IRPH

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Hay un momento concreto, no abstracto, en el que la cuota deja de caber. No es “el IRPH en general”: es el recibo de este mes, el saldo de la cuenta y el día en que el banco va a pasar el cargo. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, esa cifra cambia cada revisión y el susto no siempre coincide con el titular de la prensa.

El índice se publica hacia el día 20. Tu banco lo aplica en la fecha de revisión que pone la escritura, no al día siguiente del BOE. Por eso una familia puede estar al día en marzo y ahogada en julio sin haber “dejado de pagar” a propósito. Lo primero es separar tres palabras que el comercial mezcla: carencia, aplazamiento e impago.

Clave: no firmes un “acuerdo de facilidades” el mismo día que te lo leen por teléfono. Pide el texto, calcula la cuota nueva con el simulador de revisión y mira qué derechos cedes.

Pareja revisando la escritura y la cuota de una hipoteca IRPH en la cocina

Tres palabras que no son lo mismo

Carencia suele significar que durante un plazo pagas solo intereses, o incluso no pagas cuota, y el capital se queda quieto o crece. La letra pequeña decide si esos meses se añaden al final o se comprimen después. Una carencia “que alivia” puede alargar años el préstamo.

Aplazamiento o fraccionamiento es mover recibos concretos: este mes no se carga, se reparte en los siguientes. No perdona deuda. Solo la empuja. Si el IRPH sigue alto, empujas una bola más cara.

Impago es no atender el recibo sin un pacto escrito. Ahí entran intereses de demora, comisión por reclamación y, si se acumulan cuotas, el riesgo de vencimiento anticipado. No es un “descanso informal”. Es un incumplimiento.

SituaciónQué ocurre con el capitalQué pedir por escrito
Carencia de capitalNo baja (o sube si capitalizan intereses)Plazo, tipo aplicable, si hay capitalización
Aplazamiento de 1–3 recibosSigue igual; se desplazan vencimientosCalendario nuevo y coste total
Impago sin pactoSigue igual + mora + comisionesNo hay pacto: hay reclamación

Antes de llamar: tres números de tu escritura

El índice: IRPH Entidades u otro. No mezcles con Euríbor. El valor vigente está en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

El diferencial y la fecha de revisión. Sin eso no sabes si el recibo de este mes ya lleva el IRPH nuevo o todavía el anterior.

El capital pendiente y los años que quedan. Con eso el simulador de hipoteca te dice qué cuota saldría si el índice baja, si amortizas o si alargas plazo.

Si no tienes esos tres datos, la conversación con el banco es teatro: ellos hablan de “ayudarte” y tú no puedes contrastar la cifra.

Qué pedir en la primera llamada (y qué no aceptar ahí)

Pide, por escrito o por la app del banco, una propuesta con: nueva cuota, duración, TAE resultante, comisiones y si el acuerdo incluye una renuncia a reclamar el IRPH u otras cláusulas. Esa última frase es el núcleo de muchos “alivios”.

Un recorte de 40 euros al mes a cambio de cerrar para siempre una reclamación por falta de transparencia puede ser un mal negocio. Calcula primero cuánto pagas de más con la calculadora IRPH vs Euríbor y luego mira la oferta.

No firmes en la oficina “para salir del paso”. Pide 48 horas. Lee en casa. Si el texto habla de novación, transacción o finiquito, no es un aplazamiento: es un contrato nuevo.

Carencia útil y carencia trampa

Una carencia corta (tres o seis meses) para cubrir un paro, una baja o una obra inesperada puede ser herramienta. Tiene sentido si hay fecha de reingreso de ingresos y si los intereses de esos meses no se capitalizan de forma opaca.

Una carencia larga que añade años, sube el diferencial o te ata a un seguro nuevo suele ser un crédito disfrazado de favor. Pregunta en voz alta: “¿cuánto habré pagado de más al final del préstamo?”. Si no saben contestarte, no es un favor: es un producto.

Compara la carencia con una amortización parcial pequeña. A veces conviene vender un coche o recortar un gasto y meter 2.000 euros a capital, no alargar el IRPH dos años más.

