capital, no alargar el IRPH dos años más.

Impago: el reloj no es el de las redes

Un recibo devuelto no es un desahucio. Pero el segundo y el tercero activan protocolos internos. El banco puede ofrecer refinanciación, incluirte en ficheros si se cumplen los requisitos legales, o iniciar reclamación. El Código de Buenas Prácticas existe para determinados perfiles de vulnerabilidad; no es automático ni para todas las hipotecas.

Si crees que encajas en un código de protección, pregunta por el nombre exacto de la norma y los documentos (IRPF, certificado de empadronamiento, escritura). No aceptes un “ya te lo gestionamos” sin registro de entrada.

Paralelamente, el IRPH de tu contrato puede ser revisable en transparencia. Eso no paraliza solo el recibo de este mes, pero sí cambia la estrategia: no regales esa vía en un finiquito para ahorrarte dos cuotas.

Papeles que sí y firmas que no

  • Recibos de los últimos 12 meses y carta de la última revisión.
  • Escritura completa, no solo la primera hoja.
  • Simulación propia con el IRPH actual de IRPH.es.
  • Renuncia genérica a “acciones presentes y futuras” sobre el índice.
  • Seguro o tarjeta “porque si no no hay carencia”.
  • Cambio de titular o avalista nuevo sin asesoramiento.

Un orden que se puede ejecutar esta semana

Día 1: baja el PDF del último IRPH en IRPH BOE y anota el valor de tu mes de revisión. Día 2: mete capital, plazo y diferencial en el simulador. Día 3: escribe al banco pidiendo propuesta por escrito, sin firmar nada en ventanilla.

Si quieres contrastar cómo lo han hecho otros, el foro IRPH sirve para trámites y bancos, no como sentencia. Si el caso mezcla revolving, cláusula de vehículo o una escritura opaca, la caja de AMILCA ABOGADOS en la portada es un canal de consulta, no un atajo mágico.

Cierre útil: la cuota que no llega se atiende con números y con un papel que puedas releer. El IRPH se actualiza cada mes; tu firma, si cedes derechos, no se actualiza: se queda.

Comentarios

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Frasquito Roc · Elda-Alicante · Domingo, 15 Sept. 2019 | 08:50:35 PM · nº 5417
Hola a todos. ¿Alguien tiene experiencia en algún pleito con la gente de Reclamapormi? ¿Trabajan bien? ¿Son de fiar? A ver si alguien puede contarme su experiencia. Un saludo.
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Alejandro · Las palmas · Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:08:04 AM · resp. nº 1513
Yo te puedo contestar Frasquito, a mi me están reclamando los gastos de hipoteca con UCI, y ya me han calculado cuanto tienen que devolver, ya he ido al juzgado a autorizar al procurador para juicio y lo único que he pagado es el procurador de resto el abogado cobrará un 15% de lo que consiga que me devuelvan. Así que yo, si te los puedo recomendar.
Un saludo
Juan · Madrid · Lunes, 16 Sept. 2019 | 06:36:30 AM · resp. nº 1515
A mi me reclamaron gastos y sin problema. Todo bien explicado, con una hoja de encargo de una página. Bueno, cuando hables con ellos ya verás que son bastante francos. Llevan explicando el tema del irph en el foro desde 2017 o así y siempre han dicho que los afectados debian esperar a saber más mientras otros abogados intentaban engatusarte para ir adelante. Eso al menos hay q reconocérselo.
Luis · Barcelona · Lunes, 16 Sept. 2019 | 08:48:34 AM · resp. nº 1516
Muy buenos. Amables, trabajadores y muy sinceros te dicen todo lo que hay. Vale la pena. Te examinan con profundidad la escritura y miran todo aquello en lo que el banco se ha pasado. Además te protegen banstante con estimaciones parciales para que el riesgo de perder sean mínimo. Yo me siento muy protegido con ellos la verdad.
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Ana · Tarragona · Domingo, 15 Sept. 2019 | 08:04:41 PM · nº 5416
Nosotros los de la hipotecas..irph dicen que hemos pagado demás cada mes entre 200 o 300..Pues el banco nos tiene que pagar todo los años que sean beneficiado de este dinero..que hoy poroi estamos pagando cada mes..cierto!! más gasto hipotecarios..
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Ana · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:31:30 PM · nº 5415
HOLA A TODOS, NI CASO A LOS BANCOS. EL ABOGADO GENERAL NOS DA LA RAZÓN E INCLUSO SIMPLIFICA LOS REQUISITOS QUE LA SENTENCIA RECURRIDA EN CASACIÓN ESTABLECÍA PARA DECRETAR QUE LA CLAUSULA NO SUPERA EL CONTROL DE TRANSPARENCIA Y POR CONSIGUIENTE PARA DECLARAR SU NULIDAD. ES MÁS, ABRE OTRA VÍA DIFERENTE A LA TRANSPARENCIA PARA DECLARARLA NULA Y; POR ENDE ABRE LA POSIBILIDAD DE VOLVER A DEMANDAR A AQUELLOS QUE NO PROSIGUIERON CON EL PROCEDIMIENTO

Así, una vez leídas las conclusiones del Abogado General del TJUE tras un análisis pormenorizado de las mismas y, tras realizar una comparativa con la propia Jurisprudencia del Tribunal Supremo generada con ocasión de las cláusulas suelo e IRPH, la IMPRESIÓN ES MUY PERO QUE MUY BUENA - por mucho que la banca intente transmitir lo contrario- .

Y es TAN SIMPLE, como que el ABOGADO GENERAL vincula el cumplimiento del control de transparencia a que,

· La claúsula contractual que fija el tipo de interés -IRPH- CONTENGA LA DEFINICIÓN COMPLETA DEL IRPH ASÍ COMO LAS DISPOSICIONES DE LA NORMATIVA NACIONAL QUE DETERMINAN DICHO ÍNDIDE. Tened en cuenta que, la inmensa mayoría de las escrituras, por no decir todas, no incluyen la definición ni tan siquiera parcial del IRPH.

· Y además, debió de haberos informado sobre la evolución la evolución en el pasado de dicho índice. Lo cual, es muy díficil de acreditar por la banca. O bien debería haber incorporado a la escritura el cuadro de evolución o bien estar firmado , COSA QUE DUDO, por la sencilla razón de que NUNCA LO HIZO.

Si habéis leído las conclusiones, ciertamente el ABOGADO GENERAL da la razón a la Banca y al TS, en cuanto a que los empleados bancarios no estaban obligados a explicar la fórmula de cálculo de IRPH o a ofrecer otros índices, tal y como establecía la Sentencia que fue objeto de Recurso ante el TS y, como se alegaba por parte de los representantes del consumidor, siguiendo la Sentencia de primera y segunda instancia.

Cuestión que, no nos debe preocupar en absoluto, pues el propio ABOGADO GENERAL EXIGE UNOS REQUISITOS MÁS SENCILLOS Y OBJETIVOS -definición completa de IRPH y gráfico evolución- que, los que exigía tanto la propia Sentencia que fue objeto de Recurso ante el Supremo como la representación del consumidor

EN RESUMEN, entiende que el mero hecho de que la cláusula no incorpore la definición completa de IRPH es motivo más que suficiente para declarar que no se supera el control de transparencia, sin necesidad de ir más allá y, entrar a valorar si el empleado del banco os explicó la fórmula de cálculo etc .

Por otra parte, ABRE OTRA VÍA PARA DECLARAR LA NULIDAD DE DICHA CLÁUSULA, en tanto en cuanto considera que la claúsula puede y debe someterse al CONTROL DE CONTENIDO – control diferente al de transparecia- . Esta vía abrirá la puerta a todos aquellos que demandaron y no continuaron con el procedimiento, siempre y cuando, al demandar no hubieran ejercitado la acción de nulidad por falta de equilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes. En estos días, os explico está vía.
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Isabel · Cadiz · Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:50:07 PM · resp. nº 1511
Muchas gracias Ana, por entrar en el foro, y explicarnos cómo quedó el tema, un saludo
Alejandro · Las palmas · Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:28:11 AM · resp. nº 1514
Gracias Ana, en nombre propio y de tod@s
Ana · Madrid · Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:06:42 PM · resp. nº 1517
De nada, para mi como afectada y abogada es un placer poder ayudar. Para cualquier duda , explicación o aclaración os dejo mi teléfono 659 47 39 02. YA QUEDA MENOS!!!!!!
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Isabel · Cadiz · Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:29:10 PM · nº 5414
Sabes lo que pasa Juan, que si, que sigamos nosotros, eso iba hacer, cuando me di cuenta, que la misma persona, con distinto nombre de estaba riendo de nosotros, y tuve que saltar y decir, no contestar más, que es el mismo
Y no solo eso entro con un tema personal que seguramente le habrá pasado alguno, que es perder su vivienda y pueden perderlas también los avalista, entonces es muy fuerte, ya no me fío, por que hemos dado, vamos a llamarlo VIRUS, por que es mala persona. Un beso a todos y mucho ánimo
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Roberto · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:48:47 PM · resp. nº 1510
Ya habeis dicho que tengo varios perfiles, no es asi pero ya veo que no me creeis. Yo no he entrado nunca a tratar ese tema de que alguien pierda su vivienda y tambien el avalista. Nunca lo haria pq eso es un tema independiente de si tienes IRPH o EURIBOR. No me asigneis comentarios que no son mios. Ademas hubo uno que puso tambien ROBERTO DE MADRID y no era yo. Yo nunca me alegro de las desgracias de nadie.
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juan · las palmas · Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:47:57 PM · nº 5413
tampoco entiendo la posición del moderador¨, dándole felicidades este individuo.de todas maneras yo pienso que estamos mucho mejor ahora que cuando nuestro tribunal Español dicto sentencia diciendo que teníamos que ser muy perficaces.je.je
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PEDRO · Valencia · Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:41:26 PM · nº 5412
Hola, yo quiero saber si es recomendable reclamar al banco ya por la hipoteca que tengo al irph o hay que esperar a más adelante cuando ya este la sentencia del tjue. Pido que algún abogado experto diga que pasos debemos
de hacer los que tenemos el irph y que es lo recomendable hacer y que no es recomendable hacer. Gracias
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Roberto · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:18:09 PM · nº 5410
Por alusiones, eric de barcelona. Que me estaba pasando? Pq por decir que uno tiene que saber lo que firma? Eso te lo digo yo y cualquiera. Que hay de malo en eso? Yo firme en la misma época que vosotros seguramente, no era tan facil buscar información pero se podia. Comfiar en el del banco? Nunca, pero ni en el del banco ni el de la tienda de moviles, etcc.. pq te quieran engañar? No. Los comerciales hacen si trabajo y siempre te van a contar lo bueno de su producto. El que te venda un coche no te dira que el de la competencia es mejor, te vendera el suyo contando lo bueno de su coche aunque el de la competencia sea mejor. Por eso uno tiene que informarse antes de ir a comprar cosas que asi lo requieran. Esto que es tan normal decirlo aqui es ofender. Por favor no me mencioneis mas, si sigo aqui es por vuestras alusiones.
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eric · Barcelona · Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:27:31 PM · resp. nº 1508
que tu a mi no me das lecciones de nada . ya conocemos tu opinión , callate ya Y opina del IRPH , NO DE LOS QUE LO TENEMOS .
Roberto · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:38:40 PM · resp. nº 1509
Yo nunca he opinado de nadie a nivel personal pq no conozco los casos particulares de cada uno. He hablado a nivel general.
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kikolg · Toledo · Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:08:14 PM · nº 5409
Buenas tardes.

¿Podemos seguir hablando de temas relacionados con el IRPH?

¿No os dais cuenta que si a alguien le da por buscar un foro relacionado con el IRPH, si le aparece este en concreto y le da por ver los comentarios que se han escrito despues de la opinion del abogado de la UE, se va a pensar en "seguir" el foro?

Yo sinceramente, dejaria de visitar esta pagina.

Asi que os pido a todos que por favor dejeis las disputas de una vez y nos centremos en lo que nos une, nuestro problema con el dichoso IRPH.

De esta manera, cada vez seremos mas y no menos, que es lo que con los ultimos comentarios se esta consiguendo.

Es mi opinion.

Un saludo y no perdais la ilusion de que llegara el dia que se haga justicia.
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eric · Barcelona · Domingo, 15 Sept. 2019 | 02:55:57 PM · nº 5408
Uno recoge lo que siembra , estaba claro que no podía acabar de otra manera . Cuantas veces te han avisado que te estabas pasando ? Todo el mundo aquí sufriendo lo que conlleva tener el IRPH Y TU ROBERTO DE MADRID venga a culpar de ello a todos .Como si tuvieras derecho a opinar sobre nuestras vidas, nos conoces de algo ? conoces las condiciones en las que firmamos ? No engañas a nadie con argumentos vacíos dejan a la vista tus complejos . opina sobre el IRPH no sobre nosotros .Y TRANQUILO DEBE HABER MUCHOS ROBERTOS EN MADRID CON MÓVIL . o contrata un escolta si temes por tu vida.
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Roberto · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:05:57 PM · resp. nº 1504
Vamos a ver, un señor me amenaza, yo le respondo con educación y el moderador decide eliminar los mensajes. A partir de ahi me llamais cagon, que tengo la piel fina, que contrate un guardaldas, quien se rie de quien? Y todo por darle las gracias al moderador por su actuacion.
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Roberto · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 02:12:41 PM · nº 5407
Por favor Sr. Moderador publique de nuevo el mensaje donde se me amenaza con localizarme. Creo que cuando alguien dice eso no es para darme las gracias y ademas dentro del contexto del mensaje.Sera cierto o no pero no deja de ser una amenaza.
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eric · Barcelona · Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:11:48 PM · resp. nº 1505
AQUÍ SE OPINA SOBRE EL IRPH NO SI ES CULPA NUESTRA TENER IRPH . TODOS LO DÍAS PROVOCANDO Y CABREANDO A LA GENTE . NO ME EXTRAÑA QUE TE QUIERAN INFLAR A OSTIAS . YA TE DIGO YO QUIEN HA PUBLICADO EL MENSAJE HA SIDO ELVIS DE NARMIA .
Roberto · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 04:11:22 PM · resp. nº 1507
Provocar es opinar, entonces para vosotros un debate que es la guerra. A ti te parece normal que por opinar alguien me quiera inflar a os..... Repito, luego soy yo el que provoca y es irrespetuoso.

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