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    En el presente foro IRPH se pueden dejar comentarios referentes al IRPH y todos los índices de referencia sobre los préstamos hipotecarios. El foro IRPH quiere ser realmente útil ante la multidud de casos de personas con hipoteca IRPH que esten afectadas por este índice o algún dia lo estuvieron. El foro IRPH es tuyo, puedes utilizarlo para indicar cual es tu problemática, solicitar ayuda a personas con situaciones iguales o parecidas. El foro IRPH quiere ser de mucha utilidad para que puedas asesorarte, compartir información y que encuentres aquí toda la ayuda que necesites.

    Las hipotecas y los préstamos suponen generalmente una importante cantidad de dinero y es muy importante conseguir información de expertos y analistas que nos asesoren adecuadamente para encontrar la mejor financiación y con las mejores condiciones posibles. También podemos encontrar excelentes herramientas online y acceder a un buen simulador de préstamos.

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   Muchos ciudadanos afectados por su hipoteca IRPH, tienen muchas dudas y preguntas sobre el tema de reclamar IRPH. ¿Cómo reclamar IRPH? ¿Qué pasos se han de hacer para reclamar IRPH? ¿Qué documentos hacen falta en la reclamación del IRPH? ¿Cómo saber si mi hipoteca tiene cláusula IRPH? ¿Qué es la reclamación extrajudicial del IRPH? ¿Qué es la reclmación judicial del IRPH? ¿Cómo poner una demanda por el IRPH? En el presente foro podrás fórmular todas las preguntas y plantear todas las dudas que tengas sobre el tema de reclamar IRPH. Como te hemos indicado, en el presente foro, hay abogados expertos y especializados en el IRPH que te ayudaran y te asesorarán.

    Las dudas, opiniones, sugerencias e ideas sobre el IRPH, sobre reclamar IRPH, sobre reclamar tu hipoteca, sobre los índices hipotecarios y la hipoteca en general tienen cabida en el presente foro IRPH.

    Esperemos que sea de utilidad y que sirva de ayuda a muchos.

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Qué es el IRPH y cómo reclamarlo si está en nuestra hipoteca

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    Comenta Isabel de Cadiz
    Jueves, 18 Octubre 2018 | 05:10:46 PM
    Com. nº: 4461
    -42
    +46
    Enterarse bien, adicae dice, que si es una práctica abusiva, no tiene prescripción, señores nos la han dado por todo lado, vaya tela y viva España
      Responde Ana de Madrid
      Viernes, 19 Octubre 2018 | 11:01:02 AM
      -54
      +54
      viva España? pais de corruptos, ladrones y número uno en estafas como el IRPF? Yo me largo de este sitio
      Respuesta nº 1
    Comenta Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
    Jueves, 18 Octubre 2018 | 01:47:53 PM
    Com. nº: 4460
    -42
    +44
    Hola a todos,

    Nos ponemos en contacto con todos vosotros de nuevo en relación a la nueva sentencia del Tribunal Supremo de ayer 17 de octubre que se ha pronunciado sobre el AJD (impuesto de Actos Jurídicos Documentados) y del que todos los medios de comunicación se han hecho eco.

    De forma resumida para quien no lo sepa, el AJD es un impuesto que se ha firmado en la mayoría de las hipotecas por el que el cliente ha tenido que abonar entre el 0,5% y 1,5% del valor total del préstamo, lo que para una hipoteca suele oscilar entre 1000 y 3000€. El Tribunal Supremo en febrero, sentenció que debía ser abonado por el cliente. Sin embargo, ayer, 17 de octubre, rectificó y comunicó que esa parte debía ABONARLA EL BANCO.

    ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE, EN QUÉ ME AFECTA A MI? Prácticamente el 100% de las hipotecas firmadas en los últimos años han tenido que pagar esta cuantía y se puede reclamar ahora junto con todos los demás gastos de hipoteca. Las reclamaciones suelen ascender a 3000€ por afectado.

    Aunque el tema del foro es el IRPH, prácticamente todos debéis saber que lo podéis reclamar con garantías tras esta sentencia. Es sin duda una muy buena noticia.

    En Enlace estamos recibiendo cientos de clientes que quieren reclamar o ya reclamaron por los gastos de hipoteca pero el AJD no porque desde febrero a octubre no lo hubieran ganado con las sentencia anterior del supremo.

    Animamos a todos a reclamar y que se pongan en contacto en Enlace para recuperar su dinero.

