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Divorcio e hipoteca IRPH: qué pasa con la cuota, la vivienda y la reclamación

Divorcio e hipoteca IRPH: qué pasa con la cuota, la vivienda y la reclamación

Cuando una pareja se separa y queda una hipoteca referenciada al IRPH, no solo se discute la vivienda: también la cuota, los avales, quién figura en el préstamo y qué ocurre con una posible reclamación. Esta guía ordena las piezas con calma y con números.

Clave: el divorcio reparte el uso de la casa; el banco mira el contrato del préstamo. Son dos mundos que hay que alinear por escrito.

El IRPH no “desaparece” porque haya un convenio. Sigue aplicando el índice del contrato, el diferencial y las reglas de revisión que figuren en la escritura. Por eso conviene mirar juntos el convenio, la nota simple y el último recibo.

En la práctica aparecen tres situaciones frecuentes: uno se queda en la casa y asume la cuota; se vende y se cancela el préstamo; o ambos siguen pagando a medias mientras se decide. Cada camino tiene costes distintos.

Pareja revisando documentos de hipoteca IRPH tras un divorcio

Convenio frente a contrato bancario

El convenio o la sentencia pueden decir quién usa la vivienda y quién aporta dinero. El banco, en cambio, sigue reclamando a quienes figuran como titulares (y avalistas) mientras no haya novación, subrogación o cancelación.

Clave: un acuerdo entre cónyuges no libera automáticamente frente al banco. Hace falta un cambio contractual o la cancelación del préstamo.

Quién paga la cuota con IRPH

Si el índice sube en la revisión, la cuota puede crecer para quien se haya comprometido a pagarla. Conviene simular el impacto antes de firmar el convenio. Usa el simulador de revisión y la calculadora de impacto de la revisión.

Compara también el sobrecoste histórico del IRPH frente al Euríbor con la herramienta ¿pagas de más con IRPH? y el artículo cuánto pagas de más.

Escenarios habituales

EscenarioQué suele ocurrirQué mirar
Uno se queda en casaAsume cuota y gastos; el otro puede pedir compensaciónNovación / salida del préstamo
Venta de la viviendaCon el precio se cancela el préstamoComisión de cancelación y plusvalía
Pago compartido temporalAmbos aportan hasta vender o subrogarCalendario y prueba de pagos
Subrogación a otro bancoNuevo prestamista asume el préstamoCostes y tipo ofertado

¿Y la reclamación del IRPH?

Si hay una reclamación en curso o se plantea iniciar una, hay que aclarar quién la impulsa, cómo se reparte un eventual resultado y qué documentos guarda cada parte. Revisa si se puede reclamar el IRPH en 2026 y reclamar IRPH.

Guarda los PDF del BOE de las revisiones relevantes desde IRPH en el BOE y el valor actual en IRPH hoy.

Clave: la reclamación no sustituye un acuerdo claro sobre la cuota del día a día. Ordena ambos frentes por separado.

Novación, subrogación o venta

La novación cambia condiciones con el mismo banco (plazo, titulares, tipo). La subrogación cambia de entidad. La venta suele cerrar el préstamo. Amplía en hipoteca IRPH y cambio de banco y en la calculadora de subrogación.

Si el banco exige requisitos de solvencia para dejar a un solo titular, prepárate con nóminas, vida laboral y un cálculo realista de la nueva cuota con el simulador de hipoteca.

Checklist práctico

  • Nota simple y escritura: titulares, avalistas, índice y diferencial.
  • Últimos recibos y notificaciones de revisión.
  • Capital pendiente y comisión de cancelación orientativa.
  • Borrador de convenio con reparto de cuota y plazos.
  • Si hay reclamación IRPH: papeles y posición de cada parte.

Pasos recomendados esta semana

  1. 1
    Reúne escritura, nota simple y tres recibos recientes.
  2. 2
    Simula la cuota actual y una revisión al alza.
  3. 3
    Decide si el escenario es quedarse, vender o compartir temporalmente.
  4. 4
    Habla con el banco solo con números claros y por escrito.
  5. 5
    Si hay duda jurídica, consulta con un profesional antes de firmar.

Un divorcio ya carga suficiente tensión emocional. Separar “quién vive en la casa” de “quién debe al banco” y de “qué se hace con el IRPH” evita sorpresas meses después.

