IRPH

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Hay un momento concreto, no abstracto, en el que la cuota deja de caber. No es “el IRPH en general”: es el recibo de este mes, el saldo de la cuenta y el día en que el banco va a pasar el cargo. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, esa cifra cambia cada revisión y el susto no siempre coincide con el titular de la prensa.

El índice se publica hacia el día 20. Tu banco lo aplica en la fecha de revisión que pone la escritura, no al día siguiente del BOE. Por eso una familia puede estar al día en marzo y ahogada en julio sin haber “dejado de pagar” a propósito. Lo primero es separar tres palabras que el comercial mezcla: carencia, aplazamiento e impago.

Clave: no firmes un “acuerdo de facilidades” el mismo día que te lo leen por teléfono. Pide el texto, calcula la cuota nueva con el simulador de revisión y mira qué derechos cedes.

Pareja revisando la escritura y la cuota de una hipoteca IRPH en la cocina

Tres palabras que no son lo mismo

Carencia suele significar que durante un plazo pagas solo intereses, o incluso no pagas cuota, y el capital se queda quieto o crece. La letra pequeña decide si esos meses se añaden al final o se comprimen después. Una carencia “que alivia” puede alargar años el préstamo.

Aplazamiento o fraccionamiento es mover recibos concretos: este mes no se carga, se reparte en los siguientes. No perdona deuda. Solo la empuja. Si el IRPH sigue alto, empujas una bola más cara.

Impago es no atender el recibo sin un pacto escrito. Ahí entran intereses de demora, comisión por reclamación y, si se acumulan cuotas, el riesgo de vencimiento anticipado. No es un “descanso informal”. Es un incumplimiento.

SituaciónQué ocurre con el capitalQué pedir por escrito
Carencia de capitalNo baja (o sube si capitalizan intereses)Plazo, tipo aplicable, si hay capitalización
Aplazamiento de 1–3 recibosSigue igual; se desplazan vencimientosCalendario nuevo y coste total
Impago sin pactoSigue igual + mora + comisionesNo hay pacto: hay reclamación

Antes de llamar: tres números de tu escritura

El índice: IRPH Entidades u otro. No mezcles con Euríbor. El valor vigente está en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

El diferencial y la fecha de revisión. Sin eso no sabes si el recibo de este mes ya lleva el IRPH nuevo o todavía el anterior.

El capital pendiente y los años que quedan. Con eso el simulador de hipoteca te dice qué cuota saldría si el índice baja, si amortizas o si alargas plazo.

Si no tienes esos tres datos, la conversación con el banco es teatro: ellos hablan de “ayudarte” y tú no puedes contrastar la cifra.

Qué pedir en la primera llamada (y qué no aceptar ahí)

Pide, por escrito o por la app del banco, una propuesta con: nueva cuota, duración, TAE resultante, comisiones y si el acuerdo incluye una renuncia a reclamar el IRPH u otras cláusulas. Esa última frase es el núcleo de muchos “alivios”.

Un recorte de 40 euros al mes a cambio de cerrar para siempre una reclamación por falta de transparencia puede ser un mal negocio. Calcula primero cuánto pagas de más con la calculadora IRPH vs Euríbor y luego mira la oferta.

No firmes en la oficina “para salir del paso”. Pide 48 horas. Lee en casa. Si el texto habla de novación, transacción o finiquito, no es un aplazamiento: es un contrato nuevo.

Carencia útil y carencia trampa

Una carencia corta (tres o seis meses) para cubrir un paro, una baja o una obra inesperada puede ser herramienta. Tiene sentido si hay fecha de reingreso de ingresos y si los intereses de esos meses no se capitalizan de forma opaca.

Una carencia larga que añade años, sube el diferencial o te ata a un seguro nuevo suele ser un crédito disfrazado de favor. Pregunta en voz alta: “¿cuánto habré pagado de más al final del préstamo?”. Si no saben contestarte, no es un favor: es un producto.

Compara la carencia con una amortización parcial pequeña. A veces conviene vender un coche o recortar un gasto y meter 2.000 euros a capital, no alargar el IRPH dos años más.

Impago: el reloj no es el de las redes

Un recibo devuelto no es un desahucio. Pero el segundo y el tercero activan protocolos internos. El banco puede ofrecer refinanciación, incluirte en ficheros si se cumplen los requisitos legales, o iniciar reclamación. El Código de Buenas Prácticas existe para determinados perfiles de vulnerabilidad; no es automático ni para todas las hipotecas.

