Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar
Hay un momento concreto, no abstracto, en el que la cuota deja de caber. No es “el IRPH en general”: es el recibo de este mes, el saldo de la cuenta y el día en que el banco va a pasar el cargo. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, esa cifra cambia cada revisión y el susto no siempre coincide con el titular de la prensa.
El índice se publica hacia el día 20. Tu banco lo aplica en la fecha de revisión que pone la escritura, no al día siguiente del BOE. Por eso una familia puede estar al día en marzo y ahogada en julio sin haber “dejado de pagar” a propósito. Lo primero es separar tres palabras que el comercial mezcla: carencia, aplazamiento e impago.
Clave: no firmes un “acuerdo de facilidades” el mismo día que te lo leen por teléfono. Pide el texto, calcula la cuota nueva con el simulador de revisión y mira qué derechos cedes.
Tres palabras que no son lo mismo
Carencia suele significar que durante un plazo pagas solo intereses, o incluso no pagas cuota, y el capital se queda quieto o crece. La letra pequeña decide si esos meses se añaden al final o se comprimen después. Una carencia “que alivia” puede alargar años el préstamo.
Aplazamiento o fraccionamiento es mover recibos concretos: este mes no se carga, se reparte en los siguientes. No perdona deuda. Solo la empuja. Si el IRPH sigue alto, empujas una bola más cara.
Impago es no atender el recibo sin un pacto escrito. Ahí entran intereses de demora, comisión por reclamación y, si se acumulan cuotas, el riesgo de vencimiento anticipado. No es un “descanso informal”. Es un incumplimiento.
| Situación | Qué ocurre con el capital | Qué pedir por escrito |
|---|---|---|
| Carencia de capital | No baja (o sube si capitalizan intereses) | Plazo, tipo aplicable, si hay capitalización |
| Aplazamiento de 1–3 recibos | Sigue igual; se desplazan vencimientos | Calendario nuevo y coste total |
| Impago sin pacto | Sigue igual + mora + comisiones | No hay pacto: hay reclamación |
Antes de llamar: tres números de tu escritura
El índice: IRPH Entidades u otro. No mezcles con Euríbor. El valor vigente está en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.
El diferencial y la fecha de revisión. Sin eso no sabes si el recibo de este mes ya lleva el IRPH nuevo o todavía el anterior.
El capital pendiente y los años que quedan. Con eso el simulador de hipoteca te dice qué cuota saldría si el índice baja, si amortizas o si alargas plazo.
Si no tienes esos tres datos, la conversación con el banco es teatro: ellos hablan de “ayudarte” y tú no puedes contrastar la cifra.
Qué pedir en la primera llamada (y qué no aceptar ahí)
Pide, por escrito o por la app del banco, una propuesta con: nueva cuota, duración, TAE resultante, comisiones y si el acuerdo incluye una renuncia a reclamar el IRPH u otras cláusulas. Esa última frase es el núcleo de muchos “alivios”.
Un recorte de 40 euros al mes a cambio de cerrar para siempre una reclamación por falta de transparencia puede ser un mal negocio. Calcula primero cuánto pagas de más con la calculadora IRPH vs Euríbor y luego mira la oferta.
No firmes en la oficina “para salir del paso”. Pide 48 horas. Lee en casa. Si el texto habla de novación, transacción o finiquito, no es un aplazamiento: es un contrato nuevo.
Carencia útil y carencia trampa
Una carencia corta (tres o seis meses) para cubrir un paro, una baja o una obra inesperada puede ser herramienta. Tiene sentido si hay fecha de reingreso de ingresos y si los intereses de esos meses no se capitalizan de forma opaca.
Una carencia larga que añade años, sube el diferencial o te ata a un seguro nuevo suele ser un crédito disfrazado de favor. Pregunta en voz alta: “¿cuánto habré pagado de más al final del préstamo?”. Si no saben contestarte, no es un favor: es un producto.
Compara la carencia con una amortización parcial pequeña. A veces conviene vender un coche o recortar un gasto y meter 2.000 euros a capital, no alargar el IRPH dos años más.
Impago: el reloj no es el de las redes
Un recibo devuelto no es un desahucio. Pero el segundo y el tercero activan protocolos internos. El banco puede ofrecer refinanciación, incluirte en ficheros si se cumplen los requisitos legales, o iniciar reclamación. El Código de Buenas Prácticas existe para determinados perfiles de vulnerabilidad; no es automático ni para todas las hipotecas.
Si crees que encajas en un código de protección, pregunta por el nombre exacto de la norma y los documentos (IRPF, certificado de empadronamiento, escritura). No aceptes un “ya te lo gestionamos” sin registro de entrada.
Paralelamente, el IRPH de tu contrato puede ser revisable en transparencia. Eso no paraliza solo el recibo de este mes, pero sí cambia la estrategia: no regales esa vía en un finiquito para ahorrarte dos cuotas.