Clave final: pon por escrito cuota, titulares y reclamación. El IRPH seguirá moviendo la letra; el convenio debe estar preparado para eso.

Comentarios

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Sergio · Lunes, 25 Enero 2016 | 08:49:54 PM · nº 3309
Hola, una pregunta a los que tenemos interes vpo 2008. Si el banco permite cambiaros a euribor +1.55 os cambiariais?

Gracias
Responder
anonimo · anonimo · Martes, 25 Nov. 2025 | 07:15:03 AM · resp. nº 3309
¿No es mejor publicar la manifestación en las redes sociales donde la gente puede tener acceso "privado" a esa información?

¿Que sentido tiene hacer un grupo de whatsapp para reunir participantes y conseguir numeros de telefono y los consiguientes datos de la persona que hay detras de ellos?

¿Como se van a utilizar esos datos?

Una manifestación es mas efectiva cuando se hace con personal anonimo ya que la gente se siente realmente libre al manifestarse y no salir a la calle sabiendo que alguien tiene un listado de los que presuntamente van a participar.

Un grupo de whatsapp lo veo bien para la comunicación de los que van a dirigir la manifestación, pero no crear un grupo con sus participantes.

Solo espero que en caso de producirse la manifestación no se "politice" como se hace con todas las manifestaciones.

Ya se ha visto mas de una vez que se convocan manifestaciones sin orientación politica y despues se acoplan los de siempre con sus pancartitas y lemas y poniendose en primera linea para publicidad gratis y lo más grave: llamarsela suya la iniciativa.

En caso de se vaya a hacer la manifestación ya veré si voy o no (dependiendo de quien haya detras), pero lo que no voy a hacer es dar mis datos gratuitamente a no se sabe quien.

Pensando mal... ¿No se utilizara esta manifestación para atacar aun mas a los jueces "malos" y dividirnos como siempre hacen?

Espero que todo este hecho con la mejor intención, por grupos sin intereses particulares y que de sus frutos por el bien de todos.

Pero manifestarse y dar datos a saber quien se ha demostrado que en los últimos tiempos no sale muy bien.

Yo iré, o no, ya veré.
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Elena · Lunes, 25 Enero 2016 | 10:51:05 AM · nº 3308
Hola Fei,

¿esto es así?. Normalmente hasta que no hay consejo de ministros y sale publicado en el BOE no se actualiza. El año pasado el consejo fue en Enero y en Marzo ya se pagó con el nuevo valor.

Gracias.
Responder
Esther · ALCALA DE HENARES · Lunes, 24 Nov. 2025 | 07:30:38 PM · resp. nº 3308
Ismael
Permíteme decirte que te estás equivocando, esto no es nada des que estás diciendo
Primero verifica y después escribe
No estoy aquí para tonterías, si no para luchar por lo que es mío, creo que igual que los demás
Ahí lo dejo y os animo a la MANIFESTACIÓN Y LUCHÉIS POR LO VUESTRO