Si crees que encajas en un código de protección, pregunta por el nombre exacto de la norma y los documentos (IRPF, certificado de empadronamiento, escritura). No aceptes un “ya te lo gestionamos” sin registro de entrada.

Paralelamente, el IRPH de tu contrato puede ser revisable en transparencia. Eso no paraliza solo el recibo de este mes, pero sí cambia la estrategia: no regales esa vía en un finiquito para ahorrarte dos cuotas.

Papeles que sí y firmas que no

  • Recibos de los últimos 12 meses y carta de la última revisión.
  • Escritura completa, no solo la primera hoja.
  • Simulación propia con el IRPH actual de IRPH.es.
  • Renuncia genérica a “acciones presentes y futuras” sobre el índice.
  • Seguro o tarjeta “porque si no no hay carencia”.
  • Cambio de titular o avalista nuevo sin asesoramiento.

Un orden que se puede ejecutar esta semana

Día 1: baja el PDF del último IRPH en IRPH BOE y anota el valor de tu mes de revisión. Día 2: mete capital, plazo y diferencial en el simulador. Día 3: escribe al banco pidiendo propuesta por escrito, sin firmar nada en ventanilla.

Si quieres contrastar cómo lo han hecho otros, el foro IRPH sirve para trámites y bancos, no como sentencia. Si el caso mezcla revolving, cláusula de vehículo o una escritura opaca, la caja de AMILCA ABOGADOS en la portada es un canal de consulta, no un atajo mágico.

Cierre útil: la cuota que no llega se atiende con números y con un papel que puedas releer. El IRPH se actualiza cada mes; tu firma, si cedes derechos, no se actualiza: se queda.

Comentarios

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Dudas y más dudas · Lunes, 25 Febrero 2013 | 04:55:59 PM · nº 1560
Leyendo y buscando solo tengo más dudas. Yo tengo el irph cajas, me actualizan la hipoteca este mes, pero no encuentro por ningún sitio ( ni en la web del banco de españa) el irph de enero. Si no está publicado cual me van a aplicar? el de diciembre que era 3,3 o pueden dejar el de enero del año pasado? (en cuyo caso salgo perdiendo, claro es el 3,79)

Que alguien me oriente por favor!!! Muchas gracias y ánimo a todos, que lo vamos a necesitar para que no nos engañen más!
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Isabel · Cadiz · Viernes, 20 Sept. 2019 | 09:08:18 PM · resp. nº 1560
Si es asin María, por que tengo en la hipoteca que pone lo de los tres años referenciada a cajas, cómo a Isabel, y también desde hace trece años, solo he amortizado 29000€, y los primeros años solo eran intereses, no amortizaba, y también aparte del irph, me dijeron que también tenía suelo, no sé, gracias María y suerte a todos
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Félix · Lunes, 25 Febrero 2013 | 02:46:48 PM · nº 1557
FIRMA LA PETICIÓN PARA QUE NOS QUITEN EL IRPH (falta la triple w)


change.org/es/peticiones/directores-del-bbva-santander-la-caixa-quiten-los-irph-y-sustituyanlos-por-euribor-0-75-o-menos
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Ana · Madrid · Viernes, 20 Sept. 2019 | 04:16:16 PM · resp. nº 1557
Hola ISABEL DE MADRID, puedes esta MUY TRANQUILA pq NO TIENES LA DEFINICIÓN COMPLETA, si te fijas TE FALTA EL ÚLTIMO PÁRRAFO que es el IMPORTANTE. O sea, OMITEN el PÁRRAFO IMPORTANTE, lo cual es más grave aún que, si no te hubieran puesto nada.
En cualquier caso, TRANQUILIDAD A TODOS pq hasta que no se`pronuncie el Tribunal en SENTENCIA no sabremos cuál o cuales serán los requisitos. Pero, si sigue las RECOMENDACIONES del ABOGADO GENERAL - DEFINICIÓN COMPLETA y CUADRO DE EVOLUCIÓN DEL IRPH – NO LAS CUMPLÍS NINGUNO sin necesidad de entrar en el debate sobre las expliciones pertinentes para comprender el cálculo, tema en el que tb entra el ABOGADO GENARAL pero no lo concreta y lo deja en manos de nuestro Tribunal supremo. Si quieres , llámame sin problema 659 47 39 02
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Cris · Lunes, 25 Febrero 2013 | 12:18:33 PM · nº 1556
Ojo que La Caixa no se entera o sí...
La Caixa dice que ante la desaparición del IRPH Cajas y CECA, la hipoteca pasaría directamente al IRPH Entidades. Es decir, da por hecho que el IRPH Entidades sustituye a los dos anteriores. Si no, hay que pagar novación para pasar a Euribor con un diferencial a partir del 2%.
¿Es lícito que te cobren para cambiar a Euribor cuando es por fuerza mayor (desparicion de índices oficiales)??
¿Firmariais un Euribor +2%? Y si en 5 años el euribor está al 2%?

