IRPH

Heredar una hipoteca IRPH: pasos, riesgos y opciones con números claros

Heredar una hipoteca IRPH: pasos, riesgos y opciones con números claros

Heredar una casa con hipoteca no es solo firmar papeles en el notario: es decidir si aceptas la deuda, cómo se paga la cuota mientras tanto y qué hacer con un préstamo referenciado al IRPH. Vamos por partes, sin prisa.

Clave: la herencia trae bienes y también deudas. La hipoteca sigue viva hasta que se cancele, se novación o se venda con liquidación del préstamo.

En un momento familiar delicado, los números ayudan a tomar decisiones serenas: capital pendiente, tipo actual (IRPH + diferencial), cuota y posibles seguros de vida vinculados.

Pide al banco el certificado de deuda y el detalle de la última revisión. Contrasta el índice con IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

Familia revisando documentos al heredar una vivienda con hipoteca IRPH

Aceptar la herencia: pura o a beneficio de inventario

La aceptación pura asume bienes y deudas. A beneficio de inventario limita la responsabilidad al valor de lo heredado. La elección conviene valorarla con asesoramiento profesional cuando hay hipoteca pendiente.

Clave: no firmes a ciegas. Primero inventario: vivienda, préstamo, seguros y posibles avalistas vivos.

Qué hace el banco

Mientras se tramita la herencia, la cuota sigue devengándose. El banco puede exigir documentación de herederos, seguro de vida (si existía) y, más adelante, novación de titulares. Cada entidad tiene su protocolo.

Si había seguro de vida que amortiza el préstamo al fallecimiento, reclama la prestación con el certificado de defunción y la póliza. Puede reducir o cancelar el capital.

Opciones habituales

OpciónIdeaHerramienta útil
Seguir pagando la hipotecaUno o varios herederos asumen la cuotaRevisión de cuota
Cancelar con ahorros o seguroCerrar el préstamoCancelación
Vender la viviendaLiquidar la deuda con el precioGastos + cancelación
Novación de titularesEl banco acepta a los herederosNovación

El factor IRPH

El índice puede situarse por encima del Euríbor. Antes de decidir quedarte la casa, estima el sobrecoste con ¿pagas de más con IRPH? y lee cuánto pagas de más IRPH vs Euríbor.

Si el causante tenía una reclamación por IRPH o se plantea iniciar una, consulta el estado en reclamación IRPH 2026. La legitimación de los herederos debe revisarse caso a caso.

Documentos que conviene reunir

  • Certificado de defunción y de últimas voluntades.
  • Escritura de la hipoteca y nota simple.
  • Certificado de deuda del banco.
  • Últimos recibos y notificaciones de revisión.
  • Póliza de seguro de vida, si existe.
  • PDF del BOE del último IRPH aplicado (IRPH BOE).

Pasos en orden

  1. 1
    Inventario de bien y deuda: valor orientativo de la casa vs capital pendiente.
  2. 2
    Comprobar seguro de vida y posibles amortizaciones.
  3. 3
    Simular la cuota actual con IRPH + diferencial.
  4. 4
    Elegir entre quedarse, vender o cancelar.
  5. 5
    Tramitar herencia y, si procede, novación con el banco.

No hay una única respuesta correcta: depende del capital pendiente, de si varios hermanos heredan, de la capacidad de pago y del coste del IRPH frente a otras alternativas de mercado.

Clave final: primero números (deuda, cuota, seguro), después firma. El IRPH seguirá revisándose; la decisión de heredar debe contemplar esa revisión.

Comentarios

avatar
Isabel cortes · LEPE-Huelva · Martes, 17 Dic. 2024 | 09:37:09 AM · nº 7141
https://www.economistjurist.es/noticias-juridicas/jesus-sanchez-y-francisco-javier-orduna-plantean-desde-el-icab-cicac-la-supresion-del-irph-y-su-sustitucion-por-otro/
Responder
David · Barcelona · Martes, 17 Dic. 2024 | 11:16:48 PM · resp. nº 3123
"Jesús Sánchez y Francisco Javier Orduña plantean desde el ICAB/CICAC la supresión del IRPH y su sustitución por otro"....., QUE SIGAN PLANTEANDO TODO LOS QUE SE LES OCURRA, pero a nosotros, los afectados, que se nos aplique la jurisprudencia del TJUE, si nos ponemos así, porque no planteamos dejar de pagar las hipotecas y sustituir los pagos por rezos y oraciones.
avatar
Antonio · Molina De Segura · Martes, 17 Dic. 2024 | 05:50:06 AM · nº 7140
https://www.abogacia.es/actualidad/opinion-y-analisis/la-sentencia-del-tjue-de-12-de-diciembre-de-2024-asunto-c-300-23-ha-zanjado-definitivamente-la-cuestion-sobre-el-irph/
Responder
avatar
Dori · Alcalá de Henares -Madrid · Domingo, 15 Dic. 2024 | 09:49:38 AM · nº 7139
Adjunto enlace
https://youtu.be/4vH6EULntvM?si=8m-3xTGnU14xokY_
Responder
avatar
Eduardo · MANZANARES EL REAL · Sábado, 14 Dic. 2024 | 08:17:04 PM · nº 7138
IRPH: La opinión de los expertos
El TJUE ha emitido una sentencia que puede cambiar el panorama para más de un millón de familias afectadas por el IRPH...Pero persiste la incertidumbre de como responderá el Supremo.
https://sge.st/sD2pFpr
Responder
avatar
Ron · El Vendrell- Tarragona · Sábado, 14 Dic. 2024 | 06:13:11 PM · nº 7137
Yo no sé a qué espera el banco de España,que es el supervisor de la banca,a obligar a los bancos a poner un diferencial negativo en las hipotecas con irph,se lo ha dicho hasta el tjue en la anterior sentencia y no hacen nada porque no les da la gana,para eso no hay que ir a ningún juzgado,ni cambiar ninguna ley.
Responder
avatar
Ana · Ansoain Navarra · Viernes, 13 Dic. 2024 | 11:16:11 PM · nº 7136
La sentencia, en mi opinión, sobre todo aborda el tema de la transparencia, que no significa que sea abusivo.
Para mí la clave sigue estando en el diferencial negativo. En mi caso, cuando ya están ofreciendo un 0,25 de diferencial negativo, significa que dan por hecho que el IRPH va a ser más alto que el resto. Y también es notorio, que yo no estoy entendiendo nada, puesto que si tan solo te ofrecen un diferencial negativo de 0,25, lo normal es que no contrate como referencia el IRPH, con un diferencial tan escaso, diferencial que como digo, ya me indicaba que el IRPH iba a ser peor opción y tan solo compensada por un 0,25.
Responder
Raúl · Madrid · Sábado, 14 Dic. 2024 | 02:10:36 PM · resp. nº 3122
Disculpa Ana, no te acabo de entender, entonces, según tu razonamiento, ¿el hecho de que te pusieran un diferencia negativo "pequeño" es lo que indica la falta de transparencia?. ¿Y que significa cuando lo que te puso el banco es iprh + diferencia positivo? ¿entonces sí sería transparente?.
Sobre la sentencia en sí, aunque no son malas noticias, sinceramente esperaba que esta vez e TJUE fuese menos ambiguo y más contundente para no dar opción a supremo a prevaricar como nos tienen acostumbrados.
avatar
Maria · Torrevieja · Viernes, 13 Dic. 2024 | 07:05:45 PM · nº 7135
Btarde,Ami Arriaga que es quien me lo lleva ya me ha comunicado q están estudiando la sentencia para poder actuar en consecuencia y que me mantendrán informada de todos los pasos,ya hace más d 4 años me sacaron lo de los gastos d escrituras asiq a esperar un poco más yo tengo esperanza q salga bien,ánimo q el n ya teníamos ahora a x el si.
Responder
avatar
Mamen · Barcelona Barcelona · Viernes, 13 Dic. 2024 | 10:29:54 AM · nº 7134
Cómo puedo ponerme en contacto con el Bufet de José María Eurasquin?
Yo voy a reclamar ya!!
Tengo hipoteca desde 2001 y un crédito hipotecario en el 2005 (este ya pagado) los dos con Kutxabank y con irph.

Tienen mail o teléfono o algún contacto?
Vivo en Barcelona aunque la hipoteca se hizo en Madrid y aún está por pagar hasta 2031
Gracias ?
Responder
Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 13 Dic. 2024 | 01:00:47 PM · resp. nº 3120
Aquí es donde trabaja Erauskin,abogados res,https://abogadosres.com/contacto/
avatar
Dori · Alcalá de Henares -Madrid · Viernes, 13 Dic. 2024 | 08:26:39 AM · nº 7133
Os adjunto interesante video
https://youtu.be/asgiJ7PI1VE?si=M-V3oE5VSaTWy50V
Responder
David · Barcelona · Viernes, 13 Dic. 2024 | 05:41:53 PM · resp. nº 3121
minuto 16:20 , Lo de anular la reforma de la ley de enjuiciamiento civil, ya que esta causaba conflicto con el caso Puigdemont, aunque perjudicase a miles de personas que tengan ejecución hipotecaria con clausula IRPH, es la manera como actuan estos políticos corruptos, todos los partidos, no se salva ninguno.
No olvidar cuando todos los partidos políticos se pusieron de acuerdo, para votar en el congreso a favor de que el gobierno se posicionara a favor de la banca en el juicio del IRPH, también hace poco se llevo a cabo en el congreso una petición (la cual no estoy muy informado) para eliminar las cuestiones prejudiciales.
Seguramente hay muchas casos mas que desconocemos y como no olvidar las promesas y fotos que se hicieron muchos cuando recién empezaban como políticos, con los afectados de clausulas abusivas.
avatar
Ana abogada · Madrid · Jueves, 12 Dic. 2024 | 09:24:53 PM · nº 7132
Yo esperaría a ver qué dice el Supremo. Todo es un sinsentido. Aclara , a la vez que se contradice con anteriores sentencias que, el hecho de que la escritura no haga remision expresa a la Circular 5/94 y a su publicación en el BOE concreto donde se encuentra publicada ,-BOE 3- 08-1994,puede comprometer la accesibilidad de la correspondiente información para un consumidor
medio y conllevar a la falta de transparencia

OJO, algunos préstamos como los de la CAIXA se remiten a la Circular 8/90 que no es la que define el IRPH, TIENE QUE SER LA CIRCULAR 5/94 que es la que contiene la definición de IRPH.Este sería el PRIMER FILTRO

Os recomiendo esperar a la Sentencia del TS , lo demás es hablar por hablar.

De poco sirve que un Juzgado o Audiencia declaren la nulidad si cuando llegue al Supremo lo desestiman.









Responder
Mariano · Valladolid · Jueves, 12 Dic. 2024 | 10:15:24 PM · resp. nº 3114
Buenas,en mi escritura hace referencia a la circular 8/90,entonces quiere decir que yo ya no podría reclamar o si. Gracias
angeles2325 · Puertollano - Ciudad Real · Jueves, 12 Dic. 2024 | 10:55:47 PM · resp. nº 3115
Buenas,en mi escritura hace referencia a la circular 8/90,entonces quiere decir que yo ya no podría reclamar o si. Gracias
angeles2325 · Puertollano - Ciudad Real · Jueves, 12 Dic. 2024 | 11:04:02 PM · resp. nº 3116
Aunque se acoja a la ley 8/90, mi tipo de interés siempre ha sido superior al 2%. Gracias. Un saludo

Ver las 6 respuestas →

Mostrando 381–390 de 5754 comentarios · Página 39 de 576

Dejar comentario

Visitas: 3.315