AHÍ LO DEJO
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Fei · Lunes, 25 Enero 2016 | 10:24:24 AM · nº 3307
El nuevo IRPH para viviendas protegidas del plan 05/08 se utilizan los meses de Octubre, noviembre y Diciembre de 2015 (2.127 , 2.132 y 2.054) mediados da: 2.104333 y ajustados con el oceficiente 0.9175 = 1,93%TAE centésima arriba o abajo. No se retrasará no te preocupes, empezará a aplicarse el mayo o junio.
Responder
Ismael · Madrid · Lunes, 24 Nov. 2025 | 02:35:26 PM · resp. nº 3307
no entreis al enlace, cuidado!!! te lleva a una web de robo de datos
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Elena · Sábado, 23 Enero 2016 | 04:31:04 PM · nº 3306
La actualización del irph para viviendas protegidas depende del consejo de ministros, el año pasado se hizo en estas fechas, ahora nos tocaría bajar casi 5 décimas.
Al no haber gobierno (y parece que esto se puede alargar) ¿hay algun plan para la renovación o esto se puede alargar en el tiempo?
Responder
Angelo · Cunit · Martes, 18 Nov. 2025 | 10:59:33 AM · resp. nº 3306
Yo te respondo.
Es viable, debe poner la circular 5/1994 y además decir de qué BOE es en este caso.
La mera alusión a esa orden ministerial es opaca.
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ángeles pozo · Viernes, 22 Enero 2016 | 01:52:15 PM · nº 3305
Hola yo tenia irph cajas con uci,
Y ahora me han pasado al irph entidades
Esto me parece una estafa ya que esta altísimo.
Me gustaría,saber que podemos hacer los que estamos perjudicados con este tipo de interés ydonde me puedo informar y si ahí alguna plataforma gracias
Responder
Angelo · Cunit · Lunes, 17 Nov. 2025 | 04:08:49 PM · resp. nº 3305
Perdona por repetir la noticia no me di cuenta.
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Malley Almería · Viernes, 22 Enero 2016 | 12:24:47 PM · nº 3303
Y si tengo IRPH y clausula suelo?
Responder
nifu · nifa · Domingo, 16 Nov. 2025 | 07:02:05 AM · resp. nº 3303
Pako, hay que ser mas especifico. Mucha de la gente que vive en España si son una mierda y efectivamente, desde fuera nos ven como una mierda. España como pais es de los mejores, el problema es la población, que la mayoría, especialmente sus políticos SI son una mierda.
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jj · Martes, 19 Enero 2016 | 03:07:45 PM · nº 3300
irph enero 2,054
Responder
LOBO SOLITARIO · BILBAO · Viernes, 14 Nov. 2025 | 06:43:59 PM · resp. nº 3300
Buena noches Andrés, simplemente decirte en conclusión que el TS quiere decir muy a pesar de unos, pero dejando la puerta abierta a revisar caso por caso y que sean los jueces de primera instancia los que decidan si existe o no abusividad. Los que en su hipoteca tengan referida la información como circular 5/1994 lo van ha tener más complicado, no así la que hace referencia a la de 1990. Espero que tu hipoteca esté en los parámetros que te beneficien.
Un saludo y espero que te haya servido de ayuda.
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Paco- Barcelona · Lunes, 04 Enero 2016 | 02:24:23 PM · nº 3297
Tengo una hipoteca con IRPH Cajas +0.
Antes, siempre me aplicaban un IRPH Cajas+0, pero ahora al cambio de IRPH entidades (2 años) me aplican un IRPH+0+(ajuste sustitutivo a la referencia = 0,278).
¿Alguien sabe si este \"Ajuste Sustitutivo\" es legal y se lo han sacado de la manga?

En la escritura hipotecaria me ponen que la hipoteca es con IRPH+0 y en su lugar el indice legal reemplazado (que entiendo que el indice sustitutivo legal es el IRPH entidades).
Alguien me puede ayudar a aclararme?

Muchas gracias!!
Responder
M José · Tarragona · Jueves, 13 Nov. 2025 | 04:58:23 PM · resp. nº 3297
Sí que es posible, de hecho, muchos afectados por irph e hipotecas crecientes ya lo estamos haciendo. Como más personas denuncien, mucho mejor. Animo a denunciar ante el TJUE.
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Juan Moreno de Cádiz · Miércoles, 23 Dic. 2015 | 10:45:52 PM · nº 3296
Eva, Tendrás que darnos más datos: capital pendiente, plazo, diferencial sobre el IRPH.
Además una vez que tengas estos datos resulta muy fácil ponerlos en la calculadora de revisión de hipoteca que aparece en esta web.
Suerte!!!
Responder
Álvaro · Laredo-Cantabria · Miércoles, 12 Nov. 2025 | 02:23:43 PM · resp. nº 3296
Totalmente de acuerdo. Lo que diga la prensa no dice nada. Hay que esperar a Erauskin a ver qué dice, pero me imagino que hasta que no se publique la sentencia poco podrá decir ya que lo que ha salido ha sido nota de prensa creo.
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Juan Moreno de Cádiz · Miércoles, 23 Dic. 2015 | 10:44:13 PM · nº 3295
Eva, Tendrás que darnos más datos: capital pendiente, plazo, diferencial sobre el IRPH.
Además una vez que tengas estos datos resulta muy fácil ponerlos en la calculadora de revisión de hipoteca que aparece en esta web.
Suerte!!!
Responder
Ron · El Vendrell- Tarragona · Lunes, 10 Nov. 2025 | 10:56:12 AM · resp. nº 3295
En este video te dicen como hacerlo,si picas en comentarios por ahí te dejan un enlace https://youtu.be/sNpKjM1N4v0?si=DwcHGv6oBYoqtaGs

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