Impago: el reloj no es el de las redes

Un recibo devuelto no es un desahucio. Pero el segundo y el tercero activan protocolos internos. El banco puede ofrecer refinanciación, incluirte en ficheros si se cumplen los requisitos legales, o iniciar reclamación. El Código de Buenas Prácticas existe para determinados perfiles de vulnerabilidad; no es automático ni para todas las hipotecas.

Si crees que encajas en un código de protección, pregunta por el nombre exacto de la norma y los documentos (IRPF, certificado de empadronamiento, escritura). No aceptes un “ya te lo gestionamos” sin registro de entrada.

Paralelamente, el IRPH de tu contrato puede ser revisable en transparencia. Eso no paraliza solo el recibo de este mes, pero sí cambia la estrategia: no regales esa vía en un finiquito para ahorrarte dos cuotas.

Papeles que sí y firmas que no

  • Recibos de los últimos 12 meses y carta de la última revisión.
  • Escritura completa, no solo la primera hoja.
  • Simulación propia con el IRPH actual de IRPH.es.
  • Renuncia genérica a “acciones presentes y futuras” sobre el índice.
  • Seguro o tarjeta “porque si no no hay carencia”.
  • Cambio de titular o avalista nuevo sin asesoramiento.

Un orden que se puede ejecutar esta semana

Día 1: baja el PDF del último IRPH en IRPH BOE y anota el valor de tu mes de revisión. Día 2: mete capital, plazo y diferencial en el simulador. Día 3: escribe al banco pidiendo propuesta por escrito, sin firmar nada en ventanilla.

Si quieres contrastar cómo lo han hecho otros, el foro IRPH sirve para trámites y bancos, no como sentencia. Si el caso mezcla revolving, cláusula de vehículo o una escritura opaca, la caja de AMILCA ABOGADOS en la portada es un canal de consulta, no un atajo mágico.

Cierre útil: la cuota que no llega se atiende con números y con un papel que puedas releer. El IRPH se actualiza cada mes; tu firma, si cedes derechos, no se actualiza: se queda.

Comentarios

avatar
JuanC · Málaga · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 08:37:21 AM · nº 3978
Hola a tod@s!!!!
Soy nuevo en este foro y afectado por el IRPH. Hoy el Supremo decide sobre nuestro futuro hipotecario. Suerte a tod@s
Responder
avatar
Mlpz · Madrid · Martes, 21 Nov. 2017 | 05:43:40 PM · nº 3977
Hola! Comparto por aquí este artículo:


Cuenta atrás para un millón de hipotecas: el Supremo se pronuncia sobre el IRPH: https://www.lainformacion.com/empresas/inmobiliario/cuenta-atras-para-un-millon-de-hipotecas-el-supremo-se-pronuncia-sobre-el-irph/6337304
Responder
avatar
Cristian Gómez · Onda-castellon · Martes, 21 Nov. 2017 | 10:32:34 AM · nº 3976
Hola soy d castellon yo tengo la hipoteca con irph desde 2004 y como sustitutivo tengo CECA si se declarase nulo irph que interés se m aplicaría, gracias y suerte para todos los afectados
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 21 Nov. 2017 | 11:53:23 AM · resp. nº 306
Hola Cristian,

Supongo que ya sabe que tanto IRPH Cajas, como IRPH Bancos, como CECA desapareció por ley en Noviembre del 2013.

Quedó el IRPH Entidades que es el que ahora se aplica desde entonces a las personas afectadas por IRPH salvo que llegaran a una acuerdo con el banco y firmaran si no, no es vinculante.

Siguiendo este razonamiento y si todo se declara nulo, los índices de su hipoteca no serían legales y no habría sustitutivo por lo que, en principio, solo debería pagar por el fijo de su hipoteca si es que lo tiene.

Sin embargo, como hemos explicado en algún comentario anterior, quizá el Supremo modere la decisión basándose en criterios de estabilidad financiera y ponga como sustituto el Euribor.

Esto es clave para saber las cantidades a abonar.

Que decida que sea nulo o lo sustituya por Euribor es una decisión que implica que una persona afectada por IRPH le puedan devolver 4 o 5 veces más en una reclamación.