Papeles que sí y firmas que no
- Recibos de los últimos 12 meses y carta de la última revisión.
- Escritura completa, no solo la primera hoja.
- Simulación propia con el IRPH actual de IRPH.es.
- Renuncia genérica a “acciones presentes y futuras” sobre el índice.
- Seguro o tarjeta “porque si no no hay carencia”.
- Cambio de titular o avalista nuevo sin asesoramiento.
Un orden que se puede ejecutar esta semana
Día 1: baja el PDF del último IRPH en IRPH BOE y anota el valor de tu mes de revisión. Día 2: mete capital, plazo y diferencial en el simulador. Día 3: escribe al banco pidiendo propuesta por escrito, sin firmar nada en ventanilla.
Si quieres contrastar cómo lo han hecho otros, el foro IRPH sirve para trámites y bancos, no como sentencia. Si el caso mezcla revolving, cláusula de vehículo o una escritura opaca, la caja de AMILCA ABOGADOS en la portada es un canal de consulta, no un atajo mágico.
Cierre útil: la cuota que no llega se atiende con números y con un papel que puedas releer. El IRPH se actualiza cada mes; tu firma, si cedes derechos, no se actualiza: se queda.
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Por CARLOS CÁCERES FERNÁNDEZ. 06/07/2017
Según ASUFIN, este índice resulta opaco y susceptible de manipulación por parte de las entidades, y son miles las familias que optaron por él porque recibieron una información tendenciosa.
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Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN.
La Sala de Primera de lo Civil ha respondido a un recurso de casación sobre nulidad de la “cláusula IRPH” de un préstamo hipotecario, que dada cuenta la litigiosidad que está generando esta materia, se acuerda dar tratamiento preferente al recurso, alterando el orden cronológico de los recursos que revelen la necesidad de atender con rapidez la función unificadora que corresponde al Tribunal Supremo.
Esta decisión ha sido muy bien acogida por ASUFIN, que trabaja intensamente para que la justicia declare la nulidad del índice hipotecario IRPH y la devolución de los intereses abonados en exceso por los titulares de hipotecas afectados.
Patricia Suárez, presidenta de la asociación, ha indicado que “es una buena noticia que el Tribunal Supremo sea consciente de todos los procedimientos abiertos por este motivo y busque una solución definitiva para los afectados”. Este índice resulta opaco en su composición y susceptible de manipulación por parte de las propias entidades, y son cientos de miles las familias que optaron por él porque recibieron una información tendenciosa: se les dijo que el IRPH era mas estable que el Euribor y era falso”.
Entre medio millón y un millón de hipotecas suscritas en España se referenciaron al índice IRPH como método de cálculo para determinar los intereses a abonar. En febrero de este año se admitió a trámite la demanda colectiva interpuesta por ASUFIN contra Caixabank, primera que se interpuso en nuestro país y en la que se agruparon afectados de todo el Estado, donde se denuncia la opacidad de la comercialización de estas hipotecas y el carácter netamente abusivo del índice, que la Unión Europea obligó a derogar después de constatar el grave perjuicio que causaba a los usuarios financieros del Estado.
ASUFIN ha interpuesto una segunda demanda colectiva contra BBVA que sigue su proceso. “Esperamos que el TS sea contundente y dicte una sentencia que clarifique la jurisprudencia. Son muchas sentencias que han declarado la nulidad del IRPH pero la solución que ofrecen no siempre es la misma. Cada vez hay más expertos que se pronuncian contra el IRPH, hasta las universidades se preocupan de estudiar la situación de miles de familias”, sentencia Suárez.
La Agencia Catalana del Consumo pidió a la Universitat Pompeu Fabra un informe sobre las IRPH a finales del año pasado que concluyó que el IRPH debía abandonarse como índice de referencia en favor del Euribor. La Generalitat pidió las últimas sentencias sobre la materia para analizarlas y abrir expediente sancionador en caso de que se detecte abuso o falta de transparencia.
Ahora es el Tribunal Supremo el que presta atención a esta problemática que afecta a cientos de miles de personas que, como dice la presidenta de ASUFIN: “han sufrido durante años la obligación de abonar unos intereses muy superiores a los que hubieran tenido que pagar de no haber aceptado hipotecas referenciadas al IRPH. Y, si lo hicieron, si aceptaron estas hipotecas, no fue porque se tratara de expertos financieros que han resultado estar equivocados en sus previsiones sino porque las entidades les dijeron que el IRPH era un índice mucho más estable que el Euribor y acabarían beneficiándose de mejores tipos de interés, lo cual ha resultado ser absolutamente falso. Al contrario, sus hipotecas siempre han sido mucho más caras que las referenciadas al Euribor, incluso mucho antes de que el Euribor se situara en los niveles de mínimos históricos que exhibe hoy. Es de justicia que se les tenga en cuenta de una vez”.