IRPH

Heredar una hipoteca IRPH: pasos, riesgos y opciones con números claros

Heredar una hipoteca IRPH: pasos, riesgos y opciones con números claros

Heredar una casa con hipoteca no es solo firmar papeles en el notario: es decidir si aceptas la deuda, cómo se paga la cuota mientras tanto y qué hacer con un préstamo referenciado al IRPH. Vamos por partes, sin prisa.

Clave: la herencia trae bienes y también deudas. La hipoteca sigue viva hasta que se cancele, se novación o se venda con liquidación del préstamo.

En un momento familiar delicado, los números ayudan a tomar decisiones serenas: capital pendiente, tipo actual (IRPH + diferencial), cuota y posibles seguros de vida vinculados.

Pide al banco el certificado de deuda y el detalle de la última revisión. Contrasta el índice con IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

Familia revisando documentos al heredar una vivienda con hipoteca IRPH

Aceptar la herencia: pura o a beneficio de inventario

La aceptación pura asume bienes y deudas. A beneficio de inventario limita la responsabilidad al valor de lo heredado. La elección conviene valorarla con asesoramiento profesional cuando hay hipoteca pendiente.

Clave: no firmes a ciegas. Primero inventario: vivienda, préstamo, seguros y posibles avalistas vivos.

Qué hace el banco

Mientras se tramita la herencia, la cuota sigue devengándose. El banco puede exigir documentación de herederos, seguro de vida (si existía) y, más adelante, novación de titulares. Cada entidad tiene su protocolo.

Si había seguro de vida que amortiza el préstamo al fallecimiento, reclama la prestación con el certificado de defunción y la póliza. Puede reducir o cancelar el capital.

Opciones habituales

OpciónIdeaHerramienta útil
Seguir pagando la hipotecaUno o varios herederos asumen la cuotaRevisión de cuota
Cancelar con ahorros o seguroCerrar el préstamoCancelación
Vender la viviendaLiquidar la deuda con el precioGastos + cancelación
Novación de titularesEl banco acepta a los herederosNovación

El factor IRPH

El índice puede situarse por encima del Euríbor. Antes de decidir quedarte la casa, estima el sobrecoste con ¿pagas de más con IRPH? y lee cuánto pagas de más IRPH vs Euríbor.

Si el causante tenía una reclamación por IRPH o se plantea iniciar una, consulta el estado en reclamación IRPH 2026. La legitimación de los herederos debe revisarse caso a caso.

Documentos que conviene reunir

  • Certificado de defunción y de últimas voluntades.
  • Escritura de la hipoteca y nota simple.
  • Certificado de deuda del banco.
  • Últimos recibos y notificaciones de revisión.
  • Póliza de seguro de vida, si existe.
  • PDF del BOE del último IRPH aplicado (IRPH BOE).

Pasos en orden

  1. 1
    Inventario de bien y deuda: valor orientativo de la casa vs capital pendiente.
  2. 2
    Comprobar seguro de vida y posibles amortizaciones.
  3. 3
    Simular la cuota actual con IRPH + diferencial.
  4. 4
    Elegir entre quedarse, vender o cancelar.
  5. 5
    Tramitar herencia y, si procede, novación con el banco.

No hay una única respuesta correcta: depende del capital pendiente, de si varios hermanos heredan, de la capacidad de pago y del coste del IRPH frente a otras alternativas de mercado.

Clave final: primero números (deuda, cuota, seguro), después firma. El IRPH seguirá revisándose; la decisión de heredar debe contemplar esa revisión.

Comentarios

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JoseG · Gijon-Asturias · Miércoles, 22 Agosto 2018 | 06:31:22 PM · nº 4386
Solo entrad aqui si no quereis pagar de mas https://es-es.facebook.com/StopClausulaSueloHipotecas/
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Cristina · Humanes -Madrid · Miércoles, 15 Agosto 2018 | 01:21:48 PM · nº 4385
Buenas tardes,

Recientemente me enteré del tema este del IRPH. Pues bien, mis padres firmaron una hipoteca con UCI que se regía por este índice. Hace 2 años nos concedieron la dación en pago y posterior alquiler social.

Es posible reclamar en este supuesto?

Gracias
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maria · asturias · Lunes, 27 Agosto 2018 | 06:06:03 PM · resp. nº 574
Para enviar tu caso a las autoridades tecnicas europeas, puedes enviar una copia de la hipoteca a normastecnicas@economistas.org, es gratuito.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 14 Agosto 2018 | 07:34:02 AM · nº 4384
Hola a todos los afectados,



Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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Juan · Reus - Tarragona · Lunes, 06 Agosto 2018 | 06:57:17 PM · nº 4383
Hola a todos, solo quiero hacer una pequeña puntualización, que aunque parezca una tonteria, es y puede ser muy relevante para muchos afectados por el IRPH. Cuando se comenta en el foro que cuanto tiempo falta para que se pronuncie Europa, se responde de forma generalizada "2 años". Pues bien, desde el mes de febrero que se admitio a tramite por el Tribunal de Justicia Eutopeo, ya han pasado 6 meses, y creo que esa esperanza que tenemos todos se merece que digamos que actualmente seria un año y medio, mas o menos lo que tenemos que esperar.
Por supuesto ojala fuera un poco antes.
Un saludo, y animo a todos !!!
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David · BARCELONA · Jueves, 16 Agosto 2018 | 01:01:10 AM · resp. nº 569
Hola Juan,
Yo soy muy negativo y creo que después de este año y medio que tenemos que esperar, la banca recurrirá y luego otro recurso de casación y eso nos llevará a 5 o 6 años.
kikolg · Toledo · Jueves, 16 Agosto 2018 | 12:26:36 PM · resp. nº 570
Pues yo David, al contrario que tú, aún tengo esperanza y no perderé la ilusión de que esta vez sí nos den la razón.
Entre todos debemos de animarnos hasta que llegue el dia, en que nos den o quiten la razón.
Pero mientras (al menos yo) trataré de dar palabras de ánimo a la gente, que para sufrir y llorar ya tendremos tiempo y para desanimarnos ya tenemos a nuestro "querido" banco.

David, como dicen: "Todo tiene solución menos la muerte." (Y por lo que tengo entendido estan en ello )

Animos!!!!


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ESTHER · BARCELONA · Viernes, 03 Agosto 2018 | 06:56:13 AM · nº 4382
buenos dias Monste, he leido que europa por lo menos en dos años no van a dictar sentencia, los bancos quieren que los jueces españoles dicten sentencia a favor de ellos, y luego tambien saben los bancos que el euribor esta empezando a subir. son unos listos
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Montse · Rubí-Barcelona · Viernes, 03 Agosto 2018 | 06:14:07 AM · nº 4381
Buenos días,

Alguien sabe cuánto puede tardar en salir la sentencia del TJUE? Nosotros nos han puesto la apelación en septiembre no todos los juzgados están parando los procedimientos y venga a pagar nos quieren arruinar antes para que lo dejemos estar. Como alguien ha dicho en el foro los que estamos luchando desde el principio aún seremos los más perjudicados. Yo también creo que vamos a ganar pero espero que sea este 2018. Feliz día a todo el mundo.
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Alfonso · Madrid · Viernes, 03 Agosto 2018 | 04:15:24 AM · nº 4380
Euribor Junio: 1,862 bajando con cuentagotas ... pero para alguno sera un pequeño alivio.





A ver si Europa se pronuncia y nos da la razon YA.
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David · Alcalá de guadaira · Jueves, 02 Agosto 2018 | 10:49:41 PM · nº 4379
Mi duda es la siguiente que opciónes tenemos los que estamos ya juzgados pues somo los que hemos construido este camino y parece que vamos a hacer los más perjudicados, se me podría aclarar? Gracias y ánimos a todos estamos en la recta final
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Oscar · Irun (Gipuzkoa) · Sábado, 04 Agosto 2018 | 01:36:20 PM · resp. nº 567
Hola, no quiero ser el malo de la película. Pero ten por seguro que aunque intentes denunciar de nuevo, el banco alegará que cosa juzgada no puede volver a ser juzgada.
Espero que de alguna manera lo que decida el TJUE te pueda servir por lo menos para no seguir pagando de mas. Un saludo
maria · asturias · Miércoles, 08 Agosto 2018 | 02:11:16 PM · resp. nº 568
Para saber si tu contrato incumple las normas técnicas puedes enviar una copia a normastecnicas@economistas.org es gratuito. Las normas técnicas son formulas matemáticas estandarizadas que establecen correspondencias entre distintas clausulas o especificaciones de los contratos. Se trata de un motivo distinto por el que tu contrato puede ser nulo.
Ana · Madrid · Viernes, 21 Sept. 2018 | 10:30:39 PM · resp. nº 589
Hola, los que habéis iniciado la vía judicial TENÉIS QUE SEGUIR ya que, en el supuesto de que el TJUE falle a nuestro favor -NO PODRÉIS VOLVER A RECLAMAR-
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Lunes, 30 Julio 2018 | 09:00:17 AM · nº 4378
Hola,a mí un abogado llamado Arriaga el que dice "hagamos las cosas fáciles"no me informó que se quedarían con todos los intereses que saque si ganamos el juicio del irph más el 15% de lo que gane. Os suena,estamos en esto porque el banco no nos informó bien de lo que firmábamos y los abogados parece que hacen lo mismo. Alguien sabe como podría anular lo que firmé sin que me cueste un euro?
Responder
Miguel · ELCHE · Lunes, 30 Julio 2018 | 11:40:17 AM · resp. nº 565
Yo creo que lo has entendido mal,si se quedan todos los intereses y el 15% para que estarías reclamando?Mi abogado se quedaría las costas si las ganó,y sino las ganó se queda un 10% de lo que me perteneciera,devolviendome el dinero del procurador tb.Informate bien pq si es como lo dices es más que un atraco
Isa · Madrid · Martes, 31 Julio 2018 | 02:19:28 PM · resp. nº 566
puedes anular el contrato en el registro mercantil
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 30 Julio 2018 | 07:40:55 AM · nº 4376
Hola a todos los afectados,



Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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