Gracias
Cris
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Juanjo · Lunes, 25 Febrero 2013 | 11:16:38 AM · nº 1555
Respecto a la desaparición del índice que usted cita, debe conocer que de conformidad con lo establecido en la Orden EHA/ 2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios,a la entrada en vigor de la misma, dejarán de ser índices de referencia oficiales para los nuevos préstamos que se contraten a partir de su entrada en vigor tan solo los tres índices siguientes:

“Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos.
Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorros
Tipo activo de referencia de las cajas de ahorros”


No obstante, tal y como señala la disposición transitoria única de la citada Orden, “los índices o tipos de referencia que se publicaran con carácter oficial y estuvieran siendo empleados en préstamos a interés variable a la entrada en vigor de esta orden, continuarán siendo considerados aptos a todos los efectos. La desaparición completa de los citados índices o tipos, con todos sus efectos, se producirá transcurrido un año de la entrada en vigor de la presente orden y su normativa de desarrollo, siempre que en ese plazo se hubiese establecido el correspondiente régimen de transición para los préstamos afectados. Hasta el momento indicado en el último inciso del apartado anterior, el Banco de España se encargará de publicar mensualmente en su sede electrónica”

Mientras tanto, se seguirán publicando los tipos antes apuntados que continúan siendo un índice oficial para los préstamos que a la entrada en vigor de la Orden lo tuvieran como índice de referencia. Nada podemos opinar que suponga una interpretación del texto escriturado, al ser ello labor –en caso de discrepar- de los tribunales de justicia.

El año desde la entrada en vigor de la Orden, como bien apunta, se cumplirá el 29 de abril de 2013 (en su disposición final 5ª- puede leer que su entrada en vigor se produce a los 6 meses de su publicación, salvo la parte que entra a los nueve meses y el 1 de enero de 2014). La publicación –en plazo aún- de lo previsto en la transitoria primera depende del legislador, no del Banco de España que no tiene competencias para atender ese punto ni redactar lo solicitado en dicho mandato.

Nota: toda información que proporciona el Banco de España a través de las respuestas a consultas recibidas de los usuarios de la página Web, está destinada exclusivamente a orientar a los clientes de las entidades supervisadas, y a intentar ayudarles a resolver sus dudas en los temas sobre los que se informa. Esto es, dicha información tiene la finalidad meramente informativa u orientadora y, por tanto, no es vinculante para la resolución de procedimientos administrativos ni contiene sugerencia, invitación o recomendación alguna para realizar inversiones, depósitos o contratar servicio bancario alguno.
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kikolg · Toledo · Viernes, 20 Sept. 2019 | 10:33:36 AM · resp. nº 1555
Gracias Javier por tu información.
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roberto · Lunes, 25 Febrero 2013 | 10:57:55 AM · nº 1554
Hola,soy otro sufridor de la estafa del IRPH,actualmente lo tengo con un diferencial 0 y he oído que desaparece y tengo dudas,en mi contrato vinculante con el banco,me indica que el índice sustitutivo es el MIBOR + 0,he estado indagando y este ultimo es como si fuese el euribor,alguien me podría aclarar esto,y cuando desaparece el maldito IRPH¿
Gracias de antemano.......
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Ana · Madrid · Jueves, 19 Sept. 2019 | 10:41:04 PM · resp. nº 1554
SÍ, claro, MOURAD. 659 47 39 02 .