Quien tenga dudas y quiera calcular los importes a devolver y qué pasos dar, le asesoramos, una vez más sin compromiso en www.reclamapormi.com

Teniendo en cuenta que los españoles han rescatado a la banca, que los bancos no han hecho más que aplicar cláusulas abusivas a clientes de todo tipo y que artificialmente hay bancos que han manipulado el Euribor, lo que les permitía cobrar mensualidades de las hipotecas de tipo variable a un precio más alto del que realmente deberían, desde www.reclamapormi.com vamos a trabajar para que todo el mundo sea consciente y reclame por la vulneración de sus derechos.

Seguimos informando.
avatar
Belén · Cádiz · Martes, 21 Nov. 2017 | 10:09:25 AM · nº 3975
Buenos días, yo también soy una afecta por él irph, mi abogado ya ha mandado la reclamación al Santander y le he respondido en negativo para nosotros, mi pregunta es . Si el supremo anula el irph, tendremos que hacer otra reclamación, o directamente el banco anula el irph de nuestra hipoteca? Y lo que nos tienen que devolver lo tenemos que reclamar vía judicial? Gracias
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 21 Nov. 2017 | 10:48:31 AM · resp. nº 304
Hola Belén,

Respondiendo a su pregunta, entendemos que el abogado ha hecho una reclamación extrajudicial al banco y le ha respondido negativamente, pero aún no ha presentado una demanda.

Si el Supremo anula el IRPH es muy poco probable que el banco se ponga en contacto con usted para llegar a un acuerdo y si lo hace OJO! Si en su día ya le incluyó esa cláusula debería desconfiar de las nuevas condiciones que le pudieran ofrecer porque muy probablemente sean peores que lo que conseguiría con una demanda. En cualquier caso su banco no puede modificarle las condiciones sin firmar un nuevo contrato, no puede hacerlo por las buenas, y si lo hace no es legal.

Volvemos a resaltar la importancia de asesorarse con un abogado.

Así que, en este sentido lo mejor es acudir a un abogado que le asesore y le indique cómo proceder. Si aceptar el acuerdo del banco o reclamar vía judicial. Casi seguro el acuerdo no le beneficiará si nos basamos en los acuerdos anteriores que los bancos han firmado con clientes dondde devuelen solo la mitad del importe y que generalmente incluyen una cláusula donde se indica que no se podrá reclamar en el futuro .

Muchas personas que no se han asesorado han perdido el derecho a reclamar y hay mucho en juego.

Quien lo desee, puede ponerse en contacto con www.reclamapormi.com de forma gratuita y sin compromiso para que estudiemos su caso.
Loles · Loles-Lugo · Martes, 21 Nov. 2017 | 11:35:02 AM · resp. nº 305
no hija no, hay que reclamar, así funciona este país de mierda. nadie te regala nada, aunque sea tuyo
avatar
Kanario · Madrid · Lunes, 20 Nov. 2017 | 11:53:37 PM · nº 3974
Hola, puedo reclamar? Firmé inicial con préstamo personal conjunto a irph 71.000 más personal de 8.600.
Have cinco años firmamos carencia. Hace dos años firmamos acuerdo sin renunciar a posibles reclamaciones... Donde se rebaja a la cuota por tiempo de 30 meses, trascurrido ese tiempo me podian hacer novacion a euribor +1,5 previa solicitud por escrito dos meses antes de finalizar. Les envío burofax solicitándolo y se lo pasaron por el forro. A fecha de hoy de 72.500 de hipotecario y 8600 personal. Más de lo inicial. Puedo reclamar? En la escritura no tengo sustitutivo por euribor. Puedo reclamar gastos también? Necesito una respuesta más concreta y no una genérica por favor. Gracias
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 21 Nov. 2017 | 08:47:15 AM · resp. nº 303

Hola Kanario,

Su caso es algo especial debido a la carencia y rebajas de las cuotas y hace falta estudiarlo ya que suele haber comisiones y hay que ver a letra pequeña. Si es tan amable y deja su caso aquí lo estudiaremos detenidamente: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

Le puedo adelantar algunos puntos:

Atendiendo a sus palabras, dice que le podían hacer la novación pero no se la aseguraban ni firmó un acuerdo en que se resolvería así por lo que se puede deducir que no tiene porqué haber acuerdo.

No obstante, puede reclamar porque tiene IRPH y de hecho si se declara nulo y el tribunal no modera la decisión indicando por ejemplo que se le aplicará el euribor, su hipoteca se debería quedar en interés variable 0 y aplicaría solo el fijo que tuviera por lo que le devolverían la diferencia de todos lo importes pagados de más.

Es decir, si tu hipoteca no tiene sustitutivo o bien el sustitutivo es otro índice que se declara nulo (por ejemplo, que tenga irph cajas y el sustitutivo sea irph entidades y ambos IRPH se declaran nulos) en principio, basándonos en criterios puramente legales tendría que haber pagado solo el interés del fijo de su hipoteca. Sin embargo, esta cuestión la tiene que resolver el Supremo que quizá dicte que en caso de no haber sustituto aplique el euribor (esperemos que no sea así por el bien de todos los afectados porque devolverían menos cantidades, aunque seguirían siendo altas).

En cuanto a los gastos, puede reclamarlos sin problema. Esto, en principio está claro.

En cuanto a su préstamos personal, hay que estudiar el índice o las condiciones. Por favor, si es tan amable y se pone en contacto lo estudiamos.

Si alguien desea calcular lo que le devolverían si el índice se declara nulo puede acudir a esta calculadora que nos puede decir de forma muy fiable lo que nos deberían volver. Si le resulta difícil rellenarla puede consultar a un abogado de la propia plataforma y lo hará por usted de forma gratuita y sin compromiso: https://www.reclamapormi.com/calculadora-simulador-gastos-hipoteca-irph-clausula-suelo-multidivisa.html
avatar
Raúl Catalan · Valencia · Lunes, 20 Nov. 2017 | 06:00:08 PM · nº 3973
Hola a todos los miembros del foro , quiero agradeceros la información que volcáis y que tan bien nos viene a los afectados por la estafa del irph. Yo tengo una hipoteca referenciada a irph+0´50, la constituí en 2005 con Caixa Popular en Valencia. No me explicaron en ningún momento que era el irph , de echo no nos dimos cuenta que lo teníamos hasta mas o menos el 2010 , cuando vimos que nuestra hipoteca no bajaba pero la de los amigos y familiares sí. Es una pura estafa y evidentemente se ha manipulado , os recomiendo que veáis los videos en youtube de jose maria erauskin que es el abogado que ha llevado el caso que tiene que dirimir el Supremo pasado mañana , lo explica todo muy claro. El dice que si el tribunal supremo resuelve exclusivamente con criterios jurídicos debe declarar el indice como nulo , por falta de transparencia y falta de información , como ha ocurrido con las multidivisas y las cláusulas suelo , pero hace una reflexión y es que si se declara nulo y se obliga a los bancos a devolver las cantidades indebidamente e ilegítimamente percibidas , ésto supondría un desembolso tan grande para la banca que es posible que el tribinal decida con criterios de estabilidad del sistema financiero. Pero seguiremos luchando aunque se pronuncien en nuestra contra , solo cabe cruzar los dedos y esperar que atiendan la necesidad de tantas familias que nos vemos super apuradas y agobiadas... Suerte a todos.
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 20 Nov. 2017 | 06:34:37 PM · resp. nº 302
Hola Raúl,


Gracias por tu aportación. Tú al igual que un millón de afectados estás afectado por algo tan grave como lo es el suelo o incluso más como bien explicas.

Y es que la sentencia del Supremo es clave para saber cuales son las cantidades a devolver ya que si nos basamos en la ley y se declara nulo, los importes a devolver superan con creces el suelo. Fácilmente podrían devolver el doble, triple o cuádruple.

En cifras para que la gente se haga un idea aproximada por una hipoteca de 200.000€ con un fijo del 0,5 desde el año 2000 a 30 años supondría,si se declara nulo, la devolución aproximada de 55.000€

Por este motivo se considera desde diferentes instancias que se podría moderar la decisión con criterios financieros y aplique por ejemplo euribor como sustituto aunque no exista en el contrario hipotecario.

Esta decisión es clave.

quien desee calcular las cantidades a devolver de forma orientativa y asesorarse con un abogado puede hacerlo aquí: https://www.reclamapormi.com/calculadora-simulador-gastos-hipoteca-irph-clausula-suelo-multidivisa.html

Seguimos informando.
Ivan · Fuerteventura · Martes, 21 Nov. 2017 | 03:20:10 PM · resp. nº 307
Lo interesante seria saber si se cambia irph por euribor si la gente iria al TJUE para que se anule en lugar de cambiar a eurib
or. Un saludo
avatar
Carmen · Madrid · Lunes, 20 Nov. 2017 | 04:34:41 PM · nº 3972
El juicio fue el 20 de junio y la sentencia salió el 22 de junio pero no supimos nada hasta el 19 de octubre
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 20 Nov. 2017 | 05:54:17 PM · resp. nº 301
Hola Carmen,

Lamentablemente quizá ya no se puede hacer nada en su caso. En principio ha perdido la opción de recurrir. Salvo que se pueda llegar a alguna solución se considera cosa juzgada.

Sin duda es grave lo que le ha sucedido sea la culpa de quien sea y es normal que esté enfadada porque no le notificaran la posibilidad de recurrir.

Si deja su caso aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/, nos ponemos a su servicio sin compromiso para estudiar su caso y ver si hay alguna posibilidad.

Pondremos al abogado más experimentado de Reclama Por Mí con su problema que no ha perdido aún ningún juicio por cláusulas abusivas y haremos lo que esté en nuestra mano.
avatar
Carmen · Madrid · Lunes, 20 Nov. 2017 | 04:32:09 PM · nº 3971
Hola a todos,después de dos años esperando, el juicio por irph y suelo lo tuvimos el 20/de junio 2017,ganando el suelo y perdimos el irph en Madrid.Cual es nuestra sorpresa que nos habían de la sentencia el 19 de octubre, perdiendo así toda oportunidad de reclamar ,nuestro abogado dice que el procurador y éste que el abogado y nosotros completamente desilusionados....ahora que debemos hacer???
Responder
avatar
Rafael · Mijas-Malaga · Lunes, 20 Nov. 2017 | 03:51:11 PM · nº 3970
Yo tuve el juicio el pasado 25 de Octubre contra el Santander. Aún no tenemos sentencia, según dice mi abogada la jueza está esperando el veredicto del supremo para darnos la resolución del caso. Crucemos los dedos.....
Responder
avatar
David · Dos hermanas-Sevilla · Lunes, 20 Nov. 2017 | 01:13:26 PM · nº 3969
Hola igual que a Ana la rioja me acaban de dar la mala noticia deljusgazdo de primera estancia de Sevilla que el irph es valido ,osea que dice que es legal ,ya comente en este foro que esto iba a ser muy dificil auque no pierdo la esperanza de que el supremo el dia 22 nos de una alegria ,ojala sea a si porque ahora mismo estoy bastante decepcionado con la justicia,un saludo y ya solo queda rezar
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Vizcaya · Lunes, 20 Nov. 2017 | 01:29:41 PM · resp. nº 300
Hola David,

Según nuestros abogados de www.reclamapormi.com la Audiencia Provincial en Sevilla se pronunció en 2016 a favor de un cliente contra Deutsche Bank habiendo perdido en primera instancia como usted. Pero luego ganó.

Ahora que la sentencia del Supremo está tan cerca la lógica dice que lo mejor es esperar para ver cómo se pronuncia y si es a favor, presentar un recurso bien estudiado y trabajado. Este será su caso.

Tanto si se ha reclamado ya, como si se ha perdido en primera instancia es importante la manera en que se presenta el caso.

No solo nos jugamos ganar o perder, sino las cantidades que recuperamos, si se anula el interés aplicado o si se deja en euribor, si se reclaman además más cláusulas...

Quien quiera asesoramiento sin compromiso puede acudir a www.reclamapormi.com y le ayudaremos.

Mostrando 3281–3290 de 5752 comentarios · Página 329 de 576

Dejar comentario

Visitas: 973