    Aquí os dejamos el enlace a la noticia publicada en nuestra web: Enlace
      Responde Juan de Las PanasG C
      Jueves, 18 Octubre 2018 | 04:34:38 PM
      -54
      +55
      Buenas tardes Javier:nos afecta alas ipotecas que se firmaron en el 2006
      Respuesta nº 1
    Comenta Isabel de Cadiz
    Jueves, 18 Octubre 2018 | 01:03:11 PM
    Com. nº: 4459
    -42
    +44
    Alguna vez, habíais oído, está cláusula abusiva, yo no, me alegro por los que le toca, pero los demás nos quedamos, con todo la cara de pardillo,por que a mí dejaron 125000 y tenía crédito abierto de 300000, o sea que lo mismo pero no en los anteriores, 4 años, y aquí estamos, con los años luchando con el irph y los años que nos queda, y ya digo me alegro por los que se lo han dado que ni lo sabran, un saludo
    Comenta IvanBR de Granollers-Barcelona
    Jueves, 18 Octubre 2018 | 09:11:09 AM
    Com. nº: 4458
    -42
    +44
    Hola buenos días, He leído algo de que han dado una resolución sobre las hipotecas... ¿alguien me puede confirmar si es sobre el tema del IRPH que me afecta directamente? gracias
      Responde Jose de Bilbao-Vizcaya
      Jueves, 18 Octubre 2018 | 10:39:10 AM
      -54
      +54
      Tal vez te refieras a esto? Miles de clientes podrán reclamar hasta 3.000 euros por el impuesto a las hipotecas desde 2014 Enlace Enviado desde @updayESP
      Respuesta nº 1
    Comenta Isidoro de Marbella
    Miércoles, 17 Octubre 2018 | 05:51:55 PM
    Com. nº: 4456
    -42
    +51
    Un juzgado obliga a devolver 84.000 euros de una hipoteca en la que se aplicó el IRPH Entiende que no debe aplicarse el criterio de que el funcionamiento de esa cláusula es comprendida por el consumidor medio Héctor Barbotta HÉCTOR BARBOTTAMarbella Miércoles, 17 octubre 2018, 10:00 0 El Juzgado 18 bis de Málaga, especialista en condiciones generales de la contratación, ha dictado una sentencia que anula el IRPH y el suelo de una hipoteca y ordena la devolución de 84.000 euros cobrados ilegítimamente en concepto de intereses, además de la devolución de los gastos. La sentencia considera que la referencia al IRPH es una condición general de la contratación, y toma en cuenta que frente a algún «sector doctrinal que dice que la remisión al IRPH se caracteriza porque su funcionamiento lo puede comprender cualquier consumidor que puede ser calificado de consumidor medio, lo cierto es que existe otra corriente doctrinal que pone de manifiesto que como quiera que existe el deber de informar cómo funciona». Así, la decisión judicial, que da la razón a una mujer de Marbella que ha sido defendida en esta causa por Ley 57 Abogados y el bufete sampedreño Jiménez y Asociados (miembros de la plataforma legal S.O.S. Vivienda) se aparta del criterio de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo a finales del pasado año. En ese sentido, manifiesta que «lo acertado es la segunda concepción, todo ello por la concurrencia de los siguientes elementos o factores: a) en primer lugar porque no basta con consideraciones generales a consumidor medio, ya que tal y como ha apuntado también la jurisprudencia, lo cierto es que lo priusindispensable es la justicia del caso concreto; b) partiendo de lo expuesto en la letra inmediatamente anterior, lo cierto es que cualquier condición general de la contratación no escapa, siguiendo a la Directiva y estando en presencia de consumidores, al llamado doble control; c) sirva de complemento a todo ello que por tanto el aplicar el artículo 4.2 implica por parte de las entidades financieras o de crédito el dar información suficiente a los prestatarios para que éstos puedan adoptar decisiones fundadas y prudentes». Así, entiende que el apartado de la escritura de la hipoteca que establece tal índice debe de superar el doble control de incorporación y trasparencia, sin que el banco «no ha logrado acreditar la negociación e información de las cláusulas objeto de litigio, o lo que es lo mismo, la existencia de negociación y de información como demostrativo de que la parte consumidora sabía lo que contrataba y las consecuencias jurídicas de hacerlo». El juez concluye, además de con la declaración de nulidad de la referencia al IRPH, con la de aclaración de nulidad de la cláusula suelo, del índice de referencia sustitutivo, del interés de demora, del vencimiento anticipado y la atribución de los gastos al prestatario, cuya devolución ordena en unión a los 83.962,29 euros cobrados de intereses hasta la fecha.
      Responde David Lasheras de BARCELONA
      Miércoles, 17 Octubre 2018 | 11:25:19 PM
      -54
      +54
      Muy buena noticia. Hola yo soy el negativo, ahora el banco puede oponerse a pagar y no pasaría nada, no? He visto que después de sentencias firmes a favor del consumidor, luego el banco no cumple la sentencia y no pasa nada. Tienes que volver a recurrir a abogados para que paguen. Recordad que La ley no es igual para todos.
      Respuesta nº 1
    Comenta Diego de Bilbao vizcaya
    Martes, 16 Octubre 2018 | 07:19:17 PM
    Com. nº: 4455
    -42
    +44
    Hola buenas tengo una hipoteca con el índice irph y el ceca en caso de que el primero desaparezca estoy desde 2006 aguantado este robo por desconocimiento total a la hora de contratar la hipoteca mi pregunta es la siguiente en caso de que el tribunal europeo diera como nulo el irph que debo de hacer entablar una demanda en solitario o afiliarme a alguna plataforma para reclamar y cuándo hacerlo esperar a la sentencia o empezar desde ya la reclamación de antemano gracias
    Comenta David Langer Castro de Jerez de la frontera
    Lunes, 15 Octubre 2018 | 06:14:00 PM
    Com. nº: 4454
    -42
    +44
    Hola en mi caso les quería comentar que cada vez los bancos son mas ******** que los mismos ******** y siempre que pueden se aprovechan de la necesidad de las personas. Mucha gente cree que al ser super entidades no pueden hacer nada..para poner una reclamación y que se les haga caso, sin embargo el otro dia un amigo me recomendo Reclama y la verdad que empecé un proceso judicial para que me reajustaran la abusiva hipoteca que me habian subido por tardía en un plazo y de momento va todo sobre ruedas Enlace , cada día tengo mas confianza en que vamos a ganar. Aqui os dejo en enlace por si a alguien le sirve como a mí , un saludo chic2s! Enlace
    Comenta Fernando R. de Sevilla
    Lunes, 15 Octubre 2018 | 08:00:39 AM
    Com. nº: 4453
    -42
    +44
    Claro Ivan,no se revocan pero yo decìa que ahora tendràs que ir al juzgado a que un juez te declare tu Irph nulo por falta de transarencia...y tal y tal.Si Europa lo considera como se prevee,tendremos que ir de nuevo añ juzgado.Diferente es si lo declara nulo totalmente.Asì si ganariamos todos sin tener que acudir al juzgado
      Responde rodrigo de almeria
      Miércoles, 17 Octubre 2018 | 03:15:46 PM
      -54
      +54
      Anular este IRPH que es un precio total oficial de la hipoteca, es un error. Mejorar la fórmula es otra cosa. Como se anule este IRPH y no se sustituya por nada, te aseguro que el precio de las hipotecas se va a disparar para todos. Porque el banco lo haya usado como interes simple, no tienes que reclamar que desaparezca, sino denunciar el uso del banco de este indice. No que te lo explique a tí además, sino que lo use como lo que es para empezar. Es como si alguien usara la velocidad, que es un conjunto de espacio y tiempo, como velocidad o como tiempo.
      Respuesta nº 1
      Responde J.Luis de Tarragona
      Jueves, 18 Octubre 2018 | 10:12:02 AM
      -54
      +54
      Hola Rodrigo.El problema no solo reside en la fórmula de cálculo,que también,si no en cómo se comercializó. Las entidades aseguraban que era más estable que el euribor, evidentemente esto no es así y ellos lo sabían,es imposible precisamente por lo que está formado el irph,además se ha demostrado que es un índice fácilmente manipulable. Europa ya ha instado a España en varias ocasiones a retirarlo,ya que entre otras cosas no existe ningún índice similar en la unión Europea. Al igual que ocurrió con las clausulas suelo se ha incumplido en la mayoría de casos con el requisito de transparencia. Por lo tanto si debería declararse nulo si no se informó correctamente.El irph es de facto una cláusula suelo encubierta.
      Respuesta nº 2
    Comenta Fernando R. de Sevilla
    Domingo, 14 Octubre 2018 | 05:45:45 PM
    Com. nº: 4452
    -42
    +44
    Imaginemos...Supuestamente Europa considerarà nulo el Irph que se aplicara sin transparencia.(En mi caso fue asì).Yo ahora tendrìa que demandar al banco,ganar el pleito y esperar el recurso del banco a la audiencia.Total...3 años màs.Eso es lo que estàmos esperando?Eso nos puede contentar?.Que error amigos,o empujamos para que lo declaren nulo totalmente o la guerra no tendrà fin.Yo no podria esperar màs y menos esperar para seguir acudiendo al juzgado.Ahì os dejo mi reflexiòn.
      Responde Ivan Molero de Corralejo
      Lunes, 15 Octubre 2018 | 07:33:09 AM
      -54
      +54
      Buenos días. Creo que se equivoca, las sentencias del TJUE son de obligado cumplimiento voy no se recurren se aplica en única instancia,.
      Respuesta nº 1
    Comenta Alfonso de Madrid
    Jueves, 11 Octubre 2018 | 07:28:14 PM
    Com. nº: 4451
    -42
    +45
    Si se declarase nulo el IRPH ... ¿que pasaria con las hipotecas VPP y VPO vinculadas al IRPH?

    El banco puede argumentar que con tipos de interes que establece el congreso



      Responde Irph de Madrid
      Jueves, 18 Octubre 2018 | 01:14:56 PM
      -54
      +54
      Yo tengo la misma pregunta. Alguien que nos diga algo?
      Respuesta nº 1
      Responde olga de valencia
      Martes, 30 Octubre 2018 | 01:23:53 PM
      -54
      +54
      Me pasa igual, tengo hipoteca IRPH de VPO ¿Que pasa con nosotros? Somos perjudicados por partida doble, los abogados pasan de nosotros porque es vivienda protegida y dicen que "es cosa del estado" pero en cambio estamos atados de pies y manos sin poder vender ni alquilar durante x años. Alguien con VPO que me de algo mas de informacion por favor ¿Tenemos posiblidades??
      Respuesta nº 2
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