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bacu · Domingo, 24 Febrero 2013 | 08:56:31 AM · nº 1553
Buenos días sufridores del IRPH, yo soy uno mas, me gustaría informar por si alguien lo desconoce, que los que tengan firmado un mínimo en su hipoteca pueden negociarlo con su banco. Yo tenía en 2009 un mínimo de 3.5 y diferencial (0) hablé con ellos, lo solicitaron a la central, y me lo concedieron, eso si, pagando 300 eurillos.
No me quitaron todo, pero lo dejaron el mínimo al 1.5 con diferencial (o). No es que haya ganado mucho pero durante 3 años he pagado por debajo de ese 3.5 y me ha compensado económicamente.
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Jose Antonio · Mollet del Valles-Barcelona · Jueves, 19 Sept. 2019 | 09:23:07 PM · resp. nº 1553
Elisabet lo siento mucho, lo que pasas en Catalunya no tiene nombre, en la mayoría de provincias lo tienen todo parado a espera de lo que suceda en Europa.
Pues nosotros presentamos la apelación a la Audiencia provincial de Barcelona en Octubre del 2018 y todavía no tenemos fecha de juicio.
Que abogado te están llevando el caso???
Mucho ánimo y a luchar hasta el final.
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pedro · Sábado, 23 Febrero 2013 | 07:02:14 PM · nº 1552
tengo tipo sustitutivo el tipo medio préstamos ipotecarios adquisición de viviendas libre a más de 3 años que os parece?gracias
Responder
Elisabet · Barcelona · Jueves, 19 Sept. 2019 | 07:58:53 PM · resp. nº 1552
Hola, nosotros hicimos recurso de apelacion en febrero y después de 9 meses hemos tenido juicio el 12 de septiembre hemos tenido juicio en audiencia Provincial de Barcelona, una semana después, sentencia a favor del Banco, no me lo puedo creer, nos condenan a costas 3500€. Pues nada ahora recurso casacion al tribunal Supremo , o perdemos mucho o ganamos mucho pero a luchar hasta el final!!
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fernando · Sábado, 23 Febrero 2013 | 11:56:10 AM · nº 1551
Respuesta a 1094
Eso depende de tu contrato de hipoteca, en la clausula dnd pone el indice qye ae usara para tu cuota, te pone despues cual es el sustituto en caso de desaparicion. En el mio es euribor+1 pero como tengo anual y me hicieron ayer la revision pues a joderse otro año mas al 3,57 mientras le baja al resto del planeta
Responder
MOURAD · CADIZ · Jueves, 19 Sept. 2019 | 06:54:01 PM · resp. nº 1551
hola ana.

me podieras pasar su Nº DE TFNO ,queria hacerle una consulta.

gracias de antemano.
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juancar · Sábado, 23 Febrero 2013 | 11:29:54 AM · nº 1550
naya, ese 0.25 no es el suelo, es el diferencial.
Se denomina suelo a un % mínimo que ponen en algunas hipotecas en las cuales a pesar de que baje el indicador (euribor o irph) tu cuota no bajaría.
Por ejemplo, si tienes un suelo al 3% y tienes un irph + 0.25, aunque el irph estuviera en el 2.2% (sería un 2.45 sumando el diferencial) tú seguirías pagando un 3%...
Por cierto yo también compré en 2006 y también me colaron el irph de uci, veo que no fui el único pardillo aunque mal de muchos...
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David · Dos Hermanas -Sevilla · Jueves, 19 Sept. 2019 | 06:09:56 PM · resp. nº 1550
Por desgracia pero estoy de acuerdo en todo,ojalá más pronto que tarde echen a todos estos jueces que siempre están favor del poderoso y en contra de la ciudadanía,que casi seguro cojan dinero bajo cuerda o beneficios de los banqueros y por políticos corruptos
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fernando · Sábado, 23 Febrero 2013 | 11:19:04 AM · nº 1549
Respuesta a 1094
Eso depende de tu contrato de hipoteca, en la clausula dnd pone el indice qye ae usara para tu cuota, te pone despues cual es el sustituto en caso de desaparicion. En el mio es euribor+1 pero como tengo anual y me hicieron ayer la revision pues a joderse otro año mas al 3,57 mientras le baja al resto del planeta
Responder
DAVID · BARCELONA · Jueves, 19 Sept. 2019 | 05:48:20 PM · resp. nº 1549
Oh que sorpresa!!!
Vivo en Catalunya

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