IRPH

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Hay un momento concreto, no abstracto, en el que la cuota deja de caber. No es “el IRPH en general”: es el recibo de este mes, el saldo de la cuenta y el día en que el banco va a pasar el cargo. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, esa cifra cambia cada revisión y el susto no siempre coincide con el titular de la prensa.

El índice se publica hacia el día 20. Tu banco lo aplica en la fecha de revisión que pone la escritura, no al día siguiente del BOE. Por eso una familia puede estar al día en marzo y ahogada en julio sin haber “dejado de pagar” a propósito. Lo primero es separar tres palabras que el comercial mezcla: carencia, aplazamiento e impago.

Clave: no firmes un “acuerdo de facilidades” el mismo día que te lo leen por teléfono. Pide el texto, calcula la cuota nueva con el simulador de revisión y mira qué derechos cedes.

Pareja revisando la escritura y la cuota de una hipoteca IRPH en la cocina

Tres palabras que no son lo mismo

Carencia suele significar que durante un plazo pagas solo intereses, o incluso no pagas cuota, y el capital se queda quieto o crece. La letra pequeña decide si esos meses se añaden al final o se comprimen después. Una carencia “que alivia” puede alargar años el préstamo.

Aplazamiento o fraccionamiento es mover recibos concretos: este mes no se carga, se reparte en los siguientes. No perdona deuda. Solo la empuja. Si el IRPH sigue alto, empujas una bola más cara.

Impago es no atender el recibo sin un pacto escrito. Ahí entran intereses de demora, comisión por reclamación y, si se acumulan cuotas, el riesgo de vencimiento anticipado. No es un “descanso informal”. Es un incumplimiento.

SituaciónQué ocurre con el capitalQué pedir por escrito
Carencia de capitalNo baja (o sube si capitalizan intereses)Plazo, tipo aplicable, si hay capitalización
Aplazamiento de 1–3 recibosSigue igual; se desplazan vencimientosCalendario nuevo y coste total
Impago sin pactoSigue igual + mora + comisionesNo hay pacto: hay reclamación

Antes de llamar: tres números de tu escritura

El índice: IRPH Entidades u otro. No mezcles con Euríbor. El valor vigente está en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

El diferencial y la fecha de revisión. Sin eso no sabes si el recibo de este mes ya lleva el IRPH nuevo o todavía el anterior.

El capital pendiente y los años que quedan. Con eso el simulador de hipoteca te dice qué cuota saldría si el índice baja, si amortizas o si alargas plazo.

Si no tienes esos tres datos, la conversación con el banco es teatro: ellos hablan de “ayudarte” y tú no puedes contrastar la cifra.

Qué pedir en la primera llamada (y qué no aceptar ahí)

Pide, por escrito o por la app del banco, una propuesta con: nueva cuota, duración, TAE resultante, comisiones y si el acuerdo incluye una renuncia a reclamar el IRPH u otras cláusulas. Esa última frase es el núcleo de muchos “alivios”.

Un recorte de 40 euros al mes a cambio de cerrar para siempre una reclamación por falta de transparencia puede ser un mal negocio. Calcula primero cuánto pagas de más con la calculadora IRPH vs Euríbor y luego mira la oferta.

No firmes en la oficina “para salir del paso”. Pide 48 horas. Lee en casa. Si el texto habla de novación, transacción o finiquito, no es un aplazamiento: es un contrato nuevo.

Carencia útil y carencia trampa

Una carencia corta (tres o seis meses) para cubrir un paro, una baja o una obra inesperada puede ser herramienta. Tiene sentido si hay fecha de reingreso de ingresos y si los intereses de esos meses no se capitalizan de forma opaca.

Una carencia larga que añade años, sube el diferencial o te ata a un seguro nuevo suele ser un crédito disfrazado de favor. Pregunta en voz alta: “¿cuánto habré pagado de más al final del préstamo?”. Si no saben contestarte, no es un favor: es un producto.

Compara la carencia con una amortización parcial pequeña. A veces conviene vender un coche o recortar un gasto y meter 2.000 euros a capital, no alargar el IRPH dos años más.

Impago: el reloj no es el de las redes

Un recibo devuelto no es un desahucio. Pero el segundo y el tercero activan protocolos internos. El banco puede ofrecer refinanciación, incluirte en ficheros si se cumplen los requisitos legales, o iniciar reclamación. El Código de Buenas Prácticas existe para determinados perfiles de vulnerabilidad; no es automático ni para todas las hipotecas.

Si crees que encajas en un código de protección, pregunta por el nombre exacto de la norma y los documentos (IRPF, certificado de empadronamiento, escritura). No aceptes un “ya te lo gestionamos” sin registro de entrada.

Paralelamente, el IRPH de tu contrato puede ser revisable en transparencia. Eso no paraliza solo el recibo de este mes, pero sí cambia la estrategia: no regales esa vía en un finiquito para ahorrarte dos cuotas.

Papeles que sí y firmas que no

  • Recibos de los últimos 12 meses y carta de la última revisión.
  • Escritura completa, no solo la primera hoja.
  • Simulación propia con el IRPH actual de IRPH.es.
  • Renuncia genérica a “acciones presentes y futuras” sobre el índice.
  • Seguro o tarjeta “porque si no no hay carencia”.
  • Cambio de titular o avalista nuevo sin asesoramiento.

Un orden que se puede ejecutar esta semana

Día 1: baja el PDF del último IRPH en IRPH BOE y anota el valor de tu mes de revisión. Día 2: mete capital, plazo y diferencial en el simulador. Día 3: escribe al banco pidiendo propuesta por escrito, sin firmar nada en ventanilla.

Si quieres contrastar cómo lo han hecho otros, el foro IRPH sirve para trámites y bancos, no como sentencia. Si el caso mezcla revolving, cláusula de vehículo o una escritura opaca, la caja de AMILCA ABOGADOS en la portada es un canal de consulta, no un atajo mágico.

Cierre útil: la cuota que no llega se atiende con números y con un papel que puedas releer. El IRPH se actualiza cada mes; tu firma, si cedes derechos, no se actualiza: se queda.

Comentarios

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Olga · Barcelona · Viernes, 18 Enero 2019 | 08:46:38 AM · nº 4715

En el caso de que se declare nulo el IRPH, que pasará con los que tienemos una VPO? las condiciones de estos préstamos convenidos, se deciden en Consejo de Ministros. Y ya sabemos que el gobierno no está por la labor de cambiar nada.
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Jesus · Madrid · Viernes, 18 Enero 2019 | 01:34:16 PM · resp. nº 852
Somos muchos los que tenemos esos prestamos convenidos con la referencia irph.Lo primero que tenía que hacer el gobierno es coger como referencia el euribor.Ahora toca la revisión por parte del Consejo de ministros.Esperamos aunque no creo que lo cambien. Y lo que hemos pagado de mas tendremos posibilidad de reclamar???
Javier · Villajoyosa · Viernes, 18 Enero 2019 | 06:18:22 PM · resp. nº 853
El TJUE no va a declarar nulo el IRPH porque no se ha solicitado en la cuestión perjudicial, Al TJUE se le ha solicitado que se pronuncie acerca de cuáles son los criterios de transparencia que se tienen que dar para que esa cláusula sea legal, osea, que el IRPH es y será siendo un índice de Referencia hipotecario totalmente válido y reconocido por el Banco de España. Si el TJUE fija unos criterios distintos a los que nos dieron en la contratación de nuestra hipoteca y nosotros lo denunciamos, será la entidad Bancaria la que tiene que demostrar que la operación se hizo conforme marca la nueva directriz del TJUE, si no es así, el juez podrá expulsar esa cláusula de nuestro contacto por falta de transparencia y fijar la devolución de lo pagado de más desde el principio del préstamo hipotecario.
Ahora bien, no dudéis de que el banco recurrirá y recurrirá, primera instancia, AP. Supremo y ejecución de sentencia lo que podría demorar el cobro en más de ocho años
maria · oviedo · Viernes, 18 Enero 2019 | 06:54:45 PM · resp. nº 855
Mira, es que el gobierno, ten en cuenta que son los técnicos, no los del gobierno que conocemos que no tienen requisito de conocimiento alguno al respecto, te ha referido el préstamo protegido al llamado IRPH como precio total del préstamo, que es lo que es por definición el llamado IRPH. Pero eso no tiene nada que ver con que el banco lo haya usado directamente como interés simple del préstamo, en lugar de como precio total. Esto lo ha hecho el banco solito en tu contrato particular. Y esto no está condicionado por el Gobierno. Lo que está pendiente de declararse nula, es la claúsula de tu contrato que usa el IRPH, no el índice del Banco de España. Así que no te preocupes que no se van a librar en vuestro caso por ese motivo.
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Delfin · Madrid · Martes, 15 Enero 2019 | 11:57:38 PM · nº 4714
El gobierno de Rajoy impidió el cambio de IRPH a Euribor

https://diario16.com/gobierno-rajoy-impidio-cambio-irph-euribor/

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maria · oviedo · Viernes, 18 Enero 2019 | 07:13:07 PM · resp. nº 856
A ver, el gobierno no puede cambiar el IRPH a Euribor, y el juez tampoco puede hacerlo, lo que sí puede este último es anular la claúsula o el contrato, pero no cambiarte el contrato. Igual que no puede cambiarte el suelo por otro, o por otra cosa, sino anularlo. El juzgado de Barcelona ha pedido al TJUE poder para hacerlo en contra de la ley porque supuestamente es beneficioso para el consumidor, pero el consumidor en cuestión, nunca ha pedido ni argumentado eso, sino que es el típico falso argumento del banco que el juez ha implementado por su cuenta...
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Mendoza · Barcelona · Martes, 15 Enero 2019 | 07:19:58 PM · nº 4713
Hola, tenía el IRPH cajas con la Caíxa y me lo cambiaron por un índice fijo. Ahora me han devuelto 700 € que me he encontrado en la cuenta, sin previo aviso.
Alguien puede adjuntar un escrito con el cual pueda indicar al banco que no acepto las nuevas condiciones. Aquí se habla de que NO FIRMEMOS NADA, pero pasa el tiempo y me ha bajado la hipoteca 3 euros y creo que debería escribir a la Caixa porqué aún parecerá que lo aceptó.
No creéis que los bancos pueden engañar y hacer firmar a alguno de nosotros.
Ahora cuando tengo que firmar un simple trámite con la Caixa, tengo un temor que me echa hacia atrás.
Espero el documento, gracias.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 14 Enero 2019 | 10:41:59 AM · nº 4712
Hola a todos,


La mayoría de vosotros habrá leído que la vista de la cuestión prejudicial sobre el IRPH en el TJUE será el 25 de febrero. Este día se dará un paso más a favor o en contra de los afectados por IRPH, pero no es el día definitivo.

Tras la vista, y antes de la sentencia, el abogado general hará públicas sus conclusiones. Hay que esperar tras ese día un poco más.





Aquí podéis leer más sobre el IRPH y las diferentes situaciones que pueden darse. La actualidad para todos los afectados. https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/154-que-es-y-como-reclamar-irph.html

Quien desee saber más sobre ello y consultar con un abogado de forma gratuita, que deje su caso aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



Atentamente, Reclama Por Mí.
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eric · Barcelona · Lunes, 14 Enero 2019 | 06:41:23 PM · resp. nº 849
Reclama por mí , que es una organización sin ánimo de lucro ? o ya reclamo yo por mí y si por un milagro recuperamos lo pagado de más no tendré que pagaros a vosotros un % ? No creo que sea el momento para decir que el 25 de febrero no será la fecha definitiva . para las pocas buenas noticias que tenemos no nos la estropees
Miguel · ELCHE · Lunes, 14 Enero 2019 | 09:26:21 PM · resp. nº 850
Eric si o si tendrás que contratar un abogado y pagarle sus servicios,no creas que trabajan gratis.
A lo que se refiere que no será la fecha definitiva es que el 25 no saldrá la sentencia,sino que tardarán unos días mas
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 15 Enero 2019 | 09:54:51 AM · resp. nº 851
A Miguel y Eric,



Como bien dice Miguel, nos referimos a que el 25 de febrero tendremos más noticias, pero no serán definitivas.



Por aclarar como trabajamos en www.reclamapormi.com: Somos un bufete de abogados especializados en reclamar por cláusulas abusivas en especial contra bancos ya sea por cláusula suelo, IRPH, gastos de hipoteca y otras como tarjetas revolving y microcréditos abusivos.



Si algo nos caracteriza es que asesoramos sin compromiso y sin coste. Pero si empezamos a trabajar funcionamos a un porcentaje de la cantidad recuperada a éxito.

Durante todo este tiempo hemos venido asesorando sobre como proceder a los afectados con el IRPH. Hemos sido muy claros y nos hemos puesto siempre de parte de los afectados ya que lo consideramos abusivo por muchos motivos.



Teniendo en cuenta que el criterio no es claro aún hemos aconsejado desde el principio cautela a todos nuestros clientes y a los afectados de este foro. Quien se ha metido a demandar está haciendo una apuesta arriesgada sin saber las reglas de juego.

Contamos con miles de clientes que han confiado en nosotros y esperan nuestro visto bueno para reclamar, pero seguimos a la espera por su propio beneficio.

Quien quiera ponerse en contacto que lo haga aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

Un saludo, Javier
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sonia · tarragona · Lunes, 14 Enero 2019 | 10:04:41 AM · nº 4711
Hola, y se puede saber cuanto tarda en salir la sentencia desde que ejecuente el juicio en europa?
Yo tengo mi juicio el 3/06/2019 ......... que justa iré y que nervios!!!!
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David · Sevilla · Domingo, 13 Enero 2019 | 08:20:42 PM · nº 4710
Si es verdad que ahora me doy cuenta que me precipite en demandar pero también es verdad que si los que empezamos en los juzgados no lo hubieramos hecho esto no habría llegado a Europa, así que no hay mal que por bien no venga, ÁNIMOS.
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vicente · madrid · Domingo, 13 Enero 2019 | 08:05:15 PM · nº 4709
hola a todos,soy nuevo en esto estoy afectado por el irph , quiero consultán que significa el 25 de febrero, si es concluyente ya que creo que habrá que esperar mucho meses,o ya podemos saber algo concluyente el 25
gracias a todos
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Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Domingo, 13 Enero 2019 | 03:42:10 PM · nº 4708
Aquí tenéis a los enemigos de todos
https://www.laverdad.es/murcia/alerta-previstos-cuatro-20190113130119-nt.html
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David · Sevilla · Domingo, 13 Enero 2019 | 03:34:06 PM · nº 4707
Si es verdad que ahora me doy cuenta que me precipite en demandar pero también es verdad que si los que empezamos en los juzgados no lo hubieramos hecho esto no habría llegado a Europa, así que no hay mal que por bien no venga, ÁNIMOS.
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David · Sevilla · Domingo, 13 Enero 2019 | 03:30:18 PM · nº 4706
Muy buenas, por fin el final del camino mucho ánimos a todos nuestra familia y vida depende de ese día, por mi parte yo estoy juzgado desde enero de 2018 pero el que me quiten el irph ya es algo, animo a esas personas que podéis recuperar todo lo